CREG - Resolución 16A de 1994

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 16A de 1994
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1994

REPUBLICA DE COLOM BIA

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA COMISION DE REGULACION ENERGETICA RESOLUCION N U M E R 0 O.t'f) DE 1 9 ( 2 7 H AYO m ) Por la cual se establece la tarifa máxima de com pra de energía equivalente al por mayor de la ELECTRIETCADORA DE BOLIVAR S.A. al Sistema Interconectado Nacional LA COMISION DE REGULACION ENERGETICA en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 110. del Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992,y CONSIDERANDO: Que el decreto, 1555 de 1990 determinó la estructura nacional de tarifas para el servicio de energía eléctrica. Que la resolución JNT-070 de 1993 determinó como meta tarifaria de las ventas en bloque el 100% del costo de referencia. Que la Electrificadora de Bolívar y el CONFIS mediante comunicación No. 1495 del 8 de abril de 1994 solicitaron a la Comisión de Regulación Energética la revisión de la tarifa de compra de Electrificadora de Bolívar, la cual fue analizada por esta en su sesión del 1 1 de mayo de 1994, RESUELVE: ARTICULO lo. A partir del mes de mayo de 1994, la tarifa máxima de compra de energía equivalente al por mayor de la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A. al Sistema Interconectado Nacional será de $40.76 por kilovatio hora en el punto de extracción de la red nacional de interconexión, después de transformación a las tensiones de entrega a la red de distribución. PARAGRAFO. L a C om isión de R egulación E n erg ética p o d rá

hora en el punto de extracción de la red nacional de interconexión, después de transformación a las tensiones de entrega a la red de distribución. PARAGRAFO. L a C om isión de R egulación E n erg ética p o d rá posteriormente, y en resolución separada, desagregar los cargos máximos por concepto de generación, transmisión y conexión implícitos en esta tarifa. ARTICULO 20. A partir de junio de 1994, la tasa de actualización de la tarifa determinada en el artículo anterior será igual al Indice de Costos del Sector Eléctrico. Para 1994, el Indice de Costos de Sector Eléctrico es 1.29% mensual. ARTICULO 30. Con el fin de p erm itir que la E L E C T R IF IC A D O R A DE BOLIVAR S.A. pueda beneficiarse de tarifas horarias y estacionales, esta empresa instalará equipos de medida horaria a más tardar el 31 de diciembre de 1994.RESOLUCION NUMERO 016 ,-1 ^ - J p D E 19-fc 1 HOJA NQ "Por la cual se establece la tarifa máxima de compra de energía equivalente al por mayor de la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A. al Sistema Interconectado Nacional." PARAGRAFO. El incumplimiento de esta disposición, conllevará al restablecimiento automático de la tarifa binomia vigente hasta el 30 de abril de 1994 y actualizada al lo de enero de 1995, para compras en bloque de la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A. al Sistema Interconectado, definidas en la resolución JNT-106 de 1990. ARTICULO 40. Sin perjuicio de lo anterior, y durante la estación de invierno de

compras en bloque de la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A. al Sistema Interconectado, definidas en la resolución JNT-106 de 1990. ARTICULO 40. Sin perjuicio de lo anterior, y durante la estación de invierno de 1994, se autoriza a la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A. a negociar compras de energía al por mayor con cualquier generador perteneciente al Sistema Interconectado Nacional. La tarifa de compra para estos intercambios estará sujeta a las disposiciones definidas por la Comisión de Regulación Energética para intercambios de energía de reserva. ARTICULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio del Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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