CREG - Resolución 177 de 2019
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 177 de 2019
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2019
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCIÓN No. { 7 7DE 2019 05 DIC 2019 Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá
S.A. E.S.P.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.
CONSIDERANDO QUE: Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada y modificada por las resoluciones CREG 085 de 2018 y 036 de 2019.
Por medio de la Resolución CREG 015 de 2019 se modificó la tasa de retorno para la actividad de distribución de energía eléctrica, aprobada en la Resolución CREG 016 de 2018. La Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2018-009402 del 17 de septiembre de 2018, solicitó la aprobación de los ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera. Mediante Auto del 19 de septiembre de 2018 se dio inicio a la actuación
aprobación de los ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera. Mediante Auto del 19 de septiembre de 2018 se dio inicio a la actuación administrativa, asignada al expediente 2018-0150, durante la cual se surtieron las respectivas aclaraciones y correcciones como respuesta a las etapas probatorias correspondientes. A través del radicado CREG E-2019-002822 del 1 de marzo de 2019, la empresa Diaco S.A. solicitó ser reconocida como tercero interesado dentro del proceso de aprobación de ingresos de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P, toda vez que puede verse afectada con el resultado de este proceso. Diaco S.A. fue reconocido como tercero interesado dentro de la actuación ÓN iniciada con fundamento en la solicitud de aprobación de ingresos i Al YN 3 eCOMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS (CREG) 26/11/2019 14:20:12
No.RADICACION |-2019-007212
No. FOLIOS ANEXOS
Para Respuesta o Adicionales Cite No. de Radicación4
RESOLUCIÓN No. 177 pe 05 DTC 2019 HOJA No. 2/8
Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energia eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. de distribución de energía eléctrica de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., mediante auto del día 26 de abril de 2019. Mediante comunicación con radicado CREG E-2019-004910, del 30 de abril de
de distribución de energía eléctrica de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., mediante auto del día 26 de abril de 2019. Mediante comunicación con radicado CREG E-2019-004910, del 30 de abril de 2019, Diaco S.A. complementó la petición inicial y mediante comunicación S-2019-002538 del 14 de mayo de 2019 la CREG le informa que su petición será revisada durante la actuación administrativa. En la comunicación E-2019-004910 Diaco solicita lo siguiente:
1. Excluir los activos utilizados por DIACO de la resolución que expida la CREG para la aprobación de cargos de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional de EBSA, llevado a cabo en virtud de la Resolución CREG 015 de 2018.
2. En los términos del artículo 38 del CPACA, otorgarle las oportunidades procesales correspondientes para ejercer de manera adecuada los derechos de DIACO y para ejercer el derecho al debido proceso y a la defensa, lo cual incluye, pero no se limita, a pronunciarse y decretar las pruebas solicitadas.
Diaco S.A. solicitó copia del informe de revisión de información del inventario de activos realizado por la CREG durante la actuación administrativa de aprobación de ingresos y trasladado a EBSA mediante Auto del 26 de junio de 2019. La CREG, mediante la comunicación S-2019-004364 del 1 de agosto de 2019, respondió a Diaco S.A. solicitando lo siguiente: Por otra parte, entendemos que el interés de DIACO es conocer la forma como EBSA ha incluido los activos relacionados con la conexión de DIACO al sistema. Por esta
respondió a Diaco S.A. solicitando lo siguiente: Por otra parte, entendemos que el interés de DIACO es conocer la forma como EBSA ha incluido los activos relacionados con la conexión de DIACO al sistema. Por esta razón, y con el fin de proceder a revisar el auto enviado a EBSA y la respuesta dada por este operador de red, OR, les solicitamos enviar a la CREG una lista donde se identifiquen los activos que DIACO considera relacionados con su conexión al sistema. A partir de este listado, la CREG informará sobre los análisis que, sobre estos activos, se incluyeron en el informe “Revisión de información del inventario de activos” y también dará a conocer las respuestas del OR. Es de anotar que la misma solicitud, con respecto a los activos sobre los cuales se tiene interés, se hizo en la reunión llevada a cabo en las oficinas de la CREG, cuando el apoderado de DIACO se hizo presente en las instalaciones de la CREG solicitando tener acceso al informe en referencia, sin que a la fecha hayamos obtenido respuesta al respecto. (subrayado fuera de texto) Con base en lo anterior y dado que DIACO no allegó la información requerida por la CREG, no se llevaron a cabo procedimientos adicionales con la citada empresa y la actuación administrativa continuó con base en la información recibida de EBSA. En el Documento CREG 114 de 2019 se encuentra el soporte de esta resolución, el cual incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores, variables, factores, indicadores e índices que se aprueban en la presente resolución.
diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores, variables, factores, indicadores e índices que se aprueban en la presente resolución. , Con base en lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión | 963 del 5 de diciembre de 2019, acordó expedir esta resolución. 1 , $177
RESOLUCION No. pe OS DIC 08 Hosa No. 3/8
Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P.
RESUELVE: Artículo 1. Ámbito de aplicación. En esta resolución se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.
Artículo 2. Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario. La base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario, BRAE;n,o, es el siguiente: Tabla 1 Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario. Variable Pesos de diciembre de 2017
BRAE;4,0 262.265.941.464
BRAEj,3,0 215.369.613.437
BRAEj,2,0 572.009,239.124
BRAE;j,1,0 242.882.754.122
BRAE;4,0 262.265.941.464
BRAEj,3,0 215.369.613.437
BRAEj,2,0 572.009,239.124
BRAE;j,1,0 242.882.754.122
Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVA;n¡t, para cada nivel de tensión, es el siguiente: Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017 Categoria ‘ e INVA,,4,1,1 INVA),4,1,2 INVA,,4,1,3 INVA,,4,1,4 INVA), 4,15 l=1 17.390.608.890 0 0 0) 0) 1=2 O| 0 0) 0 0 1=3 25.282.761.727 | 2.865.328.000 518.134.000 0 0 l=4 2.362.907.511 982.453.000 71.829.000 0 0 l=5 3.098.071.275 542.112.000 304.938.000 0 0 1=6 5.713.384.658 | 3.100.577.000 702.450.000 0 0) 1=7 55.382.879.870 | 20.245.506.000 | 14.080.343.760 | 4.589.075.790 | 2.016.447.707 1=8 0 0) 0 0 0 1=9 0) 0 0 0 0) 1=10 5.330.449.667 | 2.957.181.333| 2.165.607.000| 917.305.333; 850.174.667
1=9 0) 0 0 0 0) 1=10 5.330.449.667 | 2.957.181.333| 2.165.607.000| 917.305.333; 850.174.667 Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA),3,1,1 INVA,,3,1,2 INVA;j,3,1,3 INVA,,3,1,4 INVAj,3,1,5 activos I [=1 8.739.217.488| 1.857.250.000| 3.561.710.000| 1.365.705.625 | 1.365.705.625 l=2 0) 0) 0) 0 0 1=3 2.870.109.000| 5.617.074.000| 4.304.079.000 881.628.000| 699.193.000 l=4 429.459.000| 2.746.776.000| 1.920.603.000 339.429.000| 582.192.000 l=5 413.560.000 100.436.000 82.712.000 35.448.000 29.540.000 1=6 39.037.000 468.444.000 512.841.000 78.074.000 39.037.000 , l=7 4.664.801.004| 3.837.949.319| 7.495,291.728| 3.460.132.192| 800.904.296
1=8 0 0 0 0 0RESOLUCION No. 177 0 5 DIC 2019 HOJA No. 4/8
Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de
Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. Categoría de 4 INVA;,3,1,1 INVA),3,1,2 INVAj,3,1,3 INVAj,3,1,4 INVA;,3,1,5 activos 1 1=9 551.424.000 518.797.000 355.310.140 300.382.000| 242.681.000 l1=10 5.330.449.667 | 2.957.181.333| 2.165.607.000 917.305.333| 850.174.667 Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017 Categoría fe INVAj,2,1,1 INVA),2,1,2 INVA;2,13 INVA,,2,1,4 INVA);,2,1.5 l=1 0|2.911.840.000| 964.123.034| 956.244.375| 989.521.353 1=2 0 0) 0 0 0 1=3 0 | 3.417.664.000 | 1.809.431.0000} 854.416.000 | 1.776.439.000 l=4 359.145.000 | 2.271.235.000 524.206.000 300.128.000| 871.733.000 1=5 1.782.720.000| 206.127.000 33,426.000 16.713.000 33.426.000 1=6 0/ 1.638.856.000| 495.324.000; 409.714.000| 409.714.000
1=5 1.782.720.000| 206.127.000 33,426.000 16.713.000 33.426.000 1=6 0/ 1.638.856.000| 495.324.000; 409.714.000| 409.714.000 i=7 3.280.101.941 | 7.133.872.260 | 2.764.664.050 | 3.015.957.366 | 3.470.454.607 1=8 899.328.200| 225.023.700 165.170.700 165.170.700| 989.491.000 l=9 1.279.619,000 | 5.084.062.000 | 2.594.975.000 | 2.115.797.000 | 2.599.319.000 1=10 5.330.449.667 | 2.957.181.333 | 2.165.607.000 | 917.305.333 850.174.667 Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos 1| INVA), 1,11 | INVAj,1,1,2 | INVAj,1,1,3 | INVAj,1,1,4 | INVAj,1,1,5 l=11 0 0) 0 0 0 l=12 0 0 0 0 0 Categoria de Nivel 4 Nivel 3 Nivel 2 1=1 0 0 0 1=2 0 0 0 =3 4.711.509.669 0 100.599.000 =4 1.496.525.841 4.284.000 0 =5 1.015.761.074| 106.344.000 216.477.000 1=6 4.179.112.051 0 0
=4 1.496.525.841 4.284.000 0 =5 1.015.761.074| 106.344.000 216.477.000 1=6 4.179.112.051 0 0 1=7 Oo} 3.240.924.336| 9.255.613.453 1=8 0 O| 1.092.779.237 1=9 0 25.166.000 800.101.000 1=10 0 0 0 pesos de diciembre de 2017 Categoría de Nivel 1 activos | l=11 2.243.464.000 1=12 8.001.331.299
Parágrafo: En aplicación de lo dispuesto en el articulo 6 de la Resolución CREG 015 de 2018 y el artículo 50 de la Resolución CREG 036 de 2019, el valor de los activos puestos en operación en el 2018, es el siguiente: Tabla 6 Valor de los activos del nivel de tensión 4, 3 y 2 puestos en operación en el 2018, pesos de diciembre de 2017
Tabla 7 Valor de los activos del nivel de tensión 1 puestos en operación en el 2018,177 DE RESOLUCION No. HOJA No. 5/8 05 DIC 2019 | t Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. Artículo 4. Recuperación de capital de activos de la BRA inicial. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos incluidos en la base regulatoria inicial de activos, RCBIAjn,1, es el siguiente:
Artículo 4. Recuperación de capital de activos de la BRA inicial. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos incluidos en la base regulatoria inicial de activos, RCBIAjn,1, es el siguiente: Tabla 8 Recuperación de capital de activos de la BRA inicial Variable Pesos de cicrembre
RCBIA;4,1 8.057.228.786
RCBIAj,3,1 6.932.648.799
RCBIA;2,1 16.629.119.622
RCBIA;1,1 9.370.014.107
Artículo 5. Recuperación de capital de activos nuevos. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos que entraron en operación en el primer año, RCNAjn,1, es el siguiente: Tabla 9 Recuperación de capital de activos nuevos Variable Pesos de diciembre de 2017
RCNA;4,1 3.917.762.896
RCNAj,3,1 1.138.312.843
RCNAj,2,1 1.031.439.011
RCNAj1,1 324.714.986
Artículo 6. Base regulatoria de terrenos. El valor de la base regulatoria de terrenos, BRT;n,1, del año 1, para los niveles de tensión 4, 3 y 2, es el siguiente: Tabla 10 Base regulatoria de terrenos Variable Pesos de cie mbre
BRTj4,1 201.249.731
BRT}3,1 14.780.900 BRT,2,1 3.289.954 Artículo 7. AOM base por nivel de tensión. El valor del AOM base para cada nivel de tensión, AOMbasejn, es el siguiente: Tabla 11 AOM base por nivel de tensión Variable Pesos de diciembre de 2017
Artículo 7. AOM base por nivel de tensión. El valor del AOM base para cada nivel de tensión, AOMbasejn, es el siguiente: Tabla 11 AOM base por nivel de tensión Variable Pesos de diciembre de 2017 AOMbasej 6.701.769.975 AOMbasej3 5.503.412.303 AOMbasej2 14.616.744.830 AOMbasej 1 6.206.464.857 Artículo 8. Factor ambiental para las nuevas inversiones. El valor del factor ambiental para las nuevas inversiones, fAMBj, es el siguiente:
\177 ope _ 05 DIC 269, HOJA No. 6/8 RESOLUCION No.
Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. Tabla 12 Factor ambiental para nuevas inversiones Variable Valor AMB; 1,0000 Artículo 9. Indicadores de referencia de calidad media. Los indicadores de referencia de la calidad media SAIDI_R; y SAIFI_Rj, son los siguientes: Tabla 13 Indicadores de referencia de calidad media Variable Unidad Valor SAIDL R; Horas 14,037 SAIFL Rj Veces 16,518 Artículo 10. Metas anuales de calidad media para el indicador de duración de eventos. Las metas anuales de calidad media para el indicador de duración de eventos, SAIDI_M;j1, son las siguientes: Tabla 14 Metas anuales de calidad media para el indicador de duración, horas Año del periodo SAIDI M;: Banda de indiferencia tarifario A Límite inferior Límite superior t=1 12,914 12,849 12,978
Tabla 14 Metas anuales de calidad media para el indicador de duración, horas Año del periodo SAIDI M;: Banda de indiferencia tarifario A Límite inferior Límite superior t=1 12,914 12,849 12,978 t=2 11,881 11,821 11,940 t=3 10,930 10,876 10,985 t=4 10,056 10,006 10,106 t=5 9,251 9,205 9,298 Articulo 11. Metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos. Las metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos, SAIFI_M;+, son las siguientes: Tabla 15 Metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia, veces Año del periodo SAIFI Mi; Banda de indiferencia tarifario ae Limite inferior Limite superior t=1 15,196 15,120 15,272 t=2 13,981 13,911 14,050 t=3 12,862 12,798 12,926 t=4 11,833 11,774 11,892 t=5 10,887 10,832 10,941 Artículo 12. Indicadores de calidad individual de duración de eventos. La duración máxima anual de los eventos percibidos por los usuarios, DIUGjnq, en los niveles de tensión 3, 2 y 1, es la siguiente: Tabla 16 DIUG niveles de tensión 2 y 3, horas Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 Riesgo 1 7,54 5,91 20,17 Riesgo 2 - - 3,23
| Riesgo 3 - - -177 09 DIC 2019 RESOLUCION No. j DE HOJA No. 7/8
Riesgo 1 7,54 5,91 20,17 Riesgo 2 - - 3,23
| Riesgo 3 - - -177 09 DIC 2019 RESOLUCION No. j DE HOJA No. 7/8
Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. Tabla 17 DIUG nivel de tensión 1, horas Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 Riesgo 1 5,44 29,04 24,33 Riesgo 2 - - 19,87 Riesgo 3 - 0,00 57,53 Artículo 13. Indicadores de calidad individual de frecuencia de eventos. La frecuencia máxima anual de los eventos percibidos por los usuarios, FIUG;n,q, en los niveles de tensión 3, 2 y 1, es la siguiente: Tabla 18 FIUG niveles de tensión 2 y 3, veces Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 Riesgo 1 12 7 14 Riesgo 2 - - 5 Riesgo 3 - - - Tabla 19 FIUG nivel de tension 1, veces Ruralidad 1 Ruralidad 2 Ruralidad 3 Riesgo 1 14 38 30 Riesgo 2 - - 50 Riesgo 3 - 0 37 Artículo 14. Índices de referencia pérdidas eficientes. Los indices de pérdidas eficientes, Pejn, en los niveles de tensión 3, 2 y 1, son los siguientes: Tabla 20 Índice de pérdidas eficientes Variable Valor Pej3 1,84%
pérdidas eficientes, Pejn, en los niveles de tensión 3, 2 y 1, son los siguientes: Tabla 20 Índice de pérdidas eficientes Variable Valor Pej3 1,84% Pej2 1,37% Pej1 10,98% Artículo 15. Costos de reposición de referencia. El costo de reposición de referencia, CRR;, y los costos de reposición de referencia por nivel de tension, Crrjn, son los siguientes: Tabla 21 Costo de reposición de referencia Variable Pesos de diciembre
CRR;j 1.348.697.536.476
Crrj,4 272.358.173.854 Crrj,3 221.725.817.454 Crrj,2 603.177.340.922 Crrj1 251.436.204.246 Artículo 16. Costo anual del plan de gestión de pérdidas. El costo anual del plan de gestión de pérdidas, CAP) es el siguiente:177 pe 99 DIC 2019 RESOLUCION No. HOJA No. 8/8 Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. Tabla 22 Costo anual del plan de gestión de pérdidas Variable Pesos de diciembre de 2017 CAP; 3.115.973.873 Articulo 17. Factor de pérdidas reconocidas en el nivel de tension 1 en el año 1. El factor de pérdidas reconocidas en el nivel de tensión 1 en el año 1, FPI; 1, es el siguiente: Tabla 23 Índice de pérdidas eficientes Variable Valor
año 1. El factor de pérdidas reconocidas en el nivel de tensión 1 en el año 1, FPI; 1, es el siguiente: Tabla 23 Índice de pérdidas eficientes Variable Valor FPI,1 12,23% Articulo 18. Valor anual por concepto de conexiones al sistema de otro OR. El valor anual por concepto de conexiones al sistema de otros OR en los niveles de tension 3 y 2, Ojn, es el siguiente: Tabla 24 Valor anual por concepto de conexiones al sistema de otro OR Variable Pesos de diciembre de 2017 Oj3 786.916.151 Oj2 304.491.700 Articulo 19. Solicitud de DIACO S.A. No atender la solicitud de DIACO de excluir algunos activos, por no haber recibido la información solicitada por la CREG para analizar la petición recibida. Artículo 20. La presente Resolución deberá notificarse a la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. y a DIACO S.A. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a el su, Tat
RISTIAN JARAMILLO/HERRERA
Director Ejecutivo O MESA PUYO Viceministyo de Energia, delegado de la Ministra de Minas y Energia Presidente F