CREG - Resolución 190 de 2014
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 190 de 2014
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2014
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS 190 RESOLUCION No. DE 2014 28 DIC. 2014
Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. contra la Resolución CREG 131 de 2014. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en los artículos 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
En cumplimiento de lo anterior la CREG expidió la Resolución CREG 105 de 2009, Por la cual se fijan y aprueban el costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4, los cargos unificados de distribución y comercialización, aplicables a los usuarios del nuevo sistema de transmisión regional y/o distribución local, resultante de la integración de los mercados de comercialización y distribución de energía eléctrica operados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y el Municipio de Campamento; Mediante la Resolución CREG 131 de 2014, se actualizó el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 operados por EPM E.S.P. en el STR Centro - sur; Mediante la comunicación con radicado CREG 2014-011271 del 10 de noviembre de 2014, EPM E.S.P. interpuso recurso de reposición contra la
Centro - sur; Mediante la comunicación con radicado CREG 2014-011271 del 10 de noviembre de 2014, EPM E.S.P. interpuso recurso de reposición contra la Resolución CREG 131 de 2014; En el recurso de reposición presentado la empresa manifiesta lo siguiente: El costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 operados por EE.PP.M. E.S.P.(SIC) (CA; a) aprobado en la Resolución 105 de 2009 modificada por la Resolución CREG 003 de 2014 es $131.477.046.310 ($ de diciembre de 2007). Como consecuencia de la actualización del STR por la entrada en
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Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. contra la Resolución CREG 131 de 2014. operación de los activos de la subestación San Lorenzo, el nuevo costo de reposición aprobado en la Resolución CREG 131 de 2014 es $133.231.320.396 ($ de diciembre de 2007), el cual no es consecuente con la actualización de activos solicitada, ya que su aumento no refleja la totalidad de los costos correspondientes a ellos. La diferencia al parecer radica en que las anualidades de activos no eléctricos (ANE) y costos de administración, operación y mantenimiento (AOM) relacionadas con los activos de la subestación San Lorenzo correspondientes a la linea en circuito sencillo Calderas — San Lorenzo — Rio Claro, no fueron considerados en el cálculo del costo anual, Es importante anotar que tanto los ANE como los costos de AOM de los activos retirados del inventario de activos
a la linea en circuito sencillo Calderas — San Lorenzo — Rio Claro, no fueron considerados en el cálculo del costo anual, Es importante anotar que tanto los ANE como los costos de AOM de los activos retirados del inventario de activos de EPM fueron restados en el cálculo del costo anual de los activos de que trata el artículo 1 de la resolución recurrida, y por lo tanto, al no considerarse dichos conceptos como parte de la anualidad de activos nuevos, quedarían sin reconocerse. PETICIÓN De conformidad con lo expuesto se solicita modificar el articulo 1 de la Resolución CREG 131 de 2014 “Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 operados por Empresas públicas de Medellín E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional” en el sentido de considerar en el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 (CAj,4), los costos anuales de activos no eléctricos (ANE) y costos de administración, operación y mantenimiento (AOM) relacionados con los activos de la subestación San Lorenzo correspondientes a la línea en circuito sencillo Calderas — San Lorenzo — Rio Claro, Una vez revisados los cálculos utilizados en la Resolución CREG 131 de 2014, se encontró que la Comisión incluyó los valores correspondientes al costo anual equivalente de activos no eléctricos, CAANE, y los gastos anuales de administración, operación y mantenimiento, AOM, asociados a la subestación San Lorenzo y la linea Calderas - San Lorenzo — Rio Claro. Todo lo anterior, en aplicación de la metodología contemplada en la Resolución CREG 097 de 2008; En la siguiente tabla se presentan de manera desagregada los valores
San Lorenzo y la linea Calderas - San Lorenzo — Rio Claro. Todo lo anterior, en aplicación de la metodología contemplada en la Resolución CREG 097 de 2008; En la siguiente tabla se presentan de manera desagregada los valores adicionales a reconocer como resultado de la actualización del inventario de activos de nivel de tensión 4 de la empresa EPM, en este cálculo se incluye tanto la incorporación como el retiro de las unidades constructivas, UC, asociadas a los referidos activos: Variable Valor adicional Costo anual para remunerar la inversión, CAIj,4 1.482.909.071 Costo anual de terrenos, CAT; 4 623.329 Costo anual equivalente de activos no eléctricos, CAANE;,4 46.495.098 Gastos anuales de AOM, AOM,,4 254.246.589 | Costo anual por el uso de activos de nivel de tensión 4, CAj4 | 1.784.274.086 De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1.3 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008, el CAANE corresponde al 4,1 % del costo anual de los activos de uso.
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Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. contra la Resolución CREG 131 de 2014. Los valores utilizados se presentan en la siguiente tabla, el valor a reconocer corresponde al CAANE de los activos nuevos menos el valor de CAANE de los activos retirados. Anualidad CAANE Activos nuevos 2.368.801.1223 97.129,846 Activos retirados 1.234.774.353 50.625.748
corresponde al CAANE de los activos nuevos menos el valor de CAANE de los activos retirados. Anualidad CAANE Activos nuevos 2.368.801.1223 97.129,846 Activos retirados 1.234.774.353 50.625.748 Valor a reconocer 1.134.026.769 46.495 098 Según lo establecido en la Resolución CREG 097 de 2008, el AOM corresponde a un porcentaje del costo de reposición de la inversión, CRI. En la siguiente tabla se presentan los valores empleados, donde el valor a reconocer corresponde al AOM de los activos nuevos menos el AOM de los activos retirados.
CRI AOMj4
Activos nuevos 17.947,059.290 535.549,249 Activos retirados 9,426.731.241 281.293.660 Valor a reconocer 8.520.328.049 254.246.589 En la siguiente tabla se presenta el costo anual por uso de los activos de nivel de tensión 4 aprobado a EPM en la Resolución CREG 003 de 2014, el valor adicional como resultado de la presente actualización y el valor final a aprobar: 131.447.046.310 1.784.274.086 133.231,320.396 CAj aprobado en Resolución CREG 003 de 2014 CAy adicional por actualización CAj nuevo por actualización Tal como puede observarse, las anualidades de activos no eléctricos (ANE) y los costos de administración, operación y mantenimiento (AOM) relacionadas con los activos de la subestación San Lorenzo, y la linea Calderas - San Lorenzo — Rio Claro, fueron en efecto, considerados por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para el cálculo del costo anual de la empresa.
los activos de la subestación San Lorenzo, y la linea Calderas - San Lorenzo — Rio Claro, fueron en efecto, considerados por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para el cálculo del costo anual de la empresa. En la medida en que el recurrente no logra probar la ocurrencia de algún otro error en el respectivo calculo, no se accederá a la solicitud de modificar el artículo 1” de la Resolución CREG 131 de 2014. En mérito de lo expuesto, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 636 de 2014, acordó expedir la presente resolución;RESOLUCION No. 190 DE _ 26 DIC. 20% HOJA No. 4/4 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Empresas Públicas de Medellin E.S.P. contra la Resolución CREG 131 de 2014.
RESUELVE: Artículo 1. No acceder a las pretensiones del recurrente por las razones expuestas en la parte motiva del presente.
Artículo 2. La presente resolución deberá notificarse al representante legal o a quien haga sus veces de Empresas Públicas de Medellin E.S.P. Contra lo aquí dispuesto no procede recurso alguno en la vía gubernativa.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C. 28 DIC. 201%
= JTP P ~ TOMAS GONZALEZ ESTRADA JORGE PINTO NOLLA
Ministro de Minas y Energia Director Ejecutivo Presidente