CREG - Resolución 2 de 2004
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 2 de 2004
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2004
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 0 0 2 DE 2004 ( 1 6 E N E . 2 0 0 1 ) Por la cual se oficializan los ingresos an u ales esperados p ara Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. por el diseño, adquisición de los sum inistros, construcción, operación y m antenim iento de la línea de transm isión a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey ~ O cañaPrim avera y obras asociadas LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de s u s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y Que de conform idad con la Ley 143 de 1994, artículo 20, la función de Regulación, en relación con el sector energético, tiene como objetivo básico asegurar u n a adecuada prestación del servicio m ediante el aprovecham iento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario, y en térm inos de calidad, oportunidad y costo del servicio; Que p ara el logro del m encionado objetivo legal, la citada Ley le asignó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la función de promover la competencia, crear y preservar las condiciones que la hagan posible, así como, crear las condiciones p ara asegurar la disponibilidad de u n a oferta energética eficiente, capaz de abastecer la dem anda bajo criterios sociales, económicos, am bientales y de viabilidad financiera;
crear y preservar las condiciones que la hagan posible, así como, crear las condiciones p ara asegurar la disponibilidad de u n a oferta energética eficiente, capaz de abastecer la dem anda bajo criterios sociales, económicos, am bientales y de viabilidad financiera; Que según lo previsto en el artículo 7 de la Ley 143 de 1994, en las actividades del sector, incluida la tran sm isió n de electricidad, “ ...podrán participar diferentes agentes económicos, públicos, privados o mixtos, los cuales gozarán de libertad p a ra desarrollar su s funciones en u n contexto de libre competencia, de conformidad con los artículos 333, 334 y el inciso penúltim o del artículo 336 de la Constitución Nacional, y el artículo 3o. de esta L e y ” ;
CONSIDERANDO:RESOLUCIÓN No. ^ 0 ^ DE 1 6 ENE. 2004 HOJA No. 2 / 6
Por la cual se oficializan los ingresos anuales esperados para Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. por el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la línea de transmisión a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - Ocaña - Primavera y obras asociadas Que según lo establecido en el artículo 85 de la Ley 143 de 1994, "las decisiones de inversión en generación, interconexión, transm isión y distribución de energía eléctrica constituyen responsabilidad de aquellos que las acometan, quienes asum en en su integridad los riesgos inherentes a la ejecución y explotación de los proyectos” ; Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literales c) y d), y 41 de la Ley
quienes asum en en su integridad los riesgos inherentes a la ejecución y explotación de los proyectos” ; Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literales c) y d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Com isión de R egulación de E nergía y G as definir la m etodología de cálculo y fijar las tarifas por el acceso y u so de las redes eléctricas; Que m ediante la R esolución 022 de 2001, m odificada por las R esoluciones 085 de 2002 y 105 de 2003, la CREG estableció los principios generales y los procedim ientos p a ra definir el plan de expansión de referencia del Sistem a de T ransm isión Nacional y se estableció la m etodología p a ra d eterm in ar el Ingreso Regulado por concepto del Uso de este Sistem a, en la cu al d ispuso que la expansión del STN se h a rá m ediante la ejecución, a m ínim o costo, de los proyectos del Plan de E xpansión de T ransm isión de Referencia, por parte de los inversionistas que resu lten seleccionados en procesos que estim ulen y g aranticen la libre com petencia en la escogencia de dichos proyectos; Que en el artículo 4 de la citad a Resolución CREG 022 de 2001, m odificado por la Resolución CREG 085 de 2002, se estableció que las inversiones que se ejecuten a p artir de los procesos de libre concurrencia se rem uneren a los inversionistas seleccionados que hayan presentado en cad a proceso la propuesta con el m enor Valor Presente de los Ingresos A nuales E sperados d u ran te los veinticinco (25) años del flujo de Ingresos;
inversionistas seleccionados que hayan presentado en cad a proceso la propuesta con el m enor Valor Presente de los Ingresos A nuales E sperados d u ran te los veinticinco (25) años del flujo de Ingresos; Que m ediante la Resolución 18 1315 de 2002 del M inisterio de M inas y Energía, m odificada por la resolución 18 0925 de agosto de 2003, el m inisterio delegó en la U nidad de Planeación M inero E nergética - UPME “ las gestiones adm inistrativas necesarias para la selección m ediante convocatoria pública de inversionistas que acometan en los términos del artículo 8 5 de la Ley 143 de 1994, los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Transm isión del Sistem a Interconectado Nacional anualm ente” ; Que la UPME abrió la Convocatoria Pública U PM E-02-2003 p a ra seleccionar al inversionista que se encargue del diseño, adquisición de los sum inistros, construcción, operación y m antenim iento de la línea de tran sm isió n a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - O caña - Prim avera y o b ras asociadas; Q ue conform e a lo establecido en la R esolución CREG 022 de 2001, m odificada por la R esolución CREG 085 de 2002, la UPME, m ediante com unicación rad icad a en la CREG bajo el No. E -2 0 0 3 -0 1 1236 del 12 de diciem bre de 2003, inform ó a la CREG que “ el Proponente seleccionado en la Convocatoria Pública
rad icad a en la CREG bajo el No. E -2 0 0 3 -0 1 1236 del 12 de diciem bre de 2003, inform ó a la CREG que “ el Proponente seleccionado en la Convocatoria Pública UPME-01-2003 y UPME-02-2003 es INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E .S .P ” ; y a través de la com unicación, rad icad a en la CREG bajo el No. E -2 0 0 3 -0 1 1611 del 24 de diciem bre de 2003, envió copia de la póliza de cum plim iento de la C onvocatoria Pública U PM E-02-2003 y del cronogram a de construcción del proyecto, indicando que tan to estos como los dem ás d ocum entos previos a laRESOLUCIÓN No. 0 0 2 DE 1 6 E N E . M HOJA No. 3 / 6 Por la cual se oficializan los ingresos anuales esperados para Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. por el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la línea de transmisión a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - Ocaña - Primavera y obras asociadas fecha de cierre de las convocatorias se a ju s ta n a los requerim ientos establecidos en los D ocum entos de Selección; Que en re sp u e sta a u n a solicitud de la CREG, la UPME envió la com unicación rad icad a con el núm ero E -2004-000145 del 9 de enero de 2004, donde inform a del cum plim iento, por p arte del inversionista seleccionado, de los requisitos
rad icad a con el núm ero E -2004-000145 del 9 de enero de 2004, donde inform a del cum plim iento, por p arte del inversionista seleccionado, de los requisitos exigidos en la regulación, y m anifiesta la aceptación por p arte de la UPME de las pólizas de cum plim iento; Que la E m p resa de E nergía de Bogotá, m ediante com unicación rad icad a en la CREG con el núm ero E -2004-000100 del 8 de enero de 2004, solicitó a la CREG ab sten e rse de ap ro b ar los ingresos a n u ales esp erad o s a ISA y que la P ro cu rad u ría G eneral de la Nación, m ediante com unicación con núm ero de radicación E -2004-000154 del 13 de enero de 2004, recom ienda a la CREG “ No proferir acto administrativo para la oficialización del ingreso a Interconexión Eléctrica” ; Q ue la D irección Ejecutiva de la CREG, m ediante com unicación con radicación S-2004-000089 del 13 de enero de 2004, rem itió a Interconexión E léctrica S.A. el auto de la m ism a fecha expedido por el D irector Ejecutivo de la CREG, ju n to con las com unicaciones citad as en el considerando anterior; Q ue Interconexión E léctrica S.A., m ediante com unicación con radicación E2004-000250 del 15 de enero de 2004, dio re sp u e sta al au to proferido por la D irección Ejecutiva de la CREG y presentó s u s p lanteam ientos y consideraciones sobre los docum entos entregados;
2004-000250 del 15 de enero de 2004, dio re sp u e sta al au to proferido por la D irección Ejecutiva de la CREG y presentó s u s p lanteam ientos y consideraciones sobre los docum entos entregados; Q ue los procedim ientos desarrollados en cum plim iento de la regulación vigente y de los D ocum entos de Selección, y los docum entos m encionados en los anteriores considerandos, fueron analizados tal como se detalla en el docum ento CREG-004 de 2004; Que la Com isión, en Sesión No. 230 del 16 de enero de 2004, acordó expedir la p resente resolución; RESUELVE: A rtículo 1. Ingreso M ensual Esperado. El Ingreso A nual E sperado -IAEp a ra Interconexión E léctrica S.A. E.S.P., por el diseño, adquisición de los su m in istro s, construcción, operación y m antenim iento de la línea de tran sm isió n a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - O caña - Prim avera y obras asociadas, expresado en dólares de los E stad o s U nidos de A m érica del 31 de diciem bre de 2002, p a ra los prim eros 25 añ o s contados a p a rtir del prim ero de octubre de 2007, de conform idad con la p ro p u esta seleccionada dentro de la C onvocatoria Pública Internacional U PM E-02-2003, es el siguiente:RESOLUCIÓN No. ^ ^ ^ DE 1 6 ENE. 2004 HOJA No. 4 / 6
Por la cual se oficializan los ingresos anuales esperados para Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. por el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la linea de transmisión a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - Ocaña - Primavera y obras asociadas Año F ech as
INGRESO ANUAL ESPERADO
(Dólares del 31 de diciem bre de 2002) Núm eros Letras 1 l-oct-2 0 0 7 a 30-sep2008 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 2 l-oct-2 0 0 8 a 30-sep2009 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 3 l-oct-2009 a 30-sep2010 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 4 l-o ct-2 0 1 0 a 30-sep2011 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 5 l-oct-2011 a 30-sep2012 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 6 l-o ct-2 0 1 2 a 30-sep2013 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 7 l-oct-2013 a 30-sep2014 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 8 l-o ct-2 0 1 4
quinientos quince 7 l-oct-2013 a 30-sep2014 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 8 l-o ct-2 0 1 4 a 30-sep2015 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 9 l-o ct-2 0 1 5 a 30-sep2016 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince 10 l-o ct-2 0 1 6 a 30-sep2017 23 428 138 Veintitrés m illones cuatrocientos veintiocho mil ciento treinta y ocho 11 l-o ct-2 0 1 7 a 30-sep2018 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 12 l-o ct-2 0 1 8 a 30-sep2019 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 13 l-oct-2019 a 30-sep2020 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 14 l-o ct-2 0 2 0 a 30-sep2021 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 15 l-oct-2021 a 30-sep2022 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 16 l-oct-2022 a 30-sep2023
15 l-oct-2021 a 30-sep2022 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 16 l-oct-2022 a 30-sep2023 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 17 l-oct-2 0 2 3 a 30-sep2024 7 565 718 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos dieciochoRESOLUCIÓN No. Q 0 2 DE 1 6 ^ ^ HOJA No. 5 / 6 Por la cual se oficializan los ingresos anuales esperados para Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. por el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la línea de transmisión a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - Ocaña — Primavera y obras asociadas Año F ech as
INGRESO ANUAL ESPERADO
(Dólares del 3 1 de diciem bre de 2 0 0 2 ) N úm eros Letras 18 l-o ct-2 0 2 4 a 30-sep2 025 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 19 l-o ct-2 0 2 5 a 30-sep2026 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 20 l-o ct-2 0 2 6 a 30-sep2027 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 21
setecientos diez 20 l-o ct-2 0 2 6 a 30-sep2027 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 21 l-o ct-2 0 2 7 a 30-sep2028 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 22 l-o ct-2 0 2 8 a 30-sep2029 8 012 655 Ocho m illones doce mil seiscientos cincuenta y cinco 23 l-o ct-2 0 2 9 a 30-sep2030 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 24 l-o ct-2 0 3 0 a 30-sep2031 7 565 710 Siete m illones quinientos sesen ta y cinco mil setecientos diez 25 l-oct-2031 a 30-sep2032 28 370 515 Veintiocho m illones trescientos setenta mil quinientos quince A rtículo 2. Form a de pago. De acuerdo con lo establecido en el n u m eral II del literal a) del artículo 4 de la R esolución CREG 022 de 2001, m odificada por la R esolución CREG 085 de 2002, la liquidación y pago m en su al del Ingreso correspondiente, se actu alizará an u alm en te con el P roducer Price Index, y se efectuará en pesos colom bianos sobre u n a b ase m en su al calendario, dividiendo por doce (12) dicho Ingreso y utilizando la T asa de Cam bio R epresentativa del
efectuará en pesos colom bianos sobre u n a b ase m en su al calendario, dividiendo por doce (12) dicho Ingreso y utilizando la T asa de Cam bio R epresentativa del M ercado del últim o día hábil del m es a factu rar, p u b licad a por el B anco de la R epública. Parágrafo 1. De acuerdo con lo establecido en el n u m e ra l III del literal b) del artículo 4 de la R esolución CREG 022 de 2001, m odificado por la Resolución CREG 105 de 2003, si se produce u n atraso en la p u e sta en operación del proyecto, esto es, si la línea e n tra en operación com ercial d e sp u és del prim ero de octubre del año 2007, o de la fecha que fije posteriorm ente la CREG de acuerdo con lo establecido en el n u m eral IV del literal b) del artículo 4 de la R esolución CREG 022 de 2001, m odificado por la R esolución CREG 105 de 2003, el costo de las generaciones fu era de m érito c a u sa d a s por el atraso se le asig n ará a Interconexión E léctrica S.A. E.S.P. Parágrafo 2. De acuerdo con lo establecido en el n u m eral IV del literal b) del artículo 4 de la R esolución CREG 022 de 2001, m odificado por la Resolución CREG 105 de 2003, cu an d o se declare el ab an d o n o o retiro de la ejecución del proyecto o el incum plim iento grave e insalvable de requisitos técnicos,RESOLUCIÓN No. 0 Q '2 DE 1 6 EN E. 200 1 HOJA No. 6 / 6
proyecto o el incum plim iento grave e insalvable de requisitos técnicos,RESOLUCIÓN No. 0 Q '2 DE 1 6 EN E. 200 1 HOJA No. 6 / 6 Por la cual se oficializan los ingresos anuales esperados para Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P, por el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la línea de transmisión a 500 kV, circuito sencillo, Bolívar - Copey - Ocaña - Primavera y obras asociadas Interconexión E léctrica S.A. E.S.P. p erd erá el derecho a recibir el flujo de ingresos aprobado en e sta Resolución, y la CREG p o d rá h a ce r u so de su s facultades legales p a ra im poner las servidum bres a que h u b iere lugar A rtículo 3. R esponsable del pago. El responsable de realizar los pagos de que tra ta e sta R esolución será el Liquidador y A dm inistrador de C u en tas del Sistem a de T ransm isión Nacional. A rtículo 4. V igencia. La presen te resolución d eb erá notificarse al R epresentante Legal de Interconexión E léctrica S.A. E.S.P. y al R epresentante Legal de la E m p resa de E nergía de Bogotá S.A. E.S.P., y pu b licarse en el Diario Oficial. C ontra este acto procede el recu rso de reposición, el cu al podrá interponerse a n te la D irección Ejecutiva de la CREG, den tro de los cinco (5) d ías siguientes a su notificación o publicación.
N DÍAZLUIS ERNESTO MEJIA CASTI
interponerse a n te la D irección Ejecutiva de la CREG, den tro de los cinco (5) d ías siguientes a su notificación o publicación. N DÍAZLUIS ERNESTO MEJIA CASTI M inistro de M ipas y Energía Presidente D irector Ejecutivo