CREG - Resolución 21 de 2004

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Resolución 21 de 2004
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2004

República de Colom bia Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

RESOLUCIÓN No. 0 2 1 DE 2004 ( 3 g M A R . 2004 ) Por la cual se ap ru eb a el Cargo Promedio de D istribución por uso del Sistem a de D istribución de gas n a tu ra l por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas n a tu ra l por red a u su ario s regulados, p a ra el m ercado relevante conform ado por los m unicipios de B ucaram anga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, S a b a n a de Torres y Puerto W ilches en el departam ento de S antander; y los m unicipios de Cantagallo y S an Pablo en el departam ento de Bolívar, según solicitud tarifaria p resen ta d a por la em presa GASORIENTE S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS E n ejercicio de su s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Q ue el A rtículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público dom iciliario de gas com bustible como el conjunto de actividades o rd en ad as a la distribución de gas com bustible y estableció la actividad de com ercialización como com plem entaria del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Q ue según lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes p a ra el tra n sp o rte de gas, a sí como el

como com plem entaria del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Q ue según lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes p a ra el tra n sp o rte de gas, a sí como el señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por e sa Ley; Q ue el A rtículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de Regulación de E nergía y G as, la com petencia p a ra estab lecer las fórm ulas p a ra la fijación de las tarifas del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Q ue según lo disp u esto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de E nergía y G as p odrá establecer topes m áxim os y m ínim os tarifarios, de obligatorio cum plim iento por p arte de las em presas;R E SO L U C IÓ N N o. Q 2 1 DE 3 0 M A R . 2004 H O JA N o. 2/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento

de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolivar. _________ Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórm ulas tarifarias é sta s c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas; Que m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de cálculo y aju ste p a ra la determ inación de la ta s a de retorno que se utilizará en las fórm ulas tarifarias de la actividad de distribución de gas com bustible por redes p a ra el próxim o período; Q ue m ediante R esolución CREG-011 de 2003 se adoptó la m etodología y criterios generales p a ra d eterm inar la rem uneración de las actividades de distribución y com ercialización de gas com bustible y las fórm ulas generales p a ra la p restación del servicio público dom iciliario de distribución de gas com bustible por redes de tubería; Q ue m ediante la R esolución CREG-100 de 2003, la Com isión de Regulación de E nergía y G as estableció los E stán d a res de C alidad en el servicio público dom iciliario de gas n a tu ra l y GLP en Sistem as de D istribución por redes de tuberías; Q ue GASORIENTE S.A. E.S.P. m ediante com unicación con radicado CREG E2003-004373, recibida el 30 de abril de 2003, entregó a la Com isión la inform ación h istórica sobre inversión existente, g asto s de AOM p a ra los negocios de distribución y com ercialización de gas, y d em ás inform ación

inform ación h istórica sobre inversión existente, g asto s de AOM p a ra los negocios de distribución y com ercialización de gas, y d em ás inform ación histórica req u erid a p a ra el cálculo de los cargos correspondientes al S istem a de D istribución de su m ercado relevante atendido; Q ue GASORIENTE S.A. E.S.P. m ediante com unicación con radicado CREG E2003-005535 del 2 de ju n io de 2003, reportó a la CREG las proyecciones de dem anda, las proyecciones de gastos de AOM de distrib u ció n y el Program a de N uevas Inversiones, clasificadas según el listado de u n id ad e s constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la R esolución CREG 011 de 2003; Que GASORIENTE S.A. E.S.P. en cum plim iento de lo d isp u esto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la R esolución CREG-011 de 2003, el día 22 de julio de 2003 publicó en el diario V anguardia Liberal el resu m en del estudio de cargos que presentó a la Com isión, con la inform ación se ñ ala d a en la C ircular CREG 021 de 2003, con el fin de que los terceros interesados p u d iera n p re se n ta r an te la Com isión observaciones sobre tal inform ación, y envió a la Com isión copia del aviso de p ren sa respectivo; Q ue m ediante com unicaciones rad icad as con los n ú m ero s CREG E-2003007571 del 8 de agosto, CREG E -2003-008672 del 17 de septiem bre y CREG EQ ue m ediante com unicaciones rad icad as con los n ú m ero s CREG E-2003007571 del 8 de agosto, CREG E -2003-008672 del 17 de septiem bre y CREG E2003-010882 del 1 de diciem bre de 2003, GASORIENTE S.A. E.S.P. presentó las am pliaciones y aclaraciones solicitadas por la CREG, a la inform ación rep o rtad a en su solicitud tarifaria; Que en cum plim iento de lo dispuesto en el Anexo No. 9 de la R esolución CREG ^ 011 de 2003, la Com isión, a través de la firm a DIVISA INGENIEROS LIMITADA, < ¿ fR ESO L U C IÓ N N o. 3 0 MAR. 2 0 0 4 H O JA N o. 3/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar. ______ verificó la calidad de la inform ación rep o rtad a por GASORIENTE S.A. E.S.P., p a ra u n a m u e stra d iseñ ad a por la Com isión, siguiendo la m etodología co ntenida en el citado Anexo; Que m ediante com unicación con Radicación C R EG -S-2003-03434 de octubre 30 de 2003, la Com isión le trasladó a la em p resa el inform e del auditor;

co ntenida en el citado Anexo; Que m ediante com unicación con Radicación C R EG -S-2003-03434 de octubre 30 de 2003, la Com isión le trasladó a la em p resa el inform e del auditor; Q ue GASORIENTE S.A. E.S.P., m ediante com unicación rad icad a bajo el No. CREG E -2 0 0 3 '0 1 1010 del 12 de diciem bre de 2003, p resen tó las aclaraciones solicitadas por la Com isión, y se pronunció en relación con el inform e de verificación de activos; Que la U nidad de Planeación M inero-Energética, en com unicación con radicado No. CREG E -2 0 0 3 -0 10732 del 25 de noviem bre de 2003, aprobó la m etodología u tilizada p a ra las proyecciones de d em an d a del m ercado que va a aten d er GASORIENTE S.A. E.S.P., de conform idad con lo establecido en el N um eral 7.5 de la R esolución CREG 011 de 2003; Que m ediante D ocum ento CREG-009 de 2004, se definieron los criterios p a ra establecer los gastos eficientes de AOM p a ra las actividades de distribución y com ercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los g asto s eficientes de AOM p a ra el control y m onitoreo de los e stá n d a res de calidad definidos m ediante R esolución CREG-100 de 2003. Que como resu ltad o del an álisis de la inform ación y de las resp u esta s p re sen ta d a s a la Com isión por GASORIENTE S.A. E.S.P., se realizaron aju ste s

Que como resu ltad o del an álisis de la inform ación y de las resp u esta s p re sen ta d a s a la Com isión por GASORIENTE S.A. E.S.P., se realizaron aju ste s p ertin en tes a la inform ación requerida p a ra el cálculo de los C argos de que tra ta n los A rtículos 7 y 23 de la R esolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo su sten to , en el docum ento soporte de la p resente Resolución; Que algunos activos de GASORIENTE S.A. E.S.P. son utilizados por la em presa M etrogas de Colom bia S.A. E.S.P., por lo que se hace necesario establecer u n cargo por u so de p arte del Sistem a de D istribución de GASORIENTE S.A. E.S.P. utilizado co n ju n tam en te con M etrogas de Colom bia S.A. E.S.P.; Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a p a rtir de la m etodología establecida en la R esolución CREG011 de 2003 y dem ás inform ación disponible en la Com isión, los cuales se p re sen ta n en el D ocum ento CREG-010 de 2004; Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as, en su sesión 232 del 23 de m arzo de 2004, aprobó el Cargo Prom edio por Uso del S istem a de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización del M ercado Relevante conform ado por los m unicipios de B ucaram anga, Floridablanca, G irón, Piedecuesta, Lebrija,

y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización del M ercado Relevante conform ado por los m unicipios de B ucaram anga, Floridablanca, G irón, Piedecuesta, Lebrija, S a b a n a de Torres y Puerto W ilches en el d ep artam en to de S an tan d er; y los m unicipios de C antagallo y S an Pablo en el d ep artam en to de Bolívar;R E SO L U C IÓ N N o. 0 2 1 D E 3 0 MAR. 2 0 0 Í H O JA N o. 4/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolivar. _________ RESUELVE: ARTÍCULO 1°. M ercados R elevan tes de D istribución y C om ercialización. P ara efectos de aplicación de e sta R esolución el m ercado relevante de d istribución y com ercialización serán los m unicipios de B ucaram anga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, S a b a n a de T orres y Puerto W ilches en el d ep artam en to de S an tan d er; y los m unicipios de C antagallo y S an Pablo en el d ep artam en to de Bolívar.

en el d ep artam en to de S an tan d er; y los m unicipios de C antagallo y S an Pablo en el d ep artam en to de Bolívar. ARTÍCULO 2 o. Inversión Base. La Inversión B ase p a ra d eterm in ar el cargo de d istribución p a ra el M ercado Relevante definido en el A rtículo 1 de e sta R esolución se com pone como se indica a continuación: 2 .1 In versión E xisten te: Como inversión existente se reconoce u n m onto de $ 4 0 .551.994.560 ($ de die. 31 de 2002), de conform idad con la desagregación de activos p re sen ta d a en el Anexo 1A de la p resen te Resolución. 2 .2 Programa de N uevas Inversiones: P ara el Program a de N uevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción p re se n ta d a en el Anexo IB de la p resen te Resolución: Descripción Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 UC de Redes y Estaciones 494.635.380 1.036.066.230 553.317.361 492.960.620 474.326.673 UC de Calidad del servicio 0 175.300.411 0 13.569.831 0 Otros activos 195.378.432 32.367.975 114.639.334 90.830.766 128.308.573 Total 690.013.812 1.243.734.617 667.956.695 597.361.217 602.635.246 Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2002.

Parágrafo: Las desviaciones que se p resen ten en el P rogram a de N uevas

Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2002.

Parágrafo: Las desviaciones que se p resen ten en el P rogram a de N uevas Inversiones se rán consideradas de conform idad con lo establecido en el literal b) del n u m eral 7.1 de la R esolución CREG 011 de 2003.

ARTÍCULO 3°. D em andas Esperadas de V olum en. P ara el cálculo tarifario se utilizó la D em anda de V olum en p a ra el horizonte de proyección p re se n ta d a en el Anexo 2 de e sta Resolución. ARTÍCULO 4°. G astos de A dm inistración, O peración y M an ten im ien to de D istribución - AOM. El nivel de eficiencia obtenido del m odelo de frontera de eficiencia es 100%. Aplicando este resu ltad o al valor p resen te de los gastos de AOM p ro p u esto s p a ra el horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor p a ra incorporar al cálculo del cargo que rem u n e ra los gastos de AOM. E n el Anexo 3 se p rese n ta n los gastos de AOM p a ra el H orizonte de Proyección. Com ponente $ del 31 de Dic/2002 Valor Presente de los gastos de AOM, con nivel de eficiencia 54.975.705.466R ESO L U C IÓ N N o. Q 2 .1 DE 3 0 M A R . 20QÍ H O JA No. 5/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar. _________ ARTÍCULO 5 o. Cargo Prom edio de D istribución. A p a rtir de la vigencia de la presen te Resolución, el Cargo Prom edio de D istribución aplicable en el M ercado Relevante establecido en el Artículo 1 de la p resen te R esolución, p a ra recu p erar los costos de inversión y gastos de AOM p a ra la distribución dom iciliaria de gas n a tu ra l por red se fija en $ 2 1 6 ,3 0 /m 3 (pesos de diciem bre de 2002) desagregados de la siguiente m anera: Com ponente Cargo Prom edio de Distribución ($/m3 ) Inversión 94,45 Gastos AOM 121,85 Cargo Piso de Distribución 50,81

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2002

Parágrafo 1: El cargo piso aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1 se fija en $ 5 0 ,8 1 /m 3 expresado en pesos del 31 de diciem bre de 2002). Parágrafo 2: E stos Cargos Prom edio de D istribución se actu alizarán de conform idad con lo establecido en el n u m eral 7.8 de la R esolución CREG-011 de 2003.

Parágrafo 2: E stos Cargos Prom edio de D istribución se actu alizarán de conform idad con lo establecido en el n u m eral 7.8 de la R esolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 6°. Cargo M áximo Base de C om ercialización. A p a rtir de la vigencia de la p resen te Resolución, el Cargo Máxim o B ase de Com ercialización aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1, es el siguiente. M ercado Relevante Cargo Máximo B ase de Com ercialización ($/factura) Municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar 1.328,19

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2002

Parágrafo: El Cargo de Com ercialización se actu aliza rá de conform idad con lo establecido en el Artículo 24 de la R esolución C R EG -011 de 2003.

ARTÍCULO 7°. Cargo Prom edio de D istribución para la dem anda de M etrogas S.A. E.S.P. A p a rtir de la vigencia de la p resen te R esolución, el Cargo Máximo de D istribución por el u so conjunto de activos del S istem a de D istribución de GASORIENTE S.A. E.S.P. aplicable a la d e m an d a de la em presaR ESO L U C IÓ N N o. 0 2 1 DE 3 0 M A R . '/M i H O JA N o. 6 / 1 1

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolivar. _________ M etrogas de Colom bia S.A. E.S.P. se ñ ja en $ 9 .1 1 /m 3 (pesos de diciem bre de 2002).

Parágrafo: E ste Cargo Prom edio de D istribución se actu aliza rá de conform idad con lo establecido en el n u m eral 7.8 de la R esolución C R E G -011 de 2003.

ARTÍCULO 8 o. Fórm ula Tarifaria. La F órm ula T arifaria aplicable al m ercado relevante definido en el Artículo 1 de la p resen te R esolución corresp o n d erá a la establecida en el Artículo 32 de la R esolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 9°. V igencia de la Fórm ula Tarifaria, d el Cargo Prom edio de D istribución y d el Cargo M áximo Base de C om ercialización. La fórm ula tarifaria, incluido el Cargo Prom edio de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización que se establecen en e sta R esolución, regirán a p a rtir de la fecha en que la p resen te Resolución quede en firme y d u ra n te el térm ino de

Com ercialización que se establecen en e sta R esolución, regirán a p a rtir de la fecha en que la p resen te Resolución quede en firme y d u ra n te el térm ino de vigencia de las fórm ulas tarifarias definidas en la R esolución C REG -011 de

2003. Vencido este período las fórm ulas tarifarias c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas, tal como e stá previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994.

ARTÍCULO 10°. La presente Resolución deberá notificarse a la em presa GASORIENTE S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. C ontra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. Viceministro de Minas y Energía Directora Ejecutiva Delegado del Ministro de Minas y/ ■ — ,

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

D ada en Bogotá, D.C. 3 0 M A R . 200i Energía PresidenteR E SO L U C IÓ N N o. Q 2 1 DE 3 0 M A R . M k H O JA N o. 7 / 11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga,

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolivar. _________

ANEXO 1

INVERSIÓN BASE

ANEXO 1A

INVERSIÓN EXISTENTE

Código Unidad Constructiva Costo U nitario Reconocido a Die 2002 Cantidad Costo Total $ D ie 2002 TA2 94.164.056 3,6 343.133.819 TA3 113.601.659 2,8 317.289.434 TA4 142.179.413 12,6 1.785.489.069 TA6 214.438.781 35,2 7.556.608.201 7PE1/2 13.215.762 4,6 60.673.565 TPE3/4 13.575.611 1.350,3 18.331.066.216 T PE 2 20.955.161 201,1 4.214.187.633 T PE 3 30.538.654 27,7 845.737.494 T PE 4 42.989.873 8,7 375.731.490 T PB 5 69.411.212 1,0 67.467.698

ERFC515T1 346.417.600 1,0 346.417.600

ERP3T1 51.333.486 6,0 308.000.917

ERP5T1 71.614.688 3,0 214.844.065

ERP5T2 87.704.822 3,0 263.114.467

ERP10T1 50.998.358 1,0 50.998.358

ERP10T2 56.590.324 13,0 735.674.213

Sistemas de Control 419.075.983 1,0 419.075.983 Acometidas 1.926.561.587 1,0 1.926.561.587 Gas enpaquetado en la red 3.241.417 1,0 3.241.417 o n w A ííc w o tt,. Total activos 40.551.994.560 (Valores Expresados en $ del 31 de Diciembre de 2002)r e s o l u c i ó n N o. 0 2 ■! DE 3 0 M A R . 2004 H O JA N o. 8/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolivar. ______

ANEXO 1B

PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES Cantidades en km Código Unidad Constructiva Costo Unitario Eficiente $ Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5

TA4AS 159.702.377 0,214 0,276 0,000 0,000 0,000

Cantidades en km Código Unidad Constructiva Costo Unitario Eficiente $ Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5

TA4AS 159.702.377 0,214 0,276 0,000 0,000 0,000

TA6AS 227.480.465 0,000 1,534 0,173 0,173 0,173

TA4CO 159.216.387 0,091 0,117 0,000 0,000 0,000

TA6CO 226.751.480 0,000 0,649 0,073 0,073 0,073

TA4DE 119.839.393 0,005 0,007 0,000 0,000 0,000

TA6DE 167.685.990 0,000 0,037 0,004 0,004 0,004

7PE3/4AS 34.883.987 0,525 0,505 0,482 0,460 0,437

TPE2AS 40.723.887 0,076 0,070 0,067 0,064 0,061

TPE3/4CO 24.625.688 5,439 5,216 4,994 4,767 4,541

TPE2CO 32.623.450 0,763 0,731 0,700 0,671 0,636

TPE3/4AT 27.742.509 0,538 0,517 0,493 0,471 0,449

TPE2AT 35.666.585 0,074 0,073 0,068 0,066 0,063

TPE3/4ZV 9.345.543 10,861 10,414 9,969 9,519 9,066

TPE2ZV 17.390.361 1,526 1,463 1,400 1,337 1,273

Cantidades en Unidades ERP3T2 87.424.000 0,0 0,0 0,0 1,0 1,0 Sistem as de Control 0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 Cruces subterráneos en vías 6.307.968 0,0 0,0 0,0 1,0 0,0 Cruces aéreos acero 59.727.010 2,0 0,0 1,0 0,0 0,0 Cruces aéreo s poiietileno 24.639.207 0,0 1,0 0,0 0,0 0,0 Gas enpaquetado en la red 0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 4 » Í |S ¡ S í ® § r i “ r : C abezas de prueba o columnas de agua 517.500 0,0 8,0 0,0 0,0 0,0 Detector Sensor electroquímico 9.582.987 0,0 1,0 0,0 0,0 0,0 Detector Portátil de Odorizante 13.569.831 0,0 1,0 0,0 1,0 0,0 Sistema digital de grabación, múltiples municipios 148.007.593 0,0 1,0 0,0 0,0 0,0 inversiones en $ de die ¡entre de 2002 Código Unidad Constructiva A ñ ol Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Sistemas de Control Gas enpaquetado en la red 0

inversiones en $ de die ¡entre de 2002 Código Unidad Constructiva A ñ ol Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Sistemas de Control Gas enpaquetado en la red 0 72.817 132.840.878 244.435 137.952.257 86.082 56.974.262 110.863 58.340.269 114.456 i 494.635.380 1.036.066.230 553.317.361 492.960.620 474.326.673 0 175.300.411 0 13.569.831 0 -ij— n . , ' i n , , i , v m m m m t a . ,'•••- , ■ r • Equipos de córrputo 195.378.432 195.378.432 32.367.975 32.367.975 114.639.334 114.639.334 90.830.766 90.830.766 128.308.573 128.308.573 690.013.812 1.243.734.617 667.956.695 597.361.217 602.635.246 (Valores Expresados en $ del 31 de Diciembre de 2002) Q r -

'MÁNUEL MAIGUASKCA OLANÓ^

ViceministFb'de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía ---------------Pre s i de nte-------------------

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora EjecutivaR ESO L U C IÓ N N o. 0 ^ J d e ^ 0 M A R , ?0 Q ¿ HOJA No. 9/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar. _________

ANEXO 2

DEMANDAS DE VOLUMEN

Usuarios Demanda Totales Anual m3 Esperada 2003 153.848 99.994.276 2004 156.561 100.293.813 2005 159.129 94.884.789 2006 161.574 90.518.247 2007 163.845 90.224.022 2008 163.897 91.742.053 2009 163.949 91.511.166 2010 164.001 91.294.229 2011 164.053 91.091.413 2012 164.105 90.902.943 2013 164.157 90.729.033 2014 164.209 90.569.907 2015 164.261 90.425.798 2016 164.313 90.296.950 2017 164.365 90.429.441 2018 164.417 90.575.656 2019 164.469 90.735.888 2020 164.521 90.910.445 2021 164.573 91.099.646 2022 164.625 91.303.824

Usuarios por Municipio Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Estrato 1 21,156 22,170 23,136 24,055 24,916 B/manga 12,251 12,709 13,146 13,561 13,950 Cantagallo 79 83 87 91 95 Girón 4,875 5,200 5,510 5,806 6,085 Lebrija 23 23 23 23 23 Piedecuesta 159 181 202 221 239 Ro Wilches 1,626 1,706 1,781 1,852 1,918 Sabana 296 300 304 309 312 San F^blo 1,847 1,968 2,083 2,192 2,294 Estrato 2 34,852 35,265 35,652 36,017 36,351 B/manga 17,146 17,195 17,238 17,277 17,305 Cantagallo 444 453 461 469 476 Floridablanca 2,494 2,522 2,549 2,574 2,597 Girón 6,879 6,966 7,047 7,124 7,195 Lebrija 620 660 698 734 769 Piedecuesta 4,363 4,531 4,691 4,845 4,990 Ro W lches 788 788 788 788 788 Sabana 1,389 1,417 1,443 1,466 1,488 San Ffeblo 729 733 737 740 743

$R ESO L U C IÓ N N o.2 1 DE 3 0 M A R . 20 0 A H O JA No. 1 0 / 1 1

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de

$R ESO L U C IÓ N N o.2 1 DE 3 0 M A R . 20 0 A H O JA No. 1 0 / 1 1

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar. _________ Usuarios por Municipio Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Estrato 3 50,647 51,323 51,967 52,578 53,145 B/manga 26,816 27,184 27,535 27,868 28,179 Floridablanca 719 723 727 733 737 Girón 8,159 8,220 8,277 8,331 8,378 Lebrjja 1,647 1,676 1,705 1,730 1,755 Piedecuesta 11,674 11,884 12,084 12,274 12,453 Ro W lches 442 443 444 445 445 Sabana 1,190 1,193 1,195 1,197 1,198 Estrato 4 33,262 33,767 34,248 34,706 35,133 B/manga 31,725 32,212 32,676 33,118 33,531

Floridablanca 195 195 195 195 195 Girón 608 619 630 641 651 Lebrija 25 25 25 25 25 Piedecuesta 709 716 722 727 731 Estrato 5 3,582 3,591 3,599 3,606 3,612 B/manga 3,473 3,481 3,488 3,494 3,499 Girón 71 71 71 71 71 Piedecuesta 38 39 40 41 42 Estrato 6 5,824 5,861 5,895 5,927 5,956 B/manga 5,816 5,853 5,887 5,919 5,948 Girón 3 3 3 3 3 Lebrija 3 3 3 3 3 Piedecuesta 2 2 2 2 2

COMERCIAL 4,406 4,465 4,523 4,576 4,622

B/manga 3,375 3,412 3,448 3,479 3,504 Cantagallo 1 1 1 1 1 Floridablanca 74 74 74 74 74 Girón 459 474 490 504 519 Lebrija 63 63 62 62 61 Piedecuesta 320 328 336 344 352 Ro W lches 30 30 30 30 30 Sabana 55 55 55 55 55 San Pablo 29 28 27 27 26

INDUSTRIAL 116 116 105 105 105

B/manga 66 66 59 59 59

Gron 42 42 38 38 38 Lebrjja 2 2 2 2 2 Piedecuesta 6 6 6 6 6

OTROS 3 3 4 4 5

B/manga 3 3 4 4 5

MANUEL MAIGUASHCA GLANO

Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas / y Energía Presidente SANDRA STELLA FONSECA ARENAS Directora Ejecutiva 0^R ESO L U C IÓ N N o. 0 2 1 d e 3 3 M A R , 2Q0i H O JA N o. 11/ 11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar. _________

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN - AOM Año $ die de 2002

2003 8.968.973.611 2004 8.829.141.500 2005 9.089.428.288 2006 9.366.825.156 2007 9.551.292.628 2008 9.537.164.655

2009 9.537.164.655 2010 9.537.164.655 2011 9.537.164.655 2012 9.537.164.655 2013 9.537.164.655 2014 9.537.164.655 2015 9.537.164.655 2016 9.537.164.655 2017 9.537.164.655 2018 9.537.164.655 2019 9.537.164.655 2020 9.537.164.655 2021 9.537.164.655 2022 9.537.164.655

Í Í a ÑÜÉl MAIGUASHÓA OLÁÑd

Ministra de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas / y Energía Presidente A . /

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva

Consultar sobre este documento ...