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CREG - Resolución 214 de 1997

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 214 de 1997
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1997

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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(noviembre 19) Diario Oficial No. 43.179 de 25 de noviembre de 1997 COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS Por la cual se toman algunas determinaciones frente al cargo por capacidad. Concordancias CREG LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la ley 143 de 1994 y el decreto 1524 de 1994 y, CONSIDERANDO: Que la Resolución 01 de 1996 creó el Cargo por Capacidad en el Mercado Mayorista de Energía eléctrica, cuyas

reglas defirió a una Resolución posterior; Que las reglas actualmente vigentes están contenidas en la Resolución CREG 116 de 1996; Que dicho Cargo comenzó a tener vigencia efectiva el 1o. de enero de 1997 y estableció que al cabo de diez años la CREG revisará su permanencia; Que el 15 de noviembre de cada año, desde 1997, tienen lugar las primeras verificaciones sobre los distintos requisitos para tener derecho al pago correspondiente y puede el CND comenzar a efectuar las corridas objeto de la Resolución 116 para tal propósito; Que la experiencia de los primeros diez meses de vigencia, permiten examinar la posibilidad de introducir ajustes dirigidos exclusivamente a mejorar los efectos buscados con el establecimiento del Cargo por Capacidad, que busca incentivar la firmeza del sistema; Que es útil recoger durante un período prudencial opiniones sobre qué ajustes pudieran llegar a introducirse a la Resolución 116 de 1996. Que la CREG en su reunión del 19 de noviembre de 1997 puso de presente la necesidad de estudiar la implementación de algunos ajustes a los procedimientos necesarios para calcular el cargo por capacidad, todo de acuerdo con el respeto por los derechos adquiridos que pudieran haberse configurado.

RESUELVE: ARTICULO 1o. Considerando y respetando los derechos adquiridos, desde la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta el 28 de febrero de 1998, la CREG estudiará las modificaciones de aquellos aspectos procedimentales del cargo por capacidad que mejor se orienten a los propósitos buscados por el mismo.

Ir al inicio ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Dada en Santafé de Bogota, D. C., el dia 19 de noviembre de 1997 Ministro de Minas y Energía

ORLANDO CABRALES MARTINEZ

Presidente JORGE MERCADO DIAZ Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

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