CREG - Resolución 225 de 2020

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 225 de 2020
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 225 DE 2020 ( 11 DIC. 2020 ) Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y, en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y CONSIDERANDO QUE: La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 1047 del 18 de septiembre de 2020, aprobó expedir la Resolución CREG 183 de 2020, “Por el cual se aprueba el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.”, con sujeción a la metodología

Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.”, con sujeción a la metodología vigente para el efecto, contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante la Metodología. El mercado relevante aprobado mediante Resolución CREG 183 de 2020 cuenta con recursos públicos otorgados mediante el Convenio Interinstitucional No. 070 de 2019 celebrado entre el DEPARTAMENTO DEL HUILA - SECRETARÍA DE VÍAS E INFRAESTRUCTURA y el MUNICIPIO DE SUAZA y el Convenio 012 de 2019 del MUNICIPIO DE SUAZA para la construcción de la infraestructura de distribución de gas por redes en dichas veredas por la suma de $264,000,000 y $162,000,000, respectivamente. Con el propósito de mantener el beneficio de los recursos públicos en cabeza de sus destinatarios y, conforme al procedimiento establecido en el Anexo 21 de la

gq yRESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 2/13

Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

Metodología, en el Parágrafo del Artículo 1 de la Resolución CREG 183 de 2020, se divide el Mercado Relevante de Distribución aprobado en Submercados, según la asignación de recursos públicos por parte de las veredas que lo conforman, así: “PARÁGRAPO. En aplicación de lo establecido en el Anexo 21 de la metodología contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 de 2018, 132 de 2018 y 011 de 2020, el Mercado Relevante de Distribución Especial para el Siguiente Periodo Tarifario aprobado en el presente Artículo se divide en los siguientes submercados, según la asignación de recursos públicos para las veredas que lo conforman:

CUENTA CON NO: CÓDIGO | yergpas | MUNICIPIO | DEPARTAMENTO | RECURSOS SUBMERCADO DANE PÚBLICOS

SI/NO 1 41770003 | San Calixto Suaza Huila Sí 1 41770004 | Hato Viejo Suaza Huila Sí 1 41770 San Isidro Suaza Huila Sí 2 41770010 Satia Suaza Huila Sí La Resolución CREG 183 de 2020, fue notificada vía correo electrónico al Representante Legal de la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. el día 14 de octubre de 2020, tal como consta en el radicado CREG I-2020-003864. De

Representante Legal de la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. el día 14 de octubre de 2020, tal como consta en el radicado CREG I-2020-003864. De igual forma, fue notificada a la GOBERNACIÓN de HUILA y al MUNICIPIO DE SUAZA, HUILA, los días 13 y 16 de octubre de 2020, conforme consta en los radicados CREG I-2020-00-3865, I-2020-003866 respectivamente. Dentro del término legalmente establecido para el efecto, mediante comunicacion radicada en la CREG bajo el numero E-2020-012722 del 20 de octubre de 2020, el Representante Legal de SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. interpuso recurso de reposición contra el acto administrativo notificado mediante el cual solicita lo siguiente: Primera: Respetuosamente y conforme a nuestros fundamentos, solicitamos que se reconozca el componente aporte privado efectuado por Surcolombiana de Gas S.A. ESP, en el Convenio de Apoyo y Cooperación No. 012 celebrado entre el Municipio de Suaza y Surcolombiana de Gas

S.A. ESP.

Segunda: Se modifique el artículo 5.2 de la resolución CREG 183 de 2020, de tal manera que se reconozca la totalidad de las inversiones realizadas por SURCOLOMBIANA DE GAS en el submercado conformado por la vereda Satia, municipio de Suaza, Departamento del Huila Tercera: como consecuencia de las anteriores peticiones, solicitamos que los cargos de inversión descontando el efecto del aporte de recurso público se fije en $229,08, por lo que solicitamos que este cargo sea calculado conforme al archivo Excel denominado “Soporte

Tercera: como consecuencia de las anteriores peticiones, solicitamos que los cargos de inversión descontando el efecto del aporte de recurso público se fije en $229,08, por lo que solicitamos que este cargo sea calculado conforme al archivo Excel denominado “Soporte expediente tarifario Suaza - Satia” adjunto.”

SkRESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 3/13

Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

1. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR

SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

La empresa Recurrente presenta los motivos de su inconformidad y sustenta su solicitud en los siguientes términos: 1) “Surcolombiana de Gas SA. ESP., presentó la solicitud para la aprobación de cargos para el mercado conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento del Huila, esta solicitud se realizó bajo un cargo de AOM y de Inversión consolidado para el mercado especial; atendiendo lo establecido en el Subnumeral 2 del Numeral 21.1 del Anexo 21 de la Resolución CREG 090 de 2018, del

AOM y de Inversión consolidado para el mercado especial; atendiendo lo establecido en el Subnumeral 2 del Numeral 21.1 del Anexo 21 de la Resolución CREG 090 de 2018, del acto administrativo que se recurre, entendemos que se debe presentar el beneficio de los recursos públicos en cabeza de sus destinatarios, dado que los cuatro Centros Poblados pertenecen a un mismo Municipio. 2) Una vez aclaramos que el beneficio de los recursos públicos se debe mantener en cabeza de sus destinatarios y que se tiene que separar por submercado, tal como se aprobó la Resolución CREG 183 de 2020, una vez realizado el cálculo del cargo correspondiente por submercado, notamos que el submercado conformado por la vereda Satia del municipio de Suaza, Departamento del Huila, no presenta componente de inversión privada, descontando el efecto del aporte de recursos públicos del municipio de Suaza. Por lo anterior, solicitamos que se tenga en cuenta que en el Convenio de Apoyo y Cooperación No. 012 celebrado entre el municipio de Suaza y Surcolombiana de Gas SA. ESP., que se adjuntó en la solicitud de cargos, establece un aporte público por valor de $162.000000 y un aporte de Surcolombiana de Gas S.A. ESP. por valor de $21.042.306. Por lo anterior, y de acuerdo con el cálculo del cargo para el submercado conformado por la vereda Satia del municipio de Suaza, éste debe contener el componente de inversión realizada por la Empresa Surcolombiana de Gas S.A. ESP., como se indica en la siguiente tabla: , Cargo Aprobado Z Variación del Componente Unidad CREG Cálculos SURGAS Cargo Cargo de Distribución 813.24 1,042.32 -22% Total Componente de inversión

tabla: , Cargo Aprobado Z Variación del Componente Unidad CREG Cálculos SURGAS Cargo Cargo de Distribución 813.24 1,042.32 -22% Total Componente de inversión descontando el efecto del $/m3 7 229.08 -100% aporte de recurso publico del municipio de Suaza Componente gastos AOM 813.24 813.24 0.0% Para tal caso, adjuntamos el cálculo realizado por Surcolombiana de Gas SA. ESP., para que sea revisado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG. 3) De acuerdo con lo anterior, el cargo aprobado no permitiría recuperar la totalidad de las inversiones, lo que conllevaría a un desequilibrio económico para el proyecto.”RESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 4/13 Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

2. ANÁLISIS DEL RECURSO INTERPUESTO Respecto de la primera petición formulada por la Empresa recurrente encaminada a que se reconozca la componente del aporte privado efectuado por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P., es pertinente aclarar lo siguiente:

Respecto de la primera petición formulada por la Empresa recurrente encaminada a que se reconozca la componente del aporte privado efectuado por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P., es pertinente aclarar lo siguiente: El proceso de cálculo efectuado por parte de la Comisión para el submercado objeto del recurso está definido conforme a los Subnumerales 5, 6, 7, 8 y 10 del Numeral 21.1 del Anexo 21 de la Metodología, los cuales establecen lo siguiente: “5. Conforme a lo dispuesto en los numerales 9.1.1 y 9.2.1 del Artículo 9 de esta Resolución, se calcularán las componentes que remuneran la inversión de los Cargos De Distribución del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto para los Usuarios de Uso Residencial y para los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial, para todo el mercado y para cada uno de los submercados.

6. Así mismo, se calculará la componente que remunera la inversión del cargo promedio del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto.

Para ello, se tomarán en cuenta las componentes que remuneran la inversión calculadas en el numeral 5, la demanda de los Usuarios de Uso Residencial y la demanda de los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial para todo el mercado. De la misma forma, se calculará la componente que remunera la inversión del cargo promedio de cada uno de los submercados.

7. Para cada submercado que cuente con recursos públicos para la construcción de infraestructura de distribución, se calculará el cargo de inversión promedio correspondiente a esos recursos públicos. Para ello, se tomará el cociente entre el valor

de los submercados.

7. Para cada submercado que cuente con recursos públicos para la construcción de infraestructura de distribución, se calculará el cargo de inversión promedio correspondiente a esos recursos públicos. Para ello, se tomará el cociente entre el valor anual equivalente de los recursos públicos de cada submercado y la demanda total de este.

8. Para cada submercado se calculará la componente que remunera la inversión de la empresa del cargo promedio, la cual corresponde a descontar el valor de recursos públicos (calculado en el numeral 7) de la componente que remunera la inversión del cargo promedio del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto (calculado en el numeral 6). En caso de que esta diferencia sea negativa, se acotará a cero (0)”.

2 (a)

10. En el evento en que el valor correspondiente a inversiones de algún([os) submercado(s) calculado en el numeral 8 sea menor que cero, se deberá descontar de la componente de inversión de la empresa del cargo promedio del submercado que no cuenta con recursos públicos, la sumatoria de las diferencias negativas que resulten, a fin de descontar el valor adicional que la demanda pagaría por efecto de la conformación del mercado solicitado y garantizar que los recursos públicos efectivamente se destinen a los beneficiarios finales.

En virtud de lo anterior, el Numeral 3.2.5. del Documento CREG 147 de 2020, soporte de la Resolución CREG 183 de 2020, detalla el procedimiento adelantado por la Comisión para la determinación del cálculo del Cargo de Distribución para el Siguiente Período Tarifario, el cual se describe a continuación haciendo énfasis en el submercado conformado por la vereda Satia en el municipio de Suaza,

por la Comisión para la determinación del cálculo del Cargo de Distribución para el Siguiente Período Tarifario, el cual se describe a continuación haciendo énfasis en el submercado conformado por la vereda Satia en el municipio de Suaza,

ha") ESRESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 5/13

Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. departamento de Huila, objeto de recurso por parte de la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P., asi: “3.2.5. Recursos Públicos La empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. informó, mediante comunicación con Radicado CREG E-2019-009879, que el mercado relevante de distribución especial para el siguiente periodo tarifario cuenta con el aporte de recursos públicos para la construcción de infraestructura de distribución según se relaciona en el Cuadro 27. Cuadro 27. Recursos públicos con los que cuenta el mercado relevante de distribución para el siguiente periodo tarifario Monto de los Municipio que cuenta Entidad que otorga los con recursos públicos Rió recursos públicos neta al San Calixto, Hato Viejo, F Gobernación de Huila y

Monto de los Municipio que cuenta Entidad que otorga los con recursos públicos Rió recursos públicos neta al San Calixto, Hato Viejo, F Gobernación de Huila y San Isidro — Suaza Huila Municipio de Suaza 264,000,000 Satia — Suaza Huila Municipio de Suaza 162,000,000 Cabe resaltar que el Parágrafo 4 del Numeral 5.2 del Artículo 5 de la Metodología dispone que, en caso de que un distribuidor decida solicitar la creación de un Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario conformado por municipios, centros poblados y/o mercados que cuenten con recursos públicos, se establecerá un cargo de distribución para remunerar la componente de gastos de AOM y, para el cálculo del cargo que remunera la componente de inversión, se mantendrá el beneficio de los recursos públicos en cabeza de sus destinatarios conforme al procedimiento establecido en el Anexo 21 de dicha metodología. Así las cosas, en aplicación del mencionado Anexo 21, se siguió el procedimiento descrito a continuación:

1. Con el fin de mantener el beneficio de los recursos públicos en cabeza de sus destinatarios, el mercado relevante para el siguiente periodo tarifario se subdividió en submercados, según la asignación de los recursos públicos. En el Cuadro 28 se muestran los submercados que conforman el mercado relevante de distribución para el siguiente periodo tarifario.

Cuadro 28. Submercado en los cuales se subdivide el Mercado Relevante de Distribución Especial para el Siguiente Periodo Tarifario Cuenta con No. Código recursos Submercado | DANE peda Lerdo PERRA públicos Si/No 1 41770003 San Calixto Suaza Huila Si

Cuenta con No. Código recursos Submercado | DANE peda Lerdo PERRA públicos Si/No 1 41770003 San Calixto Suaza Huila Si 1 41770004 Hato Viejo Suaza Huila Si 1 417701 San Isidro Suaza Huila Si 2 41770010 Satia Suaza Huila Si

2. Conforme a lo dispuesto en los Numerales 9.1.1 y 9.2.1 del Articulo 9 de la Metodologia, se calcularon las componentes que remuneran los gastos de AOM de los Cargos de Distribución del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto por la Empresa para los Usuarios de Uso Residencial y los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial. Para ello, se utilizó la información consignada en el Numeral 3.2.4. del presente documento.

1La Secretaria de Planeación del Municipal de Suaza, Huila certificó que la vereda San Isidro en el Municipio de Suaza se encuentra incluida en el Esquema de Ordenamiento Territorial (E.O.T.) establecido mediante el Acuerdo Municipal No. 014 de 2007. 4

ENRESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 6/13

Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

3. Se calculó la componente de inversión de cada submercado conforme al Numeral 9.1.1.3 de la Metodología.

Dado que el sistema de distribución presentado por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. para el mercado relevante propuesto en su solicitud tarifaria cuenta con red primaria y secundaria, pero todos sus usuarios están conectados a la red secundaria; para cada submercado se determinó un sólo cargo de distribución que será aplicable a los usuarios de uso residencial y usuarios diferentes al uso residencia?. Se calcularon las variables principales mostradas en el Cuadros 29 y 30 para la componente que remunera la inversión base de cada submercado aplicable a usuarios de uso residencial y a usuarios diferentes a los de uso residencial. Cuadro 29. Variables para el cálculo de la componente de Inversión Base del submercado conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro, Municipio de Suaza, Departamento de Huila. San Calixto, Hato Viejo, San Isidro, Municipio de Suaza — Departamento de Huila Usuarios de Uso Residencial y Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial pa 5 Año 2022 en Variable Año 2020 Año 2021 SIENTE IBMNgp, 27,420,258 27,459,437 27,498,728 TBMN5sx 265,489,219 265,868,557 266,248,981 VP(Q(PR)noresrsk + 221,585 224,218 226,898 QUPR) resi)

TBMN5sx 265,489,219 265,868,557 266,248,981 VP(Q(PR)noresrsk + 221,585 224,218 226,898 QUPR) resi) VP(Q(PR) rg 221,585 224,218 226,898 Cifras de inversión en pesos del 31 de diciembre de 2018. Cuadro 30. Variables para el cálculo de la componente de Inversión Base del submercado conformado por la vereda Satia, Municipio de Suaza, Departamento de Huila. Satia, Municipio de Suaza — Departamento de Huila Usuarios de Uso Residencial y Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial > E Año 2022 en Variable Año 2020 Año 2021 ES IBMNgpy 0 0 0 IBMNags 163,866,171 164,100,307 164,335,114 VP(Q(PR)noresrsk + 83,486 84,389 85,309 Q(PR) Resi) VP(Q(PR) jr: 83,486 84,389 85,309 Cifras de inversion en pesos del 31 de diciembre de 2018. La componente que remunera la inversión de los cargos de distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto para los Usuarios de Uso Residencial y para los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial para cada submercado es la mostrada en el Cuadro 31. 2 El Numeral 9.3 del Artículo 9 de la Metodología establece lo siguiente: “9.3. CARGOS DE DISTRIBUCIÓN EN SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN QUE NO TIENEN CONECTADOS USUARIOS

A LA RED PRIMARIA.

2 El Numeral 9.3 del Artículo 9 de la Metodología establece lo siguiente: “9.3. CARGOS DE DISTRIBUCIÓN EN SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN QUE NO TIENEN CONECTADOS USUARIOS

A LA RED PRIMARIA.

Cuando un Sistema de Distribución tenga red primaria y secundaria pero todos los usuarios estén conectados a la red secundaria se podrá determinar en ese Mercado Relevante un solo cargo de distribución que será aplicable a usuarios residenciales y a usuarios diferentes al de uso residencial. La canasta de tarifas de estos mercados debe excluir a los usuarios residenciales”.RESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 7/13 Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

Cuadro 31. Componente que remunera la Inversión Base de cada uno de los submercados en los que se subdivide el Mercado Relevante de Distribución Especial para el Siguiente Periodo Tarifario. Componente de inversión para cada submercado Usuarios de Uso Residencial y Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial = E Año 2022 en Submercado Año 2020 Año 2021 adelante San Calixto, Hato Viejo,

Componente de inversión para cada submercado Usuarios de Uso Residencial y Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial = E Año 2022 en Submercado Año 2020 Año 2021 adelante San Calixto, Hato Viejo, 1 | San Isidro, Municipio de | $/m3 1,321.88 1,308.23 1,204.62 Suaza — Huila Satia, Municipio de 2 Sasa Hila $/m3 1,962.79 1,944.55 1,926.35 Cifras de inversión en pesos del 31 de diciembre de 2018. De igual forma, se calculó la componente que remunera la inversión de los cargos de distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto para los Usuarios de Uso Residencial y para los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial para todo el mercado, la cual se muestra en el Cuadro 32, utilizando las variables mostradas en el cuadro 19 del presente documento. Cuadro 32. Componente que remunera la Inversión Base de todo el Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario. Usuarios de Uso Residencial y Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial =; = Año 2022 en Componente Año 2020 Año 2021 adelante Componente de inversión $/m3 1,705.01 1,689.20 1,673.42

4. Se calculó la componente que remunera la inversión del cargo promedio del Mercado Relevante de Distribución Especial para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto y de cada uno de los submercados, teniendo en cuenta las componentes que remuneran la inversión calculadas en el paso anterior, la demanda de los Usuarios de Uso Residencial y la

Relevante de Distribución Especial para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto y de cada uno de los submercados, teniendo en cuenta las componentes que remuneran la inversión calculadas en el paso anterior, la demanda de los Usuarios de Uso Residencial y la demanda de los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial para todo el mercado y de cada submercado, las cuales se muestran en el Cuadro 33. Cuadro 33. Componente que remunera la Inversión del Cargo Promedio de todo el Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario y de los submercados. Componente que remunera la a = Ano 2022 inversión del cargo promedio ¿UD EHO A Ete en adelante Mercado Relevante de Distribución $/m3 1,705.01 1,689.20 1,673.42 Submercado 1 — San Calixto, Hato Viejo, San Isidro, Municipio de $/m3 1,321.88 1,308.23 1,204.62 Suaza — Huila Submercado 2 — Satia, Municipio de Suaza, Huila $/m3 1,962.79 1,944.55 1,926.35

5. Para cada submercado que cuenta con recursos públicos para la construcción de infraestructura de distribución, se calculó el cargo de inversión promedio correspondiente a esos recursos públicos, como la relación entre los recursos públicos de cada submercado y su demanda total que se muestra en el Cuadro 34.

Cabe aclarar que el cargo de inversión correspondiente a los recursos públicos se calculó como la relación entre el valor presente del programa de nuevas inversiones a realizarse en cada submercado que conforma el mercado relevante de distribución especial para el siguiente periodo tarifario y el valor presente de la demanda total de cada submercado.

públicos se calculó como la relación entre el valor presente del programa de nuevas inversiones a realizarse en cada submercado que conforma el mercado relevante de distribución especial para el siguiente periodo tarifario y el valor presente de la demanda total de cada submercado.

gloRESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 8/13

Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por las veredas San Calixto, Hato Viejo, San Isidro y Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, según solicitud tarifaria presentada por

la empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P.

Cuadro 34. Cargo de inversión promedio correspondiente a recursos públicos. Año 2022 Submercado Año 2020 | Año 2021 en adelante San Calixto, Hato Viejo, 1 San Isidro, Municipio de $/m3 1,062.44 1,051.46 1,040.53 Suaza — Huila Satia, Municipio de Suaza, Huila 2 $/m3 1,730.37 1,714.29 1,698.24

6. Para cada submercado, se calculó la componente que remunera la inversión de la empresa del cargo promedio descontando el valor de recursos públicos (Cuadro 34) de la componente que remunera la inversión del cargo promedio del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto (Cuadro 33). Los resultados se muestran en el

del cargo promedio descontando el valor de recursos públicos (Cuadro 34) de la componente que remunera la inversión del cargo promedio del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario propuesto (Cuadro 33). Los resultados se muestran en el Cuadro 35. Cuadro 35. Componente que remunera la inversión de la empresa para cada submercado Año 2022 Submercado Año 2020 | Año 2021 en adelante San Calixto, Hato Viejo, 1 San Isidro, Municipio de $/m3 642.58 637.74 632.89 Suaza — Huila Satia, Municipio de Suaza, Huila 2 $/m3 -25.36 -25.09 -24.83 Dado que, conforme a lo anterior, la componente que remunera la inversión de la Empresa del cargo promedio para el submercado conformado por la vereda Satia en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila, es negativa, se acota a cero (0) y se descuenta de la componente de inversión de la empresa del cargo promedio del submercado conformado por las veredas de San Calixto, Hato Viejo y San Isidro en el Municipio de Suaza, Departamento de Huila la diferencia negativa resultante a fin de descontar el valor adicional que su demanda pagaría por efecto de la conformación del mercado solicitado y garantizar que los recursos públicos efectivamente se destinen a los beneficiarios finales. Realizado este procedimiento, se obtienen las componentes que remuneran la inversión de la Empresa para cada submercado que se muestran en el Cuadro 36. Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en el subnumeral 10 del numeral 21.1 del Anexo 21 de la Metodología

la Empresa para cada submercado que se muestran en el Cuadro 36. Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en el subnumeral 10 del numeral 21.1 del Anexo 21 de la Metodología Cuadro 36. Componente que remunera la inversión de la empresa para cada submercado una vez se acotan a cero las componentes negativas y se descuentan dichas diferencias al submercado conformado por la vereda Satia en el Municipio de Suaza, Huila. Año 2022 Submercado Año 2020 | Año 2021 en adelante San Calixto, Hato Viejo, 1 San Isidro, Municipio de $/m3 633.02 628.30 623.56 Suaza — Huila Satia, Municipio de Suaza, Huila $/m3 0 0 0 En este punto es pertinente aclarar que la Comision, al revisar el documento “Soporte expediente tarifario Satia - Suaza” adjunto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P., identificó que la empresa realizo el descuento de la componente de inversión del cargo promedio de los recursos públicos del submercado de Satia sobre la componente que remunera la inversión del cargo promedio de

JHRESOLUCIÓN No. 225 DE _11 DIC. 2020 HOJA No. 9/13

Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P. y se modifica de oficio la Resolución CREG 183 de 2020, por medio de la cual se aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante especial conforma

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