CREG - Resolución 243 de 1997

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 243 de 1997
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1997

República de Colombia w inas y EnergíaMinisterio de M RESOLUCION NUMERO 243 ' 23 DIC.1997 DE 19 Por la cual se aprueban los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de las Empresas Municipales de Cartago S.A. E.S.P. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO : Que mediante la Resolución CREG-099 de Junio 17 de 1997, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para establecer los cargos por u so de los Sistemas de Transmisión Regional y/ o Distribución Local; Que mediante la resolución CREG-175 de Septiembre ll de 1997, la Comisión aprobó los cargos por uso de los Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de las Empresas Municipales de Cartago S.A.-E.S.P.; ()ue en el artículo 2 de la citada Resolución CREG-175, se dio plazo hasta el 30 dc octubre para que las Empresas Municipales de Cartago sometiera para ;lprobación de la Comisión los cargos monomios horarios; Que la Comisión de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 estableció los cargos monomios horarios con base en los elementos de juicio que tuvo a su disposición, RESUELVE Artículo 1. Cargos monomios horarios Los cargos monomios

horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por las Empresas Municipales de Cartago S.A., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:IESOLUCION NUMERO E 19 23 OIC.1997 HOJA No.- Por la cual se aprueban los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional ylo Distribibución Local de Empresas Municipales de Cartago S.A. ESP. Nwel IV c. I D. D.

D. 3,985 1 xxxxx xxxxx x x x

Mínima 1 2.5126 X X X X Xl ’ Nlvel III C. monomio horario $/kWh 11 1213141516171819~10~11~12113114~15~16117118119120~21~22)23)24~ Maxima Media Mínima Nivel 1 Artículo 2. La presente notificación rige a partir de su notificación. Dado en Santafé de Bogotá, a los 23 DK1997

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

NEZ E MERCADO DI&3

Ministro de Minas y Energía Director Ejecutivo Presidente 2

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