CREG - Resolución 246 de 1997
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 246 de 1997
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1997
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía RESOLUCION NUMERO 246 ( 23 DIC.1997 ) DE 19 Por la cual se aprueban los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Electrificadora de Chocó S.A. E.S.P. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución CREG-099 de Junio 17 de 1997, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para establecer los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local; Que mediante la resolución CREG-178 de Septiembre ll de 1997, la Comisión aprobó los cargos por uso de los Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Electrificadora de Chocó S.A.-E.S.P.; Que en el artículo 2 de la citada Resolución CREG-178, se dio plazo hasta el 30 de octubre para que la Electrificadora de Chocó sometiera para aprobación de la Comisión los cargos monomios horarios; Que mediante comunicación recibida el 29 de octubre, la Electrificadora de Chocó presentó la información y los cargos monomios horarios correspondientes; Que la Comisión después de estudiar la información suministrada y hacer los ajustes correspondientes recalculó los cargos monomios horarios
RESUELVE Artículo 1. Cargos monomios horarios Los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Electrificadora de Chocó S.A., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:246RESOLUCION NUMERO DE ,, 23 D8c.1997 HOJA No. 2 2-L Por la cual se aprueban los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional ylo Distribución Local de la Electrificadora del Chocó Nivel IV
0. Media 5,5699 x x x-x x x x x x x x x D Mínima 2,9513 x x x x x
Nwel III Nlvel II
D. Media 17,1297 x x x x x x x x x x x x x x x x x
D Mínima Nivel I D Media 46,5995 X X X X X X X X X X X X X x x x x D Mínima Artículo 2O. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación Dada en Santafé de Bogotá, a los f! 3 0 0 c, 1997
NOTIFíQUESE, PUBLíQUESE Y CÚMPLASE,
Ministro de Minas y Energía Presidente // lkector Ejecutivo