CREG - Resolución 28 de 2004

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 28 de 2004
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2004

República de Colombia M inisterio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 02 8 DE 2004 ( 3 0 MAR, M ) Por la cual se ap ru eb a el Cargo Promedio de D istribución por uso del Sistem a de D istribución de gas com bustible por red y el Cargo Máximo B ase de Comercialización de gas com bustible por red a u su ario s regulados, p a ra el m ercado relevante conform ado por el m unicipio de M oniquirá, departam ento de Boyacá, según solicitud tarifaria p resen tad a por la em presa ESPIGAS S.A. ESP. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS E n ejercicio de su s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y Que el Artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público dom iciliario de gas com bustible como el conjunto de actividades o rd en ad as a la distribución de gas com bustible y estableció la actividad de com ercialización como com plem entaria del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo disp u esto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes p a ra el tran sp o rte de gas, así como el señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por e sa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de Regulación de E nergía y G as, la com petencia p a ra establecer las fórm ulas p a ra

Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de Regulación de E nergía y G as, la com petencia p a ra establecer las fórm ulas p a ra la fijación de las tarifas del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo disp u esto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Com isión de Regulación de E nergía y G as p odrá establecer topes m áxim os y m ínim os tarifarios, de obligatorio cum plim iento por p arte de las em presas; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórm ulas tarifarias é stas c o n tin u ará n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas;

CONSIDERANDO:RESOLUCIÓN No. O '2 8 d e 3 0 M A R . 2004 HOJA No. 2 /8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Moniquirá según solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP Q ue m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de cálculo y a ju ste p a ra la determ inación de la ta s a de retorno que se u tilizará en las fórm ulas tarifarias de la actividad de distribución de gas com bustible por redes p a ra el próxim o período; Q ue m ediante R esolución CREG-011 de 2003 se adoptó la m etodología y

las fórm ulas tarifarias de la actividad de distribución de gas com bustible por redes p a ra el próxim o período; Q ue m ediante R esolución CREG-011 de 2003 se adoptó la m etodología y criterios generales p a ra d eterm in ar la rem uneración de las actividades de distribución y com ercialización de gas com bustible y las form ulas generales p a ra la p restación del servicio público dom iciliario de distribución de gas com bustible por redes de tubería; Que ESPIGAS S.A. E.S.P. m ediante com unicación con radicado CREG E2003007883, recibida el 21 de Agosto de 2003, reportó a la CREG las proyecciones de dem anda, las proyecciones de gastos de AOM de distrib u ció n y el program a de n u ev as inversiones, clasificadas según el listado de u n id a d e s constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la R esolución CREG 011 de 2003; Q ue ESPIGAS S.A. E.S.P. en cum plim iento de lo d isp u esto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la R esolución CREG-011 de 2003, el 26 de Agosto de 2003 publicó en el diario La R epública el resu m en del estudio de cargos que p resen tó a la Com isión, con la inform ación se ñ ala d a en la C ircular CREG 021 de 2003, con el fin de que los terceros in teresad o s p u d ieran p re se n ta r an te la Com isión observaciones sobre tal inform ación, y envió a la C om isión copia del aviso de p re n sa respectivo;

Com isión observaciones sobre tal inform ación, y envió a la C om isión copia del aviso de p re n sa respectivo; Que m ediante com unicaciones rad icad as en la CREG con el núm ero: E 2003010440, la em p resa ESPIGAS S.A. ESP p resen tó las am pliaciones y aclaraciones solicitadas por la CREG, a la inform ación rep o rta d a en s u solicitud tarifaria; Que la U nidad de Planeación M inero-Energética, en com unicación con radicado E 2 0 0 3 -0 10562, aprobó la m etodología u tilizada p a ra las proyecciones de d em an d a del m ercado que va a ate n d er la em p resa ESPIGAS S.A. E.S.P., de conform idad con lo establecido en el N um eral 7.5 de la R esolución CREG-011 de 2003; Que en el D ocum ento CREG-009 de 2004, e stá n contenidos los criterios p a ra establecer los gastos eficientes de AOM p a ra las actividades de distribución y com ercialización y el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes e inversiones req u erid as p a ra el control y m onitoreo de la calidad del servicio; Que m ediante R esolución CREG-100 de 2003, la Com isión adoptó E stán d a res de C alidad en el servicio público dom iciliario de gas n a tu ra l y GLP en Sistem as de D istribución por redes de tubería; Q ue como resu ltad o del a n álisis de la inform ación y de las re sp u esta s

de C alidad en el servicio público dom iciliario de gas n a tu ra l y GLP en Sistem as de D istribución por redes de tubería; Q ue como resu ltad o del a n álisis de la inform ación y de las re sp u esta s p rese n ta d a s a la Com isión por ESPIGAS S.A. E.S.P., se realizaron los a ju stes p ertin en tes a la inform ación req u erid a p a ra el cálculo de los Cargos de que tra ta n los A rtículos 7 y 23 de la R esolución CREG 011 de 2003, según seRESOLUCIÓN No. ® 2 8 DE 3 0 H A i^ . 700i HOJA No. 3 /8 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Moniquirá según solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP relacionan, con su respectivo su sten to , en el docum ento soporte de la presente Resolución; Q ue la Com isión de Regulación de E nergía y G as efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a p a rtir de la m etodología establecida en la R esolución CREG011 de 2003 y dem ás inform ación disponible en la Com isión, los cuales se p re sen ta n en el D ocum ento CREG-018 de 2004; Que la Com isión de R egulación de E nergía y G as, en su sesión 232 del 23 de m arzo de 2004, aprobó el Cargo Prom edio por Uso del S istem a de D istribución

Que la Com isión de R egulación de E nergía y G as, en su sesión 232 del 23 de m arzo de 2004, aprobó el Cargo Prom edio por Uso del S istem a de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización del M ercado R elevante conform ado por el m unicipio de M oniquirá, dep artam en to de Boyacá; RESUELVE: ARTÍCULO 1% M ercados R elevan tes de D istribución y C om ercialización. P ara efectos de aplicación de e sta R esolución el m ercado relevante de distribución y com ercialización e stá conform ado por el m unicipio de M oniquirá, en el D epartam ento de Boyacá. ARTÍCULO 2 o. In versión Base. La Inversión B ase p a ra d eterm in ar el cargo prom edio de distribución p a ra el M ercado Relevante definido en el Artículo 1 de e sta R esolución se com pone como se indica a continuación: 2 .1 . In versión E x isten te. Como inversión existente no se reconoce m onto alguno, por tra ta rse de u n m ercado nuevo, de conform idad con la inform ación p re sen ta d a por la E m presa. 2 .2 . Programa de N uevas In version es. P ara el P rogram a de N uevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción p resen ta d a en el Anexo 1 y la proyección de u su a rio s que se m u e s tra en el Anexo 2 de la p resen te Resolución: Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 T o ta l d e

en el Anexo 1 y la proyección de u su a rio s que se m u e s tra en el Anexo 2 de la p resen te Resolución: Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 T o ta l d e In versio n es 3 3 9.731.831 199 .933.823 199 .933.823 2 0 6.433.823 199 .933.823 Cifras en pesos del 31 de Diciem bre de 2002.

Parágrafo: Las desviaciones que se p resen ten en el Program a de N uevas Inversiones se rán co n sid erad as de conform idad con lo establecido en el literal b) del n u m eral 7.1 de la resolución CREG 011 de 2003.

ARTÍCULO 3°. D em andas E speradas de V olum en. P a ra el cálculo tarifario se utilizó la D em anda de V olum en p a ra el horizonte de proyección p re sen ta d a en el Anexo 2 de e sta Resolución.RESOLUCIÓN No. 0 2 8 D E 3 0 MAR. 200& HOJA No. 4 /8 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Moniquirá según solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP ARTÍCULO 4°. G astos de A d m in istración, O peración y M an ten im ientoAOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de optim ización es 77,93% .

ARTÍCULO 4°. G astos de A d m in istración, O peración y M an ten im ientoAOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de optim ización es 77,93% . A plicando este resu ltad o al valor p resen te de los g asto s de AOM p ro p u esto s p a ra el H orizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor p a ra incorporar al cálculo del cargo que rem u n era los gastos de AOM. E n el Anexo 3 se p resen tan los gastos de AOM p a ra el Horizonte de Proyección. Componente $ del 31 de Dic/2002 Valor Presente de los gastos de AOM, con nivel de eficiencia $ 138.566.174 ARTÍCULO 5 o. Cargo Prom edio de D istribución. A p a rtir de la vigencia de la presen te Resolución, el cargo prom edio de distribución aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1, p a ra rec u p era r los costos de inversión y los gastos de AOM p a ra la d istribución dom iciliaria de gas com bustible por red en el m unicipio de M oniquirá se fija en $ 3 7 0 ,3 7 /m 3 ($ del 31 de D iciem bre de 2002) desagregados de la siguiente m anera: Componente $/m3 Cargo Promedio de Distribución 370,37 Componente de Inversión 314,36 Gastos AOM 56,01 Cargo Piso de Distribución 27,03

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre c le 2002

Parágrafo 1 El cargo piso aplicable en el M ercado R elevante del Artículo 1 se

Gastos AOM 56,01 Cargo Piso de Distribución 27,03

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre c le 2002

Parágrafo 1 El cargo piso aplicable en el M ercado R elevante del Artículo 1 se fija en $ 2 7 ,0 3 /m 3, expresado en pesos del 31 de diciem bre de 2002. Parágrafo 2: E stos C argos de D istribución se actu aliza rán de conform idad con lo establecido en el n u m eral 7.8 de la R esolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 6°. Cargo M áximo B ase de C om ercialización. A p a rtir de la vigencia de la p resen te Resolución, el cargo m áxim o b a se de com ercialización aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1, es el siguiente. Mercado Relevante Cargo Máximo Base de Comercialización ($/factura) Moniquirá 2.596,96

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2002, las comas

indican decimalesRESOLUCIÓN No. ^ ^ DE M A R ^ HOJA No. 5 /8 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Moniquirá según solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP Parágrafo: El Cargo de Com ercialización se actu alizará de conform idad con lo establecido en el Artículo 24 de la R esolución C R EG -011 de 2003.

solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP Parágrafo: El Cargo de Com ercialización se actu alizará de conform idad con lo establecido en el Artículo 24 de la R esolución C R EG -011 de 2003. ARTÍCULO 7 o. Fórm ula Tarifaria. La Fórm ula T arifaria aplicable al m ercado relevante definido en el Artículo 1 de la p resen te R esolución co rresp o n d erá a la establecida en el A rtículo 32 de la R esolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 8°. V igencia de la Fórm ula Tarifaria, d el Cargo Prom edio de D istribución y del Cargo M áxim o Base de C om ercialización . La fórm ula tarifaria, incluido el Cargo Prom edio de D istribución y el Cargo M áximo B ase de Com ercialización que se establecen en e sta R esolución, regirán a p a rtir de la fecha en que la p resen te R esolución quede en firme y d u ra n te el térm ino de vigencia de las fórm ulas tarifarias definidas en la R esolución CREG-011 de

2003. Vencido este período las fórm ulas tarifarias c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las n uevas, tal como e stá previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994.

ARTÍCULO 9 o. La presente Resolución deberá notificarse a la em presa ESPIGAS S.A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. C ontra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante

S.A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. C ontra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 3 0 M AR. 2004

MANUEL MAIGUASHCA O LAN SANDRA STELLA FONSECA ARENAS SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora EjecutivaViceministro de Minas y Energía Delegadodél Ministro de Minas y Energía PresidenteANEXO 1

PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES

(Valores Expresados en $ del 31 de Diciembre de 2002) Unidad Constructiva Costo Unitario Cantidad Año 1 Valor Total Cantidad Año 2 Valor Total Cantidad Año 3 Vaior Tota! Cantidad Año 4 Valor Total Cantidad AñoS Valor Total ledes de Distribución $/m m $ 31 de D ie. 2002 m 1 31 de D ie. 2002 m $ 31 de D ie. 2002 m $ 31 de D ie. 2002 m $ 31 de D ie. 2002

TPE3/4AS 899,05 31.362.448 300,24 10.473.481 300,24 10.473.481 300,24 10.473.481 300,24 10.473.481

TPE1AS - - 37,50 1.365.025 37,50 1.365.025 37,50 1.365.025 37,50 1.365.025

TPE2AS 356,51 14,518.473 83,37 3.395.252 83,37 3.395.252 83,37 3.395.252 83,37 3.395.252

TPE3AS 120,00 6.892.550 - - - - - - - - TPE3/4CO 5.257,74 129.475.343 4.575,57 112.676.468 4.575,57 112.676.468 4.575,57 112.676.468 4.575,57 112.676.468

TPE1CO 86,00 2.247.768 141,00 3.685.293 141,00 3.685.293 141,00 3.685,293 141,00 3.685.293

TPE2CO 810,12 26.428.812 142,47 4.647.887 142,47 4.647.887 142,47 4.647.887 142,47 4.647.887

TPE3CO 400,00 24.673.328 - - - - - - - - TPE3/4AT 1.221,97 33.900,431 2.069,51 57.413.352 2.069,51 57.413.352 2.069,51 57,413.352 2.069,51 57.413.352

TPE1AT - - 37,50 1.096.459 37,50 1.096.459 37,50 1.096,459 37,50 1.096.459

TPE2AT 185,82 6.627.672 58,54 2.088.073 58,54 2,088.073 58,54 2.088.073 58,54 2.088.073

TPE3AT 120,00 6.083.155 - - - - - - - - TPE3/4ZV 553,35 5.171.337 236,66 2.211.744 236,66 2.211.744 236,66 2.211.744 236,66 2.211.744

TPE1ZV - - 12,50 135.826 12,50 135.826 12,50 135.826 12,50 135.826

TPE2ZV 108,65 1.889.463 42,84 744.960 42,84 744.960 42,84 744.960 42,84 744.960

TPE32V 720,00 21.419.025 - - - - - - - - Activos de Calidad del Servicio $/ud U d $ 31 de D ie. 2002 U d $ 31 de D ie. 2002 U d $31 de D ie. 2002 Ud $ 31 de D io . 2002 U d $31 de D ie. 2002 Cabezas de prueba o columnas de agua Detector Sensor electroquímico 1 1 228.936 9.582.987 Otros Activos UC Especiales - 19.230.104 ■ 6.500.000 Total - 339.731.831 199.933.823 199.933.823 206.433.823 199.933.823 MANUEL MAIGUASHCA OLA^O Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva

MANUEL MAIGUASHCA OLA^O Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente SANDRA STELLA FONSECA ARENAS Directora Ejecutiva & s¡> mO ^ ( B tí c « 3 • - iM > ifV J ■ “ Q , ¡2 o — u n E . C fi P IQ - P B l’S í B ; o ! ® s i » ^ 2.B . ^ « f £ ? O 8„ 8 Í B _ ( j S ° a 1 1 § B o f i' 3 ^ ^ S - Í S3 & P &2 ° °S to &K S f o ^W íí w t -) S í « n y S n o , 52. P 2 n > s | e s : p a 3 p- ^ I s §' S’ S P « 2- § • — O 1 ° a P & 5 n f » c S ^B ,2 c o Q ^ « 2 » fí a § p ^ g. & o « OÜ C í. M ■E - a c f T S S ’ S íh¡ o« h H K?h “ Orff 3 c C í O P » O m ( f í Onco O' o ro ob om to x O o \

0 0RESOLUCIÓN No. Q 2 6 d e 3 0 MAR. 2 0 0 4 HOJA No. 7 / 8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de

O o \

0 0RESOLUCIÓN No. Q 2 6 d e 3 0 MAR. 2 0 0 4 HOJA No. 7 / 8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Moniquirá según solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP

ANEXO 2

DEMANDAS DE VOLUMEN Año Metros Cúbicos Número de Usuarios 1 97.061,95 261 2 170.147,31 457 3 251.298,30 675 4 342.662,30 920 5 442.915,93 1.189 6 505.724,54 1.358 7 551.783,52 1.481 8 591.995,25 1.589 9 625.805,04 1.680 10 655.221,29 1.759 11 681.699,08 1.830 12 706.707,30 1.897 13 728.236,87 1.955 14 748.327,22 2.009 15 766.963,85 2.059 16 782.137,01 2.100 17 794.386,20 2.133 18 805.181,67 2.162 19 814.507,58 2.187 20 822.348,73 2.208 MANUEL MAIGUASHCA OLANO Viceministro ele Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente / /^ y

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva W

MANUEL MAIGUASHCA OLANO Viceministro ele Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente / /^ y

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva W

O ' yRESOLUCIÓN No. 0 2 8 DE 3 0 MAR. 7()(]¿ HOJA No. 8 / 8

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Moniquirá según solicitud tarifaria presentada por la empresa ESPIGAS S.A. ESP

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTOAOM

Año Mercado Relevante 1 41.050.625 2 33.570.064 3 26.828.608 4 19.968.362 5 12.682.621 6 15.155.891 7 15.923.287 8 16.112.813 9 16.272.166 10 16.410.810 11 17.548.696 12 17.666.565 13 17.768.038 14 17.862.728 15 17.950.566 16 18.022.080 17 18.079.813 18 18.130.695 19 18.174.650 20 18.211.607 AOM para Cargo 138.566.174 / ' MANUEL MAIGUASHCA OLANO Viceministro de Minas y Energía Delegadp dél Ministro de Minas y Energía / Presidente

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva

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