CREG - Resolución 29 de 2021

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 29 de 2021
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2021

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 029 DE 2021 ( 09 ABR. 2021 ) Por la cual se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE: Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada y modificada por las resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019.

La Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2018-007587 del 30 de julio de 2018, solicitó la aprobación de los ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera. En la Resolución CREG 103 de 2019 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía

ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera. En la Resolución CREG 103 de 2019 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. Que la Resolución CREG 103 de 2019 no incluye el reconocimiento de los activos de 2018, toda vez que al momento de su expedición la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. no solicitó su inclusión. A través de la comunicación con radicado CREG E-2019-010276, la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. presentó recurso de reposición contra la resolución CREG 103 de 20109, y este fue resuelto a través de la Resolución CREG 158 de 2019. El numeral 6.6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 38 de la Resolución CREG 036 de 2019, establece que los OR pueden solicitar la revisión de los planes de inversión cada dos años contados a partir del 1 de enero del primer año del plan de inversiones, y establece que se podrá solicitar una primera revisión durante el primer año del plan de inversiones. Adicionalmente, se establece que la solicitud de ajuste del plan deberá

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Por la cual se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019.

activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019. realizarse durante el año previo al que se va a ajustar, y se definen los siguientes plazos para su presentación: i) para las solicitudes bienales el plazo es agosto del año anterior al que se va a ajustar y para presentar la solicitud del primer año el plazo es diciembre del primer año. El mismo numeral determina que las revisiones de los planes de inversión deberán incluir un horizonte mínimo de cinco años. El artículo 6 de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 3 de la Resolución CREG 036 de 2019, estableció que, para incluir los activos puestos en operación en 2018, los OR debían escoger la una de las opciones allí definidas e informarlo en la solicitud de aprobación de ingresos. En el artículo 50 de la Resolución CREG 036 de 2019 se estableció que los OR que no solicitaron la remuneración de los activos puestos en operación en el 2018 para ser reconocidos en la primera resolución de aprobación de ingresos, podrán hacerlo posteriormente, y la CREG resolverá dicha solicitud en resolución posterior. A través de la comunicación con radicado CREG E-2019-014023 del 23 de diciembre de 2019, la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. solicitó ajuste del plan de inversión para el período 2020-2024, y posteriormente, mediante el radicado CREG E-2020-010378 del 28 de agosto de 2020, solicitó ajuste al plan de inversión período 2021-2025.

plan de inversión para el período 2020-2024, y posteriormente, mediante el radicado CREG E-2020-010378 del 28 de agosto de 2020, solicitó ajuste al plan de inversión período 2021-2025. En la comunicación con radicado CREG E-2019-014234 del 30 de diciembre de 2019, la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. solicitó el reconocimiento de los activos puestos en operación en el año 2018, escogiendo la opción del literal b del artículo 6 de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 3 de la Resolución CREG 036 de 2019. Mediante Auto del 27 de octubre de 2020 se inició la actuación administrativa para decidir sobre la solicitud de ajuste del plan de inversiones aprobado a la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. y la inclusión de los activos puestos en operación en 2018, bajo el expediente 2020-0210. En Auto del 23 de noviembre de 2020 se decretó la práctica de la prueba consistente en la verificación de la información enviada a la CREG por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., con el fin de que la misma se encontrara acorde con los lineamientos requeridos para su análisis. El día 30 de noviembre de 2020, en la comunicación con radicado CREG E-2020-014620, la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. dio respuesta al mencionado Auto. En el documento 020 de 2021 se encuentra el soporte de esta resolución, el cual incluye, entre otros, las diferencias identificadas, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores que se aprueban en la presente resolución.

incluye, entre otros, las diferencias identificadas, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores que se aprueban en la presente resolución. Con base en lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1087 del 9 de abril de 2021, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE: Artículo 1. Modificar el artículo 2 de la Resolución CREG 103 de 2019. El Artículo 2 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así:

A +RESOLUCIÓN No. 029 DE 09 ABR. 2021 HOUJA No. 3/6

Por la cual se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019. Artículo 2. Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del período tarifario. La base regulatoria de activos eléctricos al inicio del período tarifario, BRAEjn,0, es el siguiente: Tabla 1 Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del período tarifario. Variable Pesos de diciembre de 2017

BRAEj,4,0 309.154.941.378

BRAEj,3,0 354.937.947.864

BRAEj,2,0 1.026.943.838.455

BRAEj,1,0 701.265.351.212

Artículo 2. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 103 de 2019. El artículo 3 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así:

BRAEj,1,0 701.265.351.212

Artículo 2. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 103 de 2019. El artículo 3 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así: Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVAjn,: para cada nivel de tensión, es el siguiente: Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVAy 4,1 INVA, 4,2 INVAs 4,2 INVA, 4,4 INVA; 4,45 INVA, 4,16 INVA, 6,7 activos 1 1=1 | 25.650.494.030} 5.100.449.000 O| 2.969.039.000 | 5.100.449.000 0| 2.969.039.000 1=2 10 0 0 0 o 0 0 1=3 |33.050.470.961| 8.611.760.000| 3.529.220.406 | 12.816.962.942 | 518.134.000| 2.150.545.302 0 1.361.228.074 | 2.546.789.000| 690.188.000| 2.482.512.000| 101.128.000 0 0 2.234.953.933 | 1.118.106.000| 440.466.000 | 1.423.044.000| 101.646.000 609.876.000| 203.292.000

1=6 1.405.027.417| 5.928.241.000 | 1.724.649.000 | 7.267.840.000| 847.419.000 421.470.000 0 1=7 |12.256.567.873 | 5.004.942.108 | 16.019.819.835 | 29.212.830.100 | 250.936.000 56.776.000 0 1=8 0| 7.391.279.440| 1.556.861.400| 2.075.815.200 0 0 0 1=9 0 0 0 0 0 0 0 1=10 253.934.170 | 3.670.878.427 | 1.690.959.070| 1.757.991.667 | 838.009.333| 1.102.802.667 0 Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA y... INVA, 24,2 INVA,9,,2 INVA,9,14 INVAy3.15 INVAy3.16 INVA,2,,7 activos 1 1=1 0| 4.968.408.000 | 2.484.204.000 | 6.642.405.000 0 0 0 1=2 0 0 0 0 0 0 0 1=3 O| 2.570.334.000 | 6.637.196.950| 5.904.732.130| 4.223.356.000| 9.497.592.468 0

1=4 35.343.000 | 2.150.999.000| 557.355.000| 1.556.901.000| 1.049.751.000| — 1.559.220.000 0 1=5 |1.384.603.000| 200.872.000 88.620.000 | 212.688.000 70.896.000 295.400.000 41.356.000 1=6 37.656.436 | 324.288.000| 918.478.000| 517.816.000| 920.388.000| 2.310.306.000 0 1=7 | 5.244.458.628 | 14.207.693.303 | 15.233.079.261 | 18.453.213.736 | 11.283.101.295| 24.024.173.014 | 12.897.190.640 1=8 41.719.560 | 1.2: 6.583.945.885| 488.516.500| 203.363.556| 1.648.205.888 0 1=9 |5.552.028.000| 1.529.393.000| 507.329.000| 333.188.000| 275.250.000 788.311.000 297.708.000 1=10 253.934.170 | 3.670.878.427 | 1.690.959.070| 1.757.991.667| 838.009.333| 1.102.802.667 0 Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA ¡2.1 INVAj212 INVAj213 INVAj2,14 INVAj2,15 INVAj2,16 INVAj21,7 activos 1

Categoría de INVA ¡2.1 INVAj212 INVAj213 INVAj2,14 INVAj2,15 INVAj2,16 INVAj21,7 activos 1 1=1 1.508.711.686 | 9.688.066.000 | 5.332.692.000| 2.484.204.000 | 1.914.125.000 | 4.198.801.000 | 1.530.838.000 1=2 o o o 0 o o o

A yRESOLUCIÓN No. 029 DE 09 ABR. 2021 HOJA No. 4/6

Por la cual se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019. Categoría de INVA ¡20.1 INVAj212 INVAj213 INVAj2,14 INVA) 2,15 INVAj2,16 INVAj21,7 activos 1 1=3 201.198.000 | 3.890.641.000 | 4.537.201.000 | 5.902.214.000| 2.191.311.000| 6.500.170.000 | 603.594.000 1=4 4.857.204.000 | 1.615.912.000| 712.397.000] 1.525.:320.000| 579.351.000| 1.249.230.000 163.680.000

5 1.781.289.000 587.461.000 295.263.000 326.317.000 157.239.000 367.686.000 278.550.000 6 0 599.375.000 396.915.000 523.038.000 81.026.000 288.175.000 85.610.000 1=7 |31.750.440.060 | 35.690.179.515 | 23.912.833.271 | 32.107.500.481 | 47.871.306.555 | 44.889.177.676 | 34.656.889.695 8 9 1.535.849.747 | 5.653.977.741 | 2.030.529.333 | 1.477.724.862 | 2.789.655.597 | 2.632.113.800 | 1.802.894.850 13.330.161.000 | 3.104.371.000 | 3.599.004.000| 3.506.322.000 | 2.920.254.000 | 2.960.808.000 | 2.670.267.000 1=10 253.934.170 | 3.670.878.427 | 1.690.959.070| 1.757.991.667 838.009.333 | 1.102.802.667 o Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA ps. INVAy1.2 INVA, 13,3 INVAy 1,14 INVA,1,,5 INVA,,1,16 INVA 1,17 activos 1

1=11 | 12.891.104.000 | 12.954.672.000 | 10.185.539.000 | 11.865.203.000 | 10.629.699.000 | 10.315.352.000 | 10.095.902.000 1=12 5.107.776.954 | 15.175.439.891 | 12.490.371.168 | 15.152.409.072 | 11.372.631.679 | 5.507.337.601| 10.924.874.525 Artículo 3. Modificar el artículo 4 de la Resolución CREG 103 de 2019. El artículo 4 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así: Artículo 4. Recuperación de capital de activos de la BRA inicial. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos incluidos en la base regulatoria inicial de activos, RCBIA;n,1, del año 1, para cada nivel de tensión, es el siguiente: Tabla 6 Recuperación de capital de activos de la BRA inicial Variable Pesos de diciembre de 2017

RCBIAj,4,1 9.637.487.139

RCBIAj3,1 11.078.655.529

RCBIAj,2,1 30.959.610.869

RCBIAj,1,1 25.048.990.783

Artículo 4. Modificar el artículo 6 de la Resolución CREG 103 de 2019. El artículo 6 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así: Artículo 6. Base regulatoria de terrenos. El valor de la base regulatoria de terrenos, BRT;n,1, del año 1, para los niveles de tensión 4, 3 y 2, es el siguiente: Tabla 8 Base regulatoria de terrenos Variable rea de ene

terrenos, BRT;n,1, del año 1, para los niveles de tensión 4, 3 y 2, es el siguiente: Tabla 8 Base regulatoria de terrenos Variable rea de ene BRT;4,1 617.899.390

BRTj,3,1 303.404.585

BRT;2,1 7.683.981 Artículo 5. Modificar el artículo 7 de la Resolución CREG 103 de 2019. El artículo 7 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así: Artículo 7. AOM base por nivel de tensión. El valor del AOM base para cada nivel de tensión, AOMbasejn, es el siguiente:

A $RESOLUCIÓN No. 029 DE 09 ABR. 2021 HOJA No. 5/6

Por la cual se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019. Tabla 9 AOM base por nivel de tensión Variable Resoe ee er AOMbase;,4 10.993.747.732 AOMbase;,3 12.621.820.768 AOMbasej,2 336.518.780.664 AOMbase;1 24.937.445.057 Artículo 6. Modificar el artículo 15 de la Resolución CREG 103 de 2019. El artículo 15 de la Resolución CREG 103 de 2019 quedará así: Artículo 15. Costos de reposición de referencia. El costo de reposición de referencia, CRR), y los costos de reposición de referencia por nivel de tensión, Crr;n, son los siguientes: Tabla 19 Costo de reposición de referencia

Artículo 15. Costos de reposición de referencia. El costo de reposición de referencia, CRR), y los costos de reposición de referencia por nivel de tensión, Crr;n, son los siguientes: Tabla 19 Costo de reposición de referencia Variable Pesos de diciembre de 2017 CRR; 2.476.650.823.435 Crrja 312.876.107.483 Crrj3 367.214.607.165 Crrj2 1.083.843.894.700 Crrj1 712.716.214.086 Articulo 7. Ingreso adicional del OR por ajuste al plan de inversiones. Los cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, asociados con la modificación del plan de inversiones, se incluirán en la variable IM;4m,r+ definida en el numeral 2.1 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018 y las variables IAjnmt definidas en los numerales 2.4, 2.5 y 2.6 de dicho anexo. Con este objetivo, desde el mes de inicio de aplicación de esta resolución y durante doce meses, al resultado de la fórmula definida en los numerales 2.1, 2.4, 2.5 y 2.6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, se le adicionará el valor que resulte de dividir entre 12 la suma de los cambios de los ingresos del OR. Artículo 8. Ajuste de ingresos por inversiones de 2018. Los valores de la variable AING;n establecida en el numeral 1.3.4.1 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018 son los siguientes: Variable Repos de oe

AING),4 110.569.179

variable AING;n establecida en el numeral 1.3.4.1 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018 son los siguientes: Variable Repos de oe

AING),4 110.569.179

AING;3 96.383.016

AING;2 250.565.502

AING;1 819.915.455

Artículo 9. La presente resolución deberá notificarse a la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en

AN $RESOLUCIÓN No. 029 DE 09 ABR. 2021 HOUJA No. 6/6

Por la cual se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 103 de 2019. este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ello M TERO ROBLEDO JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN ia, delegado del Director Ejecutivo Energía Dado en Bogotá D.C., 09 ABR. 2021

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