CREG - Resolución 33 de 2004

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 33 de 2004
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2004

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía C O M IS IÓ N D E R E G U L A C IÓ N D E E N E R G ÍA Y G A S RESOLUCIÓN No. 0 3 3 DE 2004 ( ¿ 5 M 4 i? . m ) Por la cual se a p ru eb an el Cargo Promedio de D istribución por u so del Sistem a de D istribución de gas com bustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas com bustible por redes, p a ra el m ercado relevante conform ado por Bogotá D.C. y los m unicipios de S oacha y Sibaté en el departam ento de C undinam arca, según solicitud tarifaria p resen tad a por la em presa GAS NATURAL S.A. E.S.P. E n ejercicio de su s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y Que el Artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, deñnió el servicio público dom iciliario de gas com bustible como el conjunto de actividades o rd en ad as a la distribución de gas com bustible y estableció la actividad de com ercialización como com plem entaria del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo disp u esto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes p a ra el tran sp o rte de gas, así como el señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por esa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de

señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por esa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de Regulación de E nergía y G as, la com petencia p a ra establecer las fórm ulas p a ra la fijación de las tarifas del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo disp u esto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Com isión de Regulación de E nergía y G as po d rá establecer topes m áxim os y m ínim os tarifarios, de obligatorio cum plim iento por p arte de las em presas; Que el A rtículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórm ulas tarifarias é stas c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas; Que m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de cálculo y a ju ste p a ra la determ inación de la ta s a de retorno que se u tilizará en

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

CONSIDERANDO:RESOLUCIÓN No. 0 3 3 HOJA No. 2/11

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P. las fórm ulas tarifarias de la actividad de distribución de gas com bustible por redes p a ra el próxim o período; Q ue m ediante R esolución CREG-011 de 2003 se adoptó la m etodología y criterios generales p a ra d eterm in ar la rem u n eració n de las actividades de d istribución y com ercialización de gas com bustible y las form ulas generales p a ra la prestació n del servicio público dom iciliario de distribución de gas com bustible p o r redes de tubería; Q ue m ediante R esolución CREG-100 de 2003, la Com isión estableció los e stá n d a res de calidad en el servicio público dom iciliario de gas n a tu ra l y GLP en S istem as de D istribución p o r redes de tubería; Que la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P. m ediante com unicaciones con radicado CREG E -2003-004370 y E -2003-005159 recibidas el 30 de abril de 2003 y el 21 de m ayo respectivam ente, entregó a la Com isión la inform ación h istó rica sobre inversión existente a Diciem bre de 2002, g asto s de AOM p a ra los negocios de distribución y com ercialización de gas, y d em ás inform ación h istó rica req u erid a p a ra el cálculo de los cargos co rresp o n d ien tes al u so del S istem a de D istribución de su m ercado relevante atendido;

h istó rica req u erid a p a ra el cálculo de los cargos co rresp o n d ien tes al u so del S istem a de D istribución de su m ercado relevante atendido; Que la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P., m ediante com unicación con radicado CREG E -2003-00005538 del 2 de ju n io , reportó a la CREG las proyecciones de dem an d a, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y el program a de n u ev as inversiones, clasificadas seg ú n el listado de u n id ad es co n stru ctiv as establecido en el Anexo No. 1 de la R esolución CREG 011 de 2003; y que m ediante com unicación E -2003-005798 del 9 de ju n io de 2003 entregó aclaraciones y com pilaciones a la inform ación en treg ad a el 30 de abril y m ayo 30 de 2003; Que por las disposiciones técnicas d istritales em itidas por el INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, la em p resa solicitó costos u n ita rio s eficientes p a ra alg u n as u n id ad e s co n stru ctiv as, de acuerdo con las especificaciones técn icas estab lecid as por el Anexo técnico IDU 02-0800. Q ue la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P. en cum plim iento de lo d isp u esto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la R esolución CREG-011 de 2003, el día 22 de julio de 2003 publicó en el diario La R epública el resu m en del estudio

los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la R esolución CREG-011 de 2003, el día 22 de julio de 2003 publicó en el diario La R epública el resu m en del estudio de cargos que p resen tó a la Com isión, con la inform ación señ ala d a en la C ircular CREG 021 de 2003, con el fin de que los terceros in teresad o s p u d ieran p re se n ta r an te la Com isión observaciones sobre tal inform ación, y envió a la Com isión copia del aviso de p re n sa respectivo, R adicado CREG E -2003-007384; Q ue m ediante com unicaciones rad icad as en la CREG con los núm eros: E -2003005958, E -2 0 0 3 -0 0 6 0 4 1, E -2003-007384, E -2003-007385, E -2003-008558, E2003-008560, E -2003-009361, E -2003-010071, E -2 0 0 3 -0 10534, E -2003010535, E -2 0 0 3 -0 10741, E -2 0 0 3 -0 11402, la em p resa GAS NATURAL S.A.RESOLUCIÓN No. 0 5 5 DE : j j tWí HOJA No. 3/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

E.S.P. p resen tó las am pliaciones y aclaraciones solicitadas por la CREG, a la inform ación rep o rta d a en su solicitud tarifaria; Que en cum plim iento de lo dispuesto en el Anexo No. 9 de la R esolución CREG 011 de 2003, la Com isión, a través de la firm a DIVISA INGENIEROS ASOCIADOS LTDA, verificó la calidad de la inform ación rep o rta d a por la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P., siguiendo la m etodología co ntenida en el citado Anexo; Que la Com isión m ediante com unicación con radicación S -2003-003454, traslad ó a la em p resa los resu ltad o s de la A uditoría. Q ue la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P., m ediante com unicación rad icad a bajo el núm ero CREG E -2 0 0 3 -0 10536 el 19 de noviem bre de 2003, presentó las aclaraciones solicitadas por la Com isión, y se pronunció en relación con el inform e de verificación de activos; Que la Dirección Ejecutiva de la Com isión de R egulación de E nergía y Gas, m ediante Auto de P ru eb as de fecha 19 de enero de 2004, decretó la p ráctica de u n a visita a las instalaciones de la em presa GAS NATURAL S.A. E.S.P. con el propósito de realizar con ju n tam en te con los funcionarios de la em presa,

u n a visita a las instalaciones de la em presa GAS NATURAL S.A. E.S.P. con el propósito de realizar con ju n tam en te con los funcionarios de la em presa, sim ulaciones sobre el modelo utilizado p a ra la obtención de los resu lta d o s de las proyecciones de d em an d a que form an p arte del expediente tarifario. La p ráctica de la p ru e b a se llevó a cabo los d ías 19 y 20 de enero de 2004 y los resu ltad o s de la m ism a se consignaron en el docum ento E -2004-13139 el cual form a p arte del expediente tarifario. Q ue la U nidad de Planeación Minero E nergética - UPME, en com unicación con radicado interno No. CREGE -2003-010562 de 19 de noviem bre de 2003, aprobó la m etodología u tilizada p a ra las proyecciones de d em an d a del m ercado que va a a te n d e r la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P., de conform idad con lo establecido en el N um eral 7.5 de la R esolución C R EG -011 de 2002; Que m ediante D ocum ento CREG-09, se definieron los g asto s eficientes de AOM p a ra las actividades de distribución y com ercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes de AOM p a ra el control y m onitoreo de los e stán d a res de calidad definidos m ediante R esolución CREG-100 de 2003. Que como resu ltad o del an álisis de la inform ación y de las re sp u esta s

e stán d a res de calidad definidos m ediante R esolución CREG-100 de 2003. Que como resu ltad o del an álisis de la inform ación y de las re sp u esta s p re sen ta d a s a la Com isión por la em p resa GAS NATURAL S.A. E.S.P., se realizaron los a ju ste s p ertin en tes a la inform ación req u erid a p a ra el cálculo de los Cargos de que tra ta n los A rtículos 7 y 23 de la R esolución CREG 011 de 2003, seg ú n se relacionan, con s u respectivo su ste n to , en el docum ento soporte de la p resen te Resolución; Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a p a rtir de la m etodología establecida en la R esolución CREG-RESOLUCIÓN No. 0 5 5 DE 3 f j ^ HOJA No. /|í n Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P. 011 de 2003 y d em ás inform ación disponible en la Com isión, los cuales se p rese n ta n en el D ocum ento C R EG -021 de 23 de m arzo de 2004; Q ue la Com isión de Regulación de E nergía y G as, en s u sesión 232 de 23 de

p rese n ta n en el D ocum ento C R EG -021 de 23 de m arzo de 2004; Q ue la Com isión de Regulación de E nergía y G as, en s u sesión 232 de 23 de m arzo de 2004, aprobó el Cargo Prom edio por Uso del S istem a de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización del M ercado R elevante conform ado por Bogotá D.C., y los m unicipios de S oacha y Sibaté en el d ep artam en to de C undinam arca.

RESUELVE: ARTÍCULO 1°. M ercados R elevan tes de D istribución y C om ercialización.

P ara efectos de aplicación de e sta R esolución el m ercado relevante de distribución y com ercialización incluye el D istrito C apital y los m unicipios de S oacha y Sibaté en el dep artam en to de C undinam arca. ARTÍCULO 2 o. In versión Base. La Inversión B ase p a ra d eterm in ar el cargo prom edio de distribución p a ra el M ercado Relevante definido en el Artículo 1 de e sta R esolución se com pone como se indica a continuación: 2 .1 . In versión E x isten te. Como inversión existente se reconoce u n m onto de $314.8 5 2 .8 3 9 .6 7 4 ($ del 31 de Diciem bre de 2002). de conform idad con la desagregación de activos p re sen ta d a en el Anexo 1A de la p resen te Resolución. 2 .2 . Programa de N uevas In version es. P ara el P rogram a de N uevas

desagregación de activos p re sen ta d a en el Anexo 1A de la p resen te Resolución. 2 .2 . Programa de N uevas In version es. P ara el P rogram a de N uevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción p resen ta d a en el Anexo IB de la p resen te Resolución: ; AÑOI AÑO 2 AÑOS AÑO 4 AÑOS Total de Inversiones 61.472.108.512 35.044.042.793 20.478.303.487 22.333.912.136 16.531.697.066 Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2002.

Parágrafo: Las desviaciones que se p resen ten en el P rogram a de N uevas Inversiones se rá n co n sid erad as de conform idad con lo establecido en el literal b) del n u m eral 7.1 de la resolución CREG 011 de 2003.

ARTÍCULO 3 o. D em andas Esperadas de V olum en. P ara el cálculo tarifario se utilizó la D em anda de V olum en p a ra el horizonte de proyección p rese n ta d a en el Anexo 2 de e sta Resolución. ARTÍCULO 4°. G astos de A dm inistración. O peración y M anten im ientoAOM. El nivel de eficiencia obtenido del m odelo de fro n tera de eficiencia esRESOLUCIÓN No. ^ 3 5 DE 3 0 Ml 2 0 0 4 HOJA No. F.l'l'l Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS NATURAL S.A. E.S.P. 100%. A plicando este resu ltad o al valor p resen te de los g asto s de AOM p ro p u esto s p a ra el Horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor p a ra incorporar al cálculo del cargo que rem u n e ra los gastos de AOM. E n el Anexo 3 se p rese n ta n los g asto s de AOM p a ra el Horizonte de Proyección. Componente $ del 31 de Dic/2002 Valor Presente de los gastos de AOM. con nivel de eficiencia $38.290.150.083 ARTÍCULO 5 o. Cargo Prom edio de D istribución. A p a rtir de la vigencia de la presen te Resolución, el cargo prom edio de d istribución aplicable en el M ercado Relevante establecido en el Artículo 1 de la p resen te R esolución, p a ra recu p erar los costos de inversión y los gastos de AOM p a ra la distrib u ció n dom iciliaria de gas com bustible se ñja en $238,97 $ /m 3 ($ del 31 de D iciem bre de 2002)

desagregados de la siguiente m anera: Componente $/m3 Cargo de distribución 238,97 Componente de inversión 126,00 G astos AOM 112,97 Cargo piso de distribución 39,28

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre c e 2002

Parágrafo 1 El cargo piso aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1 se ñja en $ 3 9 ,2 8 /m 3, expresado en pesos del 31 de diciem bre de 2002. Parágrafo 2: E sto s Cargos de D istribución se actu aliza rán de conform idad con lo establecido en el n u m eral 7.8 de la R esolución C R EG -011 de 2003. ARTÍCULO 6°. Cargo M áxim o Base de C om ercialización. A p a rtir de la vigencia de la p resen te Resolución, el cargo m áxim o b ase de com ercialización aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1. es el siguiente. Cargo de Comercialización $1.896,83 ($/factura) , ''T .- NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2002.RESOLUCIÓN No. $ 3 5 DE ^ /u u lt HOJA No. fi/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

Parágrafo: El Cargo de Com ercialización se a ctu aliza rá de conform idad con lo

en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

Parágrafo: El Cargo de Com ercialización se a ctu aliza rá de conform idad con lo establecido en el Artículo 24 de la R esolución CREG-011 de 2003.

ARTÍCULO 7°. Fórm ula Tarifaria. La F órm ula T arifaria aplicable al m ercado relevante definido en el Artículo 1 de la p resen te R esolución corresp o n d erá a la establecida en el Artículo 32 de la R esolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 8°. V igencia de la Fórm ula Tarifaria, d el Cargo Prom edio de D istribución y d el M argen M áxim o de C om ercialización . La fórm ula tarifaria, incluido el Cargo Prom edio de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización que se establecen en e sta R esolución, regirán a p a rtir de la fecha en que la p resen te R esolución quede en firme y d u ra n te el térm ino de vigencia de las fórm ulas tarifarias definidas en la R esolución CREG-011 de

2003. Vencido este período las fórm ulas tarifarias c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas, tal como e stá previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994.

ARTÍCULO 9 o. La presente Resolución deberá notificarse a la em presa GAS NATURAL S.A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. C ontra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá

ARTÍCULO 9 o. La presente Resolución deberá notificarse a la em presa GAS NATURAL S.A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. C ontra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFIQUESE. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

3 3 M A R . 2 0 0 4Dada en Bogotá. D.C. 7MANUEL MAIGUAStíCA GLANO SANDRA STELLA FONSECA ARENAS Viceministro de Minas y Energía Directora Ejecutiva Delegado dél Ministro de Minas y Energía ' Presidente r eRESOLUCIÓN No. 0 5 -5 DE 3 J M A R . 2 Q Q Í HOJA No. ^ Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

ANEXO 1

INVERSIÓN BASE

ANEXO 1A INVERSIÓN EXISTENTE CÓDIGO UNIDAD CONSTRUCTIVA COSTO UNITARIO CANTIDAD COSTO TOTAL $ D ie 2002

REDES DE DISTRIBUCION $/KM KM ACERO TA4AS 315.005.617 99,5 31.342.113.910

TABAS 315.005.617 38,2 12.032.269.566

TASAS G19.974.000 15,0 9.315.729.321

TAIGAS 619.974.000 32,1 19.928.444.249

TAHAS 619.974.000 71,3 44.181.207.146

POL1ETILENO TPE1/2AS 16.752.024 44,8 749.887.600

TPE3/4AS 16.752.024 6.994,7 117.174.979.807

TPE1AS 16.752.024 1.319,3 22.101.514.753

TPE2AS 16.752.024 384,2 6.435.591.533

TPE3AS 16.752.024 402,1 6.735.854.810

TPE4AS 16.752.024 386,6 6.476.499.976

ESTACIONES DE REGULACION S/UND UND ERP3T2 146.033.311 2,0 292.066.621

ERP 3T4 146.033.311 1,0 146.033.311

ERP5T2 146.033.311 1,0 146.033.311

ERP 8T1 146.033.311 19,0 2.774.632.902

ERP 1072 146.033.311 45,0 6.571.498.979

ERP 10T4 146.033.311 15,0 2.190.499.660

UNIDADES CONSTRUCTIVAS ESPECIALES Sistem as de Control 6.743.402.828 1,0 6.743.402.828 Hot taps y equipos de obturación 393.867.426 1,0 393.867.426 Actuadores 51.062.007 18,0 919.116.126

TOTAL ACTIVOS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS 296.651.743.834

ACTIVOS DE CALIDAD S/UND UND Cabezas de prueba o columnas de agua 228.936 20,0 4.578.728 Detector Sensor electroquímico 9.582.987 2,0 19.165.974 Sistema diqital de qrabación, 1 municipio 23.119.168 1,0 23.119.168 Cromatógrafo en línea instalado 149.438.855 1,0 149.438.855 Higrómetro 106.599.886 1,0 106.599.886

TOTAL ACTIVOS DE CALIDAD 302.302.611

OTROS ACTIVOS 1 7.838.693.230

TOTAL 3 1 4 .852.839.674

MANUEL MAIGUÁSHCA OLANO Viceministro de Minas y Energía '- Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente /■ - / ' í : i /. o - //,L SANDRA STELLA FONSECA ARENAS Directora Ejecutivar e s o l u c i ó n No. Q 3 5 d e 3 0 M A R . 2tM HOJA N o. 8/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté

gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por

redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

ANEXO 2

PROYECCIÓN DE DEMANDAS DE VOLUMEN Y USUARIOS POR MUNICIPIO

ANEXO 2A

DEMANDAS DE VOLUMEN

Año Demanda Anual Esperada de Volumen (m3) 1 558.659.024 2 573.896.338 3 555.293.216 4 570.614.181 5 582.829.858 6 588.176.643 7 586.556.633 8 584.876.900 9 583.200.391 10 581.547.708 11 579.924.735 12 578.310.258 13 576.714.095 14 575.158.036 15 573.650.740 16 573.822.014 17 574.024.145 18 574.255.374 19 574.516.811 20 574.809.430 VPN (16.06%) 3 .3 8 9 .4 8 3 .3 0 8 MANUEL MÁIGUASHCA OLANO Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente / M I/ r ^ ty • y 1

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva

f e .RESOLUCIÓN No. 0 5 5 DE 3 - W W - ?0 0 ¿ HOJA No. 10/11

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C, y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

ANEXO 2B PROYECCIÓN NÚMERO DE USUARIOS POR MUNICIPIO AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO 4 AÑO 5

RESIDENCIAL 1.095.773 1.147.315 1.181.893 1.208.298 1.235.136

Estrato 1 6 6 .0 4 4 71.623 7 3 .7 4 8 7 5 .6 4 4 7 7 .9 5 7 Bogotá 59.185 63.078 64.783 66.291 67.286 Soacha 6.859 8.545 8.965 9.353 9.664 Sibaté 0 0 0 0 1.007 Estrato 2 41 1 .5 8 5 43 2 .8 7 6 4 48.821 4 6 0 .8 3 6 4 73.131 Bogotá 381.150 400.122 414.632 425.850 436.521 Soacha 30.435 32.754 34.189 34.986 35.603

Sibaté 0 0 0 0 1.007 Estrato 3 46 5 .1 0 3 48 2 .4 7 8 49 4 .9 9 0 5 0 3 .4 0 5 51 1 .1 9 2 Bogotá 440.894 456.493 467.580 474.911 481.333 Soacha 24.209 25.985 27.410 28.494 29.356 Sibaté 0 0 0 0 503 Estrato 4 9 6 .6 8 5 101.338 104.706 108.169 111.983 Bogotá 96.467 101.119 104.487 107.950 111.764 Soacha 218 219 219 219 219 Sibaté 0 0 0 0 0 Estrato 5 3 5 .5 4 3 3 7 .0 6 4 3 7.435 3 7 .7 9 5 38 .1 6 5 Bogotá 35.543 37.064 37.435 37.795 38.165 Soacha 0 0 0 0 0 Sibaté 0 0 0 0 0 Estrato 6 2 0 .8 1 3 21 .9 3 6 2 2 .1 9 3 2 2 .4 4 9 22 .7 0 8 Bogotá 20.813 21.936 22.193 22.449 22.708 Soacha 0 0 0 0 0 Sibaté 0 0 0 0 0

COMERCIAL 13.023 14.003 14.003 14.003 14.001

Bogotá 12.741 13.724 13.727 13.730 13.731 Soacha 282 279 276 273 270 Sibaté 0 0 0 0 0

INDUSTRIAL 763 766 7 66 771 772

Bogotá 734 740 740 745 746 Soacha 28 25 25 25 25 Sibaté 1 1 1 1 1 OTROS 15 16 16 " ■ ‘ ^ ' l e Bogotá 15 15 16 16 16 Soacha 0 0 0 0 0 Sibaté 0 0 0 0 0

TOTALES 1.109.574 1 .162.099 1.196.678 1 .2 2 3 .0 8 8 / 1.249.925

MANUEL MAIGUASHCA OLAfot ^ /i& A Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente / SANDRA STELLA FONSECA ARENAS Directora EjecutivaRESOLUCIÓN No. Q-5-5 D E ' N A k 1. V fllU HOJA No. 11/11 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes, para el mercado relevante conformado por Bogotá D.C. y los municipios de Soacha y Sibaté en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN. OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO -AOM

en el departamento de Cundinamarca según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS

NATURAL S.A. E.S.P.

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN. OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO -AOM A ño $ de 3 1 d e D iciem b re de 2 0 0 2

1 59.739.185.893 2 62.470.664.328 3 64.102.983.093 4 65.607.466.520 5 67.013.734.270 6 66.683.889.767 7 66.683.889.767 8 66.683.889.767 9 66.683.889.767 10 66.683.889.767 11 66.683.889.767 12 66.683.889.767 13 66.683.889.767 14 66.683.889.767 15 66.683.889.767 16 66.683.889.767 17 66.683.889.767 18 66.683.889.767 19 66.683.889.767 20 66.683.889.767 VPN (16.06% ) 3 8 .2 9 0 .1 5 0 .0 8 3

"V MANUEL MAIGUASHCA OLANO

Viceministro de Minas y Energía DelegadcCdel Ministro de Minas y Energía Presidente

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva

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