CREG - Resolución 35 de 2011
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 35 de 2011
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2011
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
035 RESOLUCIÓN No. DE 2011
(OTA ZN Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo previsto en el Articulo.23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energia y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas; Que mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL); Que el 1 de octubre de 2009, la Comisión de Regulación de Energía y GasCREG expidió la Resolución CREG 109, Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los
CREG expidió la Resolución CREG 109, Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL); Que mediante la Resolución CREG 170 del 15 de diciembre de 2009, la Comisión resolvió el recurso de reposición interpuesto por la empresa CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS $.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 109 de 2009, modificando los articulos 1°, 2° y 5° de la Resolución CREG 109 de 2009;
y YRESOLUCION No. _ 055 DE__07 ABR. 2011 HOJA No. 2/4
Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 17 de la Resolución CREG 097 de 2008 las conexiones de los OR al STN, que cumplan con los supuestos del artículo 1 de la Resolución MME 18 2148 de diciembre de 2007 o de la norma que la modifique, sustituya o complemente, deberán contar con una unidad de reserva en los términos de esta misma disposición;
artículo 1 de la Resolución MME 18 2148 de diciembre de 2007 o de la norma que la modifique, sustituya o complemente, deberán contar con una unidad de reserva en los términos de esta misma disposición; Que en el Parágrafo 1 del artículo 17 de la Resolución CREG 097 de 2008 se señala que los OR deben cumplir con lo exigido en este Artículo dentro de los tres años siguientes a la vigencia de la presente Resolución y presentar ante la CREG, la solicitud de remuneración del activo mediante la actualización del costo anual con una anticipación no inferior a siete (7) meses a la fecha prevista para su entrada en operación, como condición para que su remuneración pueda ser reconocida en forma inmediata a partir de tal momento; Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Resolución CREG 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos Activos de Uso se actualizarán los cargos correspondientes, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Capitulo 4 del Anexo General de la presente Resolución; Que en el numeral 4.1 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se establece que el Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 será revisado oficiosamente por la Comisión cuando se detecte que alguno de los activos reportados para su remuneración no continúa en servicio. Sin perjuicio de lo anterior, el agente tiene la obligación de informar a la Comisión sobre la ocurrencia de tal hecho. Que a través de la comunicación con radicado CREG E-2010-006029 la empresa CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. solicitó la actualización del Costo Anual por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 por
Que a través de la comunicación con radicado CREG E-2010-006029 la empresa CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. solicitó la actualización del Costo Anual por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 por la entrada en operación de un autotransformador de reserva de conexión al STN, Unidad Constructiva NST13, en la subestación la Hermosa; Que mediante comunicación con radicado CREG E-2010-006512 la empresa CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. solicitó el cambio de la Unidad Constructiva N5T7 de la subestación Esmeralda - ISA, reconocida en los cargos aprobados en la Resolución CREG 170 de 2009, por la Unidad Constructiva N5T23 que reemplaza la anterior; Que mediante auto del 4 de noviembre de 2010, la CREG inició la Actuación Administrativa con el objeto de decidir la solicitud de modificación del Costo Anual por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 de la empresa CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. y si como consecuencia de los análisis realizados, los valores aprobados mediante la Resolución CREG 109 de 2009 deben ser modificados;
ua i ri07 ABR, 2011 RESOLUCIÓN No. UY 5 DE HOJA No. 3/4
Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P, en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL).
empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P, en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). Que mediante la comunicación CREG S-2010-004510 del 4 de noviembre de 2010, se solicitó a la CENTRAL HIDROELECTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P., la publicación del resumen de su solicitud en un diario de amplia circulación; Que mediante comunicación radicada en la CREG con el número E-2010010276 de noviembre 9 de 2010, la empresa CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. allegó copia del aviso publicado en el diario la Patria del 9 de noviembre de 2010; Que el 19 de enero de 2011 la Comisión realizó una visita a las subestaciones ISA-Esmeralda y La Hermosa para verificar la existencia de los Activos solicitados; Que con base en los análisis efectuados y aplicando la metodología contenida en la Resolución CREG 097 de 2008 se realizaron los ajustes pertinentes para el sistema operado por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. de la siguiente manera: Se ajustó el inventario y la remuneración de los activos de la siguiente manera: i) El valor del transformador de reserva de 100 MVA de la subestación ISAEsmeralda, remunerado actualmente mediante los factores CAIRj4 y CAAE;4 ponderado en un 90% y 10% respectivamente, se retiro en las mismas proporciones. ii) El valor del nuevo transformador de reserva de 90 MVA de la subestación ISA-Esmeralda se incorporó en la variable NCAAK;,4. iii) El valor del nuevo transformador de reserva de 40 MVA de la
mismas proporciones. ii) El valor del nuevo transformador de reserva de 90 MVA de la subestación ISA-Esmeralda se incorporó en la variable NCAAK;,4. iii) El valor del nuevo transformador de reserva de 40 MVA de la subestación la Hermosa se incorporó en la variable NCAAE;,4. Que al modificarse la base de activos reconocidos en el Nivel de Tensión 4, se modifica el Costo Anual por el Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 y el Costo de Reposición de la Inversión del Nivel de Tensión 4; Que la Comisión, en Sesión No. 483 del día 7 de abril de 2011, acordó expedir la presente Resolución; RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el Articulo 1 de la Resolución CREG 109 de 2009, el cual queda así: “Artículo 1. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 aspects por la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P., 1 jRESOLUCION No. 0035 pe _O7 ABR. 201 HOJANo. 4/4 Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente:
empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL). calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente: Costo Anual por el Uso de los | Pesos de diciembre de Activos 2007 Nivel de Tensión 4 (CA; 4) 37,880,668,083 ARTÍCULO 2. Modificar el Artículo 5 de la Resolución CREG 109 de 2009, el cual queda asi: “Artículo 5. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes: Costo de Reposición de Inversión Pesos de olembre Para el Nivel de Tensión 4 (CRI, 4) _ 212,803,300,687 Para el Nivel de Tensión 3 (CRIs) _ 134,176,537,949 Para el Nivel de Tensión 2 (CRI,2) _ 323,197,942,202 Para el Nivel de Tensión 1 (CRI, 1) | 492,750,542,395 ARTÍCULO 3. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 07 ABR. 2011
Dada en Bogota, a los TOMAS GONZALEZ ESTRADA R AUGUSTO DÍAZ ASCO Viceministro de Minas y Energia / _ Director Ejecutivo Delegada del Ministro A Minas y Energía [A Presidente