CREG - Resolución 3A de 1994
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 3A de 1994
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1994
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE MINAS y ENERGIA COMISION DE REGULACION ENERGETICA R ESO LU C IO N N U M E R O (iq ^ DE 1 9 ( 1 6 FEB. m ) v ‘ ' Por la cual se fila la tarifa de venta en bloque de energía eléctrica para efectos de la liquidación de la transferencia establecida en el artículo 450. de la Ley 99 de 1993 LA COMISION DE REGULACION ENERGETICA en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 110. del Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992, y CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 450. de la Ley 99 de 1993, corresponde a la Comisión de Regulación Energética fijar la tarifa de venta en bloque de energía eléctrica que servirá de base para la liquidación de la transferencia a que están obligadas las empresas generadoras de energía hidroeléctrica y las centrales térmicas, de acuerdo con el mandato señalado en la citada disposición legal. Que la Comisión de Regulación Energética, en su sesión del día 9 de febrero de 1994, fqó la tarifa de venta en bloque de energía para los efectos previstos en el considerando anterior. Por lo anterior, ARTICULO l o .
ARTICULO 20.
RESUELVE: Fyar la tarifa de venta en bloque de energía en $ 15,16 por kilovatio hora, para los efectos previstos en el artículo 450. de la Ley 99 de 1993.
La tarifa que se establece en el artículo tendrá vigencia entre el lo. de enero y el 31 de diciembre de 1994. ARTICULO 30. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el
La tarifa que se establece en el artículo tendrá vigencia entre el lo. de enero y el 31 de diciembre de 1994. ARTICULO 30. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 199 'A L B E R T O !JW tE A M IN residente
MANUEL IGNACIO DU!
Coordinador General