CREG - Resolución 48 de 2004
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 48 de 2004
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2004
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía C O M IS IÓ N D E R E G U L A C IÓ N D E E N E R G ÍA Y G A S RESOLUCIÓN No. (H 8 DE 2004 ( ^ 1 J U N . 2004 ) Por la cual se a p ru e b an el Cargo Prom edio de D istribución por u so del S istem a de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización de gas com bustible por redes a u su a rio s regulados, p a ra el m ercado relevante conform ado por los m unicipios de P aratebueno (C undinam arca), F uente de Oro, G uam al, Puerto López y C astilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria p re sen ta d a por la em presa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP LA COM ISIÓN DE REG U LA CIÓN DE EN ER G ÍA Y G A S En ejercicio de su s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y Que el Artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público dom iciliario de gas com bustible como el conjunto de actividades o rd en a d as a la distribución de gas com bustible y estableció la actividad de com ercialización como com plem entaria del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo d isp u esto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes p a ra el tran sp o rte de gas, así como el señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por e sa Ley;
construcción y operación de redes p a ra el tran sp o rte de gas, así como el señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por e sa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de Regulación de E nergía y G as, la com petencia p a ra estab lecer las fórm ulas p ara la fijación de las tarifas del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Q ue según lo d isp u esto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de E nergía y G as podrá establecer topes m áxim os y m ínim os tarifarios, de obligatorio cum plim iento por p arte de las em presas; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórm ulas tarifarias é sta s c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas;
CONSIDERANDO:RESOLUCIÓN No. ^ ^ ^ DE -• 1 J U N ' M HOJA No. 2 / 10
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP Que m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de
Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP Que m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de cálculo y a ju ste p a ra la determ inación de la ta s a de retorno que se utilizará en las fórm ulas tarifarias de la actividad de distrib u ció n de gas com bustible por redes p a ra el próxim o período; Que m ed ian te R esolución CREG-011 de 2003 se adoptó la m etodología y criterios generales p a ra d eterm in ar la rem uneración de las actividades de distrib u ció n y com ercialización de gas com bustible y las form ulas generales p ara la prestació n del servicio público dom iciliario de distribución de gas com bustible por redes de tubería; Q ue m ed ian te Resolución CREG-100 de 2003, la Com isión adoptó E stán d a res de C alidad en el servicio público dom iciliario de gas n a tu ra l y GLP en Sistem as de D istribución por red es de tubería; Que MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P. m ediante com unicación con radicado CREG E 2003-005867, del 11 de ju n io de 2003, entregó a la Com isión la inform ación histórica sobre inversión existente a D iciem bre de 2002, g asto s de AOM p a ra los negocios de distribución y com ercialización de gas, y dem ás inform ación h istó rica requerida p a ra el cálculo de los cargos correspondientes al u so del S istem a de D istribución de su m ercado relevante atendido;
inform ación h istó rica requerida p a ra el cálculo de los cargos correspondientes al u so del S istem a de D istribución de su m ercado relevante atendido; Q ue MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P., m ediante com unicación con radicado E 2003-006148 del 19 de ju n io de 2003, reportó a la CREG las proyecciones de dem an d a, las proyecciones de gastos de AOM de d istrib u ció n y el program a de n u ev as inversiones, clasificadas según el listado de u n id ad e s co n stru ctiv as establecido en el Anexo No. 1 de la R esolución CREG 011 de 2003; Que MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P. en cum plim iento de lo d isp u esto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la R esolución CREG-011 de 2003, el 25 de J u n io publicó en el diario El Nuevo Siglo el resu m en del estu d io de cargos que presentó a la Com isión, con la inform ación se ñ a la d a en la C ircular CREG 021 de 2003, y copia de e sta publicación se rem itió a la CREG la cu al se radicó con el núm ero E 2003-006485; Que m ediante com unicaciones rad icad as en la CREG con los núm eros: E2003006492, E 2003-006883, E 2003-006954, E 2003-006990, E 2003-007027,
Que m ediante com unicaciones rad icad as en la CREG con los núm eros: E2003006492, E 2003-006883, E 2003-006954, E 2003-006990, E 2003-007027, E 2003-007788, E 2003-009790, E 2 0 0 3 -0 1 1176, E 2 0 0 3 -0 1 1569, E2004000001, la em p resa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP presentó las am pliaciones y aclaraciones solicitadas por la CREG, a la inform ación rep o rtad a en s u solicitud tarifaria; Q ue en cum plim iento de lo dispuesto en el Anexo No. 9 de la R esolución CREG 011 de 2003, la Com isión diseñó u n a m u e stra e stad ístic a conform e a lo establecido en dicho Anexo, que fue en treg ad a a la firm a DIVISA INGENIEROS, quien verificó la calidad de la inform ación rep o rtad a por MADIGAS INGENIEROS
S.A. ESP;RESOLUCIÓN No. ^ ^ ^ DE . 1 ^ HOJA No. 3 ^10
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP Que u n a vez se conoció el resu ltad o de e sta verificación se traslad ó el informe a
presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP Que u n a vez se conoció el resu ltad o de e sta verificación se traslad ó el informe a MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P. a través de radicado S 2003-003560, quien m ediante com unicación con radicación núm ero E 2 0 0 3 -0 1 1176, presentó las aclaraciones y m odificaciones solicitadas por la Com isión, y se pronunció en relación con el inform e de verificación de activos; Q ue la U nidad de Planeación M inero-Energética, en com unicación con radicado E 2 0 0 3 -0 10562, aprobó la m etodología utilizada p a ra las proyecciones de d em an d a del m ercado que va a ate n d er la em p resa MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P., de conform idad con lo establecido en el N um eral 7.5 de la Resolución CREG-011 de 2002; Q ue en el D ocum ento CREG-009 de 2004, e stá n contenidos los criterios p ara establecer los g asto s eficientes de AOM p a ra las actividades de distribución y com ercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes de AOM p a ra el control y m onitoreo de los e stá n d a re s de calidad definidos m ediante R esolución CREG-100 de 2003; Q ue com o resu ltad o del an álisis de la inform ación y de las resp u e sta s p rese n ta d a s a la Com isión por MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P., se
Q ue com o resu ltad o del an álisis de la inform ación y de las resp u e sta s p rese n ta d a s a la Com isión por MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P., se realizaron los a ju ste s p ertin en tes a la inform ación req u erid a p ara el cálculo de los C argos de que tra ta n los A rtículos 7 y 23 de la R esolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo su ste n to , en el docum ento soporte de la p resen te Resolución; Q ue m ediante com unicaciones rad icad as con los n ú m ero s E -2003010107 y E2 003010563, la em presa G as del Ariari S.A. E.S.P. p resen tó solicitud tarifaria p a ra los m unicipios de G ran ad a y S an M artin (Meta) y se co n sid era conveniente estab lecer C argos independientes p ara el m ercado conform ado por estos m unicipios. Que la Com isión de Regulación de Energía y G as efectuó los cálculos tarifarios co rrespondientes a p a rtir de la m etodología establecida en la R esolución CREG011 de 2003 y d em ás inform ación disponible en la Com isión, los cuales se p re sen ta n en el D ocum ento CREG-034 de 2004; Q ue la Com isión de Regulación de E nergía y G as, en su sesión 236 de ju n io 1 de 2004, aprobó el Cargo Promedio por Uso del S istem a de D istribución y el Cargo M áximo Base de Com ercialización del M ercado Relevante conform ado por
de 2004, aprobó el Cargo Promedio por Uso del S istem a de D istribución y el Cargo M áximo Base de Com ercialización del M ercado Relevante conform ado por los m unicipios de P aratebueno (C undinam arca), F uente de Oro, G uam al, Puerto López y C astilla La Nueva (Meta); RESUELVE: ARTÍCULO 1°. M ercados R elevan tes de D istribución y C om ercialización. P ara efectos de aplicación de e sta Resolución, el m ercado relevante de distribución y com ercialización e stá conform ado por los m unicipios deRESOLUCIÓN No. ^ ^ 8 DE i ju n . im HOJA No. 4 /1 0 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP P arateb u en o (C undinam arca), F uente de Oro, G uam al, Puerto López y C astilla La Nueva (Meta). ARTÍCULO 2 o. In versión B ase, La Inversión B ase p a ra d eterm in ar el cargo prom edio de distribución p ara el M ercado Relevante definido en el Articulo 1 de e sta R esolución se com pone como se indica a continuación: 3 .1 . In versión E x isten te. Como inversión existente se reconoce u n m onto de
prom edio de distribución p ara el M ercado Relevante definido en el Articulo 1 de e sta R esolución se com pone como se indica a continuación: 3 .1 . In versión E x isten te. Como inversión existente se reconoce u n m onto de $ 6 1 1 .6 7 3 .0 1 8 ($ del 31 de Diciem bre de 2002), de conform idad con la desagregación de activos p re sen ta d a en el Anexo 1A de la p resen te Resolución. 3 .2 . Program a de N uevas In version es. P ara el Program a de Nuevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción p resen tad a en el Anexo IB y con la proyección de u su a rio s que se m u e stra en el Anexo 2 de la p resen te Resolución: Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Total de Inversiones 649.524.305 682.106.899 622.967.630 562.502.939 562.502.939 Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2002.
Parágrafo: Las desviaciones que se p resen ten en el Program a de N uevas Inversiones serán co n sid erad as de conform idad con lo establecido en el literal b) del n u m eral 7.1 de la resolución CREG 011 de 2003.
ARTÍCULO 3 o. D em andas Esperadas de V olum en. P ara el cálculo tarifario se utilizó la D em anda de V olum en p a ra el horizonte de proyección p re sen ta d a en el Anexo 2 de e sta Resolución.
utilizó la D em anda de V olum en p a ra el horizonte de proyección p re sen ta d a en el Anexo 2 de e sta Resolución. ARTÍCULO 4°. G astos de A d m in istración, O peración y M an ten im ien toAOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de fro n tera de eficiencia es 100%. A plicando este resu ltad o al valor p resen te de los gastos de AOM p ro p u esto s p a ra el Horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor p ara incorporar al cálculo del cargo que rem u n e ra los gastos de AOM. En el Anexo 3 se p resen ta n los gastos de AOM p a ra el Horizonte de Proyección. Componente $ del 31 de Dic/2002 Valor Presente de los gastos de AOM , con nivel de eficiencia $ 648.380.246 ARTÍCULO 5 o. Cargo Prom edio de D istribución. A p a rtir de la vigencia de la p resen te R esolución, el cargo prom edio de distribución aplicable en el M ercado R elevante de que tra ta el Articulo 1 de la p resente R esolución, p ara recu p erar los costos de inversión y los gastos de AOM p a ra la d istrib u ció n dom iciliaria de gas com bustible por red en los m unicipios de P arateb u en o (C undinam arca), F uente de Oro, G uam al, Puerto López y C astilla La Nueva (Meta) se fija en $ 3 8 3 ,3 6 /m 3 ($ del 31 de Diciem bre de 2002) desagregados de la siguiente
F uente de Oro, G uam al, Puerto López y C astilla La Nueva (Meta) se fija en $ 3 8 3 ,3 6 /m 3 ($ del 31 de Diciem bre de 2002) desagregados de la siguiente m anera:RESOLUCIÓN No. Q ¿ 8 DE .. 1 J U N . ? [)0 t HOJA No. 5/ 1 Q Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP Componente H m 3 Cargo Promedio de Distribución 383,36 Componente de inversión 308,08 Gastos A O M 75,28
NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2002
Parágrafo 1. El cargo piso aplicable en el M ercado R elevante del Artículo 1 se fija en $ 6 2 ,0 8 /m 3 , expresado en pesos del 31 de diciem bre de 2002. Parágrafo 2. E stos C argos de D istribución se actu aliza rán de conform idad con lo establecido en el n u m eral 7.8 de la Resolución C R E G -011 de 2003. ARTÍCULO 6°. Cargo M áximo Base de C om ercialización . A p a rtir de la vigencia de la p resen te Resolución, el cargo m áxim o b ase de com ercialización aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1, es el siguiente. Mercado Relevante Cargo Máximo Base de
vigencia de la p resen te Resolución, el cargo m áxim o b ase de com ercialización aplicable en el M ercado Relevante del Artículo 1, es el siguiente. Mercado Relevante Cargo Máximo Base de Comercialización ($/factura) Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta) 2.805,09
NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2002, las comas indican decimales Parágrafo: El Cargo de Com ercialización se actu alizará de conform idad con lo establecido en el Artículo 24 de la Resolución C R E G -011 de 2003.
ARTÍCULO 7 o. Fórm ula Tarifaria. La Fórm ula T arifaria aplicable al m ercado relevante definido en el Articulo 1 de la p resente R esolución corresp o n d erá a la establecida en el Artículo 32 de la Resolución CREG 011 de 2003, y u n a vez la CREG e stru c tu re los p arám etro s TVm y Pm d isp u esto s en el A rticulo 34 de la Resolución CREG 011 de 2003, los in teg rará a la fórm ula general prevista en el Artículo 32. ARTÍCULO 8°. V igencia de la Fórm ula Tarifaria, de lo s Cargos M áxim os de D istribución y del M argen M áximo de C om ercialización . La fórm ula tarifaria, incluido el Cargo Prom edio de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización que se establecen en e sta Resolución, regirán a p a rtir de la
tarifaria, incluido el Cargo Prom edio de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización que se establecen en e sta Resolución, regirán a p a rtir de la fecha en que la p resen te Resolución quede en firme y d u ra n te el térm ino de vigencia de las fórm ulas tarifarias definidas en la R esolución CREG-011 de
2003. Vencido este periodo las fórm ulas tarifarias c o n tin u a rá n rigiendo m ien tras la Com isión no fije las nuevas, tal com o e stá previsto en el Artículo
126 de la Ley 142 de 1994.RESOLUCIÓN No. Q ^ 8 DE 1 JUN. 2004 HOJA No. 6 /1 0 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP ARTÍCULO 9 o. La presente Resolución deberá notificarse a la em presa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. C ontra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
N O TIFÍQ U ESE, PU B L ÍQ U E SE Y C Ú M PL A SE
Dada en Bogotá, D.C. , t JU fJ. 2004
hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
N O TIFÍQ U ESE, PU B L ÍQ U E SE Y C Ú M PL A SE
Dada en Bogotá, D.C. , t JU fJ. 2004 LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO Ministro de Minas /E n e rg ía
SANDRA STELLA FONSECA ARENAS
Directora Ejecutiva Presidente
C )RESOLUCIÓN No. 0 ^ 8 ________DE 1 J U M . 2 C M HOJA N O .
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS SA. ESP
A NEXO 1
INVERSIÓN B A S E
A NEXO 1A
INVERSIÓN EX ISTEN TE
(Valores Expresados en $ del 31 de Diciembre d e 2002) Unidades Constructivas Vr Unitario (a) $ de 2002 Cantidades (b) 1997-2002 Vr Total (c)=(a)(b) $ de 2002
TA 2A S 18.143 821 14.901.932.4
TA3A S 18.143 766 13.896.810,4
TA 4A S 18.143 10 181.430,0
T A 3D E 18.143 7.650 138.795.745,2
T A 4D E 18.143 8.888 161.251.333,2
T A 6D E 18.143 280 5.080.039,3
TPE1AS 18.143 237 4.299.890,4
TPE3AS 18.143 6.107 110.804.728,7
TPE4AS 18.143 5.406 98.079.230,2
TPE3CO 18.143 629 11.414.122,6
TPE4CO 18.143 919 16.681.760,5
TPE 1A T 18.143 2.000 36.285.995,0
Subtotal 32.117 611.673.018
LUIS ERNESTO MEJíA CASTRO
Ministro de Minas y Energía ^ Presidente k SANDRA STELLA FONSECA ARENAS Directora Ejecutiva fANEXO 1B
PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES
(Valores Expresados en $ del 31 d e Diciembre de 2002) Vr Unitario Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 AñoS Unidades nstructivas (a) Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor $ de 2002 m $ de 2002 m $ de 2002 m $ de 2002 m S de 2002 m $ de 2002
TPE1/2A S 34.238 716,3 24 524.530 716,3 24524530.2 716,3 24524530,2 716,288 24524530 716,288 24524530
T PE3/4A S 34.884 476,0 16.604.778 476,0 16604777,8 476,0 16604777,8 476 16604778 476 16604778
T PE 1A S 36.401 572,0 20.821.189 0,0 0,0 0,0 0,0 0 0 0 0
T P E 2A S 40.724 0,0 • 199,0 8104053,4 199,0 81040534 0 0 0 0
7PE1/2C O 23986 4948,7 118.698.069 4948.7 118698088,9 4948,7 118698088,9 4948,72 118698069 4948,72 118696089
TPC5/400 24.626 3153,7 77.661.540 3153,7 77861540,5 3153,7 77661540.5 3153,68 77661540 3153,68 77661540
TPElCO 26.137 1930,0 50.444.068 1930,0 50444067,9 0,0 0,0 0 0 0 0
T P E 2C O 32.623 0,0 - 1605,0 52360637.6 1605,0 523606376 0 0 0 0
T P E 1/2A T 27.117 6094,9 165.276.456 6094,9 165276456,4 6094,9 165276456,4 6094,9 165276456 6094,9 165276456
T P E 3 W A T 27.743 4028,0 111.746.828 4028,0 111746827,9 4028,0 111746827,9 4020 111746828 4028 111746828
T P E 2A T 35.667 1132,0 40.374.574 1132,0 40074573,8 1132,0 40374573.8 1132 40374574 1132 40374574
T PE 1/2Z V 8.696 367,4 3.195.245 367,4 3195244,5 367,4 3195244,5 367,436 3196245 367,436 3195245
T PE 3/4Z V 9.346 194,0 1.813.035 194,0 1813035,3 194,0 1813035.3 194 1813035 194 1813035
T P E 1Z V 10.866 456,0 4.954.941 240,0 2607863.7 240.0 2607863,7 240 2607864 240 2607864
T P E 2Z V 17.390 771,1 13.409.012 500,0 8695180,7 0,0 0.0 0 0 0 0
T cW 649.524.305 682.106.899 622.967.630 562.502.939 ----------- 562.502.939 x V - P
LUIS ERNESTO MEJW/CASTRO
Ministro de Minas y Energía (_ Presidente
SANDRA STELLA FONSECA ARENAS
Directora Ejecutiva Q .m •oO -i pr & 3 2 « 3 s i - 31 ¡ ^ C D S— OO „ w £ P rr ^ i 3 « I i ? : ? ? Z if OP n
Q .m •oO -i pr & 3 2 « 3 s i - 31 ¡ ^ C D S— OO „ w £ P rr ^ i 3 « I i ? : ? ? Z if OP n O N ° 2. 9P 3 T ) 2 ‘ o 2¡ oS Q - t O P; “> § » W P 3 ^ 2 w e 2 c r > ^ 2 .1 p n ^ Q . 5 wcUg 3 TJ n o TI g w 2 oO . /- If » “ to 2 £ E } n £ - p rt — w 2. nf> y os w i § . n P ™ 3 £ 1= ^ o § P : O P « 5-0 E a w » a i'« 5g | ? ? | s S | I I ? 5 W o ’
RESOLUCIÓN No. Q ^ 8 D E í JU N . 2 0 0 ( HOJA No. 8 / 10RESOLUCIÓN No. Q ^ 8 d e , i iiin. 7nm HOJA No. 9 /1 0
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP
ANEXO 2
para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Fuente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP
ANEXO 2
D EM AN D AS D E VOLUM EN Y N ÚM ERO DE U SU A R IO S
Año Volumen (m3) Número de Usuarios Castilla La Nueva Guamal Puerto López Fuente de Oro Paratebueno 1 292.723 155 623 - - 275 2 613.219 408 1.094 ■ - 293 3 864.907 531 1.292 • 595 311 4 1.182.811 570 1.340 635 1.056 329 5 1.409.123 657 1.388 1.221 1.110 347 6 1.640.347 744 1.436 1.801 1.164 365 7 1.817.291 831 1.484 2.216 1.218 383 8 2.001.083 918 1.532 2.669 1.272 401 9 2.182.299 1.005 1.580 3.124 1.326 419 10 2.363.515 1.092 1.628 3.579 1.380 437 1 1 2.456.611 1.179 1.676 3.663 1.434 455 12 2.549.707 1.266 1.724 3.747 1.488 473 13 2.642.803 1.353 1.772 3.831 1.542 491
14 2.735.899 1.440 1.820 3.915 1.596 509 15 2.828.995 1.527 1.868 3.999 1.650 527 16 2.922.091 1.614 1.916 4.083 1.704 545 17 3.015.187 1.701 1.964 4.167 1.758 563 18 3.108.283 1.788 2.012 4.251 1.812 581 19 3.201.379 1.875 2.060 4.335 1.866 599 20 3.286.123 1.962 2.108 4.419 1.920 617 VP (16,06%) 8.612.540
LUIS ERNESTO MEJIA CASTRO
Ministro de Minas y Energía Presidente
SANDRA STELLA FONSECA ARENAS
Directora Ejecutiva
QRESOLUCIÓN No. 9 ^ 8 DE i m u am HOJA No. 10/10
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Paratebueno (Cundinamarca), Puente de Oro, Guamal, Puerto López y Castilla La Nueva (Meta), según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. ESP
A NEXO 3
PR O Y EC C IÓ N DE G A S T O S DE ADM INISTRACIÓN, O PE R A C IÓ N Y
M ANTENIM IENTO -A O M
Año AOM 1 126.492.139,59 2 114.897.055,42 3 105.736.836,38 4 106.687.670,66 5 106.929.387,47 6 99.862.504,74 7 107.831.302,00 8 99.717.145,44 9 102.933.358,11 10 105.787.507,67 11 106.243.762,77 12 106.672.988,61 13 107.077.517,97 14 107.459.422,71 15 107.820.549,21 16 108.152.735.21 17 108.486.900,40 18 108.794.937,05 19 109.087.859,07 20 109.366.752,29 VP (16,06%) $ 648.380.246 LUIS ERNESTO MEÍÍA CASTRO Ministro d e Minas y Energía Presidente 'Ga (H '0
SANDRA STELLA FONSECA ARENAS
Directora Ejecutiva