CREG - Resolución 5 de 2018

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 5 de 2018
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2018

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 005 DE 2018 12 ENE. 2018 ] Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41 ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas. Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los sistemas de transmisión regional (STR) y de distribución local (SDL). En la Resolución CREG 120 de 2009, se aprobó el costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 y los cargos máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. en el sistema de transmisión regional (STR) y en el sistema de distribución local (SDL). Mediante la Resolución CREG 084 de 2010, la CREG corrigió un error en los

en el sistema de transmisión regional (STR) y en el sistema de distribución local (SDL). Mediante la Resolución CREG 084 de 2010, la CREG corrigió un error en los cálculos que sirvieron de base para la expedición de la Resolución CREG 120 de 2009 y modificó dicho acto. De acuerdo con el artículo 9 de la Resolución CREG 097 de 2008, por la puesta en operación de nuevos activos podrán actualizarse los cargos por uso de los OR,/siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el capitulo 4 del aneko general de esa resolución. /

MN weRESOLUCIÓN No. 005 DE 17 ENE. 2019 HOJA No. 2/5

Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. Mediante las resoluciones CREG 082 de 2011, 079 de 2012, 029 de 2015 y 052 de 2017, se actualizó el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 y los costos de reposición de la inversión, de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., por la entrada en operación comercial de nuevos activos. La Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., EBSA, mediante comunicación con radicado CREG E-2017-006525 del 11 de julio de 2017, solicitó a la CREG la actualización del Costo Anual por la entrada en operación del transformador de 150 MVA en Chivor 230/115 kV, el cual reemplaza el transformador de 75 MVA que se encuentra reconocido dentro del inventario de activos de la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., Enerca.

de 150 MVA en Chivor 230/115 kV, el cual reemplaza el transformador de 75 MVA que se encuentra reconocido dentro del inventario de activos de la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., Enerca. Mediante auto del 16 de agosto de 2017, la Comisión dio inicio a la actuación administrativa tendiente a actualizar el costo anual por el uso de activos del nivel de tensión 4 de EBSA y ordenó la apertura del respectivo expediente que fue distinguido con el numero 2017-0144. EBSA, mediante comunicación con radicado CREG E-2017-009627 del 19 de octubre de 2017, solicitó adicionar al listado de UC a reconocer un autotransformador monofásico de reserva instalado en la Subestación Chivor. Mediante comunicación con radicado CREG E-2017-008357, del 11 de septiembre de 2017, Enerca solicitó la actualización de del Costo Anual por la bahía de alta tensión del transformador 230/115 kV en la subestación Chivor, junto con otros activos. Mediante auto del 9 de noviembre de 2017, la Comisión acumuló la solicitud de Enerca dentro de la actuación administrativa que se está desarrollando en la CREG y que hace parte del expediente 2017-0114. Mediante comunicación con radicado CREG S-2017-005596 y S-2017-005597, del 27 de noviembre de 2017, la CREG solicitó a EBSA y a Enerca, respectivamente, suministrar información adicional acerca del proyecto y las unidades constructivas que lo componen. El día 29 de noviembre de 2017 se llevó a cabo una reunión entre EBSA,

respectivamente, suministrar información adicional acerca del proyecto y las unidades constructivas que lo componen. El día 29 de noviembre de 2017 se llevó a cabo una reunión entre EBSA, Enerca y la CREG en la que ambas empresas presentaron aclaraciones al proyecto. En respuesta a la solicitud de la CREG, EBSA y Enerca enviaron la comunicación conjunta con radicado CREG E-2017-011943. Además de dar respuesta a lo solicitado por la CREG, ambas empresas informan que acordaron que EBSA represente la totalidad de los activos solicitados dentro de esta actuación administrativa, por lo que Enerca retira su solicitud de actualización de cargo y EBSA pide que los activos pedidos por Enerca sean adicionados a su solicitud. Antes y durante el desarrollo de la actuación administrativa, se entregó la siguiente información:RESOLUCIÓN No. DE

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Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. a) Listado de unidades constructivas que componen el proyecto en el nivel de tensión 4, con base en las definidas en el capítulo 5 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008. Estas son: UC Descripción Cantidad N5T13 ‘| Autotransformador monofásico (OLTC) - conexión al STN - 4 N4516 | Bahia de transformador -barra doble - Encapsulada 1 N4515 | Bahia de línea - configuración barra doble - encapsulada 2 N4539 | Módulo de barraje tipo 2 - anillo 1

N4516 | Bahia de transformador -barra doble - Encapsulada 1 N4515 | Bahia de línea - configuración barra doble - encapsulada 2 N4539 | Módulo de barraje tipo 2 - anillo 1 N4S7 | Bahia de línea - barra principal y transferencia 1 N4541 | Módulo común tipo 1 (1 a 3 bahías) - 1 N4548 | Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2) 80 N4545 | Sistema de control de la subestación 1 N4EQ10 | Interface de usuario (IHM) 1 i N4EQ11 | Unidad terminal remota 1 J N4EQ12 | Gateway de comunicaciones 1 ] N4EQ2 | Transformador de tensión nivel 4 9 | N4L40 | km linea rural - circuito sencillo - torre metálica 26,7 | N5S3 |Bahía de transformador, principal y transferencia, 230 kV 1 N4EQ1 | Unidad de adquisición de datos 1 N4EQ2 |Transformador de tensión nivel 4 3 N4EQ3 | Armario concentrador (marshall in kiosk) 1 N4EQ4 | Unidad de calidad de potencia (pq) Creg 024 de 2005 1 N4EQ7 | Enlace de fibra óptica 1 b) Copia de los conceptos que sobre el proyecto emitió la Unidad de Planeación Minero Energética, con radicado UPME 20151500063581 y 20151500069461. c) Comunicación con radicado 0012487-1 del 15 de junio de 2017, en donde XM certifica la entrada en operación comercial, a parir del dia 13 de junio de 2017, del transformador 230/115 kV de 150 MVA en la Subestación Chivor.

donde XM certifica la entrada en operación comercial, a parir del dia 13 de junio de 2017, del transformador 230/115 kV de 150 MVA en la Subestación Chivor. d) Comunicación con radicado 027241-1 del 28 de diciembre de 2017, en donde XM certifica la entrada en operación comercial, a parir del dia 18 de diciembre de 2017, de la subestación Chivor 115 kV, la linea ChivorTunjita 115 kV las bahías de linea de Chivor a Tunjita y de Tunjita a Chivor 115 kV y de Chivor a Aguaclara. e) Registro fotográfico y descripción de unidades constructivas f) Diagrama unifilar de la subestación Chivor. Con base en la información suministrada por las empresas se concluye que: O ¡ encuentran instaladas en la subestación. ) Las unidades constructivas N4EQ2, N4EQ3, N4EQ4 y N4EQ7 no se if

imRESOLUCIÓN No. 005 DE 12 ENE, 2018 HOJA No. 4/5

Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. b) De la información suministrada por el OR no fue posible verificar que el equipo instalado en la subestación y reportado como N4EQ 1, unidad de adquisición de datos, cumpla con las características del equipo que se remunera mediante esta unidad. Con base en las reglas definidas en la Resolución CREG 097 de 2008, se recalcula el tamaño de la casa de control, unidad constructiva N4848. Como resultado del análisis de la información entregada durante la actuación administrativa y a partir de las anteriores consideraciones, se ajustó el

recalcula el tamaño de la casa de control, unidad constructiva N4848. Como resultado del análisis de la información entregada durante la actuación administrativa y a partir de las anteriores consideraciones, se ajustó el inventario de activos de la empresa. Las unidades constructivas a reconocer son las siguientes: UC Descripción Cantidad | N5T13 | Autotransformador monofásico (OLTC) - conexión al STN - 4 N4S16 | Bahia de transformador -barra doble - Encapsulada 1 N4S15 | Bahia de linea - configuración barra doble - encapsulada 2 N4539 | Módulo de barraje tipo 2 - anillo 1 N457 | Bahia de línea - barra principal y transferencia 1 N4541 | Módulo común tipo 1 (1 a 3 bahías) - 1 N4S48 | Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2) 131,25 N4545 | Sistema de control de la subestación 1 N4EQ10 | Interface de usuario (IHM) 1 N4EQ11 | Unidad terminal remota 1 N4EQ12 | Gateway de comunicaciones 1 N4EQ2 | Transformador de tensión nivel 4 9 N4L40 | km linea rural - circuito sencillo - torre metálica 26,7 N5S3 | Bahia de transformador, principal y transferencia, 230 kV 1 Aplicada la metodología establecida en la Resolución CREG 097 de 2008 se calcularon las siguientes variables: Cotos anuales [Pesos dic 2007] Nivel de Tensión 4 |8.985.619.061 | 1.024.898.149 | 4.393.955.573

NCAAE;,n CAANE;,,. AOMj,n

Cotos anuales [Pesos dic 2007] Nivel de Tensión 4 |8.985.619.061 | 1.024.898.149 | 4.393.955.573 NCAAE;,n CAANE;,,. AOMj,n La Comisión, en sesión No. 831 del 12 de enero de 2018, aprobó modificar el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., por la entrada en operación del transformador de 150 MVA en Chivor 230/115 kV y otros activos.

RESUELVE: rtículo 1. El artículo 1 de la Resolución CREG 120 de 2009, modificado lor las resoluciones CREG 084 de 2010, 082 de 2011, 079 de 2012, 029 de

2015 y 052 de 2017, queda asi:

GPU SyRESOLUCIÓN No. - 005 DE 1? ENE. 2019 HOJA No. 5/5

Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tension 4 de la Empresa de Energia de Boyaca S.A. E.S.P. “Articulo 1. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tension

4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tension 4 operados por la Empresa de Energia de Boyacá S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente: Costo Anual por el Uso de los Pesos de diciembre de

Activos 2007 Nivel de Tensión 4 (CA; 4) 31.433.341.378|, Artículo 2. El articulo 5 de la Resolución CREG 120 de 2009, modificado

Activos 2007 Nivel de Tensión 4 (CA; 4) 31.433.341.378|, Artículo 2. El articulo 5 de la Resolución CREG 120 de 2009, modificado por las resoluciones CREG 082 de 2011, 079 de 2012, 029 de 2015 y 052 de 2017, queda asi: “Artículo 5. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Empresa de Energia de Boyacá S.A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes: Costo de Reposición de Inversión Pesos e de Para el Nivel de Tensión 4 (CRI; 4) 188.523.351.171 Para el Nivel de Tensión 3 (CRI; 3) 90.609.589.512 Para el Nivel de Tensión 2 (CRI; 2) 357.721.753.259 Para el Nivel de Tensión 1 (CRI,,1) 279.028.791.257 |» Artículo 3. Vigencia. De conformidad con lo previsto por el artículo 19 de la Resolución CREG 097 de 2008, los cargos y valores aqui aprobados estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme la presente resolución y por el periodo que establezca la regulación, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido su periodo de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos. Artículo 4. Recursos. La presente resolución deberá notificarse a la Empresa de Energia de Boyacá S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto

Comisión apruebe los nuevos. Artículo 4. Recursos. La presente resolución deberá notificarse a la Empresa de Energia de Boyacá S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE,-RUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá. D. C.,a ~ ke GERMAN ARCE GERMAN CASTRO FERREIRA Ministro de Minag y Energia irector Ejecfuti Presidente A ! \

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