CREG - Resolución 501 050 2024
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CREG - Resolución 501 050 2024
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2024
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS 501 050 DE 2024 RESOLUCIÓN No. (26 ABR. 2024) Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 177 de 2019. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.
CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 y 101 032 de 2022, y 101 019
de 2023. Por medio de la Resolución CREG 177 de 2019 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados a la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido
por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P.
Mediante la Resolución CREG 119 de 2020, se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 177 de 2019. De acuerdo con lo definido en el numeral 6.6. del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 38 de la Resolución CREG 036 de 2019, los Operadores de Red, OR, podrán solicitar ajustes al
RESOLUCIÓN No. 501 050 DE 26 ABR. 2024 HOJA No. 2/5
Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 177 de 2019. plan de inversión cada dos años contados a partir del 1 de enero del primer año del plan de inversión inicial. Adicionalmente, de acuerdo con lo definido en el literal g) del numeral 6.6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, en agosto del cuarto año del plan de inversiones los OR deberán presentar una solicitud de ajustes al plan de inversiones. La solicitud deberá ser realizada a más tardar en el mes de agosto del año
previo al que se van a realizar los ajustes. Esos ajustes deberán abarcar un horizonte de cinco años y la solicitud deberá ser presentada considerando lo establecido en los numerales 6.1 y 6.3 de la Resolución CREG 015 de 2018. La EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. solicitó ajuste del plan de inversiones para el período 2023-2027 con base en lo definido en el numeral 6.6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, a través de la comunicación con radicado CREG E2022009629 del 31 de agosto de 2022. Una vez revisada la comunicación enviada por la empresa, se verificó que su solicitud cumple con lo estipulado en los numerales 6.3 y 6.6 del capítulo 6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, ya que: i) fue presentada dentro del término establecido, ii) está prevista en horizontes de cinco años (2023-2027) y iii) contiene los soportes del plan de inversiones. Mediante el Auto 0000136 del 29 de septiembre de 2023, la CREG inició la actuación administrativa bajo el expediente 20230068, con el objeto de decidir sobre la solicitud realizada por la empresa. Dicho Auto se comunicó a la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P mediante radicado CREG S2023004503 del 29 de septiembre de 2023, según consta en el expediente digital. A través del Auto 0000158 del 26 de octubre de 2023, se decretó la práctica de
pruebas consistente en la verificación de la información enviada a la CREG por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., con el fin de que la información se encontrara acorde con los lineamientos requeridos para su análisis. Este Auto fue comunicado a la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., a través del radicado CREG S2023005215 del 26 de octubre de 2023, según consta en el expediente digital. Posteriormente, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. mediante radicado CREG E2023019481 del 07 de noviembre de 2023, remitió la información requerida mediante el auto de pruebas. Con base a lo anterior se continuó con el análisis de la información aportada por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. En el documento CREG 901 088 de 2024 se encuentra el soporte de esta resolución, el cual incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados y demás consideraciones empleadas para calcular los valores que se aprueban en la presente resolución.
RESOLUCIÓN No. 501 050 DE 26 ABR. 2024 HOJA No. 3/5
Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 177 de 2019. Conforme con lo expuesto, la CREG, en su sesión 1313 del 26 de abril de 2024,
acordó expedir esta resolución.
R E S U E L V E: ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 177 de 2019.
El artículo 3 de la Resolución CREG 177 de 2019 quedará así: Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVA , para cada j,n,l,t nivel de tensión, es el siguiente: Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA INVA INVA INVA activos l j,4, l,1 j,4, l,2 j,4, l,3 j,4, l,4 l = 1 15.901.766.402 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 l = 3 22.462.398.644 2.865.328.000 5.502.956.000 3.432.509.000 l = 4 2.995.842.362 982.453.000 2.034.216.000 1.030.235.000 l = 5 2.619.353.719 542.112.000 914.814.000 304.938.000 l = 6 6.042.207.215 1.896.377.000 2.403.587.000 2.199.247.000 l = 7 50.504.148.939 20.245.506.000 15.111.942.340 38.462.153.880 l = 8 0 0 0 0 l = 9 0 0 0 0 l = 10 5.983.923.000 3.203.848.000 2.601.439.333 1.234.418.667
Categoría de INVA INVA INVA INVA INVA activos l j,4, l,5 j,4, l,6 j,4, l,7 j,4, l,8 j,4, l,9 l = 1 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 0 0 0 2.295.442.755 0 l = 4 0 0 0 0 0 l = 5 0 0 0 0 0 l = 6 0 0 1.113.885.000 752.625.000 461.610.000 l = 7 0 0 0 0 0 l = 8 0 0 0 0 0 l = 9 0 0 0 0 0 l = 10 3.056.935.000 3.891.210.333 3.755.238.667 2.909.346.667 2.870.397.333 Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA INVA INVA INVA activos l j,3, l,1 j,3, l,2 j,3, l,3 j,3, l,4 3.561.710.00 l = 1 7.811.561.844 1.857.250.000 1.365.705.625 0
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Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., aprobado en la
Resolución CREG 177 de 2019. l = 2 0 0 0 0 5.617.074.00 4.304.079.00 881.628.00 l = 3 2.870.109.000 0 0 0 l = 4 429.459.000 2.746.776.000 1.920.603.000 339.429.000 l = 5 413.560.000 100.436.000 82.712.000 35.448.000 l = 6 39.037.000 1.662.609.000 1.295.571.000 78.074.000 l = 7 4.718.815.556 3.842.143.264 8.492.523.274 4.149.471.674 l = 8 0 0 0 0 l = 9 2.941.119.000 518.797.000 355.310.140 300.382.000 l = 10 5.983.923.000 3.203.848.000 2.601.439.333 1.234.418.667 Categoría de INVA INVA INVA INVA INVA activos l j,3, l,5 j,3, l,6 j,3, l,7 j,3, l,8 j,3, l,9 l = 1 0 0 4.410.429.400 2.946.562.000 1.857.250.000 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 3.274.968.000 1.166.946.000 4.662.079.000 2.353.102.246 1.829.563.000
l = 4 3.760.545.000 2.908.188.000 3.755.895.000 3.222.216.000 2.960.802.000 l = 5 1.130.377.000 134.261.000 355.428.000 303.113.000 244.890.000 l = 6 1.625.774.000 753.873.000 1.562.091.000 1.403.098.000 1.287.960.000 l = 7 8.745.310.533 9.621.071.551 11.528.447.067 7.955.893.593 8.642.410.100 l = 8 0 0 0 0 0 l = 9 2.667.816.000 3.859.980.000 1.972.194.000 2.360.526.000 1.408.641.000 l = 10 3.056.935.000 3.891.210.333 3.755.238.667 2.909.346.667 2.870.397.333 Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA INVA INVA INVA activos l j,2, l,1 j,2, l,2 j,2, l,3 j,2, l,4 l = 1 0 2.911.840.000 964.123.034 956.244.375 l = 2 0 0 0 0 l = 3 0 3.417.664.000 1.809.431.000 854.416.000 l = 4 359.145.000 2.271.235.000 524.206.000 300.128.000
l = 5 1.782.720.000 206.127.000 33.426.000 16.713.000 l = 6 0 504.492.000 211.733.000 126.123.000 l = 7 3.979.296.278 8.023.230.090 5.018.226.670 8.303.025.098 l = 8 2.024.446.700 524.288.700 524.288.700 524.288.700 l = 9 17.585.402.000 5.084.062.000 2.594.975.000 2.115.797.000 l = 10 5.983.923.000 3.203.848.000 2.601.439.333 1.234.418.667 Categoría de INVA INVA INVA INVA INVA activos l j,2, l,5 j,2, l,6 j,2, l,7 j,2, l,8 j,2, l,9 l = 1 575.699.400 1.029.310.800 2.665.054.600 2.472.190.400 1.855.248.500 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 1.778.062.000 2.306.487.920 2.046.542.400 1.913.276.000 3.156.566.000
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Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 177 de 2019.
l = 4 2.057.025.000 1.768.766.000 1.950.856.000 1.710.114.000 2.721.173.000 l = 5 161.127.000 87.408.000 33.426.000 33.426.000 108.396.000 l = 6 996.185.000 149.358.000 401.604.000 401.604.000 451.390.000 l = 7 8.081.526.913 9.784.713.430 5.984.893.800 6.477.728.400 13.743.812.000 l = 8 550.569.000 42.060.080 369.585.000 458.873.000 550.569.000 l = 9 16.563.520.000 28.079.874.000 3.544.989.000 3.671.508.000 3.473.921.000 l = 10 3.056.935.000 3.891.210.333 3.755.238.667 2.909.346.667 2.870.397.333 Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017 Categoría de INVA INVA INVA INVA activos l j,1, l,1 j,1, l,2 j,1, l,3 j,1, l,4 l = 11 3.489.713.000 2.783.068.000 2.334.030.000 2.371.603.000 l = 12 5.676.261.255 6.887.258.080 8.683.281.616 6.059.171.098 Categoría de
INVA INVA INVA INVA INVA activos l j,1, l,5 j,1, l,6 j,1, l,7 j,1, l,8 j,1, l,9 l = 11 8.069.225.000 8.991.305.000 8.069.225.000 8.069.225.000 8.069.225.000 l = 12 8.012.976.052 15.382.825.329 6.658.434.418 13.102.768.023 3.074.390.049 ARTÍCULO 2. Ingreso adicional del OR por ajuste al plan de inversiones. Los cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, asociados con la modificación del plan de inversiones, se incluirán en la variable IM definida en el numeral 2.1, en j,4,m,r,t las variables IA definidas en los numerales 2.4, 2.5 y 2.6, y en la variable j,n,m,t CDA definida en el numeral 1.2.4.2 del anexo general de la Resolución 1,j,m,t CREG 015 de 2018. Con este objetivo, a partir del mes de inicio de aplicación de la presente resolución y durante doce (12) meses, al resultado de la fórmula definida en los numerales 2.1, 2.4, 2.5, 2.6 y 1.2.4.2 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, se le adicionará el valor que resulte de dividir entre doce (12) la suma de los cambios de los ingresos del OR. ARTÍCULO 3. La presente resolución deberá notificarse a la EMPRESA DE
ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días de abril de 2024.
OMAR ANDRÉS CAMACHO MORALES OMAR PRÍAS CAICEDO
Ministro de Minas y Energía Director Ejecutivo Presidente