CREG - Resolución 501131 de 2025
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 501131 de 2025
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. 501 131 DE 2025 (17 OCT. 2025) Por la cual se establecen las metas de calidad media para el séptimo año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018 para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013
CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 y 101 032 de 2022, 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024. En el artículo 10 de la Resolución CREG 015 de 2018 se establece que “Para
de 2023 y 101 050 de 2024. En el artículo 10 de la Resolución CREG 015 de 2018 se establece que “Para los SDL la calidad del servicio de distribución prestado por un OR se evaluará anualmente en términos de la calidad media brindada a los usuarios conectados a estos niveles de tensión, comparándola con las metas establecidas para cada OR. En función de las mejoras o desmejoras en la calidad media del servicio prestado respecto de las metas establecidas, el OR podrá obtener un aumento o disminución de sus ingresos y deberá compensar a los usuarios a quienes no les entregue una calidad mínima, definida por la CREG para cada grupo de calidad, con base en la metodología descrita en el Capítulo 5”. Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20251118-222224-343732-18211966
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Por la cual se establecen las metas de calidad media para el séptimo año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018 para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. En la Resolución CREG 001 de 2020 se establecieron para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Tolima, las metas anuales de calidad media para los indicadores de duración y frecuencia de eventos de los primeros cinco años del periodo tarifario de aplicación de las disposiciones establecidas mediante la Resolución CREG 015 de 2018.
las metas anuales de calidad media para los indicadores de duración y frecuencia de eventos de los primeros cinco años del periodo tarifario de aplicación de las disposiciones establecidas mediante la Resolución CREG 015 de 2018. En el numeral 5.2.3.2.1 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 28 de la Resolución CREG 036 de 2019, con respecto a las metas de calidad media, se estableció que “ Después del año 5 del periodo tarifario, la CREG estimará y publicará, mediante circular, las metas de calidad anual de cada OR hasta que se expida una nueva regulación.” En el numeral 3.1 del Anexo de la Circular CREG 053 de 2024, modificada por la Circular CREG 124 de 2025, se establecieron los criterios y consideraciones para la definición de las metas de calidad media para los años sexto y séptimo de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, definiéndose que: “3.1 METAS DEL SEXTO Y SÉPTIMO AÑO Para el cálculo de las metas de calidad media en los SDL para el sexto y séptimo año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, se considerará el valor del indicador respectivo, SAIDI_Mj,t o SAIFI_Mj,t, aprobado al OR mediante resolución particular, para el año anterior del periodo tarifario y se le aplicará una reducción del 8%. Para la definición de estas metas se aplicarán las mismas consideraciones que fueron aplicadas para establecer los valores aprobados de los años anteriores. Los OR que lo consideren necesario, podrán solicitar que la meta del año sexto o del año séptimo se calcule con las consideraciones opcionales
consideraciones que fueron aplicadas para establecer los valores aprobados de los años anteriores. Los OR que lo consideren necesario, podrán solicitar que la meta del año sexto o del año séptimo se calcule con las consideraciones opcionales de cálculo que se establecen en el numeral 3.2 de este documento. Para acogerse a esta opción el OR deberá hacer una solicitud formal a la CREG, indicando el año para el cual quiere acogerse a la aplicación de las consideraciones opcionales”. Adicionalmente, en el numeral 5 del mencionado Anexo, se estableció que “Las metas de los años sexto y séptimo del periodo tarifario serán aprobadas a cada OR mediante resolución particular que se expida con base en las disposiciones contenidas en el presente documento. Para ello la Comisión iniciará las respectivas actuaciones administrativas de oficio.” Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20251118-222224-343732-18211966
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Por la cual se establecen las metas de calidad media para el séptimo año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018 para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. En la Resolución CREG 501 081 de 2024, se aprobaron las metas de calidad media para los indicadores de duración y de frecuencia de eventos del sexto año del periodo tarifario para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. Por medio del AUTO No. 0000544 de agosto 08 de 2025 , la CREG inició de
año del periodo tarifario para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. Por medio del AUTO No. 0000544 de agosto 08 de 2025 , la CREG inició de oficio la actuación administrativa para la definición de las metas de los indicadores de calidad media del séptimo año del periodo tarifario, para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. Con base en la regulación vigente y disposiciones antes mencionadas, la CREG realizó el cálculo de las metas de calidad media para el año séptimo del periodo tarifario de aplicación de las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 015 de 2018, para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. Conforme con lo expuesto, la CREG, en su sesión 1412 del 17 de octubre de 2025, acordó expedir esta resolución.
RESUELVE: Artículo 1. Meta para el indicador de duración de eventos. La meta de calidad media del indicador de duración de eventos, SAIDI_Mj,t, para el séptimo año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima es la siguiente: Tabla 1. Meta del indicador de duración, para el séptimo año. [horas] Año del periodo tarifario SAIDI_Mj,t Banda de indiferencia Límite inferior Límite superior t=7 45,266 45,040 45,492
Artículo 2. Meta para el indicador de frecuencia de eventos. La
Año del periodo tarifario SAIDI_Mj,t Banda de indiferencia Límite inferior Límite superior t=7 45,266 45,040 45,492 Artículo 2. Meta para el indicador de frecuencia de eventos. La meta de calidad media del indicador de frecuencia de eventos, SAIFI_Mj,t, para el séptimo año de periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima es la siguiente: Tabla 2. Meta del indicador de frecuencia, para el séptimo año. [veces] Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20251118-222224-343732-18211966
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Por la cual se establecen las metas de calidad media para el séptimo año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018 para la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima. Año del periodo tarifario SAIFI_Mj,t Banda de indiferencia Límite inferior Límite superior t=7 28,126 27,986 28,267 Artículo 3. Notificación y Recursos. La presente Resolución deberá notificarse al representante legal o quien haga sus veces de la empresa Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima, una vez en firme, deberá publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el recurso de
Celsia Colombia S. A. E.S.P. que atiende el mercado de comercialización del Tolima, una vez en firme, deberá publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, conforme lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 142 de 1994.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de octubre de 2025.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
KAREN SCHUTT ESMERAL Viceministra de energía, delegada del ministro de minas y energía.
Presidente
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20251118-222224-343732-18211966 2025-11-26T10:42:11-05:00 - Pagina 4 de 6REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS
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Firma: Viceministra de energía, delegada del ministro de minas y energía.
KAREN SCHUTT ESMERAL
kschutt@minenergia.gov.co 32769821
VICEMINISTRA DE ENERGIA
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Firma: Director ejecutivo
Antonio Jimenez @creg.gov.co 13744211 Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)
Revisión: Jefe Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales - OARE
Juan Carlos Bedoya jcbedoya@minenergia.gov.co 18519566 Jefe de la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales Ministerio de Minas y Energia Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20251118-222224-343732-18211966 2025-11-26T10:42:11-05:00 - Pagina 5 de 6REPORTE DE TRAZABILIDAD
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KAREN SCHUTT ESMERAL
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