CREG - Resolución 50115 de 2023

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 50115 de 2023
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

República de Colombia

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

RESOLUCIÓN No . 501 015

(03 OCT. 2023)

Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el art ículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023.

2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023.

Mediante la Resolución CREG 027 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados a la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P.

De acuerdo con lo definido en el numeral 6.6. del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 38 de la Resolución CREG 036 de 2019, los OR podrán solicitar ajustes al plan de inversión cada dos años contados a partir del 1 de enero del primer año del plan de inversión inicial. Adicionalmente, conforme a lo definido en el literal g) del numeral 6.6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, en agosto del cuarto año del plan de inversión los OR deberán presentar una solicitud de ajustes al plan de inversión.

Dicha solicitud deberá ser realizada a más tardar en el mes de agosto del año previo al que se van a realizar los ajustes. Esos ajustes deberán abarcar un horizonte de cinco Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562

2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 1 de 7RESOLUCIÓN No. 501 015 DE 03 OCT. 2023 HOJA No. 2/5

Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021. años y la solicitud deberá ser presentada considerando lo estable cido en los numerales 6.1 y 6.3 de la Resolución CREG 015 de 2018.

La Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P. solicitó ajuste del plan de inversión para el período 2023-2027 con base en lo definido en el numeral 6.6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018 , a través de la comunicación con radicado CREG E2022009555, el 30 de agosto de 2022.

Una vez revisada la comunicación enviada por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., se verificó que su solicitud cumple con lo estipulado en l os numerales 6.3 y 6. 6 del capítulo 6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, ya que: i) fue presentada dentro del término establecido, ii) la solicitud de ajuste del plan está prevista en horizontes de cinco años (2023 -2027) y iii) contiene los soportes del plan de inversiones.

En Auto 00000 38 del 23 de mayo de 2023, la CREG inició la actuación administrativa bajo el expediente 202300 08, con el objeto de decidir sobre la solicitud realizada por Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P. El auto de inicio se comunicó a la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P mediante radicado CREG S2023002573 del 23 de mayo de 2023, según consta en el expediente digital.

del Caquetá S.A. E.S.P mediante radicado CREG S2023002573 del 23 de mayo de 2023, según consta en el expediente digital.

En Auto 00000 50 del 2 0 de junio de 2023, la CREG decretó la práctica de la prueba consistente en la verificación de la información enviada a la CREG por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., con el fin de que la misma se encontrara acorde con los lineamientos requeridos para su análisis. El auto de pruebas se comunicó a la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P mediante radicado CREG S2023002913 del 20 de junio de 2023, según consta en el expediente digital.

Posteriormente, la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P. mediante radicado E2023013861 del 24 de julio de 2023, remitió a esta Comisión la respuesta del auto de pruebas.

Con base en l o anterior, se continuó con el análisis de la información aportada por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P. En el documento CREG 901 032 de 2023 se encuentra el soporte de esta resol ución el cual incluye, entre otros, las diferencias identificadas, los inventarios aprobados y demás consideraciones empleadas para calcular los valores que se aprueba en la presente resolución.

Conforme con lo expuesto , la Comisión de Regulación de Energ ía y Gas, en su sesión 1290 del 03 de octubre de 2023, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 027 de 2021. El artículo

1290 del 03 de octubre de 2023, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 027 de 2021. El artículo 3 de la Resolución CREG 027 de 2021 quedará así:

Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVA j,n,l,t, para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562

2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 2 de 7RESOLUCIÓN No. 501 015 DE 03 OCT. 2023 HOJA No. 3/5

Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021. Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 201 7 Categoría de activos l INVAj,4, l,1 INVAj,4, l,2 INVAj,4, l,3 INVAj,4, l,4 l = 1 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 l = 3 0 558.336.000 518.134.000 0 l = 4 0 0 138.198.000 0 l = 5 0 0 0 0 l = 6 0 0 312.251.000 0 l = 7 0 0 0 869.200.000

l = 4 0 0 138.198.000 0 l = 5 0 0 0 0 l = 6 0 0 312.251.000 0 l = 7 0 0 0 869.200.000 l = 8 0 0 0 0 l = 9 0 0 0 0 l = 10 0 0 1.564.612.000 593.743.333

Categoría de activos l INVAj,4, l,5 INVAj,4, l,6 INVAj,4, l,7 INVAj,4, l,8 INVAj,4, l,9 l = 1 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 0 0 0 0 0 l = 4 71.829.000 0 0 0 0 l = 5 0 0 101.646.000 0 0 l = 6 0 0 162.380.000 0 0 l = 7 0 0 0 0 0 l = 8 0 0 0 0 0 l = 9 0 0 0 0 0 l = 10 3.054.629.731 152.719.333 0 0 0

Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,3, l,1 INVAj,3, l,2 INVAj,3, l,3 INVAj,3, l,4 l = 1 0 4.552.804.000 0 0 l = 2 0 0 0 0 l = 3 0 241.884.000 905.625.000 517.500.000

l = 1 0 4.552.804.000 0 0 l = 2 0 0 0 0 l = 3 0 241.884.000 905.625.000 517.500.000 l = 4 0 25.704.000 622.314.000 377.232.000 l = 5 0 103.098.000 134.352.000 20.295.000 l = 6 0 0 113.160.000 80.313.000 l = 7 0 0 0 7.745.848.850 l = 8 0 0 89.770.800 0 l = 9 0 182.322.000 337.061.000 5.079.000 l = 10 0 0 1.564.612.000 593.743.333 Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562

2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 3 de 7RESOLUCIÓN No. 501 015 DE 03 OCT. 2023 HOJA No. 4/5

Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021.

Categoría de activos l INVAj,3, l,5 INVAj,3, l,6 INVAj,3, l,7 INVAj,3, l,8 INVAj,3, l,9 l = 1 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 543.818.000 71.970.000 0 0 0

l = 1 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 543.818.000 71.970.000 0 0 0 l = 4 973.905.000 293.481.000 21.420.000 16.065.000 8.568.000 l = 5 139.494.000 190.095.000 0 0 0 l = 6 320.265.000 1.035.525.000 0 0 0 l = 7 594.261.000 104.295.000 2.442.284.000 8.933.562.000 2.679.066.000 l = 8 23.382.800 0 0 0 0 l = 9 478.976.000 277.878.000 0 0 0 l = 10 3.054.629.731 152.719.333 0 0 0

Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,2, l,1 INVAj,2, l,2 INVAj,2, l,3 INVAj,2, l,4 l = 1 0 1.037.291.000 0 0 l = 2 0 0 0 0 l = 3 0 0 2.300.958.000 861.941.000 l = 4 0 26.598.000 269.024.000 139.239.000 l = 5 0 160.650.000 0 16.713.000 l = 6 0 0 730.307.000 189.841.000 l = 7 0 3.784.012.856 0 0 l = 8 0 0 29.926.500 0

l = 6 0 0 730.307.000 189.841.000 l = 7 0 3.784.012.856 0 0 l = 8 0 0 29.926.500 0 l = 9 0 1.176.069.000 5.784.000 7.710.000 l = 10 0 0 1.564.612.000 593.743.333

Categoría de activos l INVAj,2, l,5 INVAj,2, l,6 INVAj,2, l,7 INVAj,2, l,8 INVAj,2, l,9 l = 1 382.902.000 382.902.000 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 336.412.000 925.133.000 0 0 0 l = 4 2.201.744.000 728.187.000 267.003.000 267.003.000 267.003.000 l = 5 452.889.000 814.095.000 548.460.000 411.345.000 219.384.000 l = 6 49.786.000 270.075.000 0 0 0 l = 7 1.437.367.400 2.956.797.400 4.661.345.200 1.366.130.400 7.235.084.400 l = 8 0 0 0 0 0 l = 9 202.402.000 275.724.000 1.483.598.000 155.259.000 172.836.000 l = 10 3.054.629.731 152.719.333 0 0 0

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562

l = 10 3.054.629.731 152.719.333 0 0 0

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562

2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 4 de 7RESOLUCIÓN No. 501 015 DE 03 OCT. 2023 HOJA No. 5/5

Por la cual se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021. Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,1, l,1 INVAj,1, l,2 INVAj,1, l,3 INVAj,1, l,4 l = 11 0 162.890.000 0 0 l = 12 0 629.320.513 0 0

Categoría de activos l INVAj,1, l,5 INVAj,1, l,6 INVAj,1, l,7 INVAj,1, l,8 INVAj,1, l,9 l = 11 1.143.306.000 1.544.466.000 1.624.698.000 1.143.306.000 1.544.466.000 l = 12 380.988.000 514.668.000 541.404.000 380.988.000 514.668.000

ARTÍCULO 2. Ingreso adicional del OR por ajuste al plan de inversiones. Los cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, asociados con la modificación del plan de inversiones, se

ARTÍCULO 2. Ingreso adicional del OR por ajuste al plan de inversiones. Los cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, asociados con la modificación del plan de inversiones, se incluirán en la variable IMj,4,m,r,t definida en el numeral 2.1, las variables IAj,n,m,t definidas en los numerales 2.4, 2.5 y 2.6 , y en la variable CDA1,j,m,t definida en el numeral 1.2.4.2 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018.

Con este objetivo, desde el mes de inicio de aplicación de la presente resolución y durante doce (12) meses, al resultado de la fórmula definida en los numerales 2.1, 2.4, 2.5, 2.6 y 1.2.4.2 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, se le adicionará el valor que resulte de dividir entre doce (12) la suma de los cambios de los ingresos del OR.

ARTÍCULO 3. La presente resolución deberá notificarse a la Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días de octubre de 2023.

OMAR ANDRÉS CAMACHO MORALES

Ministro de Minas y Energía Presidente

Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días de octubre de 2023.

OMAR ANDRÉS CAMACHO MORALES

Ministro de Minas y Energía Presidente

JOSE FERNANDO PRADA RÍOS

Director Ejecutivo

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562 2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 5 de 7REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS

Id Acuerdo: Estado:

Creación: Finalización: Escanee el código para verificación Resolución_CREG_501_015_2023

Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20231009-152519-8fa5e8-40637562 Finalizado 2023-10-09 15:25:19 2023-10-24 09:40:34

Firma: Firmante

OMAR ANDRES CAMACHO MORALES

80238440 oacamacho@minenergia.gov.co

MINISTRO

Ministerio de Minas y Energía

Firma: Firmante

Jose Fernando Prada Ríos 71677200 jose.prada@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas

Revisión: Revisión

Juan Carlos Bedoya 18519566 jcbedoya@minenergia.gov.co Jefe de la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales Ministerio de Minas y Energia Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231009-152519-8fa5e8-40637562 2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 6 de 7TRAMITE

REPORTE DE TRAZABILIDAD

Id Acuerdo: Estado:

Creación: Finalización: Escanee el código

2023-10-24T09:40:35-05:00 - Pagina 6 de 7TRAMITE

REPORTE DE TRAZABILIDAD

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Y RESPUESTA Resolución_CREG_501_015_2023 Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20231009-152519-8fa5e8-40637562 Finalizado 2023-10-09 15:25:19 2023-10-24 09:40:34 Revisión Juan Carlos Bedoya jcbedoya@minenergia.gov.co Jefe de la Oficina de Asuntos Regulatori Ministerio de Minas y Energia Aprobado Env.: 2023-10-09 15:25:20

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Firma Jose Fernando Prada Ríos jose.prada@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas Aprobado Env.: 2023-10-09 20:55:57

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IP Res.: 200.118.16.146

Firma

OMAR ANDRES CAMACHO MORALES

oacamacho@minenergia.gov.co

MINISTRO

Ministerio de Minas y Energía

Aprobado Env.: 2023-10-09 22:12:30

Lec.: 2023-10-09 22:12:36

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