CREG - Resolución 501195 de 2026
Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Resolución 501195 de 2026
- Autor
- Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN No. 501 195 DE 202 6
(19 FEB.2026)
Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 1260 de 2013 y 05 de 2025.
CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS , CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024.
de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024. En la Resolución CREG 027 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la
ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P.
Mediante la Resolución CREG 501 015 de 2023 aprobó el ajuste al plan de inversiones para el periodo 2023 -2027 aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021. Mediante la Resolución CREG 501 1 61 del 28 de noviembre de 2025 se modificó el plan de inversiones aprobado para el periodo 2025 -2029, donde se presentan las tablas de las inversiones aprobadas en todos los niveles de tensión desde el año 1 hasta el año 11 . En el Documento CREG 901 302 de 2025 se encuentra el soporte de esta resolución que incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados y demás consideraciones empleadas para calcular los valores aprobados en esta resolución. Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542
2026-03-17T20:03:53-05:00 - Pagina 1 de 7RESOLUCIÓN No 501 195 DE 19 FEB.2026 HOJA No. 2/5
Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021 La Resolución CREG 501 161 del 28 de noviembre de 2025 fue notificada de forma electrónica mediante radicado CREG S2025014656 del 23 de diciembre de 2025. Con posterioridad a la expedición de la mencionada resolución, se identificaron errores de digitación en algunos valores de las tablas del artículo 1 de la misma que no corresponden a lo aprobado por la Comisión, de la siguiente manera:
▪ Para el nivel de tensión 2, año 9, categorías de activo 1 y 2 los valores correctos son 0 en lugar de las celdas vacías. El artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece la posibilidad de que la Administración corrija los errores formales contenidos en sus actos administrativos en los siguientes términos: “Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda ". Subrayado fuera de texto.
decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda ". Subrayado fuera de texto. En virtud de lo anterior, se hace necesario corregir los errores formales contenidos en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, con el fin de propender por la claridad, neutralidad, transparencia y objetividad de las condiciones definidas en el acto, sin alteración sustancial o de fondo de este. Conforme a lo expuesto, la Comisión en su Sesión 1441 del 19 de febrero de 2026, acordó expedir esta resolución.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1. Corregir los errores formales del artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025 que modificó el artículo 3 de la Resolución CREG 027 de 2021, el cual quedará así:
Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVA j,n,l,t, para cada nivel de tensión, es el siguiente: Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542
2026-03-17T20:03:53-05:00 - Pagina 2 de 7RESOLUCIÓN No 501 195 DE 19 FEB.2026 HOJA No. 3/5
Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la
Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021 Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,4,l,1 INVAj,4,l,2 INVAj,4,l,3 INVAj,4,l,4 INVAj,4,l,5 INVAj,4,l,6 l = 1 0 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 0 l = 3 0 558.336.000 518.134.000 0 0 0 l = 4 0 0 138.198.000 0 71.829.000 0 l = 5 0 0 0 0 0 0 l = 6 0 0 312.251.000 0 0 0 l = 7 0 0 0 869.200.000 0 0 l = 8 0 0 0 0 0 0 l = 9 0 0 0 0 0 0 l = 10 0 0 1.564.612.000 593.743.333 3.054.629.731 152.719.333
Categoría de activos l INVAj,4,l,7 INVAj,4,l,8 INVAj,4,l,9 INVAj,4,l,10 INVAj,4,l,11 l = 1 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0
INVAj,4,l,7 INVAj,4,l,8 INVAj,4,l,9 INVAj,4,l,10 INVAj,4,l,11 l = 1 0 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 0 558.336.000 0 1.116.672.000 0 l = 4 0 404.696.000 0 266.498.000 0 l = 5 0 101.646.000 0 0 0 l = 6 0 616.614.000 0 454.234.000 0 l = 7 0 0 0 17.337.263.000 0 l = 8 0 0 0 0 0 l = 9 0 0 0 0 0 l = 10 84.778.000 0 0 28.259.333 0
Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,3,l,1 INVAj,3,l,2 INVAj,3,l,3 INVAj,3,l,4 INVAj,3,l,5 INVAj,3,l,6 l = 1 0 4.552.804.000 0 0 0 0 l = 2 0 0 0 0 0 0 l = 3 0 241.884.000 905.625.000 517.500.000 543.818.000 71.970.000 l = 4 0 25.704.000 622.314.000 377.232.000 973.905.000 293.481.000
l = 5 0 103.098.000 134.352.000 20.295.000 139.494.000 190.095.000 l = 6 0 0 113.160.000 80.313.000 320.265.000 1.035.525.000 l = 7 0 0 0 7.745.848.850 594.261.000 104.295.000 l = 8 0 0 89.770.800 0 23.382.800 0 l = 9 0 182.322.000 337.061.000 5.079.000 478.976.000 277.878.000 l = 10 0 0 1.564.612.000 593.743.333 3.054.629.731 152.719.333
Categoría de activos l INVAj,3,l,7 INVAj,3,l,8 INVAj,3,l,9 INVAj,3,l,10 INVAj,3,l,11 l = 1 0 0 0 0 0 Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542
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Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021 Categoría de activos l
2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021 Categoría de activos l INVAj,3,l,7 INVAj,3,l,8 INVAj,3,l,9 INVAj,3,l,10 INVAj,3,l,11 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 317.692.000 1.304.595.000 0 170.841.000 0 l = 4 468.072.000 371.673.000 8.568.000 291.720.000 0 l = 5 136.923.000 98.904.000 0 78.609.000 0 l = 6 636.195.000 0 0 340.296.000 0 l = 7 5.231.083.000 6.333.548.200 3.900.208.000 4.445.192.000 0 l = 8 0 59.465.200 0 0 0 l = 9 316.518.000 12.292.000 0 190.227.000 0 l = 10 84.778.000 0 0 28.259.333 0
Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,2,l,1 INVAj,2,l,2 INVAj,2,l,3 INVAj,2,l,4 INVAj,2,l,5 INVAj,2,l,6 l = 1 0 1.037.291.000 0 0 382.902.000 382.902.000 l = 2 0 0 0 0 0 0
l = 1 0 1.037.291.000 0 0 382.902.000 382.902.000 l = 2 0 0 0 0 0 0 l = 3 0 0 2.300.958.000 861.941.000 336.412.000 925.133.000 l = 4 0 26.598.000 269.024.000 139.239.000 2.201.744.000 728.187.000 l = 5 0 160.650.000 0 16.713.000 452.889.000 814.095.000 l = 6 0 0 730.307.000 189.841.000 49.786.000 270.075.000 l = 7 0 3.784.012.856 0 0 1.437.367.400 2.956.797.400 l = 8 0 0 29.926.500 0 0 0 l = 9 0 1.176.069.000 5.784.000 7.710.000 202.402.000 275.724.000 l = 10 0 0 1.564.612.000 593.743.333 3.054.629.731 152.719.333
Categoría de activos l INVAj,2,l,7 INVAj,2,l,8 INVAj,2,l,9 INVAj,2,l,10 INVAj,2,l,11 l = 1 1.208.281.750 0 0 382.902.000 0 l = 2 0 0 0 0 0 l = 3 504.618.000 0 552.619.000 252.309.000 0 l = 4 545.481.000 267.003.000 459.163.000 187.125.000 0
l = 3 504.618.000 0 552.619.000 252.309.000 0 l = 4 545.481.000 267.003.000 459.163.000 187.125.000 0 l = 5 97.686.000 0 80.973.000 48.843.000 0 l = 6 342.650.000 0 0 171.325.000 0 l = 7 4.536.536.200 1.366.130.400 7.385.919.600 1.774.066.000 0 l = 8 0 0 90.084.000 0 0 l = 9 1.396.466.000 114.249.000 260.653.000 176.146.000 150.734.000 l = 10 84.778.000 0 0 28.259.333 0
Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017 Categoría de activos l INVAj,1,l,1 INVAj,1,l,2 INVAj,1,l,3 INVAj,1,l,4 INVAj,1,l,5 INVAj,1,l,6 l = 11 0 162.890.000 0 0 1.143.306.000 1.544.466.000 l = 12 0 629.320.513 0 0 380.988.000 514.668.000 Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542
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Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 161 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 027 de 2021
Categoría de activos l INVAj,1,l,7 INVAj,1,l,8 INVAj,1,l,9 INVAj,1,l,10 INVAj,1,l,11 l = 11 1.564.524.000 1.116.562.000 1.490.978.000 1.551.152.000 1.116.562.000 l = 12 34.276.500 34.276.500 34.276.500 34.276.500 34.276.500 ARTÍCULO 2. Notificación y Recursos . La presente resolución deberá notificarse a l representante legal o quien haga sus veces , de la ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S.A. E.S.P. y una vez en firme deberá publicarse en el Diario Oficial . Contra lo dispuesto en esta Resolución no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de febrero de 2026.
VÍCTOR JOSÉ PATERNINA
NOVOA
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Viceministro de Energía, Delegado Ministro de Minas y Energía Presidente
VÍCTOR JOSÉ PATERNINA
NOVOA
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Viceministro de Energía, Delegado Ministro de Minas y Energía Presidente Director Ejecutivo
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542 2026-03-17T20:03:53-05:00 - Pagina 5 de 7REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS
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Estado: Finalizado Creación: 2026-03-12 15:24:07
Finalización: 2026-03-17 20:03:52
Firma: Viceministro de Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía
VICTOR JOSE PATERNINA NOVOA
vjpaternina@minenergia.gov.co 92546954
VICEMINISTRO DE ENERGIA
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Firma: Director ejecutivo
Antonio Jimenez @creg.gov.co 13744211 Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)
Revisión: Jefe Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales - OARE
Juan Carlos Bedoya jcbedoya@minenergia.gov.co 18519566 Jefe de la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales Ministerio de Minas y Energia Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542 2026-03-17T20:03:53-05:00 - Pagina 6 de 7REPORTE DE TRAZABILIDAD
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Estado: Finalizado Creación: 2026-03-12 15:24:07
Finalización: 2026-03-17 20:03:52
Revisión Juan Carlos Bedoya jcbedoya@minenergia.gov.co Jefe de la Oficina de Asuntos Regulatori Ministerio de Minas y Energia Aprobado Env.: 2026-03-12 15:24:08
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Firma
VICTOR JOSE PATERNINA NOVOA
vjpaternina@minenergia.gov.co
VICEMINISTRO DE ENERGIA
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Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260312-152407-450624-00264542 2026-03-17T20:03:53-05:00 - Pagina 7 de 7