CREG - Resolución 5015 de 2023
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 5015 de 2023
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2023
República de Colombia
Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 501 0 05
(17 FEB. 2023)
Por la cual se actualiza el agente encargado de la representación de la subestación El Río, 220 kV, del Sistema de Transmisión Nacional
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y 1260 de 2013.
CONSIDERAND O Q UE: De conformidad con la Ley 143 de 1994, artículo 20, la función de regulación, en relación con el sector energético, tiene como objetivo básico asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamien to eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio.
Para el logro del mencionado objetivo legal, la citada Ley le asignó a la Comisión la función de promover la competencia, crear y preservar las condiciones que la hagan posible, así como, crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera. De acuerdo con lo previsto en los literales c) y d) del artículo 23, y en el artículo 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, definir la metodología de cálculo y fijar las tarifas por el acceso y
41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, definir la metodología de cálculo y fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas. Mediante Decreto 227 del 16 de febrero de 2023, e l Presidente de la República de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 142 de 1994, reasumió las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, señalando en el inciso segundo del artículo primero que, en consecuencia, “las Comisiones de Regulación continuarán expidiendo los actos administrativos de carácter particular que ejercen a la fecha de la expedición del presente Decreto”. Con la Resolución CREG 022 de 2001 se definieron, entre otros, los mecanismos para desarrollar procesos de selección con el fin de escoger al transmisor Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230402-083218-3076d1-25961506
2023-04-06T05:41:00-05:00 - Pagina 1 de 5RESOLUCIÓN No. 501 005 DE 17 FEB. 2023 HOJA No. 2/3
Por la cual se actualiza el agente encargado de la representación de la subestación El Río, 220 kV, del Sistema de Transmisión Nacional. nacional que se encargue de la construcción de los proyectos de expansión en el Sistema de Transmisión Nacional, STN. En esta resolución se establece que, para efectos de aplicar las normas relacionadas con la calidad del servicio, “los propietarios de los proyectos seleccionados mediante convocatorias públicas,
Sistema de Transmisión Nacional, STN. En esta resolución se establece que, para efectos de aplicar las normas relacionadas con la calidad del servicio, “los propietarios de los proyectos seleccionados mediante convocatorias públicas, deberán reportar al LAC cada una de las Unida des Constructivas que componen el proyecto, con anterioridad a la puesta en Operación Comercial de dichas Unidades Constructivas.” Mediante la Resolución CREG 011 de 2009 se estableció la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la activid ad de transmisión de energía eléctrica en el STN, incluyendo dentro de esta remuneración los ingresos correspondientes a los activos ejecutados como resultado de los procesos de selección que trata la Resolución CREG 022 de 2001 . Todos los activos remunerados en la actividad de transmisión son denominados activos de uso y son pagados por el Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC, a los Transmisores Nacionales que los representan, mediante los cargos por uso que se recaudan de los comercializadores que a tienden usuarios en el SIN. De acuerdo con el artículo 8 de la Resolución CREG 011 de 2009, los activos de uso deben estar representados ante el LAC por un Transmisor Nacional. De acuerdo con la Resolución CREG 093 de 2012, las normas relacionadas con la calidad del servicio le son aplicables a los activos de uso construidos como resultado de procesos de libre concurrencia y el agente que los represente ante el LAC será responsable por el cumplimiento de todos los indicadores de calidad establecidos en el c apítulo 4 del anexo general de la Resolución CREG 011 de 2009. En cumplimiento del literal b) del artículo 4 de la CREG 022 de 2001, los ingresos
establecidos en el c apítulo 4 del anexo general de la Resolución CREG 011 de 2009. En cumplimiento del literal b) del artículo 4 de la CREG 022 de 2001, los ingresos esperados por la ejecución de la subestación El Río, 220 kV , objeto de la convocatoria UPME 06-2018, fueron oficializados mediante la Resolución CREG 031 de 2019 a la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. , por tanto, esta empresa es actualmente la beneficiaria de los mencionados ingresos y la responsable de la operación y del cumplimiento de las ex igencias de calidad correspondientes a los activos objeto de esta convocatoria. Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., mediante comunicación radicada en la CREG con el número E2022014205 del 22 de noviembre de 2022 , informó a la CREG que autoriza a la empresa Intercolombia S.A. E.S.P. para que represente ante el LAC los activos que fueron objeto de la convocatoria UPME 06-2018. En el mismo sentido, mediante comunicación con radicado CREG E2022014301 del 24 de noviembre de 2022, la empresa Intercolombia S.A. E.S.P. solicita a la CREG autorización para representar los activos mencionados y que los respectivos ingresos sean liquidados y entregados por el LAC a Intercolombia
S.A. E.S.P.
Tanto para la asignación de los ingresos, como para el cumplimiento de las exigencias de calidad es necesario mantener actualizado el nombre del agente que representa ante el LAC los activos de uso en el STN, por tanto, dado que con la Resolución CREG 031 de 2019 Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. figura como
exigencias de calidad es necesario mantener actualizado el nombre del agente que representa ante el LAC los activos de uso en el STN, por tanto, dado que con la Resolución CREG 031 de 2019 Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. figura como representante de los activos relacionados con la convocatoria UPME 06-2018, es necesario expedir un acto administrativo para que, a partir de su entrada en Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230402-083218-3076d1-25961506
2023-04-06T05:41:00-05:00 - Pagina 2 de 5RESOLUCIÓN No. 501 005 DE 17 FEB. 2023 HOJA No. 3/3
Por la cual se actualiza el agente encargado de la representación de la subestación El Río, 220 kV, del Sistema de Transmisión Nacional. vigencia, Intercolombia S.A. E.S.P. sea el nuevo representante ante el LAC de estos activos. Teniendo en cuenta que los activos objeto de una convocatoria tienen esquema de remuneración propio, no es necesario que los mismos sean incluidos en la base de activos de Intercolombia S.A. E.S.P. para recibir su respectiva remuneración. De acuerdo con lo anterior y la s solicitudes presentadas por las dos empresas, se considera que: i) no existe impedimento para actualizar la representación de los activos objeto de la convocatoria UPME 06-2018 por parte de Intercolombia S.A. E.S.P. y, ii) no es necesario modificar la base de activos, el ingreso anual ni las demás variables aprobadas a Intercolombia S.A. E.S.P. en la Resolución CREG 177 de 2013.
S.A. E.S.P. y, ii) no es necesario modificar la base de activos, el ingreso anual ni las demás variables aprobadas a Intercolombia S.A. E.S.P. en la Resolución CREG 177 de 2013. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 1243 del 17 de febrero de 2023, acordó expedir esta resolución.
R E S U E L V E: Artículo 1. Actualización en la representación de activos. A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, Intercolombia S.A. E.S.P. actuará como representante ante el LAC, en reemplazo de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., de los activos que hacen parte del proyecto objeto de la convocatoria UPME 06-2018, los cuales corresponden a activos de uso que están en operación , y cuya remuneración corresponde a la aprobada mediante la Resolución CREG 031 de
2019. Igualmente, con respecto a los citados activos, Intercolombia S.A. E.S.P. asumirá los derechos adquiridos por Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. en virtud de la resolución enunciada, y las obligaciones que le imponga la normativa vigente. Artículo 2. Recursos. La presente resolución deberá notificarse a los representantes legales de Intercolombia S.A. E.S.P. e Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. el 17 de febrero de 2023.
CRISTIAN ANDRÉS DIAZ DURÁN Viceministro de Energía (E), delegado de la Ministra de Minas y Energía Presidente
JOSÉ FERNANDO PRADA RÍOS
Director Ejecutivo
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230402-083218-3076d1-25961506 2023-04-06T05:41:00-05:00 - Pagina 3 de 5REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS
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Creación: Finalización: Escanee el código para verificación CREG 501 005_2023
Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20230402-083218-3076d1-25961506 Finalizado 2023-04-02 08:32:18 2023-04-06 05:40:59
Firma: Firmante
CRISTIAN ANDRES DIAZ DURAN
91528928 cadiaz@minenergia.gov.co Viceministro de Energía (e) Ministerio de Minas y Energía
Firma: Firmante
Jose Fernando Prada Ríos 71677200 jose.prada@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas
Revisión: Revisión
Angela Maria Sarmiento Forero 52708370 amsarmiento@minenergia.gov.co Jefe Oficina Asuntos Regulatorios y Empresariales Ministerio de Minas y Energía Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230402-083218-3076d1-25961506 2023-04-06T05:41:00-05:00 - Pagina 4 de 5TRAMITE
REPORTE DE TRAZABILIDAD
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PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA
Y RESPUESTA CREG 501 005_2023
Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20230402-083218-3076d1-25961506 Finalizado 2023-04-02 08:32:18 2023-04-06 05:40:59 Revisión Angela Maria Sarmiento Forero amsarmiento@minenergia.gov.co Jefe Oficina Asuntos Regulatorios y Empr Ministerio de Minas y Energía Aprobado Env.: 2023-04-02 08:32:18
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