CREG - Resolución 502184 de 2025
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 502184 de 2025
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
REsoLUcróN no.5O2 184 DE 2lJ25 (1s NOv. 2025) Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de D¡str¡buc¡ón conformado por los mun¡cipios de Aratoca, Capitanejo. Carcasí, Ch¡ma, Confines, Contratac¡ón, Coromoro, El Guacamayo, Encino, Enciso, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macarav¡ta, Mogotes, Ocamonte, Oiba, palmar, San Andrés, San Joaquín, San Miguel, Santa Barbara, S¡macota y Valle de San losé en el departamento de Santander, y el cargo de distribuc¡ón por uso del s¡stema de distribución de Gas L¡cuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el mismo mercado, según sol¡c¡tud tarifaría presentada por Ia empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejerc¡cio de sus atribuciones const¡tucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y, en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y L260 de 2073; y, CONSIDERANDO QUE: El numeral 14.28 del artículo 14 de la Ley L42 de 1994 define el servicio público domiciliar¡o de gas combustible como ".-.e/ conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible, por tubería u otro med¡o, desde un s¡t¡o de acopio de grandes volúmenes o desde un gasoducto central
hasta la ¡nstalac¡ón de un consumidor final, incluyendo su conexión y medición". Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley I42 de 1994, la construcción y operación de redes para la distribución de gas, así como el señalam¡ento de las tarifas por uso, se regirán exclus¡vamente por esta Ley. El numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de f994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público dom¡cil¡ario de gas combustible. Según lo dispuesto en el numeral 88.1 del artículo 88 de la Ley 142 de 1994, la CREG podrá establecer topes máximos y mínimos tarifar¡os, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas.RESOLUCIÓN No §92-19!1 DE rs NoV.2O25 HOJA No. 2/14 Por la cual se aDrueban el Mercado Relevante de D¡str¡bución conformado por los mun¡c¡p¡os '¿Z )í"t.r",'cií,|"¡i, árcas¡, ch¡ma, conf¡nes, contratac¡ón' -coromoro' El Guacamayo' ;;;r;:;;r'"1 éuácá, eraaáupe, éuapotá, nato, Los. santos' .¡'lacarav¡ta' Mosote' 'óriiári, o¡i|, ninár, san nnárés, sai Joaquín, san M¡guet' santa Barbara' s¡macota v Valle de San losé en et Aepartameiio de Saniandár, Y el cargo de d¡str¡buc¡ón por uso del
,¡iiiÁi i. a¡ttr¡Orción de éas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el mismo mercado El artículo 126 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 52 de la Ley iosg ¿" 2021, establece que las fórmulas tarifar¡as tendrán una vigencia de .¡".á ifü y que, vencido el Período de vigencia de las mismas' éstas continuarán r¡giendo mientras la Comisión no fije las nuevas' Mediante la Resoluc¡ón CREG 137 de 2013 se establec¡eron las fórmulas tar¡far¡as generales para la prestación del servic¡o público domic¡liario de gas combust¡ble por redes de tubería a usuarios regulados. En el artículo 4 de la menc¡onada resolución, se f¡jaron las Fórmulas Tarifar¡as Generales aplicables a los usuar¡os regulados del servicio público dom¡c¡liar¡o de gas comúustible por redes de tubería y, en el attículo 12, correg¡do por el artículo 1 de la Resolución CREG oo8 de 2O!4, se d¡spuso que el costo por uso de los Sistemas de Distribuc¡ón corresponderá al cargo de d¡stribuc¡ón que ha s¡do aprobado para el Mercado Relevante de Distribución de acuerdo con el t¡po de usuario y la Resolución CREG 011 de 2003 o aquellas que la aclaren, modif¡quen o sustituyan es decir, la Resolución CREG 202 de 2013r, en concordanc¡a con las Resoluciones 138 de20L4,090 y 132 de 2018. y 011 de
2o2o, en conjunto, la Metodología de Distribución2. Mediante C¡rcular CREG 030 de 2019 se d¡vulgó el procedim¡ento que se debe tener en cuenta para el trámite de sol¡citudes tar¡far¡as para la aprobación de cargos de d¡stribución de gas combustible por redes de tubería. En desarrollo de dicho procedim¡ento, con base en la facultad otorgada en el parágrafo 2 del numeral 9.5 del artículo 9 de Ia Metodología de Distribución se previó establecer el cronograma de presentac¡ón de sol¡c¡tudes tarifarias. lvlediante la Circular 031 de 2019 se solic¡tó a las empresas distribuidoras el cargue en el Apl¡cat¡vo Apligas de la información de act¡vos, con el fin de establecer la muestra para adelantar la verificación de la calidad de la información sobre los act¡vos reportados por las empresas distribuidoras de gas combustible por redes, y con ello determinar los cargos por uso de los s¡stemas de d¡stribución, conforme a lo previsto en el Anexo 3 de la Metodología. Med¡ante comun¡cac¡ón con rad¡cado CREG S-2019-005200 del 15 de sept¡embre de 2019, se notificó a REDNOVA S.A.S. E.S.P. (en adelante REDNOVA) sobre el ¡nic¡o del proceso de Verificación T¡po I en relación con la ¡ Por la cual se establecen los cr¡teraos generales para remunerar la act¡vidad de d¡stribucaón de gas combust¡ble por
redes de tuberia y se dictañ otrds disDosiciones2 En adelante, se usará el término "la Metodología" para hacer referencia a la Metodología de Distribución.RESOLUCIÓN NO 5O2 IE4 DE ov.2025 HOJA No. 3/ 14l5I{ Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de D¡str¡bución conformado por los munic¡p¡os de Aratoca, Capitanejo, Carcasi, Ch¡ma, Conf¡nes, Contratación, Coromoio, El Guacamáyo, Encino, Enc¡so, Guaca, cuadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macarav¡ta, Mogo¿es, Ocamonte, O¡ba, Palmar, San Andrés, San loaquín, San M¡guet, Santa Barbara, S¡ma¿ota y Valle de San losé en el departamento de Santander, y el cargo de d¡str¡buc¡ón por uso del s¡stema de d¡stribuc¡ón de cas L¡cuado de petróleo (GLp) por redes de tubería para et m¡smo mercado. información reportada por la empresa en APLIGAS. Este proceso fue llevado a cabo por la firma DIVISA INGENIEROS CONSULTORES ASOCIADOS LTDA., en virtud del Contrato No 073 de 2019 suscrito para tal fin. Con base en los resultados de las verificaciones documental y de campo, el Informe Final concluyó que la empresa no cumple con los requ¡s¡tos establecidos en la lvletodología, recomendando a la Com¡sión "RECHAZAR la información
reportada por la empresa REDNOVA para efectos de la aprobación de cargos tarifar¡os de d¡str¡buc¡ón de gas combustible por redes de tubería". El numeral l del Anexo 3 de la metodología, dispone la facultad que tiene la Comisión para decretar pruebas, en caso de rechazar la información de act¡vos en la Veriflcación Tipo 1, con el objeto de contar con elementos de conv¡cción adicionales y que permitan reconsiderar o ratificar la conclusión proferida por la empresa verificadora sobre la calidad de la informac¡ón de act¡vos reportada con corte al 31 de d¡c¡embre de 2018. Conforme a lo anterior, la Comisión expidió el Auto de pruebas I-2020-002355 del 13 de mayo de 2020. Una vez valorado, por parte de la Comisión, el resultado de la prueba practicada, se le informó a la empresa REDNOVA que concluyó sat¡sfactor¡a mente el Proceso de Verificación T¡po 1de la Calidad de la Información de Activos de D¡stribución de Gas Combustible por Redes de Tubería reportados en APLIGAS. Mediante C¡rcular CREG 062 de 2020, mod¡f¡cada por la Circular CREG 068 de 2020 y adicionada por las Circulares 082 y 084 de 2020, el Director Ejecut¡vo de Ia CREG definió el cronograma para que las empresas d¡stribu¡doras de gas combustible por redes, hic¡eran el reporte de información a través del aplicativo Apligas y presentaran, por medios electrónicos, las sol¡citudes de
aprobación de cargos de distr¡bución para el s¡gu¡ente periodo tarifar¡o. El día 19 de agosto de 2O2O, la Dirección Ejecut¡va de la Com¡sión expid¡ó la Circular CREG 077 de 2020, en donde se suministraron las listas de chequeo indicat¡vas actualizadas que ha util¡zado la Comisión para la verif¡cación de la completitud de las solicitudes de aprobac¡ón de cargos de distribución para el s¡guiente periodo tarifario, d¡rigida a las empresas distribu¡doras de gas combust¡ble por redes de tuberías que deben presentar sol¡citudes de aprobación de cargos para mercados relevantes de d¡str¡bución para el siguiente periodo ta r¡fario. A través de la comun¡cación con radicado CREG E-2020-0L1479 del 2l de sept¡embre de 2O2O y número de solicitud Apligas 2233, REDNOVA presentó sol¡citud tarifaria para: (i) aprobar el Mercado Relevante de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) conformado por los mun¡cipios de Aratoca, Capitanejo, Carcasí, Chima, Confines, Contratac¡ón, Coromoro, El Guacamayo, Enc¡no, Enc¡so, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macaravita, Mogotes, Ocamonte, Oiba, Palmar, San Andrés, San Joaquín, San Miguel, Santa Barbara, S¡macota y Valle de San osé en el departamento deRESOLUCIÓN No 5O2 184 DE 15 NOV'2O25 HOJANo'4/14
CODIGO DANE MUNICIPIO DEPARTAMENTO 68051 Aratoca Santander 64147 Ca pitanejo Santander 6815 2 Carcasí Santander 68176 Chima Santander 6B 209 Confines Santander Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de D¡stribución conformado por los mun¡c¡pios i; ;ra";;:A;¡;areii, carcasí, ch¡ma, confines' contratac¡ón' .coromoro' Et GuacamaYo' "trr,iiá, lir,t-ó cuáá, cuaaatupé, éuapotá, Hato, L??. sa!t2s' .Macarav¡ta' Mosotes' óliiárii,-ii,LL, ni.ir, s", anáres, sai toaquin, san M¡suet' santa Barbara' stmacota v vatle de san losé en et d.p"rta"ilo Ae santander, y et ¿argo de d¡str¡buc¡ón por uso del s¡stema de d¡stribuc¡ón de Gas L¡cuado de Petróteo (GLP) por redes de tubería para el mismo Santander y, (ii) aprobar los cargos por uso del S¡stema de D¡stribuc¡ón ..irlipo"¿¡L'ntL, api¡cables a los uiuarios de uso residencial y a los usuarios de uso d¡ferente al res¡dencial de d¡cho mercado' En su solicitud tarifar¡a, REDNOVA man¡festó que el Mercado Relevante de D¡stribución propuesto no cuenta con aportes de recursos públ¡cos para la
cofinanciación de la infraestructura de distr¡bución de gas por redes de tubería. La Comis¡ón verificó el cumPlim¡ento de los requ¡s¡tos establecidos en la Metodología. evidenc¡ando que la información remitida con la solicitud presentaáa por la empresa REDNOVA no era suficiente para inic¡ar la actuac¡ón admin¡strativa. En consecuenc¡a, med¡ante comunicac¡ón con radicado CREG s.-2020-005677 del 7 de octubre de 2020 se le solicitó a REDNOVA remitir la información faltante. Por med¡o de comunicación bajo rad¡cado CREG E-2020-012865 del 22 de octubre de 2020, la empresa REDNOVA solicitó ampliación de plazo para atender el ofic¡o de complet¡tud de la información. En consecuenc¡a, la Comisión mediante radicado CREG 5-2020-006000 del 22 de octubre de 2O2O amplió el plazo para que la empresa atend¡era la solic¡tud. Med¡ante radicado CREG E-2020-013662 del 6 de noviembre de 2020, la empresa REDNOVA atendió al requerimiento de complet¡tud de información. mercado La Com¡s¡ón veriflcó nuevamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución CREG 202 de 2013, en concordancia con las resoluciones CREG 138 de 2014,090 y 132 de 2018, y 011 de 2020, y en la Resolución CREG 102 OO3 de 2022, evidenc¡ando que la información remitida
con la sol¡citud y presentada por la empresa REDNOVA era suficiente para iniciar la actuación administrat¡va. Mediante Auto I-2020-004910 del 15 de enero de 2021, REDNOVA med¡ante radicado CREG 5-2021-000196 de la misma fecha, la D¡rección Ejecutiva de la Comisión d¡spuso in¡c¡ar la respectiva actuac¡ón administrativa con fundamento en la solicitud presentada por REDNOVA para la aprobac¡ón de los cargos de distribución dé Gas Licuado de Petróleo (GLP) para el Mercado Relevante que se detalla a continuación: Cuadro 1. Nlercado Re¡evante de Distribuc¡ón Pro uesto of REDNOVA S.A.S. E.S. PRESOLUCION No 5O2 184 DE 15 NOV.2025 HOJA No. 5/ 14 Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de D¡str¡buc¡ón conformado por los mun¡cipios de Aratoca, Cap¡tanejo, Carcasí, Ch¡ma, Conf¡nes, Contratac¡ón, Coromoro, Et cuacamayo, Enc¡no, Enc¡so, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macaravita, Mogotes, Ocamonte, O¡ba, Palmar, San Andrés, San Joaquín, San Miguel, Santa Barbara, Simacota y Valle de San losé en el departamento de Santander, y el cargo de d¡str¡buc¡ón por uso del sistema de d¡str¡buc¡ón de Gas L¡cuado de Petróleo (cLP) por redes de tubería para el mismo
mercado.
CóDIGo DANE MUNICIPIO DEPARTAMENfO
68211 Contratación Santander Coromoro Santander 64245 El Guacamayo Santander 6A264 E nc ino Santander 68266 E nciso Santander Guaca Santander Guadalupe Santander 64322 Guapotá Santander 64344 Hato 68418 68425 Maca ravita 64464 M ogotes Santander 68498 Ocamonte Sa nta nde r 68500 Oiba Santander 68522 68669 Sa nta n der 68682 San loaq u Ín Sa ntander 68686 San Miguel Sa nta nder 6870 5 Santa Barbara Santander 6A745 Sim acota Santander 68855 Valle de San José Santander De acuerdo con lo establec¡do en el Auto de Inic¡o de la actuac¡ón adm¡nistrat¡va, y conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del Código de Procedim¡ento Admin¡strat¡vo y de lo Contenc¡oso Administrativo, C.P.A.C.A., con el fin de que los terceros interesados pudieran hacerse parte en la respect¡va actuación, se publicó en el D¡ario Of¡cial No. 51,562 del 19 de enero de 2O2L, el Aviso No. 016 de 2O2L con el resumen de la solicitud tarifaria presentada por REDNOVA para la aprobación de cargos de distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP). Dentro del trámite de la actuación administrativa, y con el fin de contar con los elementos de juic¡o sufic¡entes para dec¡d¡r de tondo la misma, con
fundamento en lo d¡spuesto, tanto en el artículo 40 del C.P.A.C.A, como en el artículo 108 de la Ley 142 de L994, med¡ante Auto I-2021-000614 del 12 de marzo de 2021 y comun¡cado mediante rad¡cado CREG 5-2021-001101 de la misma fecha, se procedió a abrir período probatorio y dentro del m¡smo a decretar la práct¡ca de pruebas de oficio; período probatorio que, posteriormente, fue ad¡cionado mediante Autos I-2021-001052 del 9 de abril de 2O2t, I-2021-000996 del 19 de abr¡l de 2021, I-2021-002101 del 13 de agosto de 2027, 1-2021-003393 del 24 de noviembre de 2027, f-2021' 003867 del 15 de d¡c¡embre de 2021, I-2O22-OO53O7 del 4 de abril de 2022 y 0000226 del 20 de diciembre de 2024. Santander Santander Sa nta nde r Palma r Sa nta nde r I 64217 68318 68320 Los Santos I San And rés
IRESoLUCIÓN No §9Zlg! DE 15 NOV'2O25 HO'IA No 6/14
Por la cual se aprueban el llercado Relevante de D¡stribuc¡ón conformado por los mun¡c¡p¡os 'á Á"r"t 1", c"í¡li.jo, carcas¡, Chima, confines' conÜatac¡ón' .coromoro' El Guacamavo' L"r;;;:';;r,; ¿uurá, cru¿i,pi, éuapotá, Hato' Los santos' Macarav¡ta' Moqotes' ó;';;;r;;,';¡;;, -p)mir,
L"r;;;:';;r,; ¿uurá, cru¿i,pi, éuapotá, Hato' Los santos' Macarav¡ta' Moqotes' ó;';;;r;;,';¡;;, -p)mir, srn tnárás, sai toaquin, san M¡suet' santa Barbara' simacota v va¡e de san )osé en et ¿.partu^eilo i i"niaraér, y et ¿argo.de d¡str¡buc¡ón por uso del ,¡riéÁi i. ¿¡ttr¡trción de éas ticuado de Petróleo (GLP) por redes de tuber¡a para el m¡smo mercado Losautosproferidosdentrodelaactuaciónadministrativafueronatendidos poi iá ".b."., REDNoVA mediante rad¡cados: E-2021-003526 del 23 de Lu.rá oá lozt, e-zozt-oo4272 del 14 de abril de 2ozL, E-2021-004552 del zi de abr¡t ae iozt, E-2021-oo46o4 del 23 de abril de 2021, E-2o21-oo49l7 áál so ¿" abril de i021, E-2021-009844 del 26 de agosto de 2o2L, E 2o2L' 010832 del 15 de septiembre de 202L, E-2021-009887 del 26 de noviembre de 202L, E-2021-014540 del 9 de d¡ciembre de 2o2t, E-202L'OL5L32 del t7 de diciembre de 2021, E-2o22-oo417 L, E-2022-O14O72, E2O22-1O4O73 del
12 de abr¡l de 2022 y E2O240O5785 del 26 de abr¡l de 2024' Dado que el s¡stema de distribuc¡ón presentado por la empresa REDNOVA para el mercado relevante solic¡tado cuenta con red primaria y secundar¡a y todos sus usuar¡os están conectados a la red secundaria, se determinará para este mercado relevante un solo cargo de distr¡bución que será aplicable a los usuar¡os de uso residencial y usuarios diferentes al uso residencial. Lo anterior, de contormidad con el numeral 9.3 del artículo 9 de la Resolución CREG 202 de 2013, en concordancia con las resoluciones CREG 138 de 2014, 090 y 132 de 2018 y 011 de 2020, el cual establece lo s¡guiente:
.9.3. CARGOS DE DISTRTBUCIóN EN STSTEMAS DE DTSTRIBUCIóN
QUE NO rIENEN CONECÍADOS USUARIOS A LA RED PRINARTA.
Cuando un Sistema de Distr¡bución tenga red primaria y secundar¡a, pero todos los usuar¡os estén conectados a la red secundar¡a se podrá determ¡nar en ese Mercado Relevante un solo cargo de d¡str¡bución que será aplicable a usuar¡os res¡denc¡ales y a usuarios d¡ferentes al de uso residencial. La canasta de tarifas de estos mercados debe excluir a los usuarios residenc¡ales". Los análisis realizados por la Comisión respecto de la solicitud tar¡faria presentada por REDNOVA. los cálculos efectuados, así como las
considerac¡ones que soportan la presente Resolución y demás información disponible, se encuentran conten¡dos en el Documento CREG 902 174, el cual hace parte integral de la presente Resolución. En la Resolución CREG 102 OO2 de 2022 se establecieron los valores de la Tasa de Descuento para la actividad de distribución de gas combustible. Una vez d¡ligenciado el cuestionario de que trata el artículo 2.2.2.30.5 del Decreto 1074 de 2015, se concluyó que el acto administrativo propuesto no tiene incidencia sobre la l¡bre competencia y, por ende, no fue remit¡do a la Superintendenc¡a de Industria y Comerc¡o, SIC, para efectos de lo establec¡do en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009. La respuesta al cuestionario se encuentra en el Documento CREG 902 174 del LS de noviembre de 2025, que hace parte integral de la presente resolución. Con base en lo anter¡or, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 1419 del 15 de noviembre de 2025, aprobó expedir la presente Resoluc¡ón y, en consecuencia,RESOLUCIÓN NO 5O2 I84 DE l5N .2025 HOJA No. 7/ 14 Por la cual se aprueban el Mercado Retevante de D¡str¡buc¡ón conformado por los mun¡cip¡os
d_e Aratoc:t, Capitanejo, Carcasí, Ch¡ma, Conf¡nes, Contratación, Coromoio, El Guacamáyo,Elcino, Enc!s?, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macaravita, Mogoies, Ocamonte, O¡ba, Palmar, San Andrés, San loaquín, San Miguel, Santa Barbara, S¡malota yValle de San José en el departamento de Santander, y et cargo de d¡str¡buc¡ón por uso dál s¡stema de d¡str¡buc¡ón de Gas Licuado de petróleo (GLp) por redes de tubería para el m¡smo mercado,
RESUELVE: CAPÍTULO I MERCADO RELEVANTE DE DISTRIBUCIóN ARTÍCULO 1. Mercado Relevante de Distribución para el S¡guiente Período Tarifario. Conforme a Io definido en el numeral 5.2 de la Metodología, se aprueba el Mercado Relevante de Distr¡bución para el Siguiente Período Tar¡fario conformado como se relaciona a continuación, para el cual se determinará en la presente Resolución el correspondiente cargo por
uso del S¡stema de D¡str¡buc¡ón: Cuadro 2. Mercado Relevañte A robado
cóDIGo DANE MUNICIPIO DEPARTAM ENTO
68051 Aratoca Santander Capitanejo Santander 6B 152 Carcasí Santander Ch¡ma Santander 68209 Confines Santander 68211 Santander 642t7 Coromoro Santander 64245 El Guacamayo Santander 64264 Encino Santander
6a266 Enciso Santander 68318 Guaca Santander 683 20 Guadalupe Santander 64322 Guapotá Santander 64344 Hato Santander 68418 Los Santos Santander 68425 Maca ravita Santander 6A464 Mogotes Santander 68498 Ocamonte Sa nta nder 68500 Oiba Santa nder 68522 Palm a r Santander San Andrés Santander 6868 2 San loaquín Santander 68686 San Miguel Santa Barbara Santander 647 45 Simacota 68855 Santander 68669 I I I I Santander 68705 64t47 68176 Contratación I Santander Valle de San JoséRESOLUCIÓN No §.92-lg! DE 1s NOV'2O25 HOJA No 8/14 Por la cual se aprueban et Mercado Relevante de Distr¡bución c.onformado por los mun¡c¡p¡os i; ;r;;;:A;ianeiá, carcasí, ch¡ma, conf¡nes' contratación' .coromoro' El Guacamavo' rnr¡lrá, 1Ár,tl'érárá, err¿ánpá, éuapotá, Hato' Los santos' Macarav¡ta' Mogotes' óL"ár,lári,' ti¡iL, patmir, san erárás, sai ¡oaquin, san M¡guet, santa Barbara, s¡macota y vatte de san losé en el aepartaneiloie santánder, y el iargo.de distribución por uso del ,¡ii"Ái i" ¿¡ttr¡orc¡ón de cas t¡ciáái d. p"trótuo (étp) por redes de tubería para el m¡smo
CAPÍTULO II
CARGO POR USO DEL SISTEMA DISTRIBUCIóN ARTÍCULo 2. Cargo de D¡stribuc¡ón Apl¡cable a los Usuarios de Uso ResidencialyCargoPromed¡odeD¡stribuc¡ónaplicablealosUsuar¡os Diferentes a los di Uso Residenc¡al. A partir de la vigenc¡a de la presente Resolución, el cargo de Distribuc¡ón Aplicable a los usuar¡os de uso Res¡dencial y el Cargo Éromed¡o de Distr¡bución API¡cable a los Usuarios Diferentes a los de úso Res¡denc¡al conectados al S¡stema de D¡stribuc¡ón del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Período Tar¡far¡o aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución, para recuperar los costos de inversión y los gastos de not't para la distribución domic¡liar¡a de gas natural por redes de tubería se fija de la sigu ¡ente manera: Cuadro 3. Cargos de Distr¡bución a usuar¡os de uso Residencial y Usuarios Diferentes a los DE de uso Residencial, Componente Un¡dad Usuarios de Uso Residencial Usuarios diferentes a los de uso Residenc¡al Cargo de d¡str¡buc¡ón Total $/ m' 3,,.56.97 3,156.97 Componente pagada con REDNOVA S.A.S de ¡nvers¡ón recursos de E.S.P. $/m3 2,389.45 2,349.45
Componente Gastos AO14 $/m3 767.57 767.57 Cifras en pesos colomb¡anos de dic¡embre de 2019 PARÁGRAFO 1. Para el cálculo de las tarifas que se cobren a los usuar¡os conforme a los cargos aprobados en el numeral 5.2 de la presente Resolución, se tendrá en cuenta lo establecido en el numeral 87.9 del artículo 87 de la Ley I42 de L994, modificado por el artículo 99 de la Ley 1450 de 2011, o aquella que la mod¡fique, aclare o sustituya. PARÁGRAFO 2. Los Cargos de Distr¡buc¡ón del presente artículo se actualizarán de conform¡dad con lo establecido en el artículo 12 de la Metodología, modificado por el artículo 3 de ta Resolución CREG 125 de 2015. ARTÍCULO 3. La inversión base, el valor efic¡ente de Otros Activos, el monto ef¡ciente de gastos de AOM y las demandas de volumen con base en los cuales se determinan los cargos aprobados en el artículo 3 de la presente Resolución se presentan en los Anexos L,2,3 y 4 de la misma. ARTICULO 4. Las empresas prestadoras de serv¡c¡os públ¡cos domiciliarios deb¡damente const¡tu¡das y registradas en el SUI como distribuidoras de gas mercado. IRESOLUCIÓN NO 5O2 IA4 DE 15 r{ov.2025 HOJA No. 9/ 14 combust¡ble, que dec¡dan prestar el servicio público domiciliario de gas natural por redes a usuarios del Mercado Relevante de Distr¡bución para el S¡guiente
Período Tarifario aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución, deberán aplicar los Cargos de Distribución aprobados en el artículo 2 de este mismo acto administrat¡vo. ARTÍCULo 5. Vigencia del Cargo de Distribución aprobados. Los Cargos de D¡str¡bución aprobados en el artículo 2 estarán v¡gentes por un término de c¡nco (5) años, contados desde la fecha en que quede en firme la presente Resolución, de conformidad con el artículo 126 de la Ley 142 de 1994. modificado por el artículo 52 de la Ley 2099 de 2021. CAPÍTULO III FORMULA TARIFARIA ARTÍcuLo 6. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifar¡a apl¡cable al mercado relevante aprobado en el artículo 1de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el artículo 4 de la Resolución CREG 137 de 2013 o a aquella que la mod¡fique, adicione o sustituya. ARTÍCULo 7, Vigencia de la Fórmula Tarifaria. La fórmula tarifar¡a reg¡rá a part¡r de la fecha en que la presente Resolución quede en f¡rme y durante el térm¡no de vigenc¡a de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG 137 de 2013. Venc¡do este período, las fórmulas tar¡far¡as continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el
artículo 126 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 52 de la Ley 2099 de 2021. CAPITULO IV OTRAS DISPOSICION ES ARTÍCULo 8. Not¡ficación y Recursos. La presente Resolución deberá notificarse al representante legal de la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P. Una vez en f¡rme, deberá publ¡carse en el Diario Oficial. Contra las dispos¡c¡ones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Direcc¡ón Ejecut¡va de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su not¡ficac¡ón. Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de D¡str¡buc¡ón conformado por tos mun¡c¡pios de Aratoca, Cap¡tanejo, Carcasi, Ch¡ma, Conf¡nes, Contratac¡ón, Coromoro, Et Guacamayo, Encino, Enciso, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macarav¡ta, Mogotes, Ocamonte, O¡ba, Palmar, San Andrés, San Joaquín, San Miguet, Santa Barbara, S¡macota y valle de San losé en el departamento de Santander, y el cargo de distr¡bución por uso det sistema de d¡stribución de Gas L¡cuado de Petróleo (GLp) por redes de tubería para el m¡smo mercado,RESOLUCTÓN No 5O2 184 DE 15 IÍOV.2O25 HOJA No. 10/14
Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de D¡stribución conformado por los mun¡cipios de Aratoca, Cap¡tanejo, Carcas¡, Chima, conf¡nes, contratac¡ón, Coromoro, El Guacamayo, Enc¡no, Enc¡so, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macarav¡ta, Mogotes, ocamonte, o¡ba, Palmar, san Andrés, san Joaquín, San M¡guel, Santa Barbara, Simacota y Valle de San José en el departamento de Santander, y el cargo de distr¡buc¡ón por uso del s¡stema de d¡stribución de cas L¡cuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el m¡smo mercado
NOTIFÍQUEsE, PUBLÍQUEsE Y cÚMPLASE
Dad en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de nov¡embre de 2025. ( /\rA DWIN EG EA ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA Director EjecutivoM in¡stro d ¡nas y Energía Presi nteRESOLUCIÓN NO 5O2 184 DE 15 NOV.2025 HOJA No. I 1/ 14 Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de Distribuc¡ón conformado por los municipios de Aratoca, Cap¡tanejo, Carcasí, Ch¡ma, Conf¡nes, Contratac¡ón, Coromoro, El Guacamayo, Enc¡no, Enciso, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macaravita, lqogotes,
Ocamonte, O¡ba, Palmar, San Andrés, San loaquín, San MigueL Santa Barbara, Simacota y Valle de San losé en el departamento de Santander, y el cargo de distibución por uso det s¡stema de distr¡bución de Gas L¡cuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el m¡smo mercado.
ANEXO 1
INVERSIóN BASE La Inversión Base para determinar los Cargos de Distribuc¡ón para el Mercado Relevante de Distribución aprobado en el artículo 1de esta Resolución se compone como se indica a cont¡nuación: Inversión Ex¡stente (IE): Es la Inversión reconocida como existente en la última rev¡s¡ón tarifaria, por un valor g0 (pesos colombianos de d¡ciembre de 20L9, y, corresponde a la que se presenta y analiza en el Documento CREG 9O2 174 de 2025 que soporta y hace parte ¡ntegral de la presente Resolución. Inversión Programada en nuevas inversiones que fue reconoc¡da y ejecutada en la anter¡or revisión tarifaria (IPE): Es la Inversión en activos que fueron reportados en el programa de nuevas ¡nversiones en la anterior solic¡tud tar¡faria. que se ejecutaron hasta.diciembre de 2019, la cual se reconoce por un valor de $ 3,695,471,944 (pesos colombianos de d¡c¡embre de 2019) y, corresponde a la que se presenta y anal¡za en el Documento CREG 902 L74 de 2025 que soporta y hace parte integral de la
presente Resolución. Inversión Ejecutada durante el período tarifario y No Prevista en el Programa de Nuevas Inversiones (INPE): Inversión en activos que fueron ejecutados hasta diciembre de 2019 y que no fueron reportados en el Programa de Nuevas Inversiones, la cual se reconoce por un valor de $ 6,6L3,986,206 (pesos colombianos de dic¡embre de 2019) y, corresponde a la que se presenta y analiza en el Documento CREG 902 174 de 2025 que soporta y hace parte ¡ntegral de la presente Resoluc¡ón. Programa de Nuevas Inversiones para municipios Nuevos (IPNI): Inversión a reco ra el programa de nuevas ¡nvers¡ones que se realizará en el sig per¡odo tár¡far¡o el cual se reconoce por un valor de $3,618 3,528 (pesos colombianos de diciembre de 2019) y corresponde a laq U se presenta y anal¡za en el Documento CREG 902 774 de 2025 que sop rta y hace parte ¡ntegral de la presente Resolución t'Áñ/ scea r,r) e Minas y Energía
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
D¡rector Ejecutivo P M inistro ¡d enteRESOLUCTÓN No §.q2_!94 DE l5 NOV.2025 HOJA No. 12l 14 Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de Distr¡buc¡ón conformado por los mun¡cip¡os
de Aratoca, Capitanejo, Carcasí, Ch¡ma, Conf¡nes, Contratac¡ón, Coromoro, El Guacamayo, Encino, Enc¡so, cuaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macaravita, Mogotes, Ocamonte, O¡ba, Palmar, San Andrés, San loaquín, San Miguel, Santa Barbara, S¡macota y Valle de San )osé en el departamento de Santander, y el cargo de d¡str¡buc¡ón por uso del sistema de d¡str¡bución de Gas L¡cuado de Petróleo (GLP) por redes de tuber¡a para el m¡smo mercado.
ANEXO 2
OTROS ACTIVOS El valor eficiente de Otros Activos se establece en la suma de g 85,153,151.02 (pesos colomb¡anos de dic¡embre de 2019) para los mercados ex¡stentes y de 117,L4O,388.72 (pesos colombianos de d¡ciembre de 2019) para los mercados nuevos, los cual consideraron en los cálculos de los cargos de distr¡bución y se presen anal¡za en el Documento CREG 902 174 de 2025 que soporta y hace pa rte tegral de la presente Resolución. NP GEA ,t \o(' ''ANTOI{IO ¡IMÉNEZ RIVERA D¡rector EjecutivoM ¡n istro de s y Energ ra Preside t> )RESOLUCIÓN No 5O2 184 DE 15 I{OV,2O25 HOJA No. 13/14
Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de Distr¡buc¡ón conforñado por los mun¡c¡p¡os de Aratoca, Cap¡tanejo, Carcasí, Chima, Conf¡nes, Contratac¡óq Coromoro, El Guacamayo, Encino, Enc¡so, Guaca, Guadalupe, Guapotá, Hato, Los Santos, Macaravita, Mogotes, Ocamonte, Oiba, Palmar, San Andrés, San )oaquín, San M¡guel, Santa Barbara, Simacota y Valle de San losé en el departamento de Santander, y el cargo de d¡str¡bución por uso del s¡stema de distribuc¡ón de Gas L¡cuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el m¡smo mercado.
ANEXO 3
GASTOS DE
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