CREG - Resolución 56 de 2010

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 56 de 2010
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCION No. 056 DE 2010 {43 ABR, 2010 } Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: El artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994 definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994 la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por uso, se regirán exclusivamente por esa Ley. El artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible.

El artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994 la Comisión de Regulación de Energia y Gas podrá establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas. El artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias éstas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las "A \ 4 SaRESOLUCION No. 056 DE __13 ABR. 200 HOJA No. 2/9 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. Mediante Resolución CREG-045 de 2002 se estableció la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo período. La Resolución CREG-069 de 2006 adoptó la nueva tasa de retorno, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG-045 de 2002. Mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios

para el próximo período. La Resolución CREG-069 de 2006 adoptó la nueva tasa de retorno, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG-045 de 2002. Mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería. Mediante la Resolución CREG-100 de 2003, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los Estándares de Calidad en el servicio público domiciliario de gas natural y GLP en Sistemas de Distribución por redes de tuberías, Mediante Documento CREG-009 de 2004, se definieron los gastos eficientes de AOM para las actividades de distribución y comercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes de AOM para el control y monitoreo de los estándares de calidad definidos mediante Resolución CREG100 de 2003. Mediante Resolución CREG-008 de 2005, la Comisión de Regulación de Energía y Gas reguló el costo de compresión de gas natural y determinó la metodología para establecer el costo máximo unitario para el transporte de gas natural comprimido en vehículos de carga; Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP mediante comunicación con radicado CREG E-2010-001229 del 10 de febrero de 2010, presentó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas una solicitud tarifaria para distribución de gas natural comprimido por redes para los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los

Regulación de Energía y Gas una solicitud tarifaria para distribución de gas natural comprimido por redes para los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia, La solicitud tarifaria presentada por Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP incluye las proyecciones de demanda, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y el Programa de Nuevas Inversiones, clasificadas según el listado de unidades constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG 011 de 2003. Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP en cumplimiento de lo dispuesto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la Resolución CREG-011 de 2003, el día 18 de febrero de 2010 publicó en el Diario El Meridiano el resumen del estudio de cargos que presentó a la Comisión, con la información señalada en, la, Wm ie hn

| ARESOLUCION No. 056 DE 13 ABR. 2010 HOJA No. 3/9

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia.

del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. Circular CREG 021 de 2003, con el fin de que los terceros interesados pudieran presentar ante la Comisión observaciones sobre tal información, y envió a la Comisión copia del aviso de prensa respectivo, mediante oficio con radicado CREG E-2010-001582 del 19 de febrero de 2010. La Unidad de Planeación Minero-Energética, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado que va a atender Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP., de conformidad con lo establecido en el Numeral 7.5 de la Resolución CREG 011 de 2003. Como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP., se realizaron ajustes pertinentes a la información requerida para el cálculo de los Cargos de que tratan los artículos 7 y 23 de la Resolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución. La Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los análisis tarifarios correspondientes, a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG-011 de 2003 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG-050 de 2010. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 451 del 13 de abril de 2010, aprobó el Cargo Promedio por Uso del Sistema de Distribución y

se presentan en el Documento CREG-050 de 2010. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 451 del 13 de abril de 2010, aprobó el Cargo Promedio por Uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización del Mercado Relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Mercados Relevantes de Distribución y Comercialización. Para efectos de aplicación de esta Resolución el mercado relevante de distribución y comercialización estará conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. ARTÍCULO 2. Inversión Base. La Inversión Base reportada para el Mercado Relevante definido en el articulo 1 de esta Resolución se compone de nuevas inversiones. Para el Programa de Nuevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción presentada en el Anexo 1 de la presente Resolución; 3 | q EN

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Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el

ahs ! +13 ABR. 2010 RESOLUCION No. 05 6 DE HOJA No. 4/9

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. Descripción Año 1 Año 2 Año 3 Año4 | Año 5 UC de Redes y 7.874.017.452| 8.846.044.914| 774.825.297 | 417.188.309 Estaciones UC de Calidad del 36.099.897 18.049.948 servicio Otros activos 131.534.710 31.074.619 Total 8.041.652.059| 8.895.169.482| 774,825.297| 417.188.309 Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2009.

Parágrafo: Las desviaciones que se presenten en el Programa de Nuevas Inversiones serán consideradas de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 de la Resolución CREG-011 de 2003.

ARTÍCULO 3. Demandas Esperadas de Volumen. Para el cálculo tarifario se utilizó la Demanda de Volumen reportada por Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP para el horizonte de proyección, la cual se presenta en el Anexo 2 de esta Resolución. ARTÍCULO 4. Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento de

ESP para el horizonte de proyección, la cual se presenta en el Anexo 2 de esta Resolución. ARTÍCULO 4. Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento de Distribución - AOM. El nivel de eficiencia obtenido del modelo de frontera de eficiencia por la empresa Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP es 98,43%. Aplicando este resultado al valor presente de los gastos de AOM propuestos para el horizonte de Proyección, se obtiene el siguiente valor para incorporar al cálculo del cargo que remunera los gastos de AOM. En el Anexo 3 se presentan los gastos de AOM para el Horizonte de Proyección. Componente $ del 31 de Dic/2009 Valor Presente de los gastos de AOM, con nivel de eficiencia 16.754.514.746 ARTÍCULO 5. Cargo Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Promedio de Distribución aplicable en el Mercado Relevante del artículo 1, para recuperar los costos de inversión y gastos de AOM para la distribución domiciliaria de gas natural por red se fija en 559,43 $/m3 (pesos de diciembre de 2009) desagregado de la siguiente manera: mponente ($/ms) Componente Inversión 387,61 Componente Gastos AOM 171,82

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 00 ¢ / q QM

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Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Maximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el

FA13 ABR, 2010 RESOLUCIÓN No. __ 9 596 DE HOJA No. 5/9

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Maximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. Parágrafo 1: El cargo piso aplicable en el Mercado Relevante del artículo 1 definido en la presente Resolución se fija en $140,53/m3 (pesos de diciembre de 2009), desagregado de la siguiente manera: ¡Componente $/m>) ¡Componente Inversión Cargo Piso 136,43 ¡Componente Gastos AOM Cargo Piso 4,10 Parágrafo 2: Estos Cargos de Distribución se actualizarán de conformidad con lo establecido en el numeral 7.8 de la Resolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 6. Cargo Máximo Base de Comercialización. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Máximo Base de Comercialización aplicable en el Mercado Relevante del artículo 1, es el siguiente. argo Máximo Base de o Mo Bs ($/factura) 2.681,93

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2009

Parágrafo: El Cargo de Comercialización se actualizará de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Resolución CREG-011 de 2003,

NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2009

Parágrafo: El Cargo de Comercialización se actualizará de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Resolución CREG-011 de 2003, ARTÍCULO 7. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifaria aplicable al mercado relevante definido en el artículo 1 de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el artículo 34 de la Resolución CREG 011 de 2003.

ARTÍCULO 8. Vigencia de la Fórmula Tarifaria, del Cargo Promedio de Distribución y del Cargo Máximo Base de Comercialización. La fórmula tarifaria, incluido el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia de las fórmulas tarifarias definidas en la Resolución CREG-011 de

2003. Vencido este periodo las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994. sj

Dw13 ABR. 2610 RESOLUCIÓN No. __ 056 DE HOJA No. 6/9

Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia.

del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia. ARTÍCULO 9. La presente Resolución deberá notificarse a Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 13 ABR. 2010

Dada en Bogota, D.C. o aia aa LV big RY SILVANA GIAIMO CHAVEZ JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO Viceministra de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegada del Ministro de Minas y Ñ Energía Presidente056 RESOLUCION No. DE 13 ABR, 2010 HOJA No. 7/9 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia.

ANEXO 1

PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES Año 1 [| —Año2 | Año3 | Año4 | Año5

departamento de Antioquia.

ANEXO 1

PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES Año 1 [| —Año2 | Año3 | Año4 | Año5

Unidad Constructiva Costo Unitario Cantidad en Km Hiciente $ TPESCO 141,491,691 1.182” 0.527" 0.088" 0.051 0.000

TPESZV 96,327,087 0.000” 0.510” 0.060” 0.030 0.000

TPEACO 95,259,400 0.941” 1755” 0.227” 0.119 0.000

TPEAZV 54,216,351 11.570” 3.457” 0.655” 0.395 0.000

TPE3CO 79,370,136” 1.490” 3.124” 0.400” 0.209 0.000

TPE3ZV 38,278,647" 7.085” 10.785” 1421” 0.752 0.000

TPE2CO 41,977,761” 1.377" 3.277" 0.416” 0.215 0.000

TPE2ZV 22,376,800” 11.743” 11.8117 1.642” 0.891 0.000

TPE3/4CO 31,686,754" 33.997” 68.078" 8.738” 4.570 0.000

TPE3/4ZV 12,025,244 ” 199.192” 163.158" 23.470” 12.905 0.000 $ de diciembre de 2009 ] Estacion descompresión 1,997,497,716 2,376,153,459 Cruces subfluviates 776,158,539 776,158,539

$ de diciembre de 2009 ] Estacion descompresión 1,997,497,716 2,376,153,459 Cruces subfluviates 776,158,539 776,158,539 Cruces subterráneos vias 33,568,839 33,568,839 Subtotal por años 8,041,652,059 8,895,169,482 774,825,297 417,188,309 0 Prenda tama ma 12) . | SILVANA GIAIMO CHAVEZ, JAVIER AUGUSTO D VELASCO Viceministra de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegada del Ministro de Minas y Energia Presidente056 RESOLUCION No. De _ 13 ABR. 2010 HOJA No. 8/9 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Maximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a Usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquia.

ANEXO 2

DEMANDAS DE VOLUMEN Año Usuarios Demanda Anual m3 1 7,880 661,700 2 20,246 2,061,109 3 24,732 4,726,209 4 27,179 — 5,710,931 5 27,815 6,215,701 6 27,817 6,346,818 7 27,817 6,349,578 8 27,817 6,349,578 9 27,817 — 6,349,578

5 27,815 6,215,701 6 27,817 6,346,818 7 27,817 6,349,578 8 27,817 6,349,578 9 27,817 — 6,349,578 10 27,817 6,349,578 11 27,817 — 6,349,578 12 27,817 — 6,349,578 13 27,817 — 6,340,578 14 27,817 — 6,349,578 15 27,817 — 6,349,578 16 27,817 — 6,349,578 17 27,817 — 6,349,578 18 27,817 — 6,349,578 19 27,817 — 6,349,578 20 27,817 — 6,349,578 Si 1 L ity MUS (amo unr : / 3 4 SILVANA GIAIMO CHÁVEZ JAVIER AUGUSTO D' VELASCO Viceministra de Minas y Energía Director Ejecutivo Delegada del Ministro de Minas y Energía Presidente056 oe 13 ABR. O10 RESOLUCION No. HOJA No. 9/9 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural distribuido por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Tierralta, Valencia, San Bernardo del Viento, Canalete, La Apartada, Moñitos, Puerto Escondido, Los Córdobas, Puerto Libertador y San José de Ure en el departamento de Córdoba, y Tarazá y Cáceres en el departamento de Antioquía.

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y

MANTENIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN - AOM

departamento de Antioquía.

ANEXO 3

PROYECCIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN - AOM Año $ de dic 2009

1 369,042,921 2 805,473,042 3 896,797,132 4 937,215,895 5 953,088,233 6 955,760,341 7 955,768,687 8 955,768,687 9 955,768,687 10 955,768,687 31 955,768,687 12 955,768,687 13 955,768,687 14 955,768,687 15 955,768,687 16 955,768,687 17 955,768,687 18 955,768,687 19 955,768,687 20 955,768,687 Bye rans? laa » q vana GIAIMO CHÁVEZ JAVIER AGUSTO Dial DÍAZ VELASCO Viceministra de Minas y Energia Director Ejecutivo Delegada del Ministro de Minas y Energía Presidente

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