CREG - Resolución 6 de 2006
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 6 de 2006
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2006
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 0 0 6 DE 2006 ( 2 1 FEB. 2 0 0 6 ) Por la cual se establecen los factores de capacidad en galones p a ra cilindros de GLP p a ra la determ inación del precio de v enta al público. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de su s facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y de acuerdo con los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Ley 142 de 1994, en especial los artículos 73 y 74.1, literal d), corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) regular las tarifas p a ra la comercialización y distribución de gas com bustible; Que según los A rtículos 73.11 y 91 de la Ley 142 de 1994 corresponde a la CREG fijar las fórm ulas tarifarias p a ra cad a u n a de las actividades relacionadas con los gases licuados del petróleo (GLP); Que el Artículo 9 de la Resolución CREG-083 de 1997, modificado por el Artículo 1 de la Resolución CREG-010 de 2001 y por el Artículo 2 de la Resolución CREG044 de 2001, establece que con base en la inform ación que reporten los grandes comercializadores sobre la composición de las m ezclas de GLP comercializadas nacionalm ente, la CREG determ inará los f a c to re s /q u e determ inan la capacidad,
comercializadores sobre la composición de las m ezclas de GLP comercializadas nacionalm ente, la CREG determ inará los f a c to re s /q u e determ inan la capacidad, en galones, de cada tipo de cilindro de GLP utilizado p a ra la distribución de GLP; Que la CREG calculó los factores de capacidad en galones p a ra cilindros de GLP, con la inform ación que le reportó ECOPETROL como único G ran Com ercializador de GLP, sobre las com posiciones prom edio del GLP producido d u ran te el año 2005 en cad a u n a de las refinerías de B arrancaberm eja, Apiay y C artagena, a través del aplicativo del Sistem a Ünico de Inform aciónSUI diseñado p a ra tal fin; Que la Com isión de Regulación de E nergía y Gas, en la Sesión No. 284 del 21 de febrero de 2006, acordó establecer los factores de capacidad en galones p a ra cilindros de GLP, con el objeto de que las em p resas d istrib u id o ras pu ed an determ in ar el precio de v enta al u su ario final de que tra ta n los A rtículos 9 de la Resolución CREG-083 de 1997, m odificada por el Artículo lo de la Resolución CREG-010 de 2001 y por el Artículo 2o de la R esolución CREG-044 de 2001;RESOLUCIÓN No. ^ ^ ^ DE 2 ^ F E B ' 2 0 0 6 HOJA No. 2/2 Por la cual se establecen los factores de capacidad en galones p ara cilindros de GLP para la determ inación del precio de venta al público.
2/2 Por la cual se establecen los factores de capacidad en galones p ara cilindros de GLP para la determ inación del precio de venta al público. Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as decidió, por unanim idad, expedir e sta resolución sin sujeción a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de resolución previstas en el artículo 9 del D ecreto 2696 de 2004, por existir razones de conveniencia general y de o p o rtu n id ad p a ra expedirlas de m an era inm ediata, como lo es que el factor de conversión es u n requisito p ara realizar la publicación de las nuevas tarifas por p arte de los agentes, obligación que deben cum plir an tes del I o de m arzo del p resen te año y por tra ta rse de u n procedim iento que se h a venido aplicando an u alm e n te desde el año 2001.
RESUELVE: A rtículo lo . A plicación de factores de capacidad ( / ) de acuerdo con la fu en te de producción. A efectos de calcular los precios de v en ta en cilindros al u su a rio final, las em presas distribuidoras de GLP, ap licarán los factores de capacidad ( / ) indicados en el Artículo 2 de e sta R esolución, de acuerdo con el sitio de donde provenga el GLP que distribuyen en cilindros.
A rtículo 2o. F actores de capacidad, en galon es, de cilin d ros de GLP [ f ). Fíjense los siguientes factores p a ra aplicar las fórm ulas contenidas en el Artículo 9 de la R esolución CREG-083 de 1997, m odiñcado por el Artículo lo de
Fíjense los siguientes factores p a ra aplicar las fórm ulas contenidas en el Artículo 9 de la R esolución CREG-083 de 1997, m odiñcado por el Artículo lo de la R esolución CREG-010 de 2001, y en el Artículo 2 de la R esolución CREG-044 de 2001, p a ra d eterm in ar el precio de ven ta de GLP en cilindros, al u su ario final. Fuerte de producción volumen de GLP en galones (f) 100 Ib 80 Ib 40 Ib 30 Ib 20 Ib Barrancabermeja 21.321 16.417 8.523 7.036 4.264 Cartagena 22.164 17.067 8.366 7.314 4.433 Apiay 22.196 17.091 8.679 7.325 4.439 A rtículo 3o. V igencia de los factores ( / ). Los factores indicados en el anterior artículo se rán revisados por la CREG de acuerdo con la inform ación rep o rta d a por los G randes Com ercializadores, como lo establecen los Artículos lo de la R esolución CREG-010 de 2001 y 2o de la R esolución CREG-044 de 2001, respectivam ente. E stos factores e stará n vigentes h a s ta tan to la CREG no publique u n o s diferentes. A rtículo 4o. V igencia. E sta Resolución rige a p artir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no procede recurso alguno por la vía gubernativa por tratarse de u n acto de carácter general.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
D ada en Bogotá, D. C., el día 1 j fEB. 2006 sh c aNdlanoMANUEL MAIG
tratarse de u n acto de carácter general.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
D ada en Bogotá, D. C., el día 1 j fEB. 2006 sh c aNdlanoMANUEL MAIG / ' Vicem inistm ále M inas y Energía Delegado del M inistro de M inas y Energía Presidente
RICARDO RAM
Direífó Ejecutiva