CREG - Resolución 64 de 2012

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 64 de 2012
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2012

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS 064 RESOLUCION No. DE 2012 ( 2 5 JUN. 2012 ) Por la cual se aprueba el Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 a Ruitoque S.A. E.S.P. y se modifica la Resolución CREG 124 de 2009 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los decretos 1524 y 2253 de 1994, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo previsto en los artículos 23, literales c) y d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas definir la metodologia para el cálculo y fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas, así como el procedimiento para hacer efectivo su pago; Que mediante el Decreto 387 de 2007, modificado por el Decreto 4977 de 2007, el Gobierno Nacional estableció las políticas generales en relación con la actividad de comercialización del servicio de energía eléctrica; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG 097 de 2008, aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local. Dicha Resolución incluye disposiciones correspondientes al tratamiento de las pérdidas reconocidas en los sistemas de transmisión regional y distribución local; Que a través de la Resolución CREG 124 de 2009 la Comisión aprobó los

y Distribución Local. Dicha Resolución incluye disposiciones correspondientes al tratamiento de las pérdidas reconocidas en los sistemas de transmisión regional y distribución local; Que a través de la Resolución CREG 124 de 2009 la Comisión aprobó los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la empresa Ruitoque S.A. E.S.P. en el Sistema de Distribución Local (SDL); Que los índices de pérdidas reconocidos para cada nivel de tensión del sistema operado por Ruitoque S.A. E.S.P., en adelante Ruitoque, fueron establecidos en el Artículo 5 de la Resolución CREG 124 de 2009;

=p Rad (12 5 JUN. 2012 RESOLUCIÓN No. — 064 DE HOJA No. 2/4

Por la cual se aprueba el Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 a Ruitoque S.A. E.S.P. y se modifica la Resolución CREG 124 de 2009 Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG 172 de 2011, aprobó la metodología para la implementación de los planes de reducción de pérdidas no técnicas en los Sistemas de Distribución Local, incluyendo la metodología para la aprobación del Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 en todos los mercados de comercialización; Que Ruitoque, mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los Nos. E-2012-000596 y E-2012-000639 recibidas el día 26 de enero de 2012, sometió a aprobación de la Comisión el Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución CREG 172 de 2011;

sometió a aprobación de la Comisión el Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución CREG 172 de 2011; Que mediante el auto radicado en la CREG con el No. I-2012-000478 del 10 de febrero de 2012 se dio inicio a la actuación administrativa con el objeto de decidir la solicitud de aprobación del Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 para Ruitoque y se ordenó la formación del expediente; Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 15 y 16 del Código Contencioso Administrativo, a través de la comunicación con radicado CREG S-2012-000431, se solicitó a Ruitoque publicar el resumen de la solicitud de aprobación del Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 en un periódico de amplia circulación en la zona donde presta el servicio, o en uno de circulación nacional; Que Ruitoque realizó la publicación solicitada en el diario La República del 17 de febrero de 2012 y, a través de la comunicación radicada bajo el código E2012-001265, envió a la Comisión copia de la misma; Que XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., a través de las comunicaciones con radicados CREG E-2011-005770, E-2011-005771, E-2011-005772 y E-2011-005773, envió a la Comisión la información de la demanda comercial y lecturas crudas registradas en las fronteras comerciales de todos los agentes del mercado para el año 2010; Que de la misma forma, XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., a

demanda comercial y lecturas crudas registradas en las fronteras comerciales de todos los agentes del mercado para el año 2010; Que de la misma forma, XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., a través de comunicación con radicado CREG E-2012-000159, envió a la Comisión la información de la demanda comercial y lecturas crudas registradas en las fronteras comerciales de todos los agentes del mercado para el año 2011; Que de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución CREG 172 de 2011, el dia 16 de mayo de 2012 se consultó la información comercial del Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron los datos correspondientes a Ruitoque para los años 2010 y 2011; Que el análisis de la información aportada por Ruitoque se resume en el Documento CREG 031 de 2012 soporte de la presente Resolución; Que, de conformidad con el procedimiento establecido en el Anexo 5 de la Resolución CREG 172 de 2011, se calculó el Índice de Pérdidas de Nivel de Cp Ward

paRESOLUCIÓN No. — 0 6 4 DE 25 JUN. 2012 HOJA No. 3/4

Por la cual se aprueba el Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 a Ruitoque S.A. E.S.P. y se modifica la Resolución CREG 124 de 2009 Tensión 1 para el sistema operado por Ruitoque, tal como se detalla en el documento soporte de la presente Resolución, Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión No. 523 del 25 de junio de 2012, acordó expedir la presente resolución;

RESUELVE:

documento soporte de la presente Resolución, Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión No. 523 del 25 de junio de 2012, acordó expedir la presente resolución; RESUELVE: Artículo 1. Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1. El indice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 reconocido para el sistema operado por el OR Ruitoque S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 172 de 2011, es: Pj,1,0 = 9,57% Parágrafo: De conformidad con el numeral 5.1 del Anexo 5 de la Resolución CREG 172 de 2011, a partir de la aprobación de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del año 2013 el valor de P;,1 será igual a 9,82 %. Para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014 el valor de P; 1 será igual a 9,69 % y a partir del 1 de enero de 2015 corresponderá al valor señalado en este artículo para Pj,1,0. Artículo 2. Modificación del artículo 5 de la Resolución CREG 124 de

2009. El artículo 5 de la resolución CREG 124 de 2009 queda asi: “Artículo 5. Pérdidas reconocidas. Las pérdidas reconocidas para cada nivel de tensión del sistema operado por el OR Ruitoque S.A.

E.S.P,, calculadas en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008 y 172 de 2011, son: Índice de pérdidas reconocidas (%) Nivel de Tensión 3 (Py 3) 0,00 Nivel de Tensión 2 (Py 2) 2,36

de 2008 y 172 de 2011, son: Índice de pérdidas reconocidas (%) Nivel de Tensión 3 (Py 3) 0,00 Nivel de Tensión 2 (Py 2) 2,36 Nivel de Tensión 1 (Py, 1) 9,57

Parágrafo: A partir de la aprobación de la resolución que defina el Índice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 reconocido para el sistema operado por Ruitoque S.A. E.S.P. y hasta el 31 de diciembre del año 2013 el valor de P,1 será igual a 9,82 %, Para el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014 el valor de Pj 1 será igual a 9,69 % y a partir del 1 de enero de 2015 corresponderá al valor señalado en este artículo,” Artículo 3. Vigencia. De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la resolución CREG 172 de 2011, el valor aprobado en esta resolución estará

OT Yard25 JUN. 2012 RESOLUCIÓN No. __0 6 4 DE HOJA No. 4/4

Por la cual se aprueba el Indice de Pérdidas de Nivel de Tensión 1 a Ruitoque S.A. E.S.P. y se modifica la Resolución CREG 124 de 2009 vigente desde la fecha en que quede en firme y continuará rigiendo hasta que la Comisión apruebe uno nuevo. Artículo 4. Recursos. La presente resolución deberá notificarse al representante legal de Ruitoque S.A. E.S.P., contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección

Artículo 4. Recursos. La presente resolución deberá notificarse al representante legal de Ruitoque S.A. E.S.P., contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 JUN. 2042 7 J TOMAS GONZALEZ ESTRADA GERMAN CASTRO FERREIRA Viceministro de Energia Director Ejecutivo Delegado del Ministro de Minas y Energia esidente

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