CREG - Resolución 67 de 2005
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 67 de 2005
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2005
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. DE 2005 ( t h H A Y O 2005 ) Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto co n tra la Resolución CREG 005 de 2005. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de su s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los D ecretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO: Que m ediante la R esolución CREG 082 de 2002, la Com isión aprobó los principios generales y la m etodología p a ra el establecim iento de los Cargos por Uso de los Sistem as de T ransm isión Regional (STR) y de D istribución Local (SDL); Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° de la R esolución CREG 082 de 2002, cu an d o en tren en operación nuevos activos de u so del Nivel de Tensión 4 o de conexión al STN, el costo a n u al por u so de los activos del Nivel de T ensión 4 o el Costo A nual de los Activos de Conexión al Sistem a Interconectado Nacional, podrá ser revisado por la Com isión p a ra lo cual se requiere la aprobación de los proyectos por p arte de la U nidad de Planeación M inero-Energética.
Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as m ediante R esolución CREG 005 de 2005 aprobó la a c tu alización de los costos de los activos de Nivel de
M inero-Energética. Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as m ediante R esolución CREG 005 de 2005 aprobó la a c tu alización de los costos de los activos de Nivel de Tensión 4 de la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S. A. E.S.P., por la inclusión de los activos correspondientes a la línea A ltam ira - Pitalito de 115 kV; Que m ediante com unicación rad icad a en la CREG bajo el n ú m ero E-2005002023 del 16 de m arzo de 2005, la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S. A. E.S.P., in terp u so o p o rtunam ente recurso de reposición co n tra la Resolución CREG 005 de 2005, con base en los siguientes argum entos: “1. La CREG expidió la resolución 005 de 2 0 0 5 “ Por la cual s e actualiza el Costo Anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 a la pn&RESOLUCIÓN No. 0 6 7 DE 2 ¿ ^ 2005 HOJA No 7^ - Por la cu al se resuelve el recurso de reposición in terp u esto co n tra la Resolución CREG 005 de 2005. ELECTRIFICADORA DEL HUILA S. A. E.S.P. modificando la resolución CREG 0 5 7 de 2 0 0 3 “
2. La resolución CREG 05 de 2 0 0 5 se soporta en el Documento CREG — 009 del 24 de febrero de 2 0 0 5 denominado "Solicitud de la Electrificadora del Huila p a ra incluir activos nuevos de nivel de tensión 4 ” en el cual se
del 24 de febrero de 2 0 0 5 denominado "Solicitud de la Electrificadora del Huila p a ra incluir activos nuevos de nivel de tensión 4 ” en el cual se señala, numeral 3.2, que la Unidad de planeam iento Minero Energético — UPME emitió concepto de fech a 12-11-04 en el que la Unidad expone: "La Unidad llevó a cabo la revisión de los análisis técnicos realizados por la Electrificadora del Huila, encontrando que las conclusiones con respecto al proyecto Altamira - Pitalito 115 Kv corresponde a la información del estudio y existe coherencia entre el análisis efectuado p o r Electrohuila y la viabilidad técnica de este proyecto. La dem anda máxima de potencia que se atenderá con dicha línea, durante el año 2 0 0 5 es d e 13 MVA” (Subrayado nuestro).
3. De acuerdo con la información registrada en la Subestación Altamira correspondiente al circuito Altamira - Pitalito a 115 kV, la dem anda máxima durante lo transcurrido del año 2 0 0 5 es de 15.72 MVA, y la proyectada a Diciembre de 2 0 0 5 usando el factor p a ra el escenario medio d e crecimiento d e dem anda seria de 16.23 MVA.
Los datos que respaldan este valor (15.72 MVA). s e toman de las planillas de lecturas operativas de la subestación Altamira. Por lo anteriormente expuesto, respetuosam ente solicitamos a la CREG se sirva MODIFICAR LA RESOLUCIÓN CREG 005 DE 2 0 0 5 de tal manera
de lecturas operativas de la subestación Altamira. Por lo anteriormente expuesto, respetuosam ente solicitamos a la CREG se sirva MODIFICAR LA RESOLUCIÓN CREG 005 DE 2 0 0 5 de tal manera que s e tenga en cuenta para efecto del cálculo del valor a reconocer una dem anda máxima de 16.23 MVA que es la esperad a p a ra el año 2 0 0 5 .” A n álisis de lo s fu n d am en tos del R ecurso. Que respecto del argum ento expuesto en el n u m era l 2 de la solicitud, en efecto el citado docum ento m enciona la com unicación UPME 7317 del 29 de noviem bre de 2004, en la cual se establece: "La Unidad llevó a cabo la revisión de los análisis técnicos realizados po r la Electrificadora del Huila, encontrando que las conclusiones con respecto al proyecto Altamira - Pitalito 115 Kv corresponde a la información del estudio y existe coherencia entre el análisis efectuado p o r Electrohuila y la viabilidad técnica de este proyecto. La dem anda máxima d e potencia que s e atenderá con dicha línea, durante el año 2 0 0 5 es de 13 MVA” Que la com isión tuvo en cu en ta a su vez en su decisión el contenido de la com unicación dirigida a la CREG, rad icad a con el n ú m ero E -2004-009805 del 3 de diciem bre de 2004 en la cual la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. envió la solicitud a la CREG de reconocim iento de la Línea A ltam ira - Pitalito de 115 kV y los m ódulos asociados, la cu al expone:
S.A. E.S.P. envió la solicitud a la CREG de reconocim iento de la Línea A ltam ira - Pitalito de 115 kV y los m ódulos asociados, la cu al expone: “ (...)De acuerdo con lo establecido en la resolución 082 de 20 0 4 (sic.) al (sic) línea radial se considera su valor de eficiencia de la siguiente manera
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Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto co n tra la R esolución CREG 005 de 2005. Potencia máxima esperada para el primer año de operación 13 MVA Longitud de la línea 40.585 km (...) Que la decisión recu rrid a se tomó de la inform ación existente a la fecha y se fundam entó en la exigencia del Artículo 6 o de la R esolución CREG 082 de 2002, relativa a la aprobación del proyecto relacionado con activos de u so del Nivel de T ensión 4 por parte de la UPME, el cual, a la fecha no h a sido modificado en s u alcance; Que la Com isión, en Sesión No. 257 del día 24 de m ayo de 2005, acordó expedir la p resen te resolución; RESUELVE: Artículo 1. No reponer la R esolución CREG 005 de 2005. Artículo 2. C ontra la presen te decisión no cabe recu rso alguno en la vía gubernativa.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, D ada en Bogotá, a los 2 4 M AYO 2 0 0 5
gubernativa.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, D ada en Bogotá, a los 2 4 M AYO 2 0 0 5
ANA MARÍA BR1CEÑÓ MORALESMANUEL MÁIGÚASHCA OLANO / Vicem inistro de M inas y Energía D irectora Ejecutiva . / Delegado del M inistro de M inas y Energía Presidente