CREG - Resolución 68 de 2005

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 68 de 2005
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2005

R epública de C olom bia Ministerio de Minas y Energía CO M ISIÓ N DE R E G U L A C IÓ N DE E N E R G ÍA Y G A S RESOLUCIÓN No. 06 8 DE 2005 ^ 2 ~i H AtO ¿ 0 0 i3 ) Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la R esolución CREG 002 de 2005. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS en u so de su s facultades legales, en especial, las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 589 de 2001 y en desarrollo del Decreto 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que de conform idad con lo dispuesto en la Ley 142 de 1994, corresponde a la Com isión de Regulación de E nergía y G as regular la prestació n del servicio de gas com bustible; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 589 de 2001, corresponde a la CREG expedir la regulación relacionada con la reposición y m antenim iento de los cilindros y tan q u e s estacionarios utilizados en la com ercialización del GLP; Que en desarrollo de lo establecido en el artículo 23 de la Ley 689 de 2001, la CREG expidió la Resolución 019 de 2002, por la cual se ad o p ta la regulación aplicable a la reposición y m antenim iento de cilindros y tan q u es estacionarios utilizados en la prestación del servicio de G as Licuado del Petróleo (GLP), disponiendo el establecim iento de m etas individuales de reposición de cilindros portátiles;

estacionarios utilizados en la prestación del servicio de G as Licuado del Petróleo (GLP), disponiendo el establecim iento de m etas individuales de reposición de cilindros portátiles; Que la Resolución CREG-071 de 2002 establece que la CREG definirá m etas de reposición sin perjuicio de la program ación de can tid ad es adicionales que realicen las em presas d istrib u id o ras de GLP; Que el artículo 5 o de la Resolución 071 de 2002 establece los criterios generales p a ra la program ación y ejecución de las actividades de reposición y m antenim iento de cilindros portátiles;RESOLUCIÓN No. ® ^ DE - ^ "005 HO JA No. 2/11 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP contra la Resolución CREG 002 de 2005. Que con fundam ento en lo anterior, la Com isión de R egulación de E nergía y G as expidió la Resolución 002 de 2005 “ Por la cuál se program an las m etas individuales para el cumplimiento del programa de reposición y mantenimiento de cilindros portátiles utilizados en la prestación del servicio de Gas Licuado del Petróleo (GLP) para el periodo marzo de 2 0 0 5 a febrero de 2 0 0 6 .” Que en la citad a Resolución, la CREG dispuso que la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP debe cum plir las siguientes m etas individuales de reposición y m antenim iento de cilindros portátiles, p a ra el periodo Marzo de 2005 a Febrero de 2005: 523 cilindros de 20 libras en cada

individuales de reposición y m antenim iento de cilindros portátiles, p a ra el periodo Marzo de 2005 a Febrero de 2005: 523 cilindros de 20 libras en cada un o de los cuatro trim estres y 8.639 cilindros de 40 libras p a ra cada un o de los trim estres. Que la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP, dentro del térm ino legal, in terp u so recurso de reposición co n tra la R esolución 002 de 2005, con el objeto de que se m odifiquen las m etas individuales de reposición y m antenim iento de cilindros portátiles a e sa com pañía. FUNDAMENTOS DEL RECURSO Que el rep resen ta n te legal de la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP p resen ta en lo radicados E -2 0 0 5 -0 0 2 150; E -2005-002202 y E2005-002276 como fundam entos del recurso los siguientes argum entos: Radicado E -2 0 0 5 -0 0 2 150 “ El Recurso va encam inado a fin de que se reponga la resolución recurrida en el sentido de incrementar las m etas m ínimas individuales fija d a s a la em presa que represento en la reposición de cilindros portátiles. “ En efecto la em presa que represento es una distribuidora minorista de GLP con presencia en la m ayor parte del territorio nacional, a través de Agencias Comerciales con marcas debidam ente registradas ante la Superintendencia de Industria y Comercio, con establecimientos comerciales así:

  • Gas Norte Neiva KM 3 .5 VÍA AL SUR

Comerciales con marcas debidam ente registradas ante la Superintendencia de Industria y Comercio, con establecimientos comerciales así:

  • Gas Norte Neiva KM 3 .5 VÍA AL SUR • Gas Norte Ibagué KILOMETRO 5 VÍA PICALEÑO . Gas Norte La Dorada KM.3 VÍA ECOPETROL MARGEN IZQUIERDA PTO

SALBAR • Gas Norte Florencia CLL. 2 0 BARRIO LAS ACACIAS “ La sociedad RAMIREZ GONZALEZ RO JAS Y CIA SCA ESP. distribuye GLP en los siguientes departam entos de Colombia: Cundjnamarca, Boyacá, Antioquia Gas Norte Cúcuta Doragas Gas Mayo Gas País Santander Gas País Bogotá Gas País Tunja Gas Uraba

KILOMETRO 3.5 VÍA PUERTO SANTANDER

KILOMETRO 2 Vía al Santuario

KILOMETRO 2 .5 VÍA A KANAKAS KILOMETRO 7.5 vía Girón

CALLE 12 #3-43 Z. INDUSTRIAL CAZUCA

ENTRADA No. 2

CL. 8 0 # 11-70 PARQUE INDUSTRIARESOLUCIÓN No. 0 6 8 DE I h 2 0 0 5 HOJA No. - ^ n Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. __________________________ (incluido el Uraba), Caldas, Quindio, Norte de Santander, Santander. Huila, Tolima. Valle del Cauca. Cauca y Meta. “ Igualm ente distribuye y comercializa GLP en los departam entos del Cáqueta y

(incluido el Uraba), Caldas, Quindio, Norte de Santander, Santander. Huila, Tolima. Valle del Cauca. Cauca y Meta. “ Igualm ente distribuye y comercializa GLP en los departam entos del Cáqueta y Putumayo, considerados como zonas lejanas. “ Como distribuidores y prestadores del servicio público domiciliario de gas GLP se nos ha venido asignando m etas de reposición de cilindros de acuerdo con las resoluciones No. 20 de 2003 y No. 5 7 de 2 0 0 4 expedidas p o r la COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS y adicionalmente hem os solicitado programaciones de cantidades adicionales que nos han sido autorizadas y ejecutadas en su integridad así: 'i t A : 6/.-'. m a m : r J ADfobación ' CURAIS aS:;; y 2.roo' 1,700 4 de A gosla de 2004 | ! l 1 0 de Agosto de 2004 CURAIS 4.000 • 4.00U 30 d e Noviem bre d e 2004 7 de Diciem bre de 2004 I CILPAIS ■ 4 000 ! 4.000 27 de Enero d e 2005 5 de F ebrero de 2CC5 CILGAS y 2.000 1.098 1 de Marzo da 2005 1 d e M arzo de 2CC5 ■ TOTALES ' - íU jis ft '' “ Para su información la compañía que represento RAMIREZ QONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP a Diciembre 31 de 2004 realizó la reposición de 96.232

■ TOTALES ' - íU jis ft '' “ Para su información la compañía que represento RAMIREZ QONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP a Diciembre 31 de 2004 realizó la reposición de 96.232 cilindros, discriminados así: 12.250 cilindros de 2 0 libras, 8 3 .325 cilindros de 40 libras. 657 cilindros de 100 libras, con un prom edio m ensual de 8.016 cilindros por mes, teniendo en cuenta que en varios m eses no se pu d o ejecutar el programa, según informe de Interventoría entregado al COMITÉ FIDUCIARIO a Diciembre 31 de 2004. “ Como se p u e d e observar en la em presa estam os comprometidos a darle m ayor djnám ica al proceso de reposición de cilindros, a p e sa r de que no hem os podido cumplir con la totalidad de los m etas fija d a s y es así que a partir del m es de Septiem bre de 2003 adicional a la fábrica CILPAIS IRG SA. hem os solicitado reposición a través de la fábrica CIEGAS SA ubicada en la ciudad de Bogotá, durante el año 2004 y continuaremos en form o intensiva de acuerdo a lo programado en el año. “ A continuación expongo algunas de las situaciones que requieren de una m ayor atención p o r los entes involucrados en el proceso de reposición de cilindros y que mejorarían la dinámica de este programa:

1. Falta de publicidad del programa

2. La situación de orden público de la m ayor parte del territorio nacional.

3. Incumplimiento reiterado del comité fiduciario, quien no ha adoptado las

cilindros y que mejorarían la dinámica de este programa:

1. Falta de publicidad del programa

2. La situación de orden público de la m ayor parte del territorio nacional.

3. Incumplimiento reiterado del comité fiduciario, quien no ha adoptado las m edidas necesarias para facilitar el cumplimiento de los program as de reposición y mantenimiento, al no desarrollar el program a de promoción y capacitación a usuarios, quienes desconocen las bondades de la reposición y la obligatoriedad del programa.si R ■ ? : • m^y í! ?nm RESOLUCION No. U D DE - L ' ' ¿U D HOJA No. a / n Por la cu al se resuelve el recurso de reposición in terp u esto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005.

4. La fa lta de involucramiento de las autoridades departamentales; municipales y de policía, quienes desconocen gran parte de las bondades, exigencias y obligatoriedad del program a de reposición de cilindros, que dificulta para que los usuarios accedan al dicho programa.

5. La fa lta de compromiso de todo el sector en desarrollar en una form a m ás dinámica, p u e s observam os que un gran número de em presas escasam ente inician su compromiso con el programa de reposición de cilindros.

6. Los costos de transportes, que algunas em presas distribuidoras como la nuestra, deben asumir, para desarrollar program as de reposición con fábricas diferentes a las cercanas al centro de distribución.

7. Los altos costos de lámina llevaron a que el cilindro en algunos m eses no hubiera sido fácil su consecución por parte de las distribuidoras y el hecho de

diferentes a las cercanas al centro de distribución.

7. Los altos costos de lámina llevaron a que el cilindro en algunos m eses no hubiera sido fácil su consecución por parte de las distribuidoras y el hecho de que las m ism as em presas fabricantes suspendieran las entregas al programa p o r diferencias de precios en el reconocimiento de su pago, p o r parte del modelo de la COMISION DE REGULACION DE ENERGÍA Y GAS les fijo. ‘ Adicionalm ente a la buena voluntad que la em presa ha mantenido, som os concientes que aun la dinámica del mercado no ha perm itido que todo el sector empresarial se comprometa en el proceso de reposición, entre otras por las siguientes razones: la dificultad para que los usuarios nos entreguen el cilindro de 40 libras, la dificultad para llegar a ciertas zo n a s de difícil acceso y zo n a s lejanas en las cuales por factores de orden público, no nos perm iten incursionar en esos mercados o retirar los cilindros. “ Nuestro compromiso es a nivel nacional, y a que el radio de acción de la empresa, es de casi totalidad de los departam entos del p a ís y con las m etas de reposición que nos asignaron no podem os cumplir satisfactoriam ente con las m etas de nuestro mercado. En este momento consideram os que las m etas que nos asignaron para los trimestres: Marzo 2 0 0 5 a Febrero 2 0 0 6 y para el sem estre: Marzo — Agosto de 2005, individualm ente no atienden las necesidades que nuestra compañía debe desarrollar en el territorio nacional para atender a los usuarios de la cada una de nuestra agencia o zonas que atendem os. En tal sentido, solicitamos se asignen m etas, que obedezcan a la

necesidades que nuestra compañía debe desarrollar en el territorio nacional para atender a los usuarios de la cada una de nuestra agencia o zonas que atendem os. En tal sentido, solicitamos se asignen m etas, que obedezcan a la realidad del compromiso que precede a nuestra compañía a nivel nacional, igualm ente a la participación dentro del mercado de distribución de GLP, como servicio público domiciliario, que hoy en día poseem os como RAMÍREZ GONZALEZ RO JAS Y CIA SCA ESP, en el cual asciende al 16% aproximadamente. “ Adicionalmente a lo expresado, es nuestro compromiso solicitar m etas adicionales, para algunas zonas, los cuales oportunam ente harem os el requerimiento al COMITÉ FIDUCIARIO, como y a lo hem os solicitado en otras oportunidades. Radicado E -2005-002202 “ manifiesto que amplio el RECURSO DE REPOSICION contra la resolución No. 002 del 2 4 de febrero de 2005, por medio de la cual se program an las m etas individuales p a ra el cum plim iento del program a de reposición y m antenim iento de cilindros portáliles, utilizados en la prestación del servicio de gas licuado de petróleo "GLP" p o r el periodo Marzo de 2 0 0 5 a Febrero deRESOLUCION No. 0 6 p DE r e 2005 HOJA No. Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad RAMIREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. 2006, y dando alcance a la comunicación No. D G -065-2005 de fec h a 22 de

ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. 2006, y dando alcance a la comunicación No. D G -065-2005 de fec h a 22 de marzo de 2 0 0 5 y radicado en s u s oficinas el día 22 de Marzo, p or medio del presente me permito anexar corrección a la página No. 04 del recurso de reposición presentado por la em presa que represento. N uestra corrección obedece a las m etas que solicitamos para el sem estre Marzo 2 0 0 5 — Agosto 2005, equivocadam ente el anexo que se incluyo en el recurso de reposición inicialmente presentado, no es el correcto para la solicitud de nuestras metas, po r lo tanto solicitamos de una m anera m uy especial, se tenga en cuenta para la asignación de nuestras m etas solicitadas en nuestro recurso, los cuales a continuación solicitamos:

DICTEMftbE

I

SEPTIEWbbE'

NOVIEMBRE

2005

ANALISIS UNITARIO MARZOMAYO 2005

TOTALES M e ta s Trimestral fotMes i.SOO 9.000 1 .300 11.300 10.500 10.500 Tot /ReoosüCíórt Primer Sem estre i! ’ Segundo Semestre r m n Radicado E -2005-002276 “ manifiesto que amplio el RECURSO DE REPOSICIÓN contra la resolución No. 002 del 24 de febrero de 2005, por medio de la cual se program an m etasí! ft RRESOLUCIÓN No. u u DE . ? L f e Y H ? ñ l i h HOJA No. 5/11

002 del 24 de febrero de 2005, por medio de la cual se program an m etasí! ft RRESOLUCIÓN No. u u DE . ? L f e Y H ? ñ l i h HOJA No. 5/11 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad RAMIREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. individuales para el cumplimiento del programa de reposición y mantenimiento de cilindros portátiles utilizados en la prestación del servicio de g a s licuado de petróleo “ GLP" p o r el período Marzo de 2 0 0 5 a Febrero de 2006, y dando alcance a la comunicación No. DG -065-2005 de fe c h a 22 de marzo de 2 0 0 5 y radicado en s u s oficinas el día 22 de marzo, por medio del presen te me permito anexar la corrección a la página No. 04 del recurso de reposición presentado por la em presa que represento. N uestra corrección obedece a las m eta que solicitamos para el sem estre Marzo 2005-Agosto 2005, equivocadam ente el anexo que se incluyo en el recurso de reposición inicialmente presentado, no es el correcto para la solicitud de nuestras metas, por lo cual el día 23 de Marzo de 2 0 0 5 se envió m ediante correo certificado de ADPOSTAL la ampliación del RECURSO DE REPOSICION y se transmitió por fa x en el día de hoy, copia de la ampliación del RECURSO y copia de la guía de ADPOSTAL, debido a que el miércoles no laboraron en la CREG.

ANALISIS DEL RECURSO

fa x en el día de hoy, copia de la ampliación del RECURSO y copia de la guía de ADPOSTAL, debido a que el miércoles no laboraron en la CREG. ANALISIS DEL RECURSO P ara h acer el an álisis del presente recurso, se co nsidera p ertin en te h acer las siguientes consideraciones generales: De conform idad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 689 de 2001, la CREG expide el esquem a de adm inistración y recaudo de los recursos provenientes del M argen de Seguridad, así como el esquem a de m antenim iento y reposición de cilindros utilizados en la p restación del servicio público dom iciliario de GLP. La Com isión de Regulación de E nergía y G as -CREG - con ocasión de la expedición de la Ley 689 y conform e al contenido del artículo 23, solicita concepto a la firm a B ejarano, C ardenas y O spina A sociados Ltda lo anterior, con el ñ n de establecer la n atu rale za ju ríd ica de los recu rso s provenientes del m argen de seguridad. En el concepto m encionado la firm a c o n tratad a conceptuó que del contenido del artículo 23 de la Ley 689 se podía establecer que el rubro m argen de seguridad con destino exclusivo al m antenim iento y reposición de los cilindros y tan q u e s estacionarios utilizados en la com ercialización de GLP es contribución legal que grava ú nicam ente a los u su a rio s del GLP y cuyo producto e stá destinado específicam ente a satisfacer n ecesidades propias y

contribución legal que grava ú nicam ente a los u su a rio s del GLP y cuyo producto e stá destinado específicam ente a satisfacer n ecesidades propias y exclusivas del m ism o sector, de los u su a rio s del GLP y por lo tan to es u n recurso público que se a ju sta a las características de u n a contribución parafiscal. Es así como bajo este contexto jurídico, la CREG al expedir las n orm as relacionadas con el esquem a de adm inistración y recaudo de los recu rso s así como las n o rm as relacionadas con el m antenim iento y la reposición de los cilindros portátiles utilizados en la p restación del servicio público dom iciliario de GLP debe observar que estos recu rso s sean adm inistrados ad ecu ad am en te y tengan u n a correcta destinación. La Resolución CREG 019 de 2002, norm a por la cual se a d o p ta la regulación aplicable al esquem a de reposición y m antenim iento de cilindros utilizados en la p restación del servicio público dom iciliario de GLP establece en suRESOLUCIÓN No. ^ ^ DE - H A í : ; 7 -Q 0 b HOJA No. v m Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. artículo 22 que la Com isión de Regulación de E nergía y G as d eterm in ará las m etas de reposición y m antenim iento de cilindros. De igual m an era el artículo 13 de la Resolución citada dispone que los d istribuidores deben

m etas de reposición y m antenim iento de cilindros. De igual m an era el artículo 13 de la Resolución citada dispone que los d istribuidores deben cum plir con las m etas individuales de reposición y m antenim iento que establezca la regulación. Posteriorm ente, m ediante Resolución CREG 071 de 2002 se establecen las m etas individuales p a ra el program a de reposición y m antenim iento de cilindros portátiles tom ando como referencia 20, 40 y 100 libras. La resolución a que se hace alusión determ ina los criterios generales p ara la program ación y ejecución de la actividad de reposición de cilindros así como se hizo en las resoluciones 020 de 2003, 057 de 2004 y 002 de 2005 que contem plan las m etas program adas p a ra los diferentes períodos. C oncretam ente en el artículo 1° de la R esolución CREG 002 de 2005 se establecieron los criterios a ten er en c u e n ta en las actividades de reposición y m antenim iento de cilindros así: (i

1. Las m etas individuales que se establecen en esta Resolución son las m etas m ínim as que debe cumplir cada em presa distribuidora de GLP que utilice cilindros portátiles para la prestación del servicio. El incumplimiento de esta s m etas dará lugar a la aplicación de los correspondientes procedim ientos adm inistrativos p o r parte de la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

2. El Comité Fiduciario podrá adoptar lineamientos generales, basados en criterios de eficiencia, para coordinar con las em presas distribuidoras de

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

2. El Comité Fiduciario podrá adoptar lineamientos generales, basados en criterios de eficiencia, para coordinar con las em presas distribuidoras de GLP las program aciones que ésta s últim as deben realizar para el cumplimiento de su s m etas de reposición, respetando las m etas individuales fija d a s en la presen te Resolución.

3. Las em presas distribuidoras de GLP podrán programar, p a ra reposición o mantenimiento, cantidades de cilindros portátiles adicionales a las previstas en esta Resolución, y su ejecución estará sujeta a la aprobación del Comité Fiduciario.

4. Las em presas distribuidoras de GLP, que en los térm inos previstos en el artículo 11.8 de la Ley 142 de 1994 inform en del inicio de su s operaciones a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, serán incluidas dentro del program a de reposición y mantenimiento, p a ra lo cual la CREG procederá a fija r las m etas individuales correspondientes.

5. Cuando las em presas distribuidoras a las cuales se les ha asignado m etas sea n sujeto de fusiones, debidam ente autorizadas por la autoridad competente, las m etas individuales de la sociedad absorbente corresponderán a las m etas agregadas de cada un a de las em presas

absorbidas.RESOLUCIÓN No. 0 6 8 DE ? !> ^ ^ HOJA No. a / 1 1 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ

absorbidas.RESOLUCIÓN No. 0 6 8 DE ? !> ^ ^ HOJA No. a / 1 1 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005.

6. Las m etas individuales de reposición para zo n a s distantes deberán ser ejecutadas en cualquier momento, durante el período comprendido entre el I o de marzo de 2 0 0 5 y el 28 de febrero de 2006. “ De o tra parte p a ra definir las m etas individuales de reposición aplicables al año 2005, contenidas en la Resolución CREG 002 de 2005 , se estim ó el tam añ o del p arq u e de cilindros en circulación p a ra a te n d er la dem an d a a ctu al del Servicio Público Domiciliario de GLP. Esto se realizó con base en la inform ación de v entas rep o rtad as al SUI por cad a u n o de los distribuidores d u ra n te el segundo sem estre de 2004 y utilizando los criterios detallados en el docum ento 007 del 24 de febrero de 2005 soporte de la R esolución 002 objeto de recurso.

Se estableció u n a m eta m ínim a específica por em presa p a ra la reposición de cilindros de 20 y 40 libras. Los cilindros de 20 libras que qu ed an en el p arque requerido p a ra aten d er la dem an d a actu al se rán rep u esto s en su totalidad con el fin de elim inar u n tam año del m ercado, facilitando así las

p arque requerido p a ra aten d er la dem an d a actu al se rán rep u esto s en su totalidad con el fin de elim inar u n tam año del m ercado, facilitando así las labores de control. Los cilindros re sta n te s de 40 libras necesarios p a ra aten d er la d em an d a actu al serán rep u esto s en los siguientes cinco años, contados a p a rtir de esta vigencia, lo cual se d eterm in a con b ase en los recu rso s del m argen de seguridad disponibles y que se esp era rec au d ar d u ran te el tra scu rso del año. Es decir, p a ra el período m arzo 2005 - febrero 2005 se h a program ado el 20% del p arque de 40 libras que se estim a falta por reponer. Las m etas globales de reposición de cilindros de 20 y 40 libras corresponden aproxim adam ente a 570.000 cilindros en el año 2005 en todo el país. EN CUANTO A LOS ARGUMENTOS DEL RECURRENTE El recu rren te solicita aum ento de su s m etas p a ra lo cual la CREG hace u n a revisión de las m ism as en las cuales encontró lo siguiente: P ara efectos de la program ación de m etas el núm ero de cilindros que se debe reponer en el país se calcula con b ase en el núm ero estim ado de cilindros en circulación. El com prom iso de reposición que se establece por cada em presa distrib u id o ra es proporcional a su participación en el m ercado y considera no solo el stock de cilindros que posee en la p la n ta envasadora,

cada em presa distrib u id o ra es proporcional a su participación en el m ercado y considera no solo el stock de cilindros que posee en la p la n ta envasadora, sino todos los cilindros que em plea p a ra aten d er a su s clientes en concordancia con el nivel total de ventas. Los aspectos que se consideraron p a ra los cálculos realizados fueron: la disponibilidad total de recu rso s del m argen de seguridad y los recaudos esperados del año 2005, inform ación sobre v entas de las em presas, rotación m en su al de los cilindros y el porcentaje de cilindros de respaldo estim ados p a ra u n a em presa distribuidora, la elim inación de los cilindros re stan tes de 20 libras, cilindros rep u esto s de 40 y 20 libras, la previsión de disponibilidad recu rso s del m argen de seguridad que p erm ita que los distribuidores que lo requieran por razones de seguridad o p a ra cubrir contingencias program en can tid ad es adicionales de cilindros. R evisadas las m etas program adas p a ra la em presa R am írez Gonzalez Rojas se observó que en la asignación de las m ism as en la R esolución 002 de 2005RESOLUCIÓN No. 0 6 8 DE 9 ¡ ¡ M c Y ; ' l i j O B HOJA No. q / 1 1 Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto por la Sociedad RAMÍREZ GONZALEZ ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. se omitió en el cálculo el total de los cilindros rep u esto s de 40 y 20 libras que no h a n ingresado al parque.

ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. se omitió en el cálculo el total de los cilindros rep u esto s de 40 y 20 libras que no h a n ingresado al parque. Por lo tan to , se hizo necesario recalcular las m etas establecidas inicialm ente teniendo en cu en ta la m etodología anteriorm ente descrita, incluyendo el total de los cilindros rep u esto s de 40 y 20 libras que no h a n ingresado al parque. Con lo anterior se obtienen las siguientes m etas p a ra la em p resa Ramírez

González Rojas: DISTRIBUIDOR KIT m arz o - m ay o 2005 ju n io - A g o s to 2005 s e p tie m b r eN o v ie m b re 2005

D iciem bre 2005F e b rero 2006

PRIMER

TRIM ESTRE

SEG UN DO TRIM ESTRE T ER C ER TRIM ESTRE CUARTO t r i m e s t r e C1L20 CIL40 TOTAL CIL20 CIL4Q TOTAL CIL2D C1L40 TOTAL CIL20 CIL40 TOTAL RAMIREZ GONZALEZ RO JAS Y CIA S.C.A E .S P . 8130025332 1833 10759 12592 1833 10759 12592 1333 10759 12592 1832 10758 12590 P ara zonas d istan tes es decir C aquetá y Putum ayo al realizar el recálculo se observó que según las ventas rep o rtad as por la em p resa al SUI y la reposición ya realizada la em presa h a cum plido con la totalidad de su s

observó que según las ventas rep o rtad as por la em p resa al SUI y la reposición ya realizada la em presa h a cum plido con la totalidad de su s m etas por lo que las m etas de la em presa es de 0 tan to p a ra cilindros de 20 libras como de 40 libras. El siguiente cuadro resu m e las m etas totales de la em presa Ramírez González Rojas lo siguiente: Ti pos de cilindros 20 30 40 Reportes SUI de ventas en número de cilindros (promedio mensual del segundo semestre de 2004) 15,571 44,472 173,433 Parque estimado del número de cilindros utilizados 11.367 43.286 253.213 Metas calculadas Resolución CREG 002 del 2005 (número de cilindros) 7.331 43.035 Nuevas metas solicitadas por el distribuidor (número de cilindros) 6.000 37.600 Número de cilindros repuestos a diciembre del 2004 16.562 94.222 Número de cilindros nuevos de 30 libras recibidos por el distribuidor 112.784 % de metas de reposición a diciembre del 2004 150% 45% Número de cilindros de 30 libras disponibles para entrar al parque 69.498 Al revisar el cuadro se evidencia que el distrib u id o r h a recibido m ás de 112,000 cilindros de 30 libras dentro del program a de reposición, núm ero de cilindros que excede los cilindros de este tam añ o que h a utilizado p a ra realizar las v en tas del producto, de acuerdo con lo reportado en el SUI. Los cilindros que la em presa h a repuesto le p erm itirían a ten d er s u dem anda

realizar las v en tas del producto, de acuerdo con lo reportado en el SUI. Los cilindros que la em presa h a repuesto le p erm itirían a ten d er s u dem anda am pliam ente, siem pre y cuando se cum pla con la obligación de in g resar al p arque en circulación la totalidad de los cilindros rep u esto s con cargo a los recu rso s provenientes del M argen de Seguridad. De la m ism a m an era p a ra la zona de C aquetá se observa lo siguiente:RESOLUCIÓN No. 0 6 8 ■ ■ DE • ’ í 2 0 0 5 HOJA No. 10/11 Por la cual se resuelve el recurso de reposición in terp u esto por la Socieda ROJAS Y CIA SCA ESP co n tra la Resolución CREG 002 de 2005. Ti d RAMÍREZ GONZALEZ pos de c ilin d ro s 20 30 40 Reportes SUI de ventas en número de cilindros (promedio mensual del segundo semestre de 2004) 5 14,616 10 Parque estimado del número de cilindros utilizados 4 14.226 15 Metas calculadas Resolución CREG 002 del 2005 (número de cilindros) - - Nuevas metas solicitadas por el distribuidor (número de cilindros) 7.000 37.000 Número de cilindros repuestos a diciembre del 2004 5.723 31.560 Número de cilindros nuevos de 30 libras recibidos por el distribuidor 37.283 % de metas de reposición a diciembre del 2004 192% 48% Número de cilindros de 30 libras disponibles para entrar al parque 23.057 El distribuidor h a recibido m ás de 37.000 cilindros de

% de metas de reposición a diciembre del 2004 192% 48% Número de cilindros de 30 libras disponibles para entrar al parque 23.057 El distribuidor h a recibido m ás de 37.000 cilindros de program a de reposición que excede el núm ero de cilin que h a utilizado en las v entas rep o rtad as al SUI. P ara la zona de Putum ayo se observa: Ti 30 libras dentro del dros de este tam año pos de c ilin d ro s 20 30 40 Reportes SUI de ventas en número de cilindros (promedio mensual del segundo semestre de 2004) 19 2,326 3,778 Parque estimado del número de cilindros utilizados 14 2.264 5.516 Metas calculadas Resolución CREG 002 del 2005 (número de cilindros) . - Nuevas metas solicitadas por el distribuidor (número de cilindros) 6.000 37.000 Número de cilindros repuestos a diciembre del 2004 1.828 10.350 Número de cilindros nuevos de 30 libras recibidos por el distribuidor 12.178 % de metas de reposición a diciembre del 200

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