CREG - Resolución 81 de 1995

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 81 de 1995
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1995

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía

R E S O LU C IO N NUMERO

081 DE 19 ' 27 DIC.1995 ' Por la cual se verifica la necesidad de utilizar la modalidad contractual de área de servicio exclusivo en el altiplano Cundí-Boyacense. LA COMISIÓN DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley 142 de 1994, artículos 40 y 174 y los decretos 1542 y 2253 d e ‘1994. Que la Resolución No. 014 de 1995 expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas determinó los criterios generales para la contratación de áreas de servicios exclusivo para la distribución y comercialización de gas combustible por redes. Que mediante comunicación No. 101973 del 27 de diciembre de 1995, el Ministerio de Minas y Energía solicitó a la Comisión verificar si las condiciones previstas en tal resolución se cumplen respecto del área conformada por los municipios que más adelante se indican. Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión del 27 de diciembre 1995, verificó la necesidad de utilizar la modalidad contractual de área de servicio exclusivo en el altiplano Cundi-Boyacence. Artículo 1o.- Para asegurar la viabilidad financiera de la extensión de la cobertura del servicio de distribución domiciliaria de gas natural CONSIDERANDO: RESUELVE:081 DE .9 27 Die. 1995R E S O LU C IO N N U M E R O__________ DE 19 C l UIW.iWw HOJA No.- Por la cual se verifica la necesidad de utilizar la modalidad contractual de área de servicio exclusivo en el altiplano Cundi-Boyacense. por red, a las personas de menores ingresos en el altiplano

Por la cual se verifica la necesidad de utilizar la modalidad contractual de área de servicio exclusivo en el altiplano Cundi-Boyacense. por red, a las personas de menores ingresos en el altiplano Cundiboyacense englobando los Municipios que el Ministerio de Minas y Energía ha previsto y que se describen en el 2o artículo de la presente resolución, se hace indispensable la contratación de un área de servicio con la modalidad prevista en la ley 142 de 1994, artículos 40 y 174, que permita la inclusión de cláusulas de exclusividad. Artículo 2o.- Los criterios que por vía general adoptó la Resolución No. 014 de 1995 expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas para verificar los motivos que permitan esta modalidad contractual, se cumplen en la siguiente área, la cual ha sido conformada por el Ministerio de Minas y Energía.

ALBAN IA OI CATA

BELEN PAIPA

BOJACA RAMIRIQUI

BOYACA RAQUIRA

BRICENO SACHICA

CAJIGA SAMACA

CALDAS SANTA ROSA DE VITERBO

CERINZA SESQUILE

CIENAGA SIMIJACA

COGUA SOGAMOSO

COMBITA SOPO

COTA SORA

CUCAITA SUSA

CUCUNUBA SUTAMARCHAN

CHIA SUTATAUSA

CHIQUINQUIRA TABIO

CHIQUIZA TAUSA

CHOCONTA TENJO

CORRALES TIBANA

DUITAMA T I BASOSA

FACATATIVA TINJACA

FLORESTA TOCANCIPA

FLORIAN TUNJA

FUNZA TUNUNGUA

FUQUENE TURMEQUE

FIRAVITOBA TUTA

GACHANCIPA LIBATE

IZA VENTAQUEMADA

JENESANO VILLA DE LEYVA

LA BELLEZA VILLAPINZON MADRID VIRAGACHA MOSQUERA Zl PACON081 d e „ 27 Die. 1995R E S O LU C IO N N U M E R O__________ DE 19 u . ~ . .w HO JA N o Por la cual se verifica la necesidad de utilizar la modalidad contractual de área de servicio exclusivo en el altiplano Cundi-Boyacense.

MOTAVITA ZIPAQUIRA

NEMOCON

NOBSA NUEVO COLON Artículo 30. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafe de Bogotá, D.C., 2 7 DI C • 1995

— ANTOTOÜ BARBERENA S.

Director Ejecutivo (E) RODRIGO VJLLAMIZAR l Mínistrb-elelvlinas y E n e rg í

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