CREG - Resolución 81 de 2002
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 81 de 2002
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2002
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS 081 RESOLUCIÓN No. DE 2002 ( 26 NOV. 2002 ) Por la cual se establecen los cargos máximos unitarios para recuperar los costos de distribución y comercialización de gas natural por red para el municipio de Vélez según solicitud tarifaria hecha por SERVICIOS
PÚBLICOS INTEGRADOS S.A. E.S.P.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que según el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, es competencia de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible; Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Ley 142 de 1994, la CREG tiene la facultad de regular el servicio de distribución de gas combustible por redes; Que el Artículo 87 de la Ley 142 de 1994, estableció los criterios que rigen el régimen tarifario de los servicios públicos domiciliarios; Que mediante la Resolución CREG-039 de 1995, la cual fue incorporada y subrogada por la Resolución CREG-057 de 1996, la Comisión de Regulación de Energía y Gas aprobó las fórmulas tarifarias aplicables al servicio público domiciliario de gas combustible por redes de tubería prestado a pequeños consumidores, actualmente vigentes; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el periodo de
domiciliario de gas combustible por redes de tubería prestado a pequeños consumidores, actualmente vigentes; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias estas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas; Ed081. RESOLUCIÓN No. pE 26N0Y. 2002 HOJANo. 2/4 Por la cual se establecen los cargos máximos unitarios para recuperar los costos de distribución y comercialización de gas natural por red para el municipio de Vélez según solicitud tarifaria hecha por SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS
S.A. E.S.P.
Que el régimen tarifario definido por las resoluciones antes citadas, fue aprobado bajo la modalidad de Libertad Regulada; Que según lo dispuesto por el Articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión Reguladora podrá establecer topes máximos y minimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas; Que SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS S.A. E.S.P. presentó a consideración de la CREG solicitud tarifaria para la prestación del servicio de distribución de gas natural por redes de ductos en el municipio de Vélez, en el departamento de Santander, el 10 de abril 2002, la cual se radicó internamente con el No.3439 de 2002; Que el Artículo 96 de la Resolución CREG-057 de 1996 obliga a los distribuidores y comercializadores de gas combustible por red de ductos a cumplir con las fórmulas tarifarias especificadas en esa resolución; Que el Artículo 112 de la Resolución CREG-057 de 1996, modificado por el
distribuidores y comercializadores de gas combustible por red de ductos a cumplir con las fórmulas tarifarias especificadas en esa resolución; Que el Artículo 112 de la Resolución CREG-057 de 1996, modificado por el Artículo lo. de la Resolución CREG-067 de 1996, establece el procedimiento para la fijación de las fórmulas tarifarias; Que SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS S.A. E.S.P. publicó el día 22 de abril de 2002, en el diario La República, la solicitud tarifaria presentada ante esta Comisión. Que la Unidad de Planeación Minero-Energética, en comunicación con radicado interno No. CREG-4977 de 2002, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado que va atender SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS S.A. E.S.P., de conformidad con lo establecido en el Numeral 3.16 del Anexo General de la Resolución CREG-007 de 1995. Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 204 del 26 de Noviembre de 2002, acordó expedir la presente Resolución;
RESUELVE: ARTÍCULO lo. CARGO MÁXIMO UNITARIO DE DISTRIBUCIÓN. De acuerdo con el literal d) del procedimiento 2 previsto en el Artículo 112 de la Resolución CREG-057 de 1996, el Cargo Máximo Unitario de Distribución —Dtpermitido para recuperar los costos de distribución domiciliaria de gas natural por red en el municipio de Vélez, se fija en $251.66/m (pesos de diciembre de
- desagregados de la siguiente manera:
$/m3 Inversión en Redes $ 93.97 Gastos de Administración,
por red en el municipio de Vélez, se fija en $251.66/m (pesos de diciembre de
- desagregados de la siguiente manera:
$/m3 Inversión en Redes $ 93.97 Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento $157.69RESOLUCIÓN No. 081 bE 26 NOV. 2002 HOJA No. 9/3 Por la cual se establecen los cargos máximos unitarios para recuperar los costos de distribución y comercialización de gas natural por red para el municipio de Vélez según solicitud tarifaria hecha por SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS
S.A. E.S.P.
Estos Cargos de Distribución se actualizarán con el IPC del año 2001, calculado por el DANE, con el fin de determinar el valor del Dt que aplicará a partir de la fecha de publicación de esta Resolución, fecha en la cual empezará a regir la fórmula de actualización establecida en el Artículo 108 de la Resolución CREG057 de 1996. ARTÍCULO 20. FACTOR DE RECUPERACIÓN DE INVERSIONES A TRAVÉS DEL CARGO POR CONEXIÓN A USUARIOS RESIDENCIALES (Rt). De acuerdo con lo establecido por el Artículo 108 de la Resolución CREG-057 de 1996 y el Artículo 90 de la Ley 142 de 1994, el factor Rt que SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS 5.A. E.S.P. podrá incluir dentro del cargo promedio por conexión a los usuarios residenciales, será igual a cero ($0.00). ARTÍCULO 30. FÓRMULA TARIFARIA. La Fórmula Tarifaria aplicable en el municipio de Vélez corresponderá a la establecida en la Resolución CREG-057 de 1996.
ARTÍCULO 30. FÓRMULA TARIFARIA. La Fórmula Tarifaria aplicable en el municipio de Vélez corresponderá a la establecida en la Resolución CREG-057 de 1996. ARTÍCULO 40. MARGEN MÁXIMO DE COMERCIALIZACIÓN (St). El Margen Máximo de Comercialización aplicable en el municipio mencionado en el Articulo 1 de esta resolución, corresponderá al establecido en el Articulo 107.1.4 de la Resolución CREG-057 de 1996. ARTÍCULO 50. VIGENCIA DE LA FÓRMULA TARIFARIA, DE LOS CARGOS MÁXIMOS DE DISTRIBUCIÓN Y DEL MARGEN MÁXIMO DE COMERCIALIZACIÓN. De conformidad con lo previsto en el Artículo 3o. de la Resolución CREG-129 de 1996, la fórmula tarifaria, incluido el Cargo Máximo Unitario de Distribución y el Margen Máximo de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia que le resta del actual periodo tarifario definido en la Resolución CREG-057 de 1996 y demás normas que la modifican. Vencido este periodo las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994, ARTÍCULO 60. NORMAS A LAS QUE ESTÁ SUJETA LA FÓRMULA TARIFARIA. La fórmula tarifaria para el municipio de Vélez, en todo aquello que no esté previsto expresamente en esta resolución, estará sujeta a las
ARTÍCULO 60. NORMAS A LAS QUE ESTÁ SUJETA LA FÓRMULA TARIFARIA. La fórmula tarifaria para el municipio de Vélez, en todo aquello que no esté previsto expresamente en esta resolución, estará sujeta a las normas de la Ley 142 de 1994, de la Resolución CREG-057 de 1996, las que la modifiquen o adicionen, las demás resoluciones que regulen la distribución domiciliaria de gas natural por red de ductos, y a todas las demás normas complementarias o sustitutivas. ARTÍCULO 70. LIBERTAD REGULADA. El régimen tarifario que SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS S.A. E.S.P. podrá aplicar en Vélez, de acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG-057 de 1996 y en la presente, autoriza a esa empresa para determinar y modificar los precios ofrecidos a sus usuarios, conforme a los criterios y metodologías previstas en ella y en las demás normas citadas en este acto. ARTÍCULO 80. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir la fecha en que se encuentre en firme. Deberá notificarse a SERVICIOS PÚBLICOS ¿A081. 2 6 NOV. 2002 4/4 RESOLUCIÓN No. DE HOJA No. Por la cual se establecen los cargos máximos unitarios para recuperar los costos de distribución y comercialización de gas natural por red para el municipio de Vélez según solicitud tarifaria hecha por SERVICIOS PÚBLICOS INTEGRADOS S.A. E.S.P. . j INTEGRADOS S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en ella procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse
S.A. E.S.P. . j INTEGRADOS S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en ella procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación o publicación, según el caso.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 2 6 NOW, 2002 LUIS ERNESTO MEJIA CASTRO E AL BLANDON DIAZ Ministro de Mirías y Energía ire£tor Ejecutivo Presidente