CREG - Resolución 81 de 2009
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 81 de 2009
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2009
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 081 DE 2009 ( 165JUL 2009 ) Por la cual se fija la oportunidad en que se asignarán las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre 2013 y el 30 de noviembre de 2014. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: Según la Ley 143 de 1994, artículo 4, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos. La Ley 143 de 1994, articulo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio. Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones:
Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: - Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe tener en cuenta la capacidad de generación de A iy
SyRESOLUCIÓN No. 081 DE 14 5 JUL, 2008 HOJA No. 2/7
Por la cual se fija la oportunidad en que se asignarán las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre 2013 y el 30 de noviembre de 2014. - Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente; - Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía; y - Determinar las condiciones para la liberación gradual del mercado hacia la libre competencia. De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 74.1 de la ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operación, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista. La CREG mediante Resolución CREG-071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía, en la cual se estableció que con el fin de garantizar la confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme.
Energía, en la cual se estableció que con el fin de garantizar la confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme. En el artículo 2 de la Resolución CREG-071 de 2006, se definió la Demanda Objetivo como aquella que “equivale a la Demanda Total Doméstica de Energia para cada uno de los meses comprendidos entre el 1° de Diciembre y el 30 de noviembre del año siguiente al Período de Planeación, más un porcentaje que fijará la CREG...”; y se estableció que “la Demanda Total Doméstica de Energía corresponderá a la proyección más reciente elaborada por la UPME para el escenario de proyección seleccionado por la CREG”. Según lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución CREG-071 de 2006, “Durante el primer semestre de cada año la CREG verificará si la suma de la ENFICC de cada una de las plantas y/o unidades de generación es mayor o igual a la Demanda Objetivo calculada para el año que inicia el 1° de diciembre del año t+p, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 19 de esta resolución”. En el citado artículo 18 de la Resolución CREG-071 de 2006 se estableció que “la CREG fijará, mediante resolución, la oportunidad en que el ASIC debe llevar a cabo la Subasta o el mecanismo de asignación que haga sus veces; así como el cronograma de las actividades que deben ejecutarse durante los Períodos de Precalificación y de Planeación de la Subasta, o las fechas máximas de ejecución de las actividades asociadas al mecanismo de asignación, según sea el caso”.
cronograma de las actividades que deben ejecutarse durante los Períodos de Precalificación y de Planeación de la Subasta, o las fechas máximas de ejecución de las actividades asociadas al mecanismo de asignación, según sea el caso”. La CREG expidió la Resolución CREG-086 de 2008 “Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de fijar la oportunidad en que asignarán las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2013 y el 30 de noviembre de 2019”. Se recibieron comentarios de la sociedad Generadora y Comercializadora de Energía del Caribe S.A. ESP, GECELCA, radicado CREG E-2008-007536, 4
MON,RESOLUCIÓN No. 081 DE 1 5 JUL. 2009 HOJA No. 3/7
Por la cual se fija la oportunidad en que se asignarán las Obligaciones de Energia Firme del Cargo por Confiabilidad para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre 2013 y el 30 de noviembre de 2014, La UPME remitió a la CREG, el 20 de marzo de 2009 (radicación CREG E-2009002470) el documento “Proyecciones de Demanda de Energía Eléctrica y Potencia, revisión marzo de 2009; La CREG solicitó a la UPME mediante comunicación CREG S-2009-001656, aclaración a las proyecciones de demanda teniendo en cuenta el impacto de la crisis financiera internacional en el crecimiento del PIB. La UPME remitió a la CREG el 14 de mayo de 2009, radicado CREG E-2009aclaración a las proyecciones de demanda teniendo en cuenta el impacto de la crisis financiera internacional en el crecimiento del PIB. La UPME remitió a la CREG el 14 de mayo de 2009, radicado CREG E-2009004340, una versión revisada de la proyección de demanda de energía eléctrica del Sistema Interconectado Nacional de marzo, con información actualizada del crecimiento del PIB. En la actualización de proyección de demanda la UPME no consideró crecimientos posibles debidos a la entrada en operación de la Interconexión Colombia-Panamá, los cuales se incluyeron en la Demanda Objetivo para Subasta del periodo 2012-2013. En cumplimiento del artículo 18 de la resolución CREG-071 de 2006, se analizó la información reportada oportunamente por los agentes y se verificó si la suma de las ENFICC de cada una de las plantas es mayor o igual a la demanda objetivo, cuyos análisis están contenidos en el Documento CREG-063 de 2009; La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 413, del 16 de julio de 2009, acordó expedir la presente resolución con el fin de adoptar las decisiones de que trata el artículo 18 y demás disposiciones de la Resolución CREG-071 de 2006; RESUELVE: Artículo 1. Oportunidad para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme, OEF, correspondientes al periodo 2013-2014. El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista, ASIC, asignará las Obligaciones de Energía Firme, OEF, del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2013 y el 30 de
Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista, ASIC, asignará las Obligaciones de Energía Firme, OEF, del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2013 y el 30 de noviembre de 2014, de acuerdo con el cronograma definido en el Anexo de la presente resolución. Esta asignación la hará el ASIC en la forma establecida en el artículo 25 de la Resolución CREG-071 de 2006. Artículo 2. Escenario de proyección. de demanda para efectos de determinar la Demanda Objetivo. Para efectos de lo previsto en el Artículo 1 de la presente Resolución, el escenario de proyección de demanda corresponderá al escenario de proyección alto definido por la Unidad de Planeación Minero Energética UPMEen Mayo de 2009. Artículo 3. Demanda Objetivo. Para la asignación de la Obligaciones de Energía Firme de que trata la presente Resolución, la Demanda Objetivo para y] O AYRESOLUCIÓN No. __9 8 1 pE__| 6 JUL. 2009 HOJANo. 4/7 Por la cual se fija la oportunidad en que se asignaran las Obligaciones de Energia Firme del Cargo por Confiabilidad para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre 2013 y el 30 de noviembre de 2014. cada uno de los meses comprendidos entre el primero (1% de Diciembre de 2013 y el treinta (30) de Noviembre de 2014 será la que se especifica en la siguiente tabla. “Diciembre de 2013 5.451. Enero de 2014 5.403 Febrero de 2014 5.134 Marzo de 2014 5.547
siguiente tabla. “Diciembre de 2013 5.451. Enero de 2014 5.403 Febrero de 2014 5.134 Marzo de 2014 5.547 Abril de 2014 5.373 Mayo de 2014 5.588 Junio de 2014 5.349 Julio de 2014 5.637 Agosto de 2014 5.588 Septiembre de 2014 5.557 Octubre de 2014 5.690 Noviembre de 2014 5.510 Total 65.827 Artículo 4. Cronograma para la asignación de Obligaciones de Energía Firme. La asignación de Obligaciones de Energía Firme a quienes representen plantas existentes para la vigencia comprendida entre el primero (1% de diciembre de 2013 y el treinta (30) de noviembre de 2014, será de conformidad con el cronograma definido en el Anexo de esta Resolución. Parágrafo. Los plazos establecidos en el Anexo de la presente Resolución vencerán a las 17:00 horas del respectivo día, según la Hora Legal para Colombia. Los agentes que no cumplan los plazos establecidos en estos anexos no serán considerados en la asignación de Obligaciones de Energía Firme. Artículo 5. Vigencia. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
15 JUL. Dada en Bogotá D.C.,eldia | ft 7008 O Mató amó SILVANA GIAIMO CHAVEZ HERN MO A VALENCIA iceministra de Minas y Energi Director Ejecutivo Delegada del Ministro de Minas } — Energía PresidenteANEXO 2
O Mató amó SILVANA GIAIMO CHAVEZ HERN MO A VALENCIA iceministra de Minas y Energi Director Ejecutivo Delegada del Ministro de Minas } — Energía PresidenteANEXO 2
CRONOGRAMA PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN POR PARTE )
DE QUIENES DESEEN SER HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN LA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME PARA EL PERÍODO 1° DE DICIEMBRE DE 2013 A 30 DE NOVIEMBRE DE 2014 “bLOZ OP
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Q€ 19 Á ETOZ ES 4 op 22 OF Bg e) E 3 mn — OQ» e] Tipo Descripción Responsable Fecha En 3 Agentes con plantas o 3 La totalidad de parámetros establecidos en el ¡unidades de generación es numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución ¡existentes que vayan a Asosto-6Sa Declaración de parámetros CREG-071 de 2006. Esta información deberá |modificar su ENFICC de 5 ea vgs : . - 2009 lo] ser remitida haciendo uso de los formatos |conformidad con el Artículos Eg establecidos para tal fin. 41 de la Resolución CREGe o 071 de 2006. aa De E 0 Solicitud aclaración de|Solicitud de aclaración a la declaración de Ago-10-2009 SS o A A CREG a p parámetros parámetros. a O %. Ago-14-2009 2 pe Publicación documento de Publicación del documento de parámetros. CREG Ago-18-2009 3 E arámetros E 5 Agentes con plantas o A, >
Ago-14-2009 2 pe Publicación documento de Publicación del documento de parámetros. CREG Ago-18-2009 3 E arámetros E 5 Agentes con plantas o A, > La declaración de ENFICC deberán efectuarla a unidades de generación a” : : existentes. 20 0. la CREG quienes la declaren por primera vez o o TÍ Declaración de ENFICC para . . Be . 2 la modifiquen, de conformidad con lo Ago-21-2009 q 99 participar en la asignación, establecido en el Artículo 41 de la Resolución Para los agentes queno a6 CREG-071 de 2006 declaren ENFICC se tomara la 008 , ENFICC verificada para el e? periodo 2012-2013. a o Declaración en la que los agentes generadores p 3] Declaración de contratos |que representan Plantas No Despachadas Agentes con lantas o 2. Ej Plantas No Despachadas|Centralmente informan si tienen contratos en ss - Pp Ago-21-2009 5 5 _ ñ . (unidades existentes A Centralmente los que suministren energía para cubrir ga demanda del período de vigencia a asignar. DA oe a ‘ON
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BOOZ NT + ‘ON VCOH L/Ses wpe Descripción Responsable Fecha De . . Verificación y solicitud de aclaraciones a la Ago-24-2009 Verificación declaración de ENFICC. CND-CREG a Ago-28-2009 Publicacion de resultados de | Publicación de la asignación de OEF a cada ASIC Ago-31-2009 la asignación planta y/o unidad. Entrega de contratos de combustible o garantías. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el período de planeación, Dentro de los
la asignación planta y/o unidad. Entrega de contratos de combustible o garantías. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el período de planeación, Dentro de los pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y , . . ‘ 20 dias Obras y la carta de intención presentada según hábiles Entrega de contratos olel artículo 46 de la Resolución CREG 071 de A O ; gentes siguientes a la garantías 2006. fecha de Para plantas o unidades que respalden la nie obligación con combustible líquido pueden Bn aplicar lo definido en el Artículo 13 de la Resolución CREG-085 de 2007. Dentro de los cinco (5) días hábiles Solicitud de aclaración de| Solicitud de aclaración a las garantías ASIC siguientes a la garantías que respaldan OEF | remitidas fecha de entrega de contratos o garantías Dentro de los Expedición de certificado de . . . dos (2) días asignación de Obligaciones de Certificado expe dido por el ASIC de conformidad ASIC habiles ae con la regulación vigente ar Energia Firme siguientes a la fecha de la “PLOT
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2009 HOJA No. 7/7 Por la cual se fija la oportunidad en que se asignaran las Obligaciones de Energia Firme del Cargo por Confiabilidad para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre 2013 y el 30 de noviembre de 2014. BUS. Ss. E ayo ag ERE Se 8 oe 2amMLO < => A. 2 25 AE a a6 : E a E [es = Y pam A E EE 3 a go ha mo 3
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