CREG - Resolución 84 de 2018
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 84 de 2018
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2018
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCION No. 084 DE 2018 09 JUL. 2018 ) Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013.
CONSIDERANDO QUE: Según la Ley 143 de 1994, articulo 4, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del pais; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos.
La Ley 143 de 1994, articulo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio. Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: — Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos,
atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: — Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia,RESOLUCIÓN No. 084 DE 03 JUL 2018 HOJA No. 2/7 Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019 para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe tener en cuenta la capacidad de generación de respaldo. ~ Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente. — Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía. — Establecer el Reglamento de Operación para realizar el planeamiento y la coordinación de la operación del Sistema Interconectado Nacional La ley 142 de 1994, artículo 74, también le asignó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la función de expedir el Reglamento de Operación para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de energía. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de los objetivos y funciones señalados, mediante la Resolución CREG 071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG 061 de 2007, adoptó las normas sobre garantías para el Cargo por Confiabilidad. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, expidió la Resolución CREG 051 de 2012 “Por la cual se definen las reglas de las Subastas de Reconfiguración
de 2007, adoptó las normas sobre garantías para el Cargo por Confiabilidad. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, expidió la Resolución CREG 051 de 2012 “Por la cual se definen las reglas de las Subastas de Reconfiguración como parte de los Anillos de Seguridad del Cargo por Confiabilidad”. El artículo 65 de la Resolución CREG 071 de 2006 establece que la CREG anualmente evaluará la diferencia entre las Obligaciones de Energía Firme adquiridas para un año en particular y la proyección de demanda de energía más reciente calculada por la UPME. Con base en esta evaluación ordenará la realización de una Subasta de Reconfiguración para la compra o para la venta de Obligaciones de Energía Firme, según sea el caso, de conformidad con lo establecido en dicha norma. Una vez analizado el balance las OEF para el periodo 2018-2019 y las proyecciones de demanda de energía eléctrica más recientes de la UPME (abril de 2018) para el citado periodo, se encuentra que existe exceso de OEF. Para dar mayor oportunidad a la participación en la Subasta de Reconfiguración de Venta es necesario dar una transición a las plantas en construcción que requieren cobertura de energía para el periodo 2018-2019. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, publicó para comentarios la Resolución 067 de 2018 mediante la cual se hace una propuesta para adelantar la subasta de reconfiguración de venta para el período diciembre de 2018 a noviembre de 2019. Durante el plazo de comentarios se recibieron observaciones de las empresas listadas en el Documento CREG 061 de 2018. En el citado documento se presentan los análisis de los comentarios y se proponen los ajustes a la propuesta.
noviembre de 2019. Durante el plazo de comentarios se recibieron observaciones de las empresas listadas en el Documento CREG 061 de 2018. En el citado documento se presentan los análisis de los comentarios y se proponen los ajustes a la propuesta.
AT0.9 JUL. 2018
RESOLUCIÓN No. 084 DE HOJA No. 3/7
Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019 Conforme a lo señalado en el Decreto 1074 de 2015 no se informa de esta resolución a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por cuanto, se respondió el cuestionario establecido por dicha entidad para efectos de evaluar la incidencia sobre la libre competencia de los mercados, aplicando las reglas allí previstas, la respuesta al conjunto de preguntas fue negativa, en la medida en que no plantea ninguna restricción indebida a la libre competencia. La Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 862 del 9 de julio de 2018 acordó expedir esta Resolución.
RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Mediante la presente resolución se establece el cronograma para que el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista (ASIC) lleve a cabo una Subasta de Reconfiguración de Venta para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2019, de acuerdo con las normas definidas en la Resolución CREG 051 de 2012.
Artículo 2. Convocatoria a participar en la Subasta de Reconfiguración de Venta. La Comisión de Regulación de Energía y Gas convoca a todas las personas con Plantas o Unidades de generación que tienen asignaciones de OEF
051 de 2012. Artículo 2. Convocatoria a participar en la Subasta de Reconfiguración de Venta. La Comisión de Regulación de Energía y Gas convoca a todas las personas con Plantas o Unidades de generación que tienen asignaciones de OEF para el periodo 2018-2019 a participar en la Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019, la cual será realizada según los plazos definidos en la presente Resolución. Artículo 3. Período de Vigencia de la Obligaciones de Energía de Venta que se asignarán en la Subasta de Reconfiguración. En la Subasta de Reconfiguración de Venta se asignarán las OEF de Venta para el período de vigencia comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2019, Artículo 4. Cronograma de actividades para la Subasta de Reconfiguración de Venta para el período diciembre 2018 a noviembre 2019. Los agentes que deseen participar en la Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo de vigencia comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2019 deberán remitir la información establecida en el Anexo 1 de esta Resolución en los plazos allí señalados. Las demás actividades de la subasta se desarrollarán conforme a lo indicado en el cronograma definido en el mencionado anexo. Parágrafo. Los plazos establecidos en el Anexo 1 de la presente Resolución vencerán a las 17:00 horas del respectivo dia, salvo para las actividades para las cuales se establece la hora de finalización de forma explícita en el Anexo. Los agentes que no cumplan los plazos establecidos en el anexo no serán
vencerán a las 17:00 horas del respectivo dia, salvo para las actividades para las cuales se establece la hora de finalización de forma explícita en el Anexo. Los agentes que no cumplan los plazos establecidos en el anexo no serán considerados en la Subasta de Reconfiguración de Venta. C
MLRESOLUCION No. 084 DE 0S JUL 208 HOJA No. 4/7
Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el período 2018-2019 Artículo 5. Transición para plantas en construcción. Se aplicarán las disposiciones de este artículo a las plantas en construcción con asignaciones para el periodo 2018-2019 que cumplan las siguientes condiciones: a) Haber entregado la manifestación de interés en participar en la Subasta de Reconfiguración de Venta que se convoca mediante esta resolución y b) El informe de auditoría, entregado conforme a lo previsto en el numeral 1.5, subnumeral 3, del Anexo 1 de la Resolución CREG 071 de 2006, antes de la fecha prevista en el cronograma del Anexo 1 para la apertura de sobres y asignación, determine que el atraso es mayor a un año pero menor o igual a dos años.
Para tales plantas:
1. La aplicación de los efectos previstos en el numeral 3 del Artículo 9 de la Resolución CREG 071 de 2006 estará sujeto al resultado de la subasta de reconfiguración asi: 1.1. Si la planta obtiene OEF de Venta en la subasta de reconfiguración por la totalidad de la OEF que tiene asignada para el período subastado, del número de días de atraso indicados en el informe de auditoría se restarán los 365 días correspondientes al periodo de la OEF de Venta
la totalidad de la OEF que tiene asignada para el período subastado, del número de días de atraso indicados en el informe de auditoría se restarán los 365 días correspondientes al periodo de la OEF de Venta 2018-2019. Con este resultado la Comisión deberá establecer la existencia del incumplimiento grave e insalvable. 1.2. Si habiendo participado en la subasta el agente que representa la planta, la asignación de OEFV obtenida es igual a cero o menor a la OEF de la misma planta, contará con un plazo de 5 días hábiles para hacer uso de la cesión de que trata el artículo 6 de la Resolución CREG 114 de 2014, siempre que cumpla con las condiciones previstas en dicho artículo. Si hecha la cesión se cumple con lo previsto en el artículo 8 de la Resolución CREG 114 de 2014, del número de días de atraso indicados en el informe de auditoría se restarán los 365 días correspondientes al periodo de la OEF de Reconfiguración de Venta 2018-2019. Con este resultado la Comisión deberá establecer la existencia del incumplimiento grave e insalvable. 1.3. Si no se cumple lo previsto en los numerales anteriores dará cumplimiento a lo previsto el parágrafo del artículo 9 de la Resolución CREG 071 de 2006, tomando como base el número de días de atraso indicado en el informe de auditoría.
2. Las garantías y el registro de contratos o declaraciones de respaldo se deberán ajustar según lo definido en la Resolución CREG 061 de 2007, considerando un atraso de un año. Una vez finalice la etapa de asignación y publicación de los resultados de la Subasta de Reconfiguración de Venta
deberán ajustar según lo definido en la Resolución CREG 061 de 2007, considerando un atraso de un año. Una vez finalice la etapa de asignación y publicación de los resultados de la Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019 se deberán ajustar las garantías y registrar los contratos o declaraciones de respaldo conforme a lo definido en la Resolución CREG 061 de 2007 con base en los días de atraso que se determinen conforme a lo señalado en los numerales 1.1. 0 1.2, según corresponda.084 0.2 JUL. 2018 RESOLUCION No. DE HOJA No. 5/7 Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019 Artículo 6. Vigencia. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diano Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
06 JUL, 2018 Dada en Bogota, D.C.,
GERMÁN CASTRO FERREIRA ©
Ministro de Mirfas y Energia Director Hjecutivo Presidente |RESOLUCION No. 084 DE Oe JUL. 2018 HOJA No. 6/7 Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019
ANEXO 1
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA LA SUBASTA DE
RECONFIGURACION DE VENTA PARA EL PERIODO DICIEMBRE 2018 A
Declaración de Interés
NOVIEMBRE 2019
Descripción Comunicación firmada por el representante legal mediante la cual se informa a la CREG y al ASIC el interés de participar en la subasta de reconfiguración de venta. La comunicación debe informar el período para
NOVIEMBRE 2019
Descripción Comunicación firmada por el representante legal mediante la cual se informa a la CREG y al ASIC el interés de participar en la subasta de reconfiguración de venta. La comunicación debe informar el período para el cual participa (diciembre 2018 a noviembre de 2019), nombre del agente generador y la planta para la cual se adquiririan las OEF de Venta. Se debe utilizar el modelo de carta del Anexo 2. Responsable Agente generador Hasta Septiembre 25 de 2018 irector Ej o, Documentación original a la que se refiere Agente Hasta 2 días hábiles Representación de los 7 o articioantes el numeral 1.7 del Anexo 1 de la Resolución | generador y |Jantes de publicación parua? CREG 051 de 2012. ASIC precio máximo. o, . o, ] Zo. Dentro de los cinco (5) Publicación Precio Publicación del precio máximo del cargo por días hábiles siguientes Máximo Cargo por confiabilidad para el período diciembre ASIC ala fecha de 8 Confiabilidad 2018 a noviembre 2019. | , declaración de interés. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes Entrega de sobres Agente a la fecha de Entrega de sobres cerrados. o, cerrados generador publicación precio máximo. Hasta las 2:00 pm ; o, Día en que finaliza la o, Apertura de sobres y asignación de las OEF Apertura y asignación ASIC entrega de sobres a de Venta a agentes con OEF. ; partir de las 2:30 pm. Dentro del siguiente Publicacion ASIC dia habil ala apertura y asignación Ce,
GERMÁN/CASTRO FERREIRA utivo
Dentro del siguiente Publicacion ASIC dia habil ala apertura y asignación Ce,
GERMÁN/CASTRO FERREIRA utivo
H084 00 JUL. 2018 RESOLUCIÓN No. DE Y HOJA No. 7/7
Por la cual se convoca a una Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo 2018-2019
ANEXO 2
CARTA MODELO PARA DECLARACIÓN DE INTERÉS
SUBASTA DE RECONFIGURACION DE VENTA 2018-2019
Bogotá, D.C., Señores ; ; COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS -CREG Ciudad Asunto: Declaracion de Interés para participar en la Subasta de Reconfiguracion de Venta para el periodo 2018-2019 Yo , en mi calidad de representante legal de la empresa informo a la CREG y el ASIC mi interés de participar en la Subasta de Reconfiguración de Venta para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2019 que se llevará a cabo conforme las reglas definidas en la Resolución CREG 051 de 2012 y convocada mediante la Resolución CREG 084 de 2018. La(s) planta(s) que represento y para la(s) cual(es) se adquiririan las OEF de Venta son: y Atentamente, a FIRMA ------------- Nombre del Representante Legal CC
Copia: Maria Nohemi Arboleda, Gerente General XM - ASIC