CREG - Resolución 93 de 2004

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 93 de 2004
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2004

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

RESOLUCIÓN No. 0 ^ 3 DE 2004 ( 1 k OIC. 2004 ) Por la cual se fija u n nuevo térm ino p a ra la aceptación por parte de la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. de los costos establecidos en el artículo 1 de la R esolución CREG 070 de 2004. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de su s atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los D ecretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO: Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as m ediante R esolución CREG082 de 2002, adoptó la m etodología p a ra el cálculo de los cargos por u so de los Sistem as de T ransm isión Regional y D istribución Local; Que m ediante la Resolución CREG-038 de 2003 se ap ro b aro n el Costo A nual por el u so de los Activos del Nivel de T ensión 4 y el Costo A nual de los Activos de Conexión al S istem a de T ransm isión N acional (STN) de los S istem as de T ransm isión Regional (STR), y los Cargos M áximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 del S istem a de D istribución Local (SDL), operados por EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P; Que m ediante la R esolución CREG-099 de 2003 se resolvió el R ecurso de

2 y 1 del S istem a de D istribución Local (SDL), operados por EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P; Que m ediante la R esolución CREG-099 de 2003 se resolvió el R ecurso de Reposición presen tad o por la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P co n tra la R esolución CREG 038 de 2003; Que m ediante la R esolución C R EG '070 de 2004 se decide sobre la solicitud de revisión de Cargos por Uso del S istem a de T ransm isión Regional (STR) y S istem a de D istribución Local (SDL) de EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. disponiendo en su s artículos I o y 2 o, la m odificación del Costo A nual de los Activos de Conexión al S istem a de T ransm isión N acional - STN, som etida a la condición de que la em presa la acepte expresam ente ; Que m ediante Artículo 2 de la R esolución CREG 070 de 2004, EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P., dispuso de cinco (5) d ías contados a p a rtir de la firm eza de la Resolución, p a ra m an ifestar expresam ente si acep ta los costos establecidos en el Artículo 1. de la citad a Resolución;RESO LU C IÓ N N o . ^ 3 D E 1 4 OIC. 2004 HOJA N o . 2/3

Por la cual se fija un nuevo término para la aceptación por parte de la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. de los costos establecidos en el artículo 1 de la Resolución CREG 070 de 2004 Que el térm ino conferido por el Artículo 2 de la R esolución CREG 070 de 2004 tran scu rrió sin que la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P., se p ro n u n ciara sobre la aceptación de los costos establecidos en el Artículo 1 de la R esolución CREG 070 de 2004, en el term ino dado en el Articulo 2 de la m ism a; Que la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P., m ediante com unicación rad icad a bajo el No. E -2004-009828 del 6 de diciem bre de 2004, solicitó a la Com isión fijar u n nuevo térm ino p a ra d a r cum plim iento al trám ite establecido en el artículo 2 de la R esolución CREG 070 de 2004; Que la Com isión, en sesión No. 246 del día 14 de diciem bre de 2004, aprobó fijar u n nuevo térm ino p a ra la aceptación por p a rte de la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. de los costos establecidos en el artículo 1 de la R esolución CREG 070 de 2004; Artículo 1. Conceder a la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. u n térm ino de cinco (5) días, contados a p a rtir de la firm eza de e sta Resolución,

Artículo 1. Conceder a la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. u n térm ino de cinco (5) días, contados a p a rtir de la firm eza de e sta Resolución, p a ra m an ifestar expresam ente si acep ta los costos establecidos en el Artículo 1. de la R esolución CREG 070 de 2004. Artículo 2. La presente Resolución deberá notificarse a la EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. O A N i d s

RESUELVE:

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

D ada en Bogotá D.C., a los • '} 2 0 0 4 Vicem inistro de M inas y Energía Delegado del M inistro de M inas y Energía Presidente D irectora Ejecutiva

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