CREG - Resolución 95 de 2000

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 95 de 2000
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2000

Repliblica de Colombia Ministerio de Minas y Energia RESOLUCION NUMERO “’ 0 9 5 DE 19 ( ‘q f! jQi@j\! TnnQ ) Por la cual se rechaza un recur-so de apelacion, interpuesto por

CODENSA S.A E.S.P.

LA COMISION DE REGULACIdN DE ENERGfA Y GAS en uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de 10s Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO: Que mediante la comunicacion radicada con el No. CREG-7993 de octubre 31 de 2000, CODENSA S.A. E.S.P., por intermedio de apoderado, presento recurso de apelacion ante la Comision de Regulation de Energia y Gas - CREG, contra “la SEGUNDA LIQUIDACI6N DE LAS TRANSACCIONES DE ENERGfA DE LOS DfAS 1, 2, Y 3 DE SEPTIEMBRE DEL ANO 2000 PARA CODENSA S.A. E.S.P, EFECTUADA POR EL ADMINISTRADOR DEL SISTEMA DE INTERCAMBIOS COMERCIALES DE INTERCONEXION ELECTRICA S.A. E. S. P. n Que mediante el citado recurso de apelacion, CODENSA solicit6 a la CREG que revoque la liquidation impugnada, asi coma la “conjirmaci6n que de la misma hate [el Administrador de1 Sistema de Intercambios Comerciales] en su resolution

913 de1 18 de octubre de1 ario 2000”, y que en su lugar se ordene al ASIC “efectuar una nueva con base en la information real”. Que sobre la procedencia de1 recurso de apelacion interpuesto por CODENSA ante la CREG, se considera que: a) La Resolution CREG-024 de 1995, en su Articulo 28, senalo que contra las liquidaciones de1 ASIC procede el recurso de apelacion ante la CREG. Sin embargo, la Resolution CREG-047 de 2000, publicada en el Diario Oficial No. 44132 de1 18 de agosto de 2000, senalo que contra la segunda liquidation procede el recurso de reposition ante el ASIC, sin perjuicio que se pueda acudir ante la CREG a traves de 10s mecanismos previstos en las Leyes 142 y 143 de 1994.RESOLUCI6N No. 0 93 DE 30 NW 2oco HOJA No. 212 Por la cual se rechaza un recurso de apelacibn, interpuesto por CODENSA S.A E.S.P. b) La Resolution CREG-047 de 2000, expedida con posterioridad a la Resolution CREG-024 de 1995, derogo las normas que le Sean contrarias, coma lo dispone en su Articulo 40. c) Los mecanismos de que tratan las mencionadas Leyes, corresponden a la solution de conflictos prevista en 10s Articulos 73.8 y 73.9 de la Ley 142 de 1994 y al arbitraje al que se refiere el Articulo 23 de la Ley 143 de 1994, y no a la decision de un recurso de apelacion. d) Frente a la inexistencia de norma expresa que consagre el recurso de apelacion ante la Comision de Regulation de Energia y Gas, en el case concrete el recurso presentado por CODENSA S.A. E.S.P. resulta

d) Frente a la inexistencia de norma expresa que consagre el recurso de apelacion ante la Comision de Regulation de Energia y Gas, en el case concrete el recurso presentado por CODENSA S.A. E.S.P. resulta improcedente. Por las anteriores razones, RESUELVE: Articulo Primero. Rechazar por improcedente el recurso de apelacion presentado por CODENSA ante la Comision de Regulation de Energia y Gas, contra la segunda liquidation realizada por el Administrador de1 Sistema de Intercambios Comerciales de1 Mercado Mayorista, por concept0 de transacciones de energia efectuadas por la empresa recurrente 10s dias primero, dos y tres de1 mes de septiembre de1 ano 2000. Articulo Segundo. La presente Resolution rige a partir de su expedition, y debera notificarse a la empresa CODENSA S.A. E.S.P. Dada en Bogotg D.C., a 10s 3 0 f?loi’ 2000

NOTIFiQUESE Y CirMPLASE

Ministro de Minas y Energia Presidente

CARMENZA CHAH~N ALV AREZ

Director Ejecutivo

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