CREG - Resolución 95 de 2009
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 95 de 2009
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2009
Republica de Colombia Ministerio de Minas y Energia COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS RESOLUCIÓN No. 035 DE 2009 (22557. apy ) Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE: El artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por uso, se regirán exclusivamente por esa Ley. El artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible. Según lo dispuesto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y minimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas.
Según lo dispuesto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá establecer topes máximos y minimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas. El artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias éstas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las EA / [x nw
on) 095 22 557.2000 RESOLUCION No. DE HOJA No. 2/7
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba. Mediante la Resolución CREG-045 de 2002 se estableció la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo período. Mediante Resolución CREG-069 de 2006 se adoptó la nueva tasa de retorno de conformidad con lo establecido en la resolución CREG-045 de 2002. Mediante la Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería. El artículo 10 de la Resolución CREG-011 de 2003, establece que para la determinación de cargos de distribución para mercados nuevos, si el nuevo
del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería. El artículo 10 de la Resolución CREG-011 de 2003, establece que para la determinación de cargos de distribución para mercados nuevos, si el nuevo mercado tiene costos medios comparables a un Mercado Relevante cercano ya atendido por un Distribuidor, el Distribuidor interesado podrá solicitar a la CREG su aprobación para aplicar el cargo promedio de distribución establecido para el mercado ya atendido. Mediante la Resolución CREG-100 de 2003, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los Estándares de Calidad en el servicio público domiciliario de gas natural y GLP en Sistemas de Distribución por redes de tuberías. Mediante el Documento CREG-009 de 2004, se definieron los gastos eficientes de AOM para las actividades de distribución y comercialización, el factor de eficiencia en redes, así como los gastos eficientes de AOM para el control y monitoreo de los estándares de calidad definidos mediante Resolución CREG100 de 2003. Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP mediante comunicación con radicado CREG E-2009-001268 del 19 de Febrero de 2009, presentó a la Comisión una solicitud tarifaria para distribución de gas natural por redes para el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba y solicitó la aprobación para aplicar los cargos aprobados mediante la Resolución CREG 030 de 2004, modificada por la Resolución CREG 050 de 2008. La solicitud tarifaria presentada por SURTIGAS S.A. ESP incluye las proyecciones de demanda, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y
por la Resolución CREG 050 de 2008. La solicitud tarifaria presentada por SURTIGAS S.A. ESP incluye las proyecciones de demanda, las proyecciones de gastos de AOM de distribución y el Programa de Nuevas Inversiones, clasificadas según el listado de unidades constructivas establecido en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG 011 de 2003. Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP en cumplimiento de lo dispuesto en los parágrafos de los artículos 20 y 29 de la Resolución CREG-011 de 2003, el dia 20 de febrero de 2009 publicó en el Diario El Universal el resumen del estudio de cargos que presentó a la Comisión, con la información señalada en la
AFRESOLUCION No. 095 oz ans HOJA No. 3/7
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba. Circular CREG 021 de 2003. Copia de esta publicación se remitió a la CREG con radicado E-2009-001715 de febrero 27 de 2009. La Unidad de Planeación Minero-Energética, aprobó la metodología utilizada para las proyecciones de demanda del mercado que va a atender SURTIGAS S.A. ESP., de conformidad con lo establecido en el Numeral 7.5 de la Resolución CREG 011 de 2003. Como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por la empresa SURTIGAS S.A. ESP., se realizaron ajustes
Resolución CREG 011 de 2003. Como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por la empresa SURTIGAS S.A. ESP., se realizaron ajustes pertinentes a la información requerida para el cálculo de los Cargos de que tratan los Artículos 7 y 23 de la Resolución CREG 011 de 2003, según se relacionan, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente Resolución. La Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a partir de la metodología establecida en la Resolución CREG011 de 2003 y demás información disponible en la Comisión, los cuales se presentan en el Documento CREG-073 de 2009. La Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión 418 del 22 de septiembre de 2009 aprobó el Cargo Promedio por Uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización del Mercado Relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Mercados Relevantes de Distribución y Comercialización. Para efectos de aplicación de esta Resolución el mercado relevante de distribución y comercialización será el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba. ARTÍCULO 2. Inversión Base. La Inversión Base para determinar el cargo de distribución para el Mercado Relevante definido en el artículo 1 de esta Resolución corresponde a nuevas inversiones. Para el Programa de Nuevas Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción presentada en el Anexo 1 de la presente Resolución: Descripción Año 1 Año 2 |Año3 |Afio 4 |Año 5
Inversiones se reconocen los siguientes valores, con la descripción presentada en el Anexo 1 de la presente Resolución: Descripción Año 1 Año 2 |Año3 |Afio 4 |Año 5 UC de Redes y 1.229.556.173 Estaciones Activos de calidad 301.171 Otros Activos 17.894.760 Total 1.247.752.104 Cifras en pesos del 31 de Diciembre de 2008 4 3 le Vr
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Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba. Parágrafo. Las desviaciones que se presenten en el Programa de Nuevas Inversiones serán consideradas de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 de la Resolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 3. Demandas Esperadas de Volumen. Para el cálculo tarifario se utilizó la Demanda de Volumen para el horizonte de proyección presentada en el Anexo 2 de esta Resolución. ARTÍCULO 4. Cargo Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Promedio de Distribución aplicable en el Mercado Relevante definido en el artículo 1 de la presente resolución corresponderá al aprobado mediante el artículo 5 de la Resolución CREG 030 de 2004, modificado por la Resolución CREG 050 de 2008. ARTÍCULO 5. Cargo Máximo Base de Comercialización. A partir de la
corresponderá al aprobado mediante el artículo 5 de la Resolución CREG 030 de 2004, modificado por la Resolución CREG 050 de 2008. ARTÍCULO 5. Cargo Máximo Base de Comercialización. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Máximo Base de Comercialización aplicable en el Mercado Relevante definido en el artículo 1 de la presente Resolución, es el siguiente: Cargo Máximo Base de Comercialización ($/factura) 3.929,09
NOTA: Cifras en pesos del 31 de diciembre de 2008
Parágrafo. El Cargo de Comercialización se actualizará de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Resolución CREG-011 de 2003. ARTÍCULO 6. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifaria aplicable al mercado relevante definido en el artículo 1 de la presente Resolución corresponderá a la establecida en el Artículo 32 de la Resolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 7. Vigencia de la Fórmula Tarifaria, del Cargo Promedio de Distribución y del Cargo Máximo Base de Comercialización. La fórmula tarifaria, incluido el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización que se establecen en esta Resolución, regirán a partir de la fecha en que la presente Resolución quede en firme y durante el término de vigencia que le resta a la Resolución CREG 030 de 2004. Vencido este período las fórmulas tarifarias continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas, tal como está previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 RM
A]?A : PORTO
RESOLUCIÓN No. 095 pe 2255 sng HOJA No. 5/7
nuevas, tal como está previsto en el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 RM
A]?A : PORTO
RESOLUCIÓN No. 095 pe 2255 sng HOJA No. 5/7 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba. ARTÍCULO 8. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Surtidora de Gas del Caribe S.A. ESP. y publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. 22SET 2408
z Wan Giamo 'ANA GIAIMO CHAVEZ
Ministra de Minas y Energía (E) Director” Ejecutivo Presidente
NRESOLUCION No. 095 pe 225 2009 HOJA No. 6/7
Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba.
ANEXO 1
INVERSIÓN BASE PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES Afot | Afio2 | Año3 | Año4 | Año5
mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba.
ANEXO 1
INVERSIÓN BASE PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES Afot | Afio2 | Año3 | Año4 | Año5
Unidad Constructiva | Cos!0 Untiario Cantidad en Km Eficiente $ TPE3ZV 39.134.982 8,900
TPE2ZV 22.877.393 6,150
TPE3/400 32.395.621 0,135
TPES/4ZV 12.294.262 36,165
L Cantidad en Unidades | Estación 149.504.146 1 0 0 0 L $ de diciembre de 2008 | Cruce subacuatico 142.059.333 1 0 0 0
Activos de Gas : 1.229.556.173 ‘ 0 0 0 0
Activos de calidad 301.17tee) 0 Ñ 0 0
OTROS ACTVOS : 17.894.760 0 0 0
Subtotal por años 1.247.752,104 0 0 0 0 SILVANA GIAIMO CHAVEZ Ministra de Minas y Energia (E ) ' Director Ejecutivo q PresidenteRESOLUCION No. 0395 op an HOJA No. 7/7 Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba.
ANEXO 2
PROYECCIONES DE USUARIOS Y DEMANDA Año Usuarios Demanda Anual m3 1 1,426 213,120
mercado relevante conformado por el municipio de Cotorra en el departamento de Córdoba.
ANEXO 2
PROYECCIONES DE USUARIOS Y DEMANDA Año Usuarios Demanda Anual m3 1 1,426 213,120 2 1,435 451,081 3 1,435 451,081 4 1,435 451,081 5 1,435 451,081 6 1,435 451,081 7 1,435 451,081 8 1,435 451,081 9 1,435 451,081 10 1,435 451,081 11 1,435 451,081 12 1,435 451,081 13 1,435 451,081 14 1,435 451,081 15 1,435 451,081 16 1,435 451,081 17 1,435 451,081 18 1,435 451,081 19 1,435 451,081 20 1,435 451,081 uta 6 lay mf a : SILVANA GIAIMO Ae / ~| Ministra de Minas y Energía ñ E) Presidente Director Ejecutivo