CREG - Resolución 97 de 2013
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 97 de 2013
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. DE 2013 21 AGO. 2013
Por la cual se aprueba el Cargo Equivalente Promedio para la distribucion de GLP por redes para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolivar y que forma parte del mercado relevante aprobado mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008. LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO: Que según el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea, de hecho posible; y en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de sus competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de posición dominante, y produzcan servicios de calidad; Que conforme lo establece el numeral 74.1 del artículo 74 de la Ley 142 de 1994 la Comisión regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energia y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente; Que mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales
energética eficiente; Que mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tuberia; Que mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008, la Comisión se aprobó el cargo promedio de distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de
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Por la cual se aprueba el Cargo Equivalente Promedio para la distribución de GLP por redes para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolívar y que forma parte del mercado relevante aprobado mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008. del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Cartagena, Turbaco, Arjona, Magangué, Mompox, Cicuco, San Juan Nepomuceno, San Jacinto, El Carmen de Bolivar, Clemencia, Santa Rosa de Lima, Santa Catalina, María la Baja, Turbaná, Talaigua Nuevo y Villanueva en el departamento de Bolivar; Sincelejo, San Onofre, Corozal, Los Palmitos, Sampúes, San Marcos, Since, Tolú, Tolú Viejo, Morroa, Galeras, San Juan de Betulia, Coveñas, Buenavista,
Sincelejo, San Onofre, Corozal, Los Palmitos, Sampúes, San Marcos, Since, Tolú, Tolú Viejo, Morroa, Galeras, San Juan de Betulia, Coveñas, Buenavista, San Pedro y Ovejas en el departamento de Sucre; Montería, Cereté, Ciénaga de Oro, Montelibano, Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Lorica, Momil, San Antero, San Pelayo, Purísima, Buenavista, San Carlos, Ayapel, Chinú, Sahagún, San Andrés de Sotavento, Chima y Tuchin en el departamento de Córdoba; Santa Ana en el departamento de Magdalena; y Caucasia en el departamento de Antioquia. Que la empresa COLOMBIANA DE SERVICIOS PÚBLICOS S.A.S E.S.P. a través de las comunicaciones radicadas en la CREG con los números E-2013-005350, E-2013-005365 y E-2013-005366 todos de Junio 21 de 2013, formuló una solicitud para la conversión de cargos promedio de distribución de gas natural a cargos promedio de distribución de GLP por redes de tubería para el municipio Talaigua Nuevo en el departamento de Bolívar, esto de conformidad con el artículo 17 y Anexo 6 de la Resolución CREG 011 de 2003. La Dirección Ejecutiva de la Comisión, mediante auto proferido el día 15 de julio de 2013, dispuso iniciar la respectiva actuación administrativa con fundamento en la solicitud presentada por COLOMBIANA DE SERVICIOS PÚBLICOS S.A.S E.S.P. para la conversión de cargo promedio de distribución de gas natural a cargo promedio de distribución de GLP por redes de tubería para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolivar que forma
PÚBLICOS S.A.S E.S.P. para la conversión de cargo promedio de distribución de gas natural a cargo promedio de distribución de GLP por redes de tubería para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolivar que forma parte del mercado relevante de distribución aprobado mediante resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008. La Comisión para los efectos del artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo publicó en la página Web de la CREG y en el Diario Oficial No. 48.853 del 16 de julio de 2013, el Aviso No. 029 en el cual hace saber de la solicitud presentada por COLOMBIANA DE SERVICIOS PÚBLICOS S.A.S E.S.P. para la solicitud de conversión de cargo promedio de distribución de gas natural a cargo promedio de distribución de GLP por redes de tuberia para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolívar que forma parte del mercado relevante de distribución aprobado mediante resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008, a fin de que los terceros interesados puedan hacerse parte en la respectiva actuación. Que conforme al Decreto 2897 de 2010 expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Resolución SIC 44649 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas dio respuesta al cuestionario adoptado por esta a== ==,
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Por la cual se aprueba el Cargo Equivalente Promedio para la distribución de GLP por
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Por la cual se aprueba el Cargo Equivalente Promedio para la distribución de GLP por redes para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolívar y que forma parte del mercado relevante aprobado mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008. última entidad para la evaluación de la incidencia sobre la libre competencia del presente acto administrativo, el cual se encuentra en el Documento CREG068 de 2013. Que teniendo en cuenta lo anterior, y dado que la presente Resolución contiene un desarrollo y aplicación de la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y de las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería adoptados mediante Resolución CREG 011 de 2003, el presente acto administrativo de carácter particular no requiere ser remitido a la SIC para los efectos establecidos en el Artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010; Que la Comisión de Regulación de Energia y Gas en su Sesión 569 del 21 de agosto de 2013 aprobó el Cargo equivalente para distribución de GLP por redes para ser aplicado en el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolivar.
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Cargo Equivalente Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Equivalente Promedio para distribución de GLP por redes para el municipio de Talaigua Nuevo en el
Bolivar.
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Cargo Equivalente Promedio de Distribución. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo Equivalente Promedio para distribución de GLP por redes para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolivar, y que forma parte del mercado relevante de distribución aprobado mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008, se fija en 746,44 $/m3 (pesos de diciembre de 2002).
ARTÍCULO 2. Fórmula Tarifaria. La Fórmula Tarifaria aplicable al municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolívar, y que forma parte del mercado relevante de distribución aprobado mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008 para distribución de GLP por redes corresponderá a la establecida en el Artículo 40 de la Resolución CREG 011 de 2003. ARTÍCULO 3. El cargo aprobado en esta Resolución se podrá aplicar a partir del mes siguiente a su entrada en vigencia, de conformidad con el Artículo 4 de esta Resolución y el Articulo 42 de la Resolución CREG 011 de 2003, previas las publicaciones de rigor, y regirá hasta la vigencia de las Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008. ARTÍCULO 4. La presente Resolución deberá notificarse a las empresas
COLOMBIANA DE SERVICIOS PÚBLICOS $.A.S E.S.P. y SURTIGAS S.A.
E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en
COLOMBIANA DE SERVICIOS PÚBLICOS $.A.S E.S.P. y SURTIGAS S.A.
E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse — —,; és 21 AGO. 2013 RESOLUCIÓN No. _- (19 £ DE HOJA No. 4/4 Por la cual se aprueba el Cargo Equivalente Promedio para la distribución de GLP por redes para el municipio de Talaigua Nuevo en el departamento de Bolívar y que forma parte del mercado relevante aprobado mediante Resoluciones CREG 030 de 2004, 063 de 2004, 050 de 2008 y 129 de 2008. ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, 2 1 AGO. 2013
Dada en Bogotá, a los —| yt!
GERMAN CASTRO FERREIRA
Dirgctor Ejecutiyo Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente