CREG - Resolución 98 de 2004
Detalles
- Título
- CREG - Resolución 98 de 2004
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2004
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCION No. 0 9 8 DE 2004 1 k Q IC . 2004 Por la cual se resuelve u n recurso de reposición interpuesto por GASES DEL CUSIANA S.A. ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se ap ru eb an el Cargo Promedio de D istribución por uso del Sistem a de D istribución de gas com bustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas com bustible por redes a u su ario s regulados, p a ra el m ercado relevante conform ado por los m unicipios de Aguazul, M onterrey y Villanueva. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de su s atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y los D ecretos 1524 y 2253 de 1994, y Que el Artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público dom iciliario de gas com bustible como el conjunto de actividades o rd en ad as a la distribución de gas com bustible y estableció la actividad de com ercialización como com plem entaria del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes p a ra el tra n sp o rte de gas, así como el
señalam iento de las tarifas por uso, se regirán exclusivam ente por esa Ley; Que el Artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Com isión de Regulación de E nergía y Gas, la com petencia p a ra establecer las fórm ulas p a ra la fijación de las tarifas del servicio público dom iciliario de gas com bustible; Que según lo dispuesto por el Artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de E nergía y G as po d rá establecer topes m áxim os y m ínim os tarifarios, de obligatorio cum plim iento por p a rte de las em presas; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el período de vigencia de las fórm ulas tarifarias éstas co n tin u a rá n rigiendo m ientras la Com isión no fije las nuevas; CONSIDERANDO:RESOLUCIÓN No. Q ^ 8 DE 1 ^ D IC ' 200^ HOJA No. Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto por GASES DEL CUSIANA S.A. ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistem a de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva. Que m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de cálculo y aju ste p a ra la determ inación de la ta s a de retorno que se u tilizará en
Que m ediante R esolución CREG-045 de 2002 se estableció la m etodología de cálculo y aju ste p a ra la determ inación de la ta s a de retorno que se u tilizará en las fórm ulas tarifarias de la actividad de distribución de gas com bustible por redes p a ra el próxim o período; Que m ediante R esolución CREG-011 de 2003 se adoptó la m etodología y criterios generales p a ra d eterm in ar la rem u n eració n de las actividades de distribución y com ercialización de gas com bustible y las form ulas generales p a ra la p restación del servicio público dom iciliario de distribución de gas com bustible por redes de tubería; Que m ediante R esolución CREG-100 de 2003, la Com isión adoptó E stán d ares de C alidad en el servicio público dom iciliario de gas n a tu ra l y GLP en S istem as de D istribución por redes de tubería; Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as efectuó los cálculos tarifarios correspondientes a p a rtir de la m etodología establecida en la R esolución CREG011 de 2003 y dem ás inform ación disponible en la Com isión, los cuales se p re sen ta n en el D ocum ento CREG020 de 2004; Que la Com isión de Regulación de E nergía y G as en su sesión 232 del 23 de Marzo de 2004, aprobó el Cargo Prom edio por Uso del S istem a de D istribución y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización del M ercado Relevante conform ado por los m unicipios de Aguazul, M onterrey y Villanueva;
y el Cargo Máximo B ase de Com ercialización del M ercado Relevante conform ado por los m unicipios de Aguazul, M onterrey y Villanueva; Q ue la em p resa GASES DEL CUSIANA S.A. ESP, a través de poder especial concedido por el R epresentante Legal de la sociedad, y m ediante com unicación rad icad a in tern am en te con el núm ero CREG E 2004-003564, dentro de los térm inos legales, presentó recurso de reposición co n tra la R esolución CREG 020 de 2004, con las siguientes pretensiones: “ 1) Una vez verificados los gastos AO&M del horizonte de proyección calculados para los municipios de Aguazul, M onterrey y Villanueva no se encuentra justificación entre los valores aprobados por la comisión de regulación de energía y gas y los calculados p or la em presa G ases del C usiana S.A., toda vez que existió un a depuración p a ra los gastos AO&M del horizonte de proyección por parte de la CREG, sin dem ostrar cuales fu ero n los costos y gastos no aprobados y no incluidos dentro del cálculo del cargo de distribución, de acuerdo a la tabla número 13 del docum entos CREG 020 de marzo 2 3 de 2 0 0 4 y al artículo 4 de la resolución CREG 020 de marzo 30 de 2004. 2) No existe justificación alguna sobre la diferencia de los gastos AO&M en el horizonte de proyección, a p e sa r de que los costos y gastos eficientes p resentados po r la em presa G ases del C usiana en su estudio tarifario, son en los que realmente la em presa ha incurrido para la óptima prestación del servicio en
p resentados po r la em presa G ases del C usiana en su estudio tarifario, son en los que realmente la em presa ha incurrido para la óptima prestación del servicio en los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva.RESOLUCIÓN No. 0 9 B DE 1 4 D iC - ^ HOJA No. Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto por GASES DEL CUSIANA SA . ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva. 3) A sí mismo se observa en la página 3 8 7 de docum ento CREG 020 de marzo 23 de 20 0 4 que una de las razones p o r las cuales se realizó la depuración p o r parte de la CREG, fu e debido a la inconsistencia en el incremento en la longitud de la red de la em presa fren te al incremento en los gastos AO&M de u n año a otro. Argum ento que no es acogido por la em presa G ases del Cusiana, p u esto que no se p u e d e evidenciar en la práctica que el incremento de costos y gastos de la prestación del servicio solam ente dependa del nivel de longitud de redes de distribución en metros lineales, sin tener en cuenta otras variables que también son importantes en la actividad de distribución de gas combustible. Por todo lo anterior, se p resen ta recurso de reposición sobre la resolución CREG
distribución en metros lineales, sin tener en cuenta otras variables que también son importantes en la actividad de distribución de gas combustible. Por todo lo anterior, se p resen ta recurso de reposición sobre la resolución CREG 020 de marzo 2 3 de 2004, teniendo en cuenta los argum entos expresados en las consideraciones, así mismo, tengase como material probatorio el estudio tarifario presentado por la em presa G ases del C usiana S.A. - E.S.P. pa ra la aprobación de los cargos prom edios de distribución y comercialización según resolución CREG 011 de 2 0 0 3 .” Q ue GASES DEL CUSIANA S.A. ESP, m ediante com unicación de fecha 24 de ju n io de 2004 rad icad a in tern am en te en la CREG con el núm ero E 2004-005264 dio alcance al recu rso de reposición in terp u esto co n tra la R esolución CREG 020 de 2004; Que el D irector Ejecutivo m ediante Auto N o.l del 20 de Agosto de 2004, resolvió las siguientes p ru eb a s dentro del proceso de reposición in terp u esto por GASES DEL CUSIANA S.A. ESP: ‘ Artículo Primero. Requerir a la em presa GASES DEL CUSIANA S.A. ESP para que dentro del término de quince (15) días contados a partir de la notificación de este Auto, p resen te u n documento escrito donde se explique, teniendo en cuenta lo señalado en la metodología (Resolución CREG 011 de 2003, Artículo 7.4 y Anexo 3), las variables que la em presa considera son im portantes y que la Comisión no tuvo en cuenta en la definición del cargo de distribución de g a s combustible. De
3), las variables que la em presa considera son im portantes y que la Comisión no tuvo en cuenta en la definición del cargo de distribución de g a s combustible. De igual m anera la Em presa deberá justificar cómo lo anterior afecta los gastos de Administración, Operación y Mantenimiento, pa ra el caso específico de los M ercados R elevantes conformados por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva (definido según Resolución CREG 020 de 2004); Yopal (según Resolución CREG 024 de 2004) y Tauram ena (según Resolución CREG 025 de 2004).” Que GASES DEL CUSIANA S.A. ESP m ediante com unicación rad icad a el 10 de Septiem bre de 2004 con núm ero interno E 2004-007343, allegó el docum ento solicitado en el Artículo Prim ero del Auto de P ru eb as No. 1 del 20 de Agosto de 2004;RESOLUCIÓN No. ^ ^ 8 DE 1 ¿ bifa, ¿flQ j HOJA No. 4 ^6 Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto por GASES DEL CUSIANA S.A. ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva.
CONSIDERACIONES DE LA CREG AN TE LA S PRETENSIONES DE GASES
DEL CUSIANA S.A . ESP.
Según lo establece la Resolución CREG 011 de 20 0 3 (Artículo 7,4), "Los gastos de
CONSIDERACIONES DE LA CREG AN TE LA S PRETENSIONES DE GASES
DEL CUSIANA S.A . ESP.
Según lo establece la Resolución CREG 011 de 20 0 3 (Artículo 7,4), "Los gastos de adm inistración, operación y m antenim iento (AOM) de cad a em presa se d eterm in arán con base en la m etodología de análisis envolvente de datos que se describe en el Anexo 3 de la presente Resolución". En la aplicación de e sta m etodología p a ra la em p resa GASES DEL CUSIANA S.A. ESP la Com isión tuvo en cu en ta to d a la inform ación rep o rtad a en la solicitud tarifaria y las aclaraciones posteriores p rese n ta d as según las solicitudes de la Comisión. El procedim iento em pleado en la determ inación de los gastos AOM, la inform ación utilizada y el valor reconocido p a ra cad a u n a de las c u en tas quedó contenido en el D ocum ento CREG 020 de 2004 (Sección 3.1.2 y Anexo 2 respectivam ente). El resu ltad o de la aplicación del modelo de optim ización (DEA) p a ra la em presa GASES DEL CUSIANA S.A. ESP arrojó u n nivel de eficiencia del 90,04% , el cual se aplicó al valor p resen te de la proyección de AOM, conform e lo establece la m etodología definida en la R esolución CREG 011 de 2003 (Anexo 3). A p a rtir de lo anterior, el valor de AOM utilizado p a ra el cálculo del cargo prom edio de distribución fue el que quedó contenido en la R esolución CREG 020 de 2004.
lo anterior, el valor de AOM utilizado p a ra el cálculo del cargo prom edio de distribución fue el que quedó contenido en la R esolución CREG 020 de 2004. A hora bien, en la solicitud tarifaria p re sen ta d a por la em p resa GASES DEL CUSIANA S.A. ESP, los gastos de AOM reportados p a ra el año 1 del Horizonte de Proyección su m a n $656.089.959, lo que re p re se n ta u n increm ento del 65,97% con respecto a los gastos reportados p a ra el año 2002 ($395.317.180, según el reporte del SUI, que constituyen los gastos históricos reales), por lo cual la D irección Ejecutiva de la CREG solicitó a la E m p resa las justificaciones que explicaran el aum ento. En re sp u e sta a e sta solicitud, la E m p resa en s u com unicación del 22 de Agosto de 2003 (Radicado CREG E2003-009837) m anifiesta que “ en lo que respecta al incremento en los gastos laborales se debe aclarar que en los municipios de Aguazul, Monterrey, Villanueva y Tauram ena hasta el año 2002 venían presentando u n valor subestim ado p o r estos conceptos debido a que el municipio de Yopal asum ía toda la carga fija y administrativa de la compañía y a que contablem ente no se tenía im plem entada una metodología que permitiera prorratear estos costos y cargar a cada municipio proporcionalmente. Sin embargo al detectar esta falencia, a partir de enero de 20 0 3 se prorratea de acuerdo al número de usuarios” .
prorratear estos costos y cargar a cada municipio proporcionalmente. Sin embargo al detectar esta falencia, a partir de enero de 20 0 3 se prorratea de acuerdo al número de usuarios” . A dicionalm ente en la m ism a com unicación afirm a que “en la parte de m antenim iento el increm ento presentado se debe al hecho de que el año 2002 se consolidó la p a rte constructiva de los m unicipios y en el año 2003 se iniciaron las actividades de m antenim iento exigidas y com enzaron a generarse los gastos expuestos”. Como quedó contenido en el D ocum ento CREG 020 de 2004, este argum ento no es aceptable y a que las redes de estos m unicipios h a nRESOLUCIÓN No. ^ ^ B DE 1 k D IC . 7.004 HOJA No. Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto por GASES DEL CUSIANA S.A. ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva. operado d u ra n te los años 2001 y 2002 y por lo tan to se h a n realizado las labores de m antenim iento. Según lo argum entado por la E m presa, el m unicipio de Yopal soportaba contablem ente los gastos de AOM de los otros m unicipios, y a p a rtir de 2003 se corrigió e sta situación y se asigna a cad a u n id ad contable lo que le corresponde
contablem ente los gastos de AOM de los otros m unicipios, y a p a rtir de 2003 se corrigió e sta situación y se asigna a cad a u n id ad contable lo que le corresponde de acuerdo al núm ero de u su a rio s respectivos. E sta red istrib u ció n genera que cad a m unicipio refleje los gastos que efectivam ente im pone, sin em bargo no explica el increm ento global que se observa en la proyección de los gastos de AOM. Teniendo en c u e n ta e sta reasignación, p a ra d eterm in ar los gastos de AOM históricos p a ra cad a u n o de los m ercados relevantes, la Com isión prorrateó en función del núm ero de u su a rio s de cad a m unicipio, las c u en tas que com ponen el total de los gastos AOM reportados por la E m p resa p a ra el año 2002 (Inform ación con ten id a en la base de datos del SUI), como quedó contenido en el D ocum ento CREG 020 de 2004. Si bien, con este aju ste se m odifican los valores históricos de AOM p a ra cad a un o de los m ercados relevantes, el valor total histórico p a ra 2002 se m antiene en $3 9 5 .3 1 7 .1 8 0 ($ de diciem bre de 2002), como se p rese n ta en la Tabla 1. Tabla 1 G astos de AOM p a ra el año 2002 Base de Datos SU I AguazulMonterreyVillanueva Tauramena Yopal
2002), como se p rese n ta en la Tabla 1. Tabla 1 G astos de AOM p a ra el año 2002 Base de Datos SU I AguazulMonterreyVillanueva Tauramena Yopal Gastos AOM 395,317,180 165,361,176 16,603,322 213,352,682 A hora bien, el increm ento proyectado por la E m p resa p a ra los gastos de AOM no fue aceptado por la Com isión porque éste "no era consistente con el aumento de la longitud de red de la em presa” como se argum entó en el D ocum ento CREG 020 de 2004, por lo que la Com isión utilizó u n criterio diferente p a ra la proyección de gastos AOM con base en el increm ento de la longitud de red. En efecto, según los an álisis realizados por la Com isión en desarrollo del Modelo de F ro n tera de Eficiencia (DEA), se encontró que la longitud de red es u n a variable que explica en u n a im portante m edida los gastos de AOM que tienen las em presas de distribución de gas com bustible en Colombia. Si bien la Com isión no desconoce que los gastos de AOM en la actividad de d istribución de gas com bustible por redes de tu b e ría se explican por el com portam iento de o tras variables, se utilizó la longitud de red p a ra determ inar el crecim iento de estos gastos en el Horizonte de Proyección por tra ta rs e de u n a de las variables que m ejor describe el com portam iento del crecim iento en el nivel de gasto de AOM, esto es, d ad a u n a in fra e stru c tu ra que se e n cu e n tra
de las variables que m ejor describe el com portam iento del crecim iento en el nivel de gasto de AOM, esto es, d ad a u n a in fra e stru c tu ra que se e n cu e n tra operando, si hay u n a expansión en la longitud de las redes, existe u n increm ento proporcional en los gastos de AOM.RESOLUCIÓN No. ^ ^ 8 D E 1 4 D I C . 2 Q Q ( HOJA No. 6/ 6 Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto por GASES DEL CUSIANA SA . ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva. Es pertin en te reiterar que la m etodología de a n álisis envolvente de datos m ediante la cual se determ in an los gastos de AOM, es de aplicación general p a ra to d as las em p resas de distribución, así m ism o, las variables que se utilizan fueron definidas técnicam ente y el m odelo se e n c u e n tra validado. Finalm ente, la m etodología considera los gastos de AOM como el total a n u a l de la em presa, pero no discrim ina entre com ponentes fijos y variables, por lo cual no es posible co n sid erar este enfoque como lo m an iñ esta GASES DEL CUSIANA en su com unicación rad icad a en la CREG con el n ú m ero E 2004-007343.
no es posible co n sid erar este enfoque como lo m an iñ esta GASES DEL CUSIANA en su com unicación rad icad a en la CREG con el n ú m ero E 2004-007343. Que de conform idad con el artículo 126 de la ley 142 de 1994, las fórm ulas tarifarias te n d rá n u n a vigencia de cinco años, y de acuerdo con el artículo 62 nu m eral 2 o del Código Contencioso A dm inistrativo, los actos adm inistrativos qu ed an en firme u n a vez se decidan los recu rso s in terp u esto s; Que la Com isión, en sesión No. 246 del 14 de diciem bre de 2004, resolvió el recu rso de reposición in terp u esto por la em p resa GASES DEL CUSIANA S.A. ESP en co n tra de la R esolución CREG 020 de 2004; ARTÍCULO I o. No acceder a las peticiones de GASES DEL CUSIANA S.A. ESP, con b ase en los arg u m en to s p resen tad o s en la m otivación de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°. Notificar al R epresentante Legal de GASES DEL CUSIANA S.A. ESP y a la G obernación de C asanare, el contenido de e sta R esolución y hacerles sab er que co n tra lo dispuesto en este acto no procede recu rso alguno por la vía gubernativa. ARTÍCULO 3 o. E sta R esolución rige desde la fecha de s u expedición.
RESUELVE:
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
D ada en Bogotá, D.C.
MANUEL MAIGUASHCA OLANO
ARTÍCULO 3 o. E sta R esolución rige desde la fecha de s u expedición.
RESUELVE:
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
D ada en Bogotá, D.C. MANUEL MAIGUASHCA OLANO , / y Vicem inistro de M inas y Energía
U D I C . 2004
ANA MARIA BRICEN O MORALES Delegado del M inistro de M inas y Energía Presidente .do D irectora Ejecutiva