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CSDJ - F11001010200020110230200ADJUNTA20120605072413-2012

Consejo Superior de la Judicatura

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Título
CSDJ - F11001010200020110230200ADJUNTA20120605072413-2012
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2012

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

Bogotá D.C., treinta (30) de mayo de dos mil doce (2012) Magistrado Ponente: doctor JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicación No. 110010102000201102302 00 / 2107 F Aprobado según Acta No. 46 de la misma fecha. ASUNTO Procede la Sala a corregir la providencia de fecha 22 de marzo de 2012, por medio de la cual esta Sala al resolver lo que en derecho corresponde en relación con la investigación contra la doctora MARÍA LOURDES HERNÁNDEZ MINDIOLA, Magistrada de la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima, decidió decretar la terminación del procedimiento y el archivo definitivo de las diligencias. ANTECEDENTES 1.- Esta Corporación disciplinaria providencia de fecha 22 de marzo de 2012, decidió: “PRIMERO.- DECRETAR LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, y República de Colombia 2 Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado No 110010102000201102302 00 / 2107 F Corrección de providencia en consecuencia se ordena el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente investigación disciplinaria, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído. SEGUNDO.- Devuélvase el expediente al Consejo Seccional de Origen para que en primer lugar, notifique a todas las partes dentro del proceso y en segundo lugar,

cumpla lo dispuesto por la Sala. Advirtiendo que contra ella no procede recurso alguno.” 2.- En constancia Secretarial se advierte que en la parte resolutiva de la anterior providencia se ordena devolver el expediente al Consejo Seccional de origen, a pesar de ser un proceso de funcionario de única instancia. CONSIDERACIONES Del artículo 121 del Código Disciplinario Único, norma que se ajusta al caso, lo siguiente: República de Colombia 3 Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado No 110010102000201102302 00 / 2107 F Corrección de providencia “CORRECCIÓN, ACLARACIÓN Y ADICIÓN DE LOS FALLOS. En los casos de error aritmético, o en el nombre o identidad del investigado, de la entidad o fuerza donde labora o laboraba, o en la denominación del cargo o función que ocupa u ocupaba, o de omisión sustancial en la parte resolutiva del fallo, éste debe ser corregido, aclarado o adicionado, según el caso, de oficio o a petición de parte, por el mismo funcionario que lo profirió. El fallo corregido, aclarado, o adicionado, será notificado conforme a lo previsto en este código.” En este orden de ideas, y teniendo en cuenta que efectivamente se incurrió en error en la parte resolutiva de la providencia proferida por esta Sala el 22 de marzo de 2012, esto es, en el ordinal Segundo, al ordenar remitir el asunto al Seccional de origen, es por lo que

procederá esta Sala a efectuar la corrección que corresponde, ordenando se notifique a todas las partes dentro del proceso, advirtiendo que contra ella no procede recurso alguno. En mérito de lo expuesto, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior de la Judicatura, en uso de sus facultades constitucionales y legales, República de Colombia 4 Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado No 110010102000201102302 00 / 2107 F Corrección de providencia RESUELVE PRIMERO: CORREGIR EL ORDINAL SEGUNDO de la providencia emitida por esta Sala el 22 de marzo de 2012, el cual quedará del siguiente tenor: SEGUNDO.- Notifique a todas las partes dentro del proceso advirtiendo que contra ella no procede recurso alguno.

SEGUNDO: Hecha la anterior corrección, por la Secretaría Judicial dése cumplimiento a lo dispuesto por esta Sala en providencia de fecha 22 de marzo de 2012.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE República de Colombia 5 Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado No 110010102000201102302 00 / 2107 F Corrección de providencia

ANGELINO LIZCANO RIVERA JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO

Presidente Vicepresidente

JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ MARÍA MERCEDES LÓPEZ MORA

Magistrada Magistrada

JORGE ARMANDO OTÁLORA GÓMEZ PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO

Magistrado Magistrado República de Colombia 6 Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado No 110010102000201102302 00 / 2107 F Corrección de providencia

MARÍA CONSTANZA DEL ROSARIO RIVERA PEÑA

Magistrada (E)

YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA

Secretaria Judicial República de Colombia 7 Rama Judicial

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