CSDJ - F11001010200020110302100ADJUNTA20150910121357-2015
Consejo Superior de la Judicatura
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSDJ - F11001010200020110302100ADJUNTA20150910121357-2015
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2015
TERMINACION Y ARCHIVO / inexistencia de la conducta endilgada Se ordenó terminación en favor del funcionario investigado por cuanto testimonialmente se demostró la inexistencia de conductas de acoso laboral o irregularidades en desarrollo de la gestión del denunciante como Fiscal de la Unidad de Justicia y Paz, y la declaratoria de insubsistencia debe ser debatida en la respectiva jurisdicción.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
Bogotá D.C., nueve (09) de septiembre de dos mil quince (2015) Magistrada Ponente Dra. JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ Radicación No. 110010102000201103021 00 (3800-11) Aprobado según Acta de Sala No. 76 ASUNTO Se decide lo pertinente dentro la investigación disciplinaria adelantada contra el doctor EDGAR AUGUSTO CARVAJAL PAIPA, Fiscal Delegado ante la Unidad Nacional de Fiscalías para Justicia y Paz, iniciada por queja presentada por la señora SONIA PÉREZ LIZCANO y otros. HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE 1.- Mediante oficio No. 05117 del 31 de octubre de 2011, la Directora Seccional Administrativa y Financiera de la Fiscalía General de la Nación – Seccional Cúcuta, dio traslado a esta Corporación del “Caso de Acoso Laboral” contra el doctor EDGAR AUGUSTO CARVAJAL PAIPA, quien funge como Fiscal Delegado ante la Unidad Nacional de Fiscalías para Justicia y Paz de esa ciudad, presentado por los señores SONIA PÉREZ
LIZCANO, JAVIER MONROY VALBUENA, MARTHA PACHECO
RIVERA, ROBER ANGARITA LEÓN, CARLOS DELGADO CABALLERO y FREDDY DELGADO MONTES, investigadores del CTI – UNIDAD DE JUSTICIA Y PAZ con sede en Cúcuta, por cuanto realizada la conciliación resultó fallida, pues los servidores manifestaron su decisión de NO conciliar por considerar se debe estudiar el acoso laboral del cual han sido objeto por parte del mencionado Fiscal (fls. 1 a 149 c.o. No. 1). Al anterior escrito se allegaron copias de los siguientes documentos: Oficio sin fecha recibido en ese despacho el 29 de julio de 2011, por medio del cual los servidores SONIA PÉREZ LIZCANO,
CARLOS ARTURO DELGADO CABALLERO, ROBER JESÚS
ANGARITA LEÓN, LUIS JAVIER MONROY VALBUENA, MARTHA PACHECO RIVERA, y FREDDY DELGADO MONTES interpusieron queja ante el Comité de Acoso Laboral de la Seccional de Cúcuta. Fotocopia de Acta No.01-2011 del 10 de Agosto de 2011, en la que se presenta el caso ante el Comité de Acoso Laboral. Fotocopia Diligencia de declaración rendida por la servidora Sonia Pérez Lizcano de fecha 16 de Agosto de 2011 Fotocopia Diligencia de declaración rendida por el servidor Carlos Arturo Delgado Caballero. Fotocopia Diligencia de declaración rendida por el servidor Luis Javier Monroy Valbuena Fotocopia Diligencia de declaración rendida por la servidora Martha Pacheco Rivera. Fotocopia Diligencia de declaración rendida por el señor Rober
Jesús Angarita León Fotocopia Diligencia de declaración rendida por el servidor Freddy Eduardo Delgado Montes Fotocopia Oficio de fecha 17 de agosto de 2011 presentado por la servidora Sonia Pérez Lizcano ante el Comité Fotocopia Constancia de Inasistencia Citación de fecha 23 de agosto de 2011 Fotocopia Oficio de fecha 24 de agosto de 2011, presentado por el doctor Edgar Augusto Carvajal Paipa ante el Comité Fotocopia Acta No-02-2011 de fecha 30 de Agosto de 2011 Fotocopia Diligencia Declaración rendida por el doctor Edgar Augusto Carvajal Paipa Fotocopia de Acta No.03-2011 de fecha 06 de octubre de 2011 2.- En proveído de 29 de noviembre de 2011 se ordenó indagación preliminar contra el doctor EDGAR AUGUSTO CARVAJAL PAIPA, Fiscal Delegado ante la Unidad Nacional de Fiscalías para Justicia y Paz, y se decretaron algunas pruebas (fls. 150 a 151 y 154 a 155 c.o. No. 1). 3.- Mediante oficio DSAF OP 05850 del 14 de diciembre de 2011 el Analista de la Oficina de Personal de la Fiscalía General de la Nación, remitió copia de la resolución de nombramiento, acta de posesión, certificación de servicios y constancia de sueldo del doctor EDGAR AUGUSTO CARVAJAL PAIPA, como Fiscal Delegado ante la Unidad Nacional de Fiscalías para Justicia y Paz (fls. 165 a 175 c.o. No. 1).
4.- Mediante comisión, se notificó personalmente al funcionario investigado de la iniciación de indagación preliminar en su contra (fl. 271 c.o. No. 1), se recaudó la versión libre del doctor EDGAR AUGUSTO CARVAJAL PAIPA, y se escuchó en ampliación de queja a los señores
SONIA PÉREZ LIZCANO, CARLOS ARTURO DELGADO CABALLERO,
ROBER JESÚS ANGARITA LEÓN, LUIS JAVIER MONROY
VALBUENA, MARTHA PACHECO RIVERA, y FREDDY DELGADO
MONTES (fls. 176 a 270 c.o. No. 1). 4.1.- El doctor EDGAR AUGUSTO CARVAJAL PAIPA en su versión libre indicó respecto a los hechos objeto de queja que en su oficina se han venido presentando dificultades desde agosto o septiembre de 2008, cuando nombró la planta de investigadores de Justicia y Paz de Cúcuta, señalando que en la primera reunión varios investigadores llegaron con apatía y diciendo que no sabían para qué habían sido nombrados en Justicia y Paz y que solamente se habían hecho por un ascenso, afirmando que la más complicada ha sido la investigadora SONIA
PEREZ LIZCANO.
Adujo que posteriormente la doctora MARILU MENDEZ RADA fue a Cúcuta con el Jefe Nacional del C.T.I. de la Unidad de Justicia y Paz, doctor GONZALO BURITICA y tomó algunas determinaciones con el personal que no quería estar en Justicia y Paz remplazándolos con personal de menor cargo y así empezó el programa; señaló que la relación de trabajo en Justicia y Paz es diferente, en cuanto en Justicia y
Paz el Jefe Inmediato es el Fiscal, y en las otras Unidades es un funcionario del CTI, y como algunos investigadores venían enseñados en ese esquema no querían aceptar las órdenes directas del Fiscal, ni de los fiscales de apoyo que están a su cargo, entre ellos la doctora LIBIA VEGA, fiscal de Justicia y Paz en Bucaramanga, la doctora DALILA DÍAZ GOMEZ, fiscal de la Uri de Engativá en Bogotá y la doctora PRESCELIA ROA JAIMES, Fiscal de apoyo en la Especializada en Cúcuta, y la mayoría de investigadores fueron los que presentaron la queja que dio inicio a esta investigación. Aseveró que el problema no ha sido solamente con él sino también con otros fiscales al no aceptar órdenes o sugerencias y en muchas ocasiones se les ha llamado la atención por la calidad del trabajo, por el cumplimiento de horario y por la atención a los usuarios. Se refirió al caso de la investigadora MARTHA PACHECO quien es psicóloga señalando que un día un postulado JUAN DE LAS AGUAS OSPINO se quejó, afirmando que esa investigadora lo trataba como un criminal, al haber participado él en una muerte de alguien allegado a la doctora PACHECO, afirmando haberse reunido con ella y le solicitó que evitara cualquier roce con el postulado, pues la Unidad de Justicia y Paz se debe a la comunidad y se le debe dar respuesta a más de 10.000 víctimas que son las registradas del Bloque Catatumbo comandadas por el señor MANCUSO, las cuales deben recibir una reparación integral. Sobre el caso del investigador FREDDY DELGADO indicó no tenerle confianza, pues cuando era Fiscal de Derecho Humanos, tuvo
conocimiento que dicho investigador había entrado a una base de datos y sacó información privilegiada, lo cual confesó diciendo que otra persona (una Fiscal encargada en Cúcuta), le había solicitado dicha información, por eso lo denunció y solicitó su traslado de Derechos Humanos, desde entonces existe ese problema. Respecto al quejoso CARLOS ARTURO DELGADO CABALLERO, indicó que fue una de las persona que desde un principio se cambió autorizado por la Directora Nacional del CTI, doctora MARILU MENDEZ, un día le llamó la atención porque tuvo un trato fuerte con una judicante ELIANA ALVARADO LÓPEZ, porque la trató mal, por ocupar el escanner y él fue de manera grosera a quitárselo. En cuanto a JAVIER MONROY VALBUENA, manifestó que las relaciones eran buenas hasta cuando le pasó un llamado de atención por escrito, porque verbalmente lo había citado a su despacho como coordinador de Policía Judicial, el 26 de julio de 2011, para que tocaran el tema de un trabajo que el doctor CARVAJAL iba hacer en Barranquilla a partir del lunes primero de agosto y se rehusó a reunirse conmigo, sin explicar por qué, ese mismo día le pasó una especie de llamado de atención, véase folio 48, y también por eso desde ese momento se volvió su contradictor. Referente al quejoso ROBERT ANGARITA LEÓN, señaló que a principios del año 2010 y por orden del doctor LEONARDO CABANA FONSECA, Fiscal Octavo quien tiene su sede en Bogotá, pidió que lo sacaran del grupo de trabajo, por dilatar las misiones de trabajo, debió
retirarlo, y lo trasladaron; afirmando que este señor es conocido como una persona mañosa, lleva varios años en la institución, por descuidado le robaron una motocicleta de la institución, razón por la cual lo denunció. En cuanto a los señores SONIA PÉREZ LIZCANO y FREDDY DELGADO MONTES, presentaron la queja disciplinaria porque les hizo un llamado de atención debido a que realizaron una anotación falsa en el libro de control de entradas y salidas, indicando que habían salido a las seis de la tarde lo cual no fue cierto; el mismo vigilante había puesto la hora real encima de la hora que ellos pusieron, razón por la cual el vigilante desde ese momento fue objeto de cuestionamientos y de maltrato por los investigadores SONIA PÉREZ y FREDDY DELGADO.
En conclusión señaló: “lo que yo veo es que la denuncia disciplinaria, carece de fundamento y está basada en los llamados de atención que yo le hecho a estos investigadores, uno de los problemas que yo veo tal como me lo hizo saber el psicólogo de la ARP COLMENA JUAN CARLOS, es que ellos quieren ser rueda sueltas, no quieren recibir órdenes. Pero además han encontrado una manera de distracción real de las cosas llamando o informando al comité de acoso laboral, para que se produzca una consultoría psicológica, allí les he pedido que me hagan conocer los diagnósticos de esas consultorías pero no he obtenido eco, y cada vez que se presentan diferencias con algunos de los investigadores acuden a esa figura con el fin de hacerme perder autoridad o contrarrestar esos llamados de atención
que yo les hago. Quiero que se tenga en cuenta como parte de estas explicaciones y versión las comunicaciones de fecha de 24 de agosto de 2011, folio 33 a 36 del cuaderno y las pruebas que adjunte relacionadas a folios 37 a 57, así como la declaración que di ante la doctora PATRICIA PINZÓN, Fiscal Seccional Comisionada por el Comité de Acoso Laboral, declaración del 6 de septiembre de 2011, vista a folios 12 a 29”. (Folio 177 a 183 c.o n 1) 4.2.- El 12 de diciembre de 2011 amplió su declaración el señor CARLOS ARTURO DELGADO CABALLERO indicando que se ratificaba de la queja presentada el 16 de agosto de 2011 y adicionando que lleva veintidós años y medio en la Fiscalía, viene desde instrucción criminal y nunca he tenido problemas, con Fiscales, compañeros, o Directores del CTI. (Folio 192 a 194 c.o) 4.3.- El 12 de diciembre de 2011 amplió su declaración la señora SONIA PÉREZ LIZCANO, indicando que se ratifica en lo ya señalado y puntualizando que los casos de acoso laboral se ven reflejados en la persecusión laboral consistente en menoscabar en todo momento la honra de los funcionarios al punto que la mayoría de los investigadores quieren salir de la Unidad, además el inculpado siempre está diciendo que la selección del personal no fue la mejor. (Folios 192 a 199 c. 1 original) 4.4.- En la misma fecha se recibió la ampliación de la denuncia del señor ROBER JESÚS ANGARITA LEÓN, ratificándose en lo ya manifestado e
indicando que sería importante que solicitaran las estadísticas sobre sus misiones de trabajo las cuales son buenas, indicando que “la prueba está en que este doctor CARVAJAL hasta la fecha no ha tenido inconvenientes para las audiencias de formulación de cargos ante el Tribunal de Justicia y Paz, o de otra manera, no ha dejado de presentar las audiencias del Tribunal de Justicia y Paz, en la entrega de las misiones de trabajo. Quiero también decir, que la desorganización que él tiene en el manejo de las misiones de trabajo, pues da órdenes orales y no lleva un orden, suspendiendo en forma indiscriminada las misiones de trabajo. Eso conlleva a atrasarse en el trabajo el cual se entrega de todas maneras. Si nos referimos a ello, la unidad fue destacada como despacho modelo, donde se hizo una programación de cada mes por medio se entregaban cien hechos diferentes, en ese transcurso de tiempo, nosotros hicimos más de cien casos mensuales, para destacar que el trabajo se ha venido cumpliendo a cabalidad”. (Folios 205 a 208 c.o 1) 4.5.- El señor FREDDY EDUARDO DELGADO MONTES, de igual forma se ratificó de la queja y al ser interrogado acerca de la denuncia penal que cursa en su contra por manejo de información privilegiada instaurada por el Operador de Justicia investigado indicó que tal afirmación no es cierta, ya que para ingresar a las bases de datos se necesita un usuario y una contraseña, que sólo tenían los Fiscales y sus Asistentes, por lo tanto no podía acceder a esas bases de datos, en ningún momento lo ha denunciado penal ni disciplinariamente, solamente presentó queja por
escrito a la Directora Seccional, doctora MARTHA ANTONIA GALVIS BARRETO en el año 2005 y ella a su vez solicitó a asuntos disciplinarios que se realizara la investigación, esta oficina que está ubicada en la ciudad de Bucaramanga, inició el proceso de investigación y una vez practicó todas las pruebas, ordenó el archivo de las diligencias a su favor en el año 2006, de allí que lo que diga el Fiscal frente a este asunto no tiene fundamento legal, más aún cuando no hay investigación penal en su contra. (Folio 210 a 211 c.o) 4.6.- De otra parte, ratificó la queja el señor LUIS JAVIER MONROY VALVUENA, indicando que la persecución laboral se ha aumentado después de la presente queja disciplinaria no suministrándole los medios necesarios para la labor que le ha sido encomendada, con la carga excesiva de trabajo y obstaculizando el cumplimiento de su labor, moviendo el personal que tiene a su cargo sin previo aviso. (Folios 212 a 215 c.o) 4.7. La señora MARTHA PACHECO RIVERA una vez se ratificó de los hechos motivo de queja señaló que el acoso laboral ha sido constante desde el mismo día que ingresó a la Unidad de Justicia y Paz en julio 26 de 2008, además dijo que después de la queja debió solicitarle un permiso de dos días que necesitaba para prepararse para un examen médico y como no tenía incapacidad se lo negó. (Folios 216 a 218 c.o ) 5.- Por Secretaría Judicial se notificó personalmente a la Procuradora
Delegada para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial del Auto de indagación preliminar, el 2 de diciembre de 2011 (fls. 272 c.o. No. 1). 6.- La Procuraduría General de la Nación y la Secretaría Judicial de esta Corporación, allegaron los certificados de antecedentes disciplinarios del funcionario investigado, en los cuales consta que éste no registran sanción e inhabilidad alguna (fls. 273 a 275 c.o. No. 1). 7.- Mediante auto del 27 de febrero de 2012, quien aquí funge como Ponente dispuso la apertura de investigación disciplinaria en contra del doctor CARVAJAL PAIPA y ordenó algunas pruebas (fls. 86 a 88 c.o. No. 2). 8.- Mediante autos de 25 y 26 de abril, 7 de mayo, 5 de julio, 22 de agosto y 26 de septiembre de 2012, quien funge como Magistrada Ponente ordenó nuevas pruebas y se incorporaron otras al expediente, en cuyo cumplimiento se recaudaron copiosas probranzas, fundamentalmente testimoniales (fls. 89 y 2 c.o. No. 1 y cuadernos anexos 2, 3 y 4), así: 8.1. Declaración del docotr LEONARDO AUGUSTO CABANA señaló conocer desde hace diez años al funcionario, particularmente como Fiscal Especializado y posteriormente como Fiscal delegado ente el Tribunal de Distrito, son compañeros de labores, por designación de funciones estuvo coordinando un grupo de trabajo dentro de la Unidad de Justicia y Paz hasta el mes de octubre de 2011, donde el doctor
CARVAJAL se desempeñaba como uno de los Fiscales de apoyo en la ciudad de Cúcuta, indicando que el clima laboral siempre ha sido bueno, cumpliéndose las metas respectivas, además dentro de su trabajo se ha destacado incluso por la rigurosidad con que lo asume, sin limitación en jornadas laborales, de hecho siempre estaba disponible sábados y domingos cuando era requerido y presto a atender las exigencias y requerimientos por parte del Despacho. Indicó que la Unidad de Justicia y Paz estaba conformada por dos Fiscales Delegados ante Tribunal, el declarante desde Bogotá coordinando el grupo y el disciplinado como Fiscal de apoyo en Cúcuta en las labores que allí se desarrollaban, en la medida que el grupo también debía adelantar investigaciones en los departamentos de Córdoba, Atlántico, Magdalena y Sucre, donde igualmente se tenían otros fiscales de apoyo, ya con categoría de Seccionales y Especializados, ubicados en las ciudades capitales, y en el caso del doctor CARVAJAL, era el encargado de la responsabilidad que tenía en su despacho con un grupo de si no estoy mal once o doce investigadores del CTI, y una Fiscal Especializada, un asistente de fiscal y dos o tres asistentes administrativos, todos ellos dependían directamente de él, en los otros Departamentos dependían de unas Sub-Unidades de apoyo radicadas en cada capital Respecto al personal informó que el doctor CARVAJAL es exigente con el personal de empleados bajo su direccionamiento, siempre está pendiente que cumplan además de las labores el horario de trabajo, y está reportando constantemente cualquier falla que a su juicio esté generando algún investigador o funcionario de esa Unidad, solicitando el
cambio de funcionarios, particularmente de investigadores, buscando perfiles que se acomoden al trabajo que allá se está desarrollando, razón por la cual durante aproximadamente un año, año y medio se cambiaron algunos investigadores y fueron reemplazados por otros, con quienes se pretendió y consiguió cohesionar el grupo de trabajo conforme a las exigencias que se requerían, sin embargo en el mes de diciembre de 2010, esos funcionarios de los cuales había solicitado su traslado de la Unidad, regresaron nuevamente por disposición de la Jefatura de la misma, en la medida que estos funcionarios habían sido nombrados de manera específica para hacer parte de la Unidad de Justicia y Paz y no en otra, razón por la cual dichos funcionarios regresaron al grupo y los que habían designado en su reemplazo fueron enviados nuevamente a las Unidades de donde provenían, situación que obviamente generó cierta intranquilidad, justo por esos antecedentes, y adicionalmente porque el trabajo realizado en ese momento se iba a ver interrumpido y más aún cuando salieron muy buenos funcionarios que estaban cumpliendo con esas labores. Recordó algunos casos como el de dos investigadores que en el control de registro de horario de trabajo, colocaban una hora diferente a la que realmente salían de la oficina, evento que llevó incuso a que se gestionara un control electrónico en la Unidad de ingreso y salida de funcionarios; otro hecho reportado, fue un problema generado entre un investigador y una investigadora de irrespeto entre ellos y también lo reportó a la Coordinación y a su vez a la Jefatura de la Unidad, a cargo del doctor LUIS GONZÁLEZ, posteriormente reemplazado por la doctora
ELBA BEATRÍZ SILVA, que es la actual Jefe. También mencionó el caso de un investigador que tenía una audiencia un lunes y lo citó el viernes anterior para que le entregara un informe y el investigador no se hizo presente, incluso lo llamó molesto, y el testigo llamó al investigador y fue al parecer por un malentendido en la comunicación que no se hizo presente, pero generalmente el doctor CARVAJAL siempre informaba las fallas que se presentaban con los funcionarios por escrito. Ante estas situaciones reiteradas el doctor Cabana se desplazaba una vez al mes a la ciudad de Cúcuta, reunía a los investigadores y Fiscales y trataban de solucionar esos inconvenientes, los que se podían conciliar por que el horario, por ejemplo, es de estricto cumplimiento, pero sí en la dinámica del trabajo que estaban desarrollando, en el trato interpersonal, en ello se intervenía y exigía respeto debido entre todos los funcionarios, la cordialidad, el respeto, siempre era un punto a tratar en esas reuniones, para que eso no afectara el trabajo y las metas de rendimiento. (Folios 116 a 120 c.o No. 2) 8.2.- Declaración de la señora DALILA DÍAZ GÓMEZ quien indicó conocer al disciplinado, desde que fue nombrada Fiscal Delegada ante los Jueces Penales el Circuito para la Unidad Nacional de Justicia y Paz de la ciudad de Cúcuta, donde ejerció el cargo aproximadamente por dos años, eso fue entre los años 2008 a 2010, el doctor CARVAJAL PAIPA era su Jefe, se desempeñaba como Fiscal Delegado ante el Tribunal, y
ella Fiscal de apoyo, posteriormente llegaron dos fiscales más. Respecto a la conducta con el personal indicó la testigo que el inculpado era excelente profesional y excelente persona, absolutamente académico, cultísimo, leidísimo, un orador en las audiencias, un maestro, súper exigente, tiene entendido que tiene fama en Cúcuta de que los empleados no se le acomodan muy fácilmente, precisamente debido a que él maneja un alto nivel, realmente todas las personas no dan la talla para el tipo de procesos que se maneja allá en esa Unidad de Justicia y Paz, pero lamentablemente toca hacer uso del personal que hay allá y del que nombran para esos cargos, afirmando que en la Unidad de Justicia y Paz inicialmente en el 2008, el Fiscal Jefe era el doctor LEONARDO CABANA en la categoría de Fiscal ante Tribunal, desde Bogotá, y dirigía a los fiscales de Cúcuta ya que a su cargo estaba el Bloque Catatumbo, además aquí tenía un fiscal de apoyo, el doctor CARLOS FERNANDO PEÑA, Fiscal Especializado, también en el Bunker; en Cúcuta, se encontraba el doctor CARVAJAL PAIPA, quien era Fiscal Delegado ante el Tribunal de Justicia y Paz, seguidamente venía ella, quien era su Fiscal de apoyo, con categoría de Fiscal Seccional, en Cúcuta, el equipo estaba compuesto por 15 investigadores del CTI de la Fiscalía, aproximadamente, de los cuales la mitad estaban a cargo o trabajaban para el doctor LENORADO CABANA y la otra mitad para el doctor EDGAR, ya que el bloque Catatumbo estaba dividido en zona rural y urbana, lo rural a cargo del doctor EDGAR y lo urbano a
cargo del doctor LEONARDO; hacia el 2009, en vista del volumen de la carga laboral, llegaron a apoyar nuestra gestión 2 fiscales más a Cúcuta, una Seccional y otra especializada, doctoras LIBIA VERA COTE, actualmente en Justicia y Paz en Bucaramanga, y PRECELIA ROA, quien sigue trabajando con el doctor EDGAR en Cúcuta; además el doctor EDGAR y ella tenían un asistente, para ese momento se manejaban aproximadamente 80 postulados y la oficina de víctimas con aproximadamente diez mil denuncias. Finalizó indicando que la relación del doctor PAIPA con todos los investigadores e incluso con esta Delegada fue respetuoso, exigente en el trabajo, pero jocoso, muy noble, afirmó que personalmente le hacía ver al doctor CARVAJAL que a veces ellos se portaban mal con él, eran muy groseros, irrespetuosos, y en varias oportunidades le dije que eran muy pasados, él le decía que así había que llevarlos. (Folio 121 a 124 c.o. N. 4) 8.3.- El 15 de marzo de 2012 se recibió el testimonio de la señora LIBIA STELLA VERA COTE, indicó haber sido Fiscal en varias ocasiones en la ciudad de Cúcuta, indicó que el disciplinado se ha caracterizado por ser buen compañero, muy respetuoso y respecto a los investigadores siempre se mostró con mucha preocupación y esmero para que cumplieran las metas, pues en Justicia y Paz estas son muy altas y exigen que parte de los Fiscales y policía judicial realicen una dedicación mayor pues hay que rendir informes a entres nacionales e internacionales.
Respecto a los investigadores que presentaron la queja disciplinaria contra el investigado señaló conocerlos, pues también trabajó en dicha unidad manifestando que no existían conflictos laborales sino más bien exigencias laborales por parte del Fiscal investigado derivadas de la órdenes de Policía Judicial que en mucha oportunidades no se cumplían en su totalidad por parte de los investigadores debido al cúmulo de trabajo que surgía de investigar los hechos cometidos por el Bloque Catatumbo de las AUC y ante las exigencias de la Magistratura de Justicia y Paz y realmente lo que querían los investigadores era más tiempo para desempeñar su trabajo, pero el Operador de Justicia investigado siempre fue respetuoso, sólo que era exigente con las labores a desempeñar. (Folios 141 a 146 c.o N. 2) 8.4.- Declaración de la señora PRECELIA ROA JAIMES, quien señaló que conoce hace aproximadamente diez años al funcionario investigado a quien ha observado como una persona muy sería en su trabajo, responsable, preocupado por las víctimas que acuden a la Unidad de Justicia y Paz, trabajadora y cumplidora de sus deberes; en el plano laboral traza metas altas a su grupo de trabajo entendiendo la complejidad que es el proceso de Justicia y Paz lo que hace que sea más exigente con los resultados. De igual forma señaló que no ha visto que el disciplinado haya dado malos tratos a sus investigadores, simplemente pasa informes y llamados de atención cuando estos no cumplen con sus funciones. (Folios 205 a 208 c.o. N. 2) 8.5. Declaración de DIEGO ALFONSO GARCÍA GUEVARA, quien
señaló haberse desempeñado como vigilante en la Unidad de Justicia y Paz donde conoció al disciplinado y a los quejosos, señaló que dentro de su labor estaba la de llenar un libro de control de entradas y salidas especificando la hora precisa en que se registraban, pero ocurría que a veces los funcionarios colocaban horas diferentes y un día la doctora SONIA salió antes de seis de la tarde y coloco como hora las seis y se fue, minutos antes de las seis entró el funcionario investigado y se dio cuenta que tales funcionarios ya se habían ido y el testigo le informó que había colocado una hora posterior, por eso le llamaron la atención a SONIA y ella fue muy grosero con él y le dijo que no fuera “tan sapo”. (Folios 209 a 210 c.o. N. 2) 8.6.- La señora ELIANA PATRICIA ALVARADO LÓPEZ quien indicó haber sido judicante en la Unidad de Justicia y Paz, e indicando que durante su práctica el señor CARLOS ARTURO DELGADO CABALLERO le había faltado al respeto, cuando ella le solicitó que le prestara el scaner para realizar una labor que necesitada el doctor CARVAJAL para una diligencia que tenía en la tarde a lo cual le contestó que no se lo prestaba que ese no era su problema y cuando el Fiscal le llamó la atención, le dijo “usted debería largarse que usted no trabaja acá” razón por la cual se puso a llorar y siempre la gritaba y trataba mal, y el funcionario aquí investigado la respaldaba y que no tiene ningún parentesco en él. (Folio 212 y 213 c.o. N. 2)
8.7. Declaración de CAMPO ELÍAS CARREÑO SANDOVAL, es uno de los quejosos indicó que el 30 de abril de 2010 llegó a la oficina el funcionario investigado, le preguntó por una carpeta a lo cual le respondió que la había enviado para Santa Marta, porque el sindicado no tenía delitos en el Bloque Catatumbo, el Fiscal se puso furioso y le dijo que quien había dado la orden, que no era buen investigador, no servía para nada, entonces logró trasladarse para el grupo del señor CABANA, indicó que le da mal trato a los investigadores, los trata de “ineptos, morrongos y mediocres” y nunca los tiene en cuenta. (Folios 215 y 216 c.o. N.2) 8.8. Declaración de LUIS ORLANDO TORRADO RANGEL. Quien indicó que trabajó en el Programa de Justicia y Paz con el doctor CARVAJAL, se fue trasladado de Barrancabermeja, indicó que los primeros meses le fue bien con el investigado pero después el Fiscal quería que se realizaran las investigaciones y programas en un tiempo muy corto y con una calidad lo cual era casi imposible y generó que se trabajada todos los días hasta las ocho y nueve de la noche e incluso domingos y festivos, su exigencia era muy alta y en muchas ocasiones no se alcanzaban a cumplir las metas, un día tuvo un inconveniente con el Fiscal porque no alcanzó a tenerle un trabajo listo por lo cual le llamó la atención pero no le dio tiempo de explicarle por lo cual todos los investigadores han estado desanimados. (Folios 217 a 220 c.o. N. 2)
8.9. Declaración de NÉSTOR MANUEL SALCEDO VALDERRANA, quien señaló haber trabajado en la Unidad de Justicia y Paz, se ratificó en la queja y señaló que una vez el Fiscal estaba en una Audiencia y se dieron cuenta que no servía el sonido porque el micrófono de uno de los postulados estaba desconectado, cuando le contó al Fiscal este se puso muy bravo y le dijo delante de todos los presentes es decir defensores y ministerio público que “estaba rodeado de una parranda de inoperantes, incompetentes, buenos para nada, que cómo era posible que no le tuvieran la Sala lista”, otra situación parecida ocurrió en otras audiencias donde lo regañaba delante de las demás personas, además los controlaba con registro de entregas y salidas con libros que diligenciaban los vigilantes. (Folios 221 a 223 c.o N. 2) 8.10. Declaración de ZULMA DIOMAR CARVAJAL VÁSQUEZ quien señaló haber y trabajado con el disciplinado, lo recuerda como un excelente funcionario con el que se aprenden muchas cosas, es correcto y mu estudioso, respecto al trato con los investigadores solamente sabe que un día la señora SONIA PÉREZ salió de su oficina y colocó una hora diferente, dándose cuenta el investigado, razón por la cual le llamó la atención. (Folio 225 y 226 c.o. N. 2) 8.11. Declaración de SANDRA PATRICIA GOYENECHE RANGEL, quien dijo haber trabajado como asistente del Fiscal, indicó que organizaba las carpetas de los postulados y una vez, estando
organizando el archivo se dio cuenta que uno de los postulados era su primo he
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.