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CSDJ - F11001010200020120074200ADJUNTA20120420162155-2012

Consejo Superior de la Judicatura

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Título
CSDJ - F11001010200020120074200ADJUNTA20120420162155-2012
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2012

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., dieciocho (18) de abril de dos mil doce (2012) Magistrado Ponente: Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO Rad. No. 11001 01 02 000 2012 00742 00 Aprobada según Acta Nº 30 de la misma fecha.

REF.: CONFIRMACIÓN DE NOMBRAMIENTO DE LA

DRA. ROCÍO MABEL TORRES MURILLO, EN EL

CARGO DE MAGISTRADA DE LA SALA

JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO

SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL CHOCÓ.

OBJETO DE LA DECISIÓN Procede la Sala a pronunciarse sobre la confirmación del nombramiento de la doctora ROCÍO MABEL TORRES MURILLO quien, mediante Acuerdo No. 066 de fecha 6 de marzo de 2012, proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, fue designada en el cargo de MAGISTRADA DE LA SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL CHOCÓ, en reemplazo de la doctora LUZ ELENA CRISTANCHO ACOSTA. ANTECEDENTES Mediante Acuerdo No. 066 de fecha 6 de marzo del año 2012, esta Sala designó en propiedad y en el régimen de carrera judicial, como

MAGISTRADA DE LA SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL

CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL CHOCÓ, a la doctora ROCÍO MABEL TORRES MURILLO, identificada con la cédula de ciudadanía número 63.494.008 expedida en Bucaramanga, para proveer la vacante dejada por la doctora LUZ HELENA CRISTANCHO ACOSTA según la lista de candidatos formulada en el Acuerdo No. PSA11-8439 del 18 de agosto del año 2011 dictado por la Sala Administrativa del Consejo Superior Confirmación nombramiento 2 Radicación 11001 01 02 000 2012 00742 00

M. P. Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO de la Judicatura1, en virtud de haber ocupado el cuarto puesto2, previa aprobación del concurso de méritos convocado mediante Acuerdo No. 4528 de 20083.

Comunicada la designación según oficio SJ-YB 10014 de fecha 7 de marzo del año 2012, la elegida expresó su aceptación, según comunicación del 20 de marzo siguiente, visible a folio 25 de la actuación, y allegó los documentos que acreditan los requisitos legales y reglamentarios establecidos para el desempeño del cargo. CONSIDERACIONES DE LA SALA De acuerdo con las atribuciones conferidas por los artículos 256.3 de la Constitución Política y 112.3 de la Ley 270 de 1996, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura es competente para emitir pronunciamiento en torno a la confirmación del nombramiento de la doctora ROCÍO MABEL TORRES MURILLO, como Magistrada de la SALA

JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA

JUDICATURA DEL CHOCÓ.

De conformidad con lo preceptuado por el artículo 127 de la Ley 270 de 1996, para ejercer el cargo de Magistrado de Tribunal y, por ende, de Consejo Seccional de la Judicatura, se requieren las siguientes calidades y requisitos generales: 1 Acuerdo “Por medio del cual se formula ante la H. Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la lista de candidatos para proveer exclusivamente la vacante del cargo de Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Chocó, que ocupaban los doctores Diocles Darío Copete y Luz Helena Cristancho Acosta.” 2 El primer puesto lo ocupó la Dra. MARÍA DEL SOCORRO JIMÉNEZ CAUSIL, a quien se nombró el propiedad en la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Caquetá; el segundo lugar lo ocupó la doctora GLORIA MARIÑO QUIÑONEZ, nombrada en propiedad en el Seccional Chocó, pero por escrito de fecha 5 de marzo de 2012, declinó el nombramiento, y el tercer lugar lo ocupó el Dr. LUIS HERNANDO CASTILLO RESTREPO, quien fue designado en propiedad para ocupar la otra plaza en el Seccional Chocó. 3 Acuerdo “Por medio del cual se adelanta el proceso de selección y se convoca a concurso de méritos para la provisión de los cargos de Funcionarios de la Rama Judicial.” Confirmación nombramiento 3 Radicación 11001 01 02 000 2012 00742 00

M. P. Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO 1.- Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles; 2.- Tener título de abogado expedido conforme a la Ley; 3.- No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad; Así mismo, el artículo 128 ibídem consagra como requisito adicional, tener experiencia profesional por un lapso no inferior a ocho (8) años, la cual debe ser adquirida con posterioridad a la obtención del título de abogado, en actividades jurídicas ya sea de manera independiente o en cargos públicos o privados o en el ejercicio de la función judicial.

En orden a acreditar el cumplimiento de los mencionados requisitos, la doctora ROCÍO MABEL TORRES MURILLO, allegó los siguientes documentos: Acerca de la calidad de colombiana por nacimiento y ciudadana en ejercicio: Fotocopia de la cédula de ciudadanía número 63.494.008, expedida el 31 de julio de 1992 en Bucaramanga (fl. 1). Sobre carencia de antecedentes penales y disciplinarios: - Facsímil de consulta en línea de Antecedentes Judiciales, efectuado en la página web de la Policía Nacional4, en el que consta que al 9 de abril de 2012, la Dra. ROCÍO MABEL TORRES MURILLO, no registra antecedentes. - Certificados de antecedentes disciplinarios de abogado y funcionario, No. 26736 y 26738 expedidos por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 16 de abril de 2012, en los cuales consta que no aparece registrada sanción alguna en

contra de la Dra. GLADYS RUBIELA ZULUAGA GIRALDO (fls. 26 y 27). 4 A partir del 31 de enero de 2012, el certificado de antecedentes judiciales que expedía el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, lo expide la Policía Nacional. Confirmación nombramiento 4 Radicación 11001 01 02 000 2012 00742 00

M. P. Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO - Certificado especial de la Procuraduría General de la Nación No. 35116109, de conformidad con el cual la designada no presenta inhabilidades especiales aplicables al cargo (fl. 51). - Certificación expedida por la Contraloría Delegada para investigaciones, juicios fiscales y jurisdicción coactiva en el sentido de que la persona identificada con la cédula de ciudadanía número 63.494.008, al 9 de abril de 2012, no se encuentra reportado como responsable fiscal (fl. 3).

Sobre Inhabilidades e incompatibilidades Declaración para fines extraprocesales, rendida ante la Notaría 7ª del Círculo de Bucaramanga, de fecha 29 de marzo de 2012, en la cual declaró bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incursa en impedimentos, incompatibilidades e inhabilidades para desempeñar el cargo de Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Chocó, no se encuentra vinculada a ninguna entidad territorial, en su contra no cursa ningún proceso de carácter fiscal ni de alimentos, y si los tuviera se

compromete a cumplir con sus obligaciones alimentarias (fl.19). Con relación a la condición de Abogado: Fotocopia auténtica del diploma expedido por la Universidad Santo Tomás, de fecha 13 de diciembre de 1996, en el que consta haber aprobado los estudios para optar por el título de Abogada (fl. 9) Sobre el ejercicio de la profesión: - Certificado de servicios expedido por la Jefe del Grupo de Personal de la Dirección Seccional Administrativa y Financiera de la Fiscalía General de la Nación, Seccional Bucaramanga, en la cual consta que la Dra. ROCÍO MABEL TORRES MURILLO, laboró al servicio de esa entidad, entre el 2 de abril de 1997 y el 8 de junio de 2008 como Técnico Judicial I, Secretario Judicial I y Asistente de Fiscal III; y entre el 13 de Confirmación nombramiento 5 Radicación 11001 01 02 000 2012 00742 00

M. P. Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO septiembre y el 13 de diciembre de 2010, como Fiscal Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado (fls. 4 a 6). - Certificado expedido por el Jefe de la División de Gestión Humana de la Procuraduría General de la Nación, en el que se hace constar que la Dra. TORRES MURILLO, laboró entre el 9 de junio de 2008 y el 27 de abril de 2009, en esa entidad, siendo su último cargo el de Asesor Grado 19 de la Procuraduría Regional de Norte de Santander (fl. 7). - Certificado expedido por el Coordinador del Área de Talento Humano

de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en el que se indica que la Dra. TORRES MURILLO, se desempeña como Juez 12 Administrativo del Circuito de Bucaramanga, en propiedad, desde el 1º de mayo de 2009. En consecuencia, como de los anteriores documentos se concluye que la doctora ROCÍO MABEL TORRES MURILLO cumple con los requisitos constitucionales y legales para desempeñar el cargo de MAGISTRADA DE LA SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL CHOCÓ, esta Sala confirmará su nombramiento. Por lo brevemente expuesto, el Consejo Superior de la Judicatura, a través de su Sala Jurisdiccional Disciplinaria, en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE: CONFIRMAR el nombramiento de la doctora ROCÍO MABEL TORRES MURILLO para desempeñar el cargo de MAGISTRADA DE LA SALA

JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA

JUDICATURA DEL CHOCÓ.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Confirmación nombramiento 6 Radicación 11001 01 02 000 2012 00742 00

M. P. Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO

ANGELINO LIZCANO RIVERA JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO

Presidente Vicepresidente

JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ MARÍA MERCEDES LÓPEZ MORA

Magistrada Magistrada

JORGE ARMANDO OTÁLORA GÓMEZ PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO

Magistrado Magistrado

HENRY VILLARRAGA OLIVEROS

Magistrado

YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA

Secretaria Judicial

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