CSDJ - F11001010200020120223300ADJUNTA20121004123212-2012
Consejo Superior de la Judicatura
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSDJ - F11001010200020120223300ADJUNTA20121004123212-2012
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2012
REPÙBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA Radicado: 110010102000201202233 00
Registro: 02-10-2012
Magistrado Ponente: Dr. HENRY VILLARRAGA OLIVEROS
Bogotá, D.C. Três (03) de octubre de dos mil doce (2012) Aprobado en Sala Según Acta No. 085 de dos mil doce (2012) ASUNTO A DECIDIR Procede la Sala a pronunciarse sobre la confirmación del nombramiento del doctor JESÚS ANTONIO SILVA URRIAGO, quien fue designado en el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en la plaza creada mediante Acuerdo No. PSAA117691 de 2011, proferido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
ANTECEDENTES
Esta Sala designó en Propiedad y en Régimen de Carrera Judicial, mediante Acuerdo No. 124 de agosto 29 de 2012, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, al doctor JESÚS ANTONIO SILVA URRIAGO, quien se identifica con la cédula de ciudadanía número 12.118.761 expedida en Neiva, para proveer la vacante creada mediante Acuerdo No. PSAA11-7691 de 2011. Lo anterior, de conformidad con lo decidido en Sesión de Sala Disciplinaria Ordinaria No. 070 del
27 de agosto de 2012 mediante el cual decidieron nombrar al doctor JESÚS ANTONIO SILVA URRIAGO, segundo de la lista de elegibles , toda vez que el primero en la lista , doctor LUIS ROLANDO MOLANO FRANCO, fue nombrado en propiedad y en régimen de carrera judicial como Magistrado de la Sala Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Magdalena, según Acuerdo No. 100 del 8 de noviembre de 2011,dentro del concurso de méritos convocado por esta Colegiatura mediante Acuerdo No. 4528 de 2008. La referida designación fue comunicada mediante oficio SJ-MS 39731 del 31 de agosto del año en curso. El doctor SILVA URRIAGO expresó su aceptación, según comunicación del 12 de septiembre siguiente, y allegó los documentos que acreditan los requisitos legales y reglamentarios establecidos para el desempeño del cargo. CONSIDERACIONES DE LA SALA De acuerdo con las atribuciones conferidas por los artículos 256 numeral3 de la Constitución Política y 112 numeral3 de la Ley 270 de 1996, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura es competente para emitir pronunciamiento en torno a la confirmación del nombramiento del doctor JESUS ANTONIO SILVA URRIAGO, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca. Para ejercer el cargo de Magistrado de Tribunal, entendiendo que opera de la
misma manera para Magistrado de Consejo Seccional de la Judicatura, el artículo 127 de la Ley 270 de 1996 establece: “(…)1. Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles;
2. Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, salvo el caso de los Jueces de Paz; y,
3. No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad”.
De la misma manera, el artículo 128 ibídem establece como requisito adicional, “(…) 3. Para el cargo de Magistrado de Tribunal: tener experiencia profesional por lapso no inferior a ocho años”, la cual debe ser adquirida con posterioridad a la obtención del título de abogado en actividades jurídicas, ya sea de manera independiente, o en cargos públicos o privados, o en el ejercicio de la función judicial. En todo caso, para estos efectos se computará como experiencia 2 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. profesional la actividad como empleado judicial realizada con posterioridad a la obtención del título de abogado.1 El doctor JESÚS ANTONIO SILVA URRIAGO, en orden a acreditar el cumplimiento de los mencionados requisitos, allegó los siguientes documentos: Acerca de la calidad de colombiano por nacimiento y ciudadano en ejercicio: - Fotocopia auténtica de la cédula de ciudadanía número 12.118.761, expedida en la ciudad de Neiva.2 - Fotocopia auténtica de la libreta militar de segunda clase expedida por las Fuerzas Militares3 Sobre carencia de antecedentes penales y disciplinarios:
- Certificado especial 39700211 de la Procuraduría General de la Nación, de conformidad con el cual certifica que el designado no presenta inhabilidades especiales aplicables al cargo de magistrado de salas del Consejo Superior de la Judicatura, de fecha 19 de septiembre de 2012.4 - Certificado 29117 de antecedentes disciplinarios de funcionarios expedido por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el cual consta que no aparece registrada sanción alguna en calidad de Fiscal ante Tribunal de Distrito de Fiscalías, de fecha 19 de septiembre de 20125. - Certificado 29119 de antecedentes disciplinarios de abogados expedido por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el cual consta que no aparece registrada sanción alguna, de fecha 19 de septiembre de 20126. - Certificado 39700211 de antecedentes disciplinarios de abogados expedido por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior 1 Artículo 128, Ley 270 de 1996, Parágrafo. 2 Visto a folio 1 c.o. 3 Visible a folio 2 c.o. 4 Visto a folio 4 c.o. 5 Visto a folio 6 c.o. 6 Visto a folio 7 c.o.
3 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. de la Judicatura, en el cual consta que no aparece registrada sanción alguna, de fecha 19 de septiembre de 20127.
- Certificación expedida por la Contraloría Delegada para investigaciones, juicios fiscales y jurisdicción coactiva en el sentido de no aparecer reportado como responsable fiscal, expedido el 18 de septiembre de 2012.8 - Certificado de Antecedentes Judiciales, expedido por la Policía Nacional de Colombia el día 19 de septiembre de 2012, estableciendo que, el designado “no registra antecedentes”. 9
Sobre Inhabilidades e incompatibilidades - Declaración juramentada rendida ante la Notaría Tercera de Círculo de Neiva, en la cual el doctor SILVA URRIAGO afirmó que: “…en mi no concurre inhabilidad ni incompatibilidad para ejercer el cargo de Magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca….” Y que “….es un hecho cierto y verdadero que no tengo conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario y que cumpliré con mis obligaciones de familia.”10 Con relación a la condición de Abogado: - Fotocopia auténtica del diploma de bachiller académico del 24 de noviembre de 1977, expedido por el Colegio Cooperativo Salesiano San Medardo de Neiva.11 - Fotocopia auténtica del diploma de abogado del 21 de abril de 1988, expedido por la Universidad Externando de Colombia. en donde se evidencia que el titulo de Abogado le fue otorgado al designado 12 - Fotocopia auténtica de la tarjeta profesional de abogado No. 45535 del 31 de agosto de 1988, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura13. 7 Visto a folio 7 c.o.
8 Visto a Folio 5 c.o. 9 Visto a Folio 8 c.o. 10 Visto a Folio 9 c.o. 11 Visto a folio 20 del c.o. 12 Visto a folio 21 c.o. 13 Visto a Folio 3 c.o. 4 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. - Fotocopia auténtica de diploma que lo acredita como especialista en derecho penal del 14 de agosto de 1992, expedido por la Universidad de Santo Tomas de Bogotá D.C. 14 - Fotocopia auténtica del diploma que lo acredita como especialista en derechos humanos del 18 de diciembre de 1998, expedido por la Escuela Superior de Administración Pública de Bogotá D.C.15. - Fotocopia auténtica del diploma que lo acredita como especialista en derecho administrativo y constitucional del 26 de abril de 2002, expedido por la Universidad Católica de Colombia de Bogotá D.C.16 Sobre el ejercicio de la profesión: - Certificación expedida el 6 de septiembre de 2012 por la Coordinadora de Talento Humano de la Dirección Seccional de Administración Judicial de Neiva, en la cual consta que el designado laboró en la Rama Judicial, Seccional Neiva así: a. Juez Único Civil Municipal de Timana, Huila desde el 16 de agosto de 1986 hasta el 21 de octubre de 1987. b. Juez Único Promiscuo Municipal de Nataga, Huila desde el 9 de junio de 1988 hasta el 7 de agosto de 1988.
c. Juez Único Promiscuo Municipal de El Pital, Huila desde el 8 de agosto de 1988 hasta el 15 de septiembre de 1988. d. Juez Tercero Penal Municipal de Garzón, Huila, desde el 16 de septiembre de 1988 hasta el 31 de mayo de 1990. e. Juez Segundo Penal Municipal de Palermo, Huila, desde el 1 de junio de 1990 hasta el 31 de enero de 1991. f. Juez Quinto Penal Municipal de Neiva, Huila desde el 1 de febrero de 1991 hasta el 15 de agosto de 1991. g. Juez Segundo Penal Municipal de Palermo, Huila desde el 16 de agosto de 1991 hasta el 10 de septiembre de 1991. h. Juez Quinto Penal Municipal de Neiva desde el 11 de septiembre de 1991 hasta el 30 de noviembre de 1991.
- Juez Tercero Penal Municipal de Neiva desde 1 de julio de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2007. 14 Visto a folio 22 c.o. 15 Visto a folio 23 c.o. 16 Visto a folio 24 c.o.
5 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. j.Juez 3 Penal Municipal con función de garantías desde el 1 de enero de 2008 hasta el 7 de junio de 201017. -Certificación expedida por la Jefe de Personal de la Defensoría del Pueblo de fecha 7 de abril de 2000, en la que consta que el designado prestó sus servicios desde el 29 de noviembre de 1996 hasta el 15 de marzo de 2000, en el cargo de
Defensor Regional del Huila, grado 21.18 - Certificación expedida por la Jefe de la Unidad de Talento Humano de la Secretaría General del Municipio de Neiva, de fecha 15 de enero de 2004, en la que consta que el designado laboró desde el 1 de enero de 2001 hasta el 17 de enero de 2003 en el cargo de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y desde el 18 de enero de 2003 hasta el 1 de enero de 2004, en el cargo de Jefe de la Oficina de Control Interno. 19 - Certificación expedida por la Dirección Administrativa y Financiera de Bogotá en la que consta que el designado labora al servicio de la Fiscalía General de la Nación desde el 7 de diciembre de 2009 en el cargo de Fiscal ante el Tribunal de Distrito de la Unidad de Fiscalía para la Justicia y Paz de Barranquilla. 20
Documentos adicionales: El designado allegó: - Original de declaración juramentada de bienes, rentas y actividad económica privada de servidores judiciales. 21 - Formato de ingreso judicial de hoja de vida22 - Certificado de aptitud para el cargo expedido por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del 19 de septiembre de 201223
En consecuencia de los anteriores documentos relacionados, se concluye que el doctor JESÚS ANTONIO SILVA URRIAGO cumple con los requisitos 17 Visto a folio 10 y 11 c.o. 18 Visto a folios 12 a 15 c.o. 19 Visto a folios 16 a 18 c.o. 20 Visto a folio 19 c.o. 21 Visto a folios 25 a 26 c.o.
22 Visto a folios 26 a 28 c.o. 23 Visto a folio 29 c.o. 6 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. Constitucionales y legales para desempeñar el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca toda vez que nació en Neiva Huila, posee la cédula de ciudadanía No. 12.118.761 y está en pleno goce de sus derechos civiles. Adicionalmente, ostenta título de abogado expedido por la Universidad Externado de Colombia y de acuerdo a la declaración juramentada no está incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad. Con relación a la experiencia profesional se tiene que el doctor SILVA URRIAGO tiene una experiencia profesional superior a 8 años con posterioridad a la obtención del título de abogado -21 de abril de 1988en actividades jurídicas, en cargos públicos y, en el ejercicio de la función judicial. Por lo anteriormente expuesto, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE: CONFIRMAR el nombramiento del doctor JESÚS ANTONIO SILVA URRIAGO, identificado con cédula de ciudadanía NO. 12.118.761para desempeñar el cargo de Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
ANGELINO LIZCANO RIVERA JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO
PRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO
MAGISTRADA MAGISTRADO
7 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00.
MARÍA MERCEDES LÓPEZ MORA HENRY VILLARRAGA OLIVEROS
MAGISTRADA MAGISTRADO
Continúan Firmas…………………………….
YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA
SECRETARIA JUDICIAL
8 Confirmación Convocatoria Carrera.
Designado: Jesús Antonio Silva Urriago.
Rad. No. 110010102000201202233 00. MCRP 9