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CSDJ - F11001010200020120262600ADJUNTA20121127070725-2012

Consejo Superior de la Judicatura

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Detalles

Título
CSDJ - F11001010200020120262600ADJUNTA20121127070725-2012
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2012

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil doce (2012) Magistrado Ponente: Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicación: N° 110010102000201202626 00 / 2518 CC Aprobado según Acta Nº 99 de la fecha ASUNTO Procede la Sala a resolver sobre la solicitud de Confirmación de Nombramiento presentada por el doctor RICHARD NAVARRO MAY, quien mediante Acuerdo Nº 147 de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 25 de octubre de 2012, fue designado en propiedad y en el régimen de carrera judicial, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cauca. ANTECEDENTES A través de Acuerdo Nº 147, emanado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con fecha 25 de octubre de 2012, fue designado en propiedad y en el régimen de carrera judicial, el doctor RICHARD NAVARRO MAY, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cauca, designación que se comunicó al interesado el 31 de octubre hogaño, mediante oficio SJ-MS47341. En escrito, recibido el 7 de noviembre de 2012, el doctor RICHARD NAVARRO MAY, aportó los documentos que le fueron requeridos y solicitó la confirmación de su designación. En tal virtud, por estar dentro de los términos previstos en el artículo 133 de la Ley

270 de 1996, se procede a resolver la solicitud elevada, previas las siguientes: Página 2 República de Colombia Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 110010102000201202626 00 / 2518 CC

Referencia: Confirmación de Nombramiento CONSIDERACIONES Según dispone en el artículo 84 de la Ley 270 de 1996, los Magistrados de las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias de los Consejos Seccionales deben acreditar los mismos requisitos exigidos para ser Magistrado de Tribunal Superior.

En este orden, téngase en cuenta que en términos de lo preceptuado en el artículo 127 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, para ejercer el cargo de Magistrado de Tribunal se requiere la acreditación de las siguientes calidades y requisitos generales: a) Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles, b) Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a la ley, c) No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad. Y el numeral 3º del artículo 128 de la citada normatividad establece que para ser Magistrado de Tribunal se requiere, además, tener experiencia profesional no inferior a ocho (8) años en actividades jurídicas, ya sea de manera independiente o en cargos públicos o privados o en el ejercicio de la función judicial; la cual deberá ser adquirida con posterioridad a la obtención del título de abogado. En orden a acreditar el cumplimiento de los referidos requisitos, el doctor

RICHARD NAVARRO MAY, allegó los siguientes documentos: 1.- De la calidad de colombiano por nacimiento y ciudadano en ejercicio: Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía número 18.000.108 expedida en San Andrés, donde consta su nacimiento en la misma Isla, el día 20 de junio de 1966. Página 3 República de Colombia Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 110010102000201202626 00 / 2518 CC Referencia: Confirmación de Nombramiento 2.- Sobre carencia de antecedentes penales y disciplinarios, inhabilidades e incompatibilidades: 2.1. Certificado de Antecedentes expedido por la Procuraduría General de la Nación el 7 de noviembre de 2012, el cual indica que el doctor RICHARD NAVARRO MAY, no registra sanciones ni inhabilidades especiales aplicadas al cargo. (fl. 6). 2.2. Certificado de Antecedentes Disciplinarios Nº 29748 expedido por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 9 de noviembre de 2012, en el cual consta que no aparece sanción alguna contra el abogado RICHARD NAVARRO MAY. (fl. 34). 2.3. Certificación expedida por la Contraloría General de la República – Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactivacon fecha 31 de octubre de 2012, donde consta que “consultado el

Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales ‘SIBOR’”, el número de identificación 18.000.108, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL. El documento de identidad corresponde al del doctor RICHARD NAVARRO MAY. (fl. 7). 2.4. Fotocopia de La Consulta en Línea de Antecedentes Judiciales, expedido por la POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA, con fecha 31 de octubre de 2012, donde consta que el doctor RICHARD NAVARRO MAY, no registra antecedentes. (fl. 19). 2.5. Declaración juramentada rendida ante la Notaría Tercera del Círculo de Bogotá, el 31 de octubre de 2012, en donde el designado afirma que a la fecha no se encuentra incurso en ninguna de las causales de incompatibilidad, ni de inhabilidad para desempeñar el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejos Seccionales de la Judicatura. (fl. 25). 2.6. Declaración juramentada rendida ante la Notaría Tercera del Círculo de Bogotá, el 31 de octubre de 2012, en donde el designado afirma que a la fecha no Página 4 República de Colombia Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 110010102000201202626 00 / 2518 CC Referencia: Confirmación de Nombramiento tiene conocimiento de demandas en su contra, de procesos en curso o de embargos por alimentos u obligaciones de familia. (fl.26).

3.- Con relación a su condición de abogado: Copia del diploma expedido por la Universidad de Cartagena, el 14 de diciembre de 1999, confiriendo el título de Abogado a RICHARD NAVARRO MAY. (fl. 12). 4.- Sobre el ejercicio de la profesión: 4.1. Copia simple de constancia suscrita por la señora María Gloria Restrepo Rodríguez, el 18 de octubre de 2002, en la cual indica que el doctor LUIS HERNÁNDO CASTILLO RESTREPO, prestó sus servicios como asesor jurídico en su empresa “Distribuidora Medellín” durante el periodo comprendido entre el 12 de junio de 1992 y el 8 de marzo de 1994. (fl. 10 4.2. Constancia expedida por la Secretaria de Desarrollo y Control del Talento Humano de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, indicando que el doctor RICHARD NAVARRO MAY laboró en ese Despacho del 1 de abril de 1991 al 2 de mayo de 1992 y 4 de noviembre de 1993 al 2 de enero de 1995, su último cargo desempeñado fue el de Secretario de Despacho. (fl. 14). 4.3. Copia de constancia expedida por el Secretario General del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, expedida el 15 de agosto de 2012, según la cual el doctor RICHARD NAVARRO MAY, se desempeño como Juez 23 Administrativo Sección Segunda del Circuito de Bogotá, desde el 21 de mayo de 2006 al 15 de agosto de 2012. (fl. 15).

4.3. Copia de constancia expedida por la Secretaria del Juzgado Segundo Civil del Circuito de San Andrés Isla, indicando que el doctor RICHARD NAVARRO MAY, se desempeñó como Secretario Grado 10 del entonces Juzgado Superior del Circuito de esa Ínsula entre el 16 de noviembre de 1998 al 1° de abril de 1991. Página 5 República de Colombia Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 110010102000201202626 00 / 2518 CC Referencia: Confirmación de Nombramiento 4.4. Constancia expedida por la Secretaria de Desarrollo y Control del Talento Humano de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, indicando que el doctor RICHARD NAVARRO MAY laboró en ese Despacho como abogado II – 10, del 1 de abril de 1991 al 12 de mayo de 1992. (fl. 17). En consecuencia, como de los anteriores documentos se concluye que el doctor RICHARD NAVARRO MAY, cumple con los requisitos constitucionales y legales para desempeñar el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cauca, se confirmará su nombramiento. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,

RESUELVE CONFIRMAR el nombramiento del doctor RICHARD NAVARRO MAY, identificado con la cédula de ciudadanía No. 18.000.108 expedida en San Andrés Isla, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cauca.

COMUNIQÚESE Y CUMPLASE

ANGELINO LIZCANO RIVERA

Presidente

JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ

Vicepresidente Magistrada Página 6 República de Colombia Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 110010102000201202626 00 / 2518 CC

Referencia: Confirmación de Nombramiento

PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO HENRY VILLARRAGA OLIVEROS

Magistrado Magistrado

YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA

Secretaria Judicial

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