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CSDJ - F1100101020002014011450020170405152734-2017

Consejo Superior de la Judicatura

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Título
CSDJ - F1100101020002014011450020170405152734-2017
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2017

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., ocho (08) de marzo de dos mil diecisiete (2017) Magistrado Ponente: Dr. FIDALGO JAVIER ESTUPIÑÁN CARVAJAL Registro de proyecto el (07) de marzo de 2017 Radicado Nº 11001010200201401145-00 Aprobado según Acta de Sala No (20) de la misma fecha ASUNTO Procede la Sala a evaluar el mérito de la investigación disciplinaria adelantada contra el doctor LUIS CARLOS GAITÁN GÓMEZ en su condición de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira. HECHOS A esta superioridad remitió el Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira –Dr. HUGUES DAZA ZABALETA oficio del 20 de marzo del 2014 en el cual puso de presente que la conducta asumida por el doctor LUIS CARLOS GAITÁN GÓMEZ, Magistrado de esa Sala, puede ser constitutiva de falta disciplinaria, comportamiento que no describe, pero dijo aportar copia de las comunicaciones del 11 de diciembre de 2013 y 20 de marzo de 2014 enviadas por él a esta Corporación. Precisamente, de las copias de las mencionadas comunicaciones, se extrae que lo puesto en conocimiento del superior, es la insistencia del citado funcionario a varias sesiones sin excusa alguna, no obstante haber sido convocadas previamente y en algunas que asistió se opuso de

forma violenta a su desarrollo, en otras convocada a petición suya ni siquiera repartió previamente República de Colombia Rama Judicial

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Radicado No. 110010102000201401145-00

Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ las ponencias, menos ofreció sustentarlas. En conclusión, se ha dedicado a torpedear las labores de la Sala, situación que ha generado que la administración de justicia no se desarrolle normalmente y el trato no es el mejor en las respectivas reuniones.

ACTUACION PROCESAL Indagación preliminar. Mediante auto del 17 de junio de 2014 se dispuso la apertura de indagación preliminar con el fin de verificar la ocurrencia de conducta presuntamente disciplinable, si es constitutiva de falta disciplinaria o si se ha incurrido al amparo de causal de exclusión de responsabilidad. En esta etapa se recolectaron las siguientes pruebas: - Versión libre del disciplinable en virtud de la cual manifestó que ha asistido a todas las sesiones de Sala para lo cual aporta los correspondientes registros documentales. Señaló que por el contrario lo que se evidencia es que el Magistrado Daza Zabaleta se ha retirado en varias oportunidades de forma injustificada de las sesiones que él preside, adicionalmente se niega a someter a consideración la aprobación de actas. Refirió que en relación con la queja “a que el suscrito supuestamente no asistió a 6 sesiones de 10 reuniones efectuadas durante los 7 meses y medio que lleva como magistrado hasta el 20 de

marzo del año en curso, dado que el quejoso no precisa a que fechas de reunión se refiere, me es imposible referirme por carecer de los elementos fácticos para refutar tal afirmación”. - Al expediente se allegó documentación que acredita la calidad de disciplinable del investigado. - El 15 de octubre de 2014 se recibió la ampliación de la queja por parte del doctor Huges Daza Zabaleta en su condición de Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira. En su declaración manifestó lo siguiente: “me ratifico en lo dicho en los oficios PSAOFI3-7ó3 del 11 de diciembre de 20I3 y PSAOFI4 063 del 20 de marzo de 20I4, en efecto a manera ilustrativa y como aserto de lo que dije en el oficio del II de diciembre de 2013 debo anotar que la 2° reunión ordinaria de Sala Administrativa, correspondiente al mes de octubre de 2013, es decir, la que debía realizarse el día miércoles 9 de 2 República de Colombia Rama Judicial

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Radicado No. 110010102000201401145-00

Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ octubre de 20l3, no se realizó porque el magistrado Gaitán Gómez estuvo de permiso roda la semana del 7 al 1l de octubre como consta en la resolución No. O17 del 1 de octubre de 2013,

suscriba por la Dra. Ana Tulia Lambogia, en virtud del cual se le concede al magistrado Gaitán Gómez-permiso por esos 5 días, los cuales empató con el puente festivo del I4 de octubre y solo se reportó a Sala el día I7 de octubre a torpedear y planear un debate intranscendente por un supuesto acoso laboral a su auxiliar judicial, pero guardando sospechoso silencio sobre la gravedad de que a mí como presidente de la Sala Administrativa se me hubiese impedido el acceso a las carpetas de calificación de jueces, tal como tuve oportunidad de ponérselo en conocimiento al Dr. Gaitán Gómez mediante oficio PSO f13 -0710 del 8 de octubre de 2013 el cual no le mereció ningún comentario. En la semana del 4 al 8 de noviembre de 2013, siendo el 1° de noviembre viernes, tampoco hubo Sala porque el Magistrado Gaitán Gómez nuevamente estuvo de permiso toda la Semana, desde la tarde del viernes 1° de noviembre hasta el otro martes 12 de noviembre inclusive, empatando – y aprovechando los puentes festivos del lunes 4 y ll de noviembre de 2013, según resoluciones de permiso número 019 de octubre 25 de 2013 y 20 del 8 de noviembre de 2013, firmados por lo vicepresidenta de lo Corporación, Dra. Ana Tulia Lomboglia. La reunión ordinaria que debió realizarse en lo semana comprendida entre el 23 y 27 de diciembre de 2013, el 25 fue feriado, tampoco pudo realizarse el día 27 de diciembre como fue convocada, por inasistencia del Magistrado Gaitán Gómez, quien según información obtenida por la

presidencia de lo Sola a principio del mes de enero de-20l4, había estado de permiso los dios 23, 26, 27, 30 y 3l de diciembre de 2013, 2 y 3 de enero de 2014, es decir durante 7 dios hábiles consecutivos con un fin de semana de por medio 28 y 29 de diciembre de 20l3, empalmando días de mes y año diferente y por estar ausente lodo el fin de año tanto el magistrado Gaitán Gómez como el Dr. Julián Cobos quien oficio como secretario, ni el uno ni el otro se enteraron de lo reunión ordinaria que se convocó poro el día 27 de diciembre de 2013, como consta en acta de la reunión fallida elaborada por Ia Dra Nerlys Sala Rodríguez, nombrada como secretaria AD hoc, donde se dejó expreso constancia del fracaso de lo reunión por falta de quorum, es decir ausencia del Magistrado Gaitán Gómez así como del Secretario Titular” - Se recibió la declaración de la doctora Ana Tulia Lamboglia Rodríguez, quien en su condición de Magistrada de la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira ha presenciado desencuentro y enfrentamientos verbales entre los doctores Hugues Daza Zabala y LUIS CARLOS GAITÁN GÓMEZ, lo cual ha generado un mal clima dentro de las sesiones de la Sala. Refirió que en calidad de Vicepresidente del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira autorizó los permisos solicitados por el doctor LUIS CARLOS GAITÁN GÓMEZ, quien fungía

como Presidente del Consejo Seccional de la Guajira. - El 16 de octubre de 2014, el doctor Hernán Reina Caicedo declaró que en varias oportunidades ha sido testigo de los malos tratos entre el investigado y el doctor Hugues Daza Zabaleta, lo cual ha generado mucho daño a la institución, la cual debe estar por encima de las rencillas personales de estos sujetos. 3 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ Investigación disciplinaria: a través de auto del 15 de diciembre de 2014, se ordenó la apertura de investigación disciplinaria contra el funcionario en mención, conforme a lo dispuesto en los artículos 152 y 154 del Código Disciplinario Único1, en cuyo desarrollo se obtuvieron las siguientes pruebas: - Se volvió a recibir la declaración del doctor Hugues Daza Zabaleta quien reiteró su dicho y adicionó que el disciplinable lo trató de “déspota, mañoso atarban, estúpido,” No obstante lo anterior, en lo que más enfatizó fue en las reiteradas ausencias que tuvo el investigado durante las sesiones de las Salas extraordinarias programadas, donde dejó de asistir a 6 de 10 reuniones. - La doctora Ana Tulia Lamboglia Rodríguez señaló que en una oportunidad el doctor Hernán Reina

tuvo que interceder ante la discusión que se presentaba entre el investigado y el doctor Daza Zabaleta, por demás en su declaración reiteró lo dicho en la pasada intervención. - El 24 de febrero de 2015 se volvió a tomar la declaración del doctor Hernán Reina Caicedo quien en similares términos expuso lo mismo que el testimonio practicado en la etapa de indagación preliminar. - Mediante oficio del 20 de febrero de 2015, el doctor Julian Alfonso Cabas Caiafa en su condición de Secretario de la Sala administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira, certificó las asistencias y ausencias del investigado a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Sala Administrativa a partir del mes de octubre de 2013 a mayo de 2014.

Cierre de investigación: Se dispuso mediante auto del 26 de octubre de 2015., se conformidad con el artículo 53 de la Ley 1474 de 2011.

CONSIDERACIONES De la competencia.- Compete a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura conocer los procesos disciplinarios contra los Magistrados de los Tribunales Administrativos, en virtud de lo previsto en los numerales 3 del artículo 256 de la Constitución Política, 3 del artículo 112 de la Ley 270 de 1996 y los artículos 3 y 194 de la Ley 734 de 2002. 1 Folios 17 y 19 4 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ Es necesario aclarar que si bien es cierto, el Acto Legislativo 02 del 1° de julio de 2015, modificó el Capítulo 7 del Título VII de la Constitución Política, suprimiendo el Consejo Superior de la Judicatura, también lo es que en sus artículos 18 y 19, estableció unas medidas transitorias con el fin de garantizar la continuidad en el ejercicio de las funciones que se encontraban a su cargo.

En este sentido, estipuló que “Los actuales Magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, ejercerán sus funciones hasta el día que se posesionen los miembros de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial”. Aunado a lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional en Auto 278 del 9 de julio de 2015, analizando este aspecto, consideró: “De acuerdo con las medidas transitorias previstas en el Acto Legislativo 002 de 2015, cabe entender que, hasta tanto los miembros de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial no se posesionen, los magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura deben continuar en el ejercicio de sus funciones. Ello significa que, actualmente, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura conserva sus competencias, es decir, se encuentra plenamente habilitada para ejercer, no sólo la función jurisdiccional disciplinaria, sino también, para dirimir los conflictos de competencia que surjan entre las distintas jurisdicciones y para conocer de acciones de tutela”2 (resaltado nuestro).

En consecuencia, como en la actualidad esta Sala conserva sus funciones y competencias, se encuentra facultada para emitir la decisión que en derecho corresponda en el presente asunto. Del caso concreto.- Se investiga la conducta del doctor LUIS CARLOS GAITÁN GÓMEZ, en su condición de Magistrado de la Sala administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira, por su inasistencia a las sesiones de Salas extraordinarias y el comportamiento grosero que muestra con sus Homólogos de Sala.

DE LAS AUSENCIAS A LAS SESIONES DE SALA ORDINARIAS Y

EXTRAORDINARIAS.

De las pruebas que se tienen en el expediente se extrajo que el doctor Hugues Daza Zabaleta elevó reproche disciplinario por la concurrente inasistencia del 2 Magistrado Sustanciador Luis Guillermo Guerrero Pérez. 5 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ doctor LUIS CARLOS GAITÁN GÓMEZ, a las sesiones de Sala ordinarias y extraordinarias durante el lapso de los meses de octubre de 2013 a mayo de 2014.

Señaló el quejoso en su ampliación de queja que el funcionario disciplinable dejó de asistir a 6 de 10 sesiones de audiencias programadas, considerando que se incurrió en un comportamiento irregular al tenor de lo descrito en la Ley 270 de

1996. De la certificación que envió el Secretario de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira (folio 290 y 299) sobre la asistencia del doctor GAITÁN GÓMEZ, se extrae: - Asistió a la sesión Nº 09 extraordinaria del 1 de octubre de 2013. - Asistió a la sesión Nº 010 extraordinaria del 25 de octubre de 2013. - Asistió a la sesión Nº 011 extraordinaria del 31 de octubre de 2013 siendo esta última sesión extraordinaria del año. Así mismo, de las sesiones ordinarias realizadas se tienen los siguientes: - Asistió a la sesión Nº 037 de fecha 03 de octubre de 2013. - Asistió a la sesión Nº 038 de fecha 17 de octubre de 2013. - Asistió a la sesión Nº 039 de fecha 23 de octubre de 2013. - Asistió a la sesión Nº 040 de fecha 30 de octubre de 2013.

En el mes de noviembre: - Semana del 4 al 8 de noviembre de 2012, no se llevó a cabo la sesión ordinaria que correspondía realizarse, debido a que el Magistrado Luis Carlos Gaitán

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ Gómez, solicitó permiso -de lo cual dejó constancia expresa en la sesión de Sala anterior (acta Nº 040) legalmente autorizado así: la tarde del 1º de

noviembre y los días 5, 6, 7 y 8 de noviembre de 2013. Resolución Nº 019 de fecha 25 de octubre de 2013. - Asistió a la sesión ordinaria que correspondía llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2013, reuniéndose en dos oportunidades la Sala para sesionar, la primera reunión citada a las 10:00 a.m., y la segunda a las 4:30 p.m., las cuales resultaron fallidas por discusiones y el retiro de las mismas del señor Magistrado Hugues Daza Zabaleta, quedando automáticamente sin quorum para deliberar y tomar decisiones. - Asistió a la sesión ordinaria que correspondía llevar a cabo el día miércoles 20 de noviembre de 2013, la cual tampoco se pudo realizar por el retiro de la sesión del señor Magistrado Hugues Daza Zabaleta. - En la semana comprendida entre el 26 y el 29 de noviembre de 2013, no se llevó a cabo sesión de Sala, debido a que el día miércoles 27 de noviembre de 2013, los Magistrados de la Sala Administrativa y el suscrito, debimos trasladamos hacía la ciudad de Cartagena-Bolívar, para asistir al Encuentro de Salas Administrativas y Direcciones Seccionales que daba inicio el día jueves 28 de noviembre de 2013.

En el mes de diciembre: - En la semana comprendida entre el 2 y el 6 de diciembre de 2013, la reunión ordinaria correspondía llevarse a cabo el día jueves 5 de diciembre a las 10:00 a.m., toda vez que el día miércoles 4 de diciembre, correspondió la realización ordinaria mensual de Sala Plena, y en esa eventualidad la reunión ordinaria de

Sala Administrativa siempre se corre para el día jueves a las 10:00 a.m., no 7 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ obstante, la Presidencia no impartió la convocatoria para el desarrollo de la sesión a la hora que se acostumbra, sino para las 3:00 p.m.,( ver convocatoria de fecha 05 de diciembre de 2013) a la cual, ni el Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez, ni el suscrito pudimos atender, debido a que teníamos Comisión de Servicio para asistir al Conversatorio Nacional de Comités Seccionales de Género. Cabe destacar, que dicha convocatoria fue pasada por la Presidencia el mismo día a las 10:27 a.m., y ante la cual el Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez, mediante oficio MSA13-OO8O del 5 de Diciembre (ver oficio) a las 11:31 a.m., como consta en el recibido del despacho del Dr. Hugues Daza Zabaleta, manifestó al Magistrado haber recibido su convocatoria a la reunión ordinaria en forma extemporánea, así como le recordó que como era de su conocimiento, ese día debía tornar un vuelo hacia la ciudad de Bogotá a las 12:44 m., con el objeto de asistir al Conversatorio Nacional de Comités Seccionales de Equidad de Género, que se llevaría a cabo el día 6 de diciembre de 2013, motivo por el cual le era imposible atender su solicitud

de convocatoria. Así mismo, le propuso al Dr. Daza Zabaleta llevar a cabo la reunión el lunes 9 de diciembre a las 3:00 p.m., Sin embargo, el mismo 5 de Diciembre de 2013, el Magistrado Hugues Daza Zabaleta sin considerar la anterior propuesta del Dr. Gaitán Gómez y en su ausencia, el mismo día a las 3:40 p.m., convocó la Sala para el día lunes 9 de Diciembre, pero para las 10:00 a.m., conociendo el itinerario de regreso del Dr. Gaitán Gómez, quien ese día regresaba en el vuelo que llega a Riohacha después de las 11:30 a.m., sin que se hubiera efectuado reunión. (Ver Resolución de comisión PR13-464 del 4 de diciembre de 2013). - Asistió a la sesión ordinaria que se debía llevar a cabo el día miércoles 11 de diciembre de 2013 a las 10:00 a.m., la cual no se pudo desarrollar por el retiro del señor Presidente Dr. Hugues Daza Zabaleta. No hubo consideración de ningún tema de Sala, ni orden del día propuesto para desarrollar la reunión, ni se tomaron 8 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ decisiones sobre ningún aspecto. Pese a que no se estableció la continuidad de la

anterior reunión, interrumpida por la persona que tenía la obligación como Presidente de la Sala dirigirla, que bien pudo acordarla para ese mismo día en horas de la tarde, o en su defecto el día jueves, el Dr. Hugues Daza Zabaleta procedió el día viernes 13 de Diciembre a convocar una reunión extraordinaria ese mismo día a las 5:00 p.m., para tratar el tema de la prórroga del término del proceso de inscripciones de la Convocatoria para cargos de empleados de Tribunales, Juzgados y Centros de Servicios; cuya convocatoria fue allegada al Despacho del Magistrado Luis Carlos Gaitán, tan sólo a las 4:53 p.m., tiempo en el cual el Magistrado de manera inmediata se tomó la molestia de revisarla y prepararse para asistir a la reunión que se citó con tanta premura. Al efecto, el Magistrado Luis Carlos Gaitán, acudió a la reunión; no obstante, esta no se llevó a cabo, porque el señor Presidente, Dr. Hugues Daza Zabaleta, simplemente decidió que en vista que el Magistrado Luis Carlos Gaitán llegó a las 5:05 minutos, ya no era procedente realizarla, por lo que el tema para el cual citó con tanta urgencia, no pudo ser discutido por los Magistrados, ni mucho menos se tomó una decisión de Sala sobre ese particular.( ver convocatoria de fecha 13 de diciembre de 2013). - Asistió a la sesión ordinaria de fecha viernes 20 de diciembre de 2013 convocada ese mismo días a las 10:58 a.m., para llevarse a cabo a las 2:00 p.m., no obstante

esta resulta fallida por el retiro del señor Presidente, Dr. Hugues Daza Zabaleta de la sesión, impidiendo el desarrollo de la misma por falta de quórum. - En la semana comprendida entre el lunes 23 al 27 de diciembre de 2013, no se llevó a cabo sesión de Sala. Así mismo reporte que el Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez, estuvo de permiso legalmente concedido durante los dias 23, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2013, quien de acuerdo a información 9 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ suministrada por el Magistrado, estuvo presente Laborando el día 24 de diciembre de 2013. Ver resolución de permiso No. O22 de fecha 11 de diciembre de 2013).

SESIONES DE SALA ADMINISTRATIVA DE ENERO A MAYO DE 2014 ENERO En enero: - Asistió a la sesión que se debía desarrollar el día jueves 09 de enero de 2014 a las 10:00 a.m., la cual no se desarrolló por falta de quórum ante el retiro del señor Presidente de la Sala, Dr. Hugues Daza Zabaleta. - En la semana comprendida entre el 13 al 17 de enero de 2014, el Dr. Hugues Daza Zabaleta envía el día 14 de enero de 2014 al despacho del Magistrado Luis

Carlos Gaitán Gómez, una comunicación a través de Ia cual, le recuerda la reunión ordinaria de la Sala Administrativa para el día 15 de enero de 2014 a las 10:00 a.m., sin la presencia del Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial; es decir del suscrito. En respuesta a dicha comunicación, el día 14 de enero del año en curso, el Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez, envía al despacho del Dr. Hugues Daza Zabaleta el oficio MSA-009, manifestándole su imposibilidad de asistir a la misma, toda vez que era de su conocimiento que ese día y a esa hora se debía llevar a cabo la primera sesión del año con la Sala Plena, y le recuerda que la asistencia a dicha reunión es obligatoria para ambos Magistrados, por lo que le indica que la reunión ordinaria de la Sala Administrativa debía llevarse a cabo entonces, al día siguiente; es decir, el día jueves 16 de enero de 2014. De igual forma, cita la norma que me impone funciones como Secretario. (Ver oficio MSA009 de fecha 14 de enero de 2014). - Así las cosas, el día jueves 16 de enero de 2014, tanto el Dr. Luis Carlos Gaitán y el suscrito acudimos a la reunión ordinaria que debía celebrarse ese día como es 10 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________

usual a las 10:00 a.m., y para la cual el Dr. Luis Carlos Gaitán solicitó a la Procuraduría Regional, un acompañamiento como veeduría para el desarrollo de la reunión, debido a las situaciones que se habían presentado para la realización de las reuniones con el Magistrado Hugues Daza Zabaleta. No obstante, cuando el Magistrado Luis Carlos Gaitán se presentó en la Sala de juntas para asistir a la reunión, se encontró con que el señor Presidente de Ia Sala se había reunido con un empleado de su despacho, a quien pretendió imponer como Secretario de la Sala, desconociendo mis funciones como Secretario, manifestándole el señor Presidente de Ia Sala, al Dr. Luis Carlos Gaitán Gómez, que ya él había hecho la reunión a las 9:30 a.m., y él no se había presentado, por lo que a su juicio no había lugar a otra reunión. Sin embargo, el Magistrado Luis Carlos Gaitán objetó dicha disposición, que a su juicio carecía de toda legalidad, y exigió la realización de la reunión como usualmente estaba prevista a las 10:00 a.m., y con la presencia del suscrito como Secretario de la Sala, al tiempo que le manifestó no aceptar. imposiciones de nombrar Secretarios a su capricho, máxime que se encontraba como veedor un Delegado de Ia Procuraduría, quedando constancia que el mismo empleado que se pretendió imponer como secretario Dr. Carlos Molina, fue interrogado por el Dr. Gaitán Gómez y manifestó que Ia reunión realmente no se había efectuado y que el Dr. Gaitán Gómez estaba en el

despacho desde las 8:30 a.m. - Así las cosas, el día 16 de enero de 2014, en presencia del Delegado de la Procuraduría, y estando presente como Secretario de la Sala, se dio inicio a la reunión; no obstante, esta no se pudo desarrollar como correspondía, nuevamente por el retiro del señor Presidente de la sesión, tiempo después de haberse iniciado, quien argumentó que se realizaría otra reunión al día siguiente a las 4:00 p.m., con la presencia del Presidente del Consejo Seccional de Ia Judicatura de la Guajira, luego que insistiera que él había citado supuestamente a la reunión para 11 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ ese día a las 9:30 a.m., y el Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez no se había hecho presente, que dicho sea de paso, la convocatoria a esa supuesta Sala no me fue informada, precisamente para desconocer mi función como Secretario de la Sala. De lo ocurrido, existe la grabación y se levantó un Acta como constancia, de la fecha. - En la semana comprendida entre el lunes 20 y el 24 de enero de 2014 el día 22 de enero de 2014, día en que de igual forma se debía llevar a cabo Ia sesión ordinaria, y que también contó con la presencia del Delegado de la Procuraduría,

tampoco tuvo el desarrollo que debía esperarse, dado que el señor Presidente de la Sala optó por retirarse, argumentando que para la misma debía estar presente el Presidente del Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira, Dr. Hernán Reina Caicedo, y que para tal efecto se desarrollaría una sesión para el día siguiente a las 10:00 a.m., lo cual no fue acordado con el Dr. Luis Carlos Gaitán Gómez, y quien dejó sus respectivas constancias, dado que en el recinto permanecimos como siempre a la espera que la reunión se reanudara, tanto el Magistrado, el Delegado de la Procuraduría y mi persona, lo cual finalmente nunca sucedió. Asi mismo, el día 23 de enero de 2013, se intentó desarrollar posteriormente la reunión con la presencia del Dr. Hernán Reina CaicedoPresidente Consejo Seccional de la Judicatura de la Guajira, y ambos Magistrados de la Sala Administrativa yesta de igual forma, resultó fallida. En febrero de 2014: - Asistió a la sesión ordinaria que se debia llevar a cabo el día miércoles 05 de febrero de 2014, la cual tampoco tuvo desarrollo por el retiro del señor Presidente, Dr. Hugues Daza Zabaleta. 12 República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: Magistrado Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Guajira Cargos. _________________________________________________________________________________________________ - Asistió a la sesión ordinaria que se debía llevar a cabo el día miércoles 12 de

febrero de 2014, la cual tampoco tuvo desarrollo por el retiro del señor Presidente, Dr. Hugues Daza Zabaleta. - Asistió a la sesión ordinaria que se debía llevar a cabo el día miércoles 19 de febrero de 2014, la cual tampoco tuvo desarrollo por el retiro del señor Presidente, Dr. Hugues Daza Zabaleta. - Asistió a la sesión extraordinaria de fecha 21 de febrero de 2014, solicitada por el mismo Magistrado ese mismo día para las 2:00 p.m., con el objeto de evacuar todos los asuntos que se encontraban pendientes y que no pudieron ser abordados ante los retiros del señor Presidente, Dr. Hugues Daza Zabaleta de las sesiones. Dicha reunión queda inconclusa nuevamente, por el retiro del Magistrado Hugues Daza Zabaleta, quedando la Sala sin quórum para deliberar y tomar decisiones. - En la semana comprendida entre el 24 y el 28 de febrero de 2014, no hubo lugar a sesión de Sala Administrativa el día miércoles 26 de febrero, dado que el Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez, se encontraba de Comisión de Servicios en la ciudad de Santa Marta, por los día 25 y 26 de febrero de 2014, asistiendo al curso de formación sobre cumplimiento de las normas internacionales del trabajo y el delito de violación de los derechos de reunión o asociación y libertad sindical, convocado por la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. (ver comisión Resolución No. PR14-50, de fecha 24 de febrero de 2014). - De igual forma, debo precisar que el día 26 de febrero de 2014, estando el

Magistrado Luis Carlos Gaitán Gómez de comisión de servicios, el Dr. Hugues Daza Zabaleta, mediante oficio PSAOF-045, me solicitó convocar a una 13 República de Colombia Rama Judicial

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