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CSDJ - F11001010200020140284600ADJUNTA20141205173827-2014

Consejo Superior de la Judicatura

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Título
CSDJ - F11001010200020140284600ADJUNTA20141205173827-2014
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D. C. Tres (03) de diciembre de dos mil catorce (2014) Aprobado según Acta Nº 099 Proyecto registrado el 3 de diciembre de 2014

Magistrada Ponente: Doctora MARÍA MERCEDES LÓPEZ MORA Rad. Nº 110010102000201402846 00

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Procede la Sala a resolver la solicitud de cambio de radicación de 28 procesos disciplinarios del “Carrusel de la Educación” que se tramitan en el Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, de Córdoba. HECHOS En escrito presentado el 16 de octubre de 2014, la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, dirige solicitud a la Presidencia de esta Colegiatura, para que se estudie la viabilidad del cambio de radicación de 28 procesos disciplinarios del “Carrusel de la Educación” que se tramitan en el Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, de Córdoba, toda vez que están en alto riesgo de prescripción. ACTUACION PROCESAL Con el escrito presentado el 16 de octubre de 2014, la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, allega el informe de visita especial realizada por el Asesor Coordinador Grupo Disciplinario de la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, el 5

de agosto de 2014 sobre 28 procesos, indicando el estado de cada uno de ellos, y que arrojan esta información: 1

1. Radicado 2013-00128 contra la doctora LUZ ELENA POLO RODRÍGUEZ.

Inicio del proceso 17 de febrero de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: Audiencia de pruebas y calificación provisional fijada para el 30 de septiembre de 2014.

2. Radiado 2013-00062 contra el doctor LEFTHER HERRERA TABOADA, inicio del proceso 20 de mayo de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional.

3. Radicado 2013-00060 contra el doctor JAIME AGÁMEZ PINEDA, inicio del proceso 20 de mayo de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional. 1 Folios 13 a 34

4. Radicado 2013-00064 contra el doctor OSCAR VIDAL ARRIETA, inicio del proceso 20 de mayo de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional, suspendida por solicitud de nulidad del disciplinado.

5. Radicado 2013-00196 contra el doctor JORGE PERALTA NIEBLES, inicio del proceso 30 de julio de 2013, fecha de los hechos 2011, M.P. MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: continuación de la audiencia de

pruebas y calificación provisional, programada para el 24 de octubre de 2014.

6. Radicado 2013-00192 contra el doctor JOSÉ FRANCISCO CASTILLO TUIRÁN, inicio del proceso 18 de febrero de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional, programada para el 19 de septiembre de 2014.

7. Radicado 2013-00194 contra el doctor WILLIAM FAJARDO QUIJANO, inicio del proceso 18 de febrero de 2014, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR.

Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional.

8. Radicado 2013-00195 contra el doctor CÉSAR CASTILLO CABALLERO, inicio del proceso 15 de julio de 2013, fecha de los hechos 2011, M.P.

MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: continuación de audiencia de pruebas y calificación provisional programada para el 19 de septiembre de 2014.

9. Radicado 2013-00191 contra el doctor ORLANDO RIVERA VARGAS, inicio del proceso 18 de febrero de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: términos suspendidos por solicitud de cambio de radicación promovida por el abogado defensor del disciplinado, la cual se surte ante la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

10. Radicado 2013-00189 contra el doctor ARMANDO GONZÁLEZ CALAO, inicio del proceso 17 de febrero de 2014, fecha de los hechos 2011, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: archivo provisional con fundamento en el artículo 105 de la Ley 1123 de 2007, proferido el 27 de agosto de 2014, en revisión para recurrir por parte del Ministerio Público.

11. Radicado 2013-00187 contra el doctor FRANCISCO HERRERA SÁNCHEZ, inicio del proceso 27 de junio de 2013, hecha de los hechos 2010, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional, suspendida para decidir impedimento declarado por el Magistrado Ponente.

12. Radicado 2013-00186 contra la doctora GREICY DÍAZ MORELOS, inicio del proceso julio 10 de 2013, fecha de los hechos 2011, M.P. MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional, suspendida para evacuar programa probatorio solicitado a Policía Judicial.

13. Radicado 2013-00183 contra el doctor RAMÓN PUENTES ÁLVAREZ, fcha de los hechos 2011, inicio del proceso 17 de febrero de 2014, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación provisional. El M.P. declaró impedimento el 22 de agosto de 2014 y se dispuso sortear Con -Juez.

14. Radicado 00182-2013, no está claro contra quién, inicio del proceso julio 10 de 2013, fecha de los hechos 2011, M.P. MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: audiencia de pruebas y calificación

provisional suspendida por recusación interpuesta por el disciplinado contra el Magistrado Ponente.

15. Radicado 2012-00131 contra el doctor EDISON BALLESTA GALVIS, inicio del proceso 8 de julio de 2013, fecha de los hechos 2011, M.P.

MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: práctica probatoria en continuación de audiencias de pruebas y calificación provisional.

16. Radicado 2012-00318 contra el doctor RAFAEL CHICA BARRIENTOS, inicio del proceso 11 de mayo de 2012, fecha de los hechos 2011, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: se tramita decisión de declaración de impedimento del Magistrado Ponente.

17. Radicado 2012-00507 contra el doctor ANGEL AYCARDI GALEANO, inicio del proceso 23 de abril de 2012, fecha de los hechos 2011, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: se tramita decisión de declaración de impedimento del Magistrado Ponente.

18. Radicado 2012-00143 contra el Juez promiscuo del Circuito de Chinú, fecha de los hechos 2012, inicio del proceso 20 de mayo de 2013, M.P.

RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: se tramita decisión de declaración de impedimento del Magistrado Ponente.

19. Radicado 2012-00509 contra la doctora ISABEL LORELEY MONTES OYOLA, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 4 de mayo de 2012, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: se tramita decisión de declaración de impedimento del Magistrado Ponente.

20. Radicado 2012-00310 contra la doctora ISABEL LORELEY MONTES OYOLA, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 30 de mayo de 2012, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: se incorporó al radicado de acumulación 301-2012 y se canceló el radicado 310 de 2012.

21. Radicado 2012-00307 contra la doctora ABEL VÁSQUEZ, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 25 de junio de 2012, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: se tramita decisión de declaración de impedimento del Magistrado Ponente.

22. Radicado 2012-00509 contra la doctora ISABEL LORELEY MONTES OYOLA, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 28 de junio de 2012, M.P. RAMÓN JALLER DUMAR. Estado del proceso: auto de no aceptación de declaración de impedimento del Magistrado Ponente y se ordena continuar la investigación.

23. Radicado 2012-00108 contra la doctora ANA CECILIA ARIAS DE SOTOMAYOR, fecha de los hechos 2010, inicio del proceso 12 de abril de 2012, M.P. MIGUEL ANGEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: auto de formulación de cargos del 11 de abril “de 2011” (sic).

24. Radicado 2012-00294 contra la doctora ISABEL LORELEY MONTES OYOLA, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 3 de mayo de 2012, M.P. MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: En trámite

incidente de recusación desde el 9 de abril de 2014.

25. Radicado 2012-00308 contra el doctor ANGEL AYCARDI GALEANO, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 9 de abril de 2012, M.P.

MIGUEL ANGEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: se profirió cierre de investigación el 30 de abril de 2013.

26. Radicado 2012-00302 contra el doctor ÁNGEL AYCARDI GALEANO, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 14 de mayo de 2012, M.P.

MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: se profirió auto de cierre de investigación el 20 de agosto de 2014.

27. Radicado 2012-00229 contra el doctor ÁNGEL AYCARDI GALEANO, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 14 de mayo de 2012, M.P.

MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: se profirió auto de cierre de investigación el 20 de agosto de 2014.

28. Radicado 2012-00317 contra el doctor ÁNGEL AYCARDI GALEANO, fecha de los hechos 2011, inicio del proceso 14 de mayo de 2012, M.P.

MIGUEL MERCADO VERGARA. Estado del proceso: se profirió auto de cierre de investigación el 20 de agosto de 2014. DE LA SOLICITUD En escrito presentado el 16 de octubre de 2014, la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, solicita se estudie la viabilidad del cambio de radicación de los 28 procesos disciplinarios, atrás referidos,

del “Carrusel de la Educación” que se tramitan en el Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria de Córdoba, toda vez que están en alto riesgo de prescripción. CONSIDERACIONES DE LA SALA Conforme con el numeral 3 del artículo 59 de la ley 1123 de 2007 esta Corporación tiene competencia para conocer de la presente solicitud de cambio de radicación del proceso disciplinario impetrada por el funcionario de la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales. Ahora, si tenemos en cuenta que el cambio de radicación de procesos consagrado en los artículos 85 de la ley 600 de 20002 y 46 de la Ley 906 de 20043 (Código de Procedimiento Penal) a los cuales se acude por el principio de integración normativa4, es un mecanismo jurídico por medio del cual se puede exceptuar la regla general de competencia territorial y el principio del Juez natural, siempre y cuando se encuentre demostrada alguna de las causales allí consagradas, petición que puede ser elevada por el funcionario judicial que está conociendo de la actuación, por los sujetos procesales, el Ministerio Público o el Gobierno Nacional5. En efecto, las normas en cita traen como requisitos para que opere la excepción antes mencionada el que en el territorio donde se esté adelantando la actuación procesal existan circunstancias 2 “Artículo 85. Finalidad y procedencia. El cambio de radicación podrá disponerse cuando, en el territorio donde se esté adelantando la actuación procesal, existan circunstancias que puedan afectar el orden público, la imparcialidad o la independencia de la administración de justicia, las garantías

procesales, la publicidad del juzgamiento, la seguridad o integridad personal de los sujetos procesales o de los funcionarios judiciales”. 3 “Artículo 46. Finalidad y procedencia. El cambio de radicación podrá disponerse excepcionalmente cuando en el territorio donde se esté adelantando la actuación procesal existan circunstancias que puedan afectar el orden público, la imparcialidad o la independencia de la administración de justicia, las garantías procesales, la publicidad del juzgamiento, la seguridad o integridad personal de los intervinientes, en especial de las víctimas, o de los servidores públicos” 4 Ley 1123. “Artículo 16. Aplicación de principios e integración normativa. En la aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores contenidos en la Constitución Política y en esta ley. En lo no previsto en este código se aplicarán los tratados internacionales sobre Derechos Humanos y deontología de los abogados, y lo dispuesto en los Códigos Disciplinario Único, Penal, de Procedimiento Penal y de Procedimiento Civil, en lo que no contravenga la naturaleza del derecho disciplinario”. 5 Art. 85 Ley 600 de 2000 y 47 de la Ley 906 de 2004. 1. “…que puedan afectar el orden público. 2. “…la imparcialidad o la independencia de la administración de justicia. 3. “…las garantías procesales. 4. “…la publicidad del juzgamiento. 5. “…la seguridad o integridad personal de los intervinientes, en especial de las víctimas, o de los servidores públicos…” Requisitos de los cuales debe por lo menos uno de ellos estar demostrado

fehacientemente en el proceso, de lo contrario no procede el cambio de radicación. Descendiendo al caso en concreto, la funcionaria de la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, invoca como causal para el cambio de la radicación de los 28 procesos, que los mismos “podrían estar en algo riesgo de prescripción”. Al respecto, es necesario indicar que no se cuenta con elementos de juicio que demuestre que ACTUALMENTE los procesos referenciados por la peticionaria, estén próximos a prescribir, pues en la mayoría de ellos los hechos ocurrieron en el año 2011, lo que indica que opera dicho fenómeno en el año 2016, y sólo uno de ellos tendría como año de prescripción 2015, sin saberse la fecha exacta. Además la mayoría de ellos tienen como fecha de iniciación los años 2012, 2013 y 2014 inclusive, lo que indica que han transcurrido apenas dos años o menos, y están en la etapa de audiencia de pruebas y calificación provisional, unos, otros con cierre de investigación, o con pliego de cargos. En el evento de que en alguno de ellos operara la prescripción, la ley contempla la sanción a los funcionarios que dieron lugar a ello, pero no puede anticiparse que van a dejar los procesos a la deriva y que opere dicho fenómeno, porque eso sería especular. Por lo tanto, ninguna de las causales relacionadas para que opere el cambio de radicación, se encuentra debidamente demostrada en los 28 procesos en referencia, y como consecuencia la decisión de la Sala no puede ser otra diferente a la denegación de la petición.

Otras consideraciones. Como quiera que la procuraduría advierte presunta mora en el trámite de los 28 procesos relacionados, pese a la negativa del cambio de radicación por parte de esta Colegiatura, se enviará copia de esta decisión a los Magistrados Ponentes de dichos procesos, para el conocimiento de la inquietud planteada por el Ministerio Público y tomen cartas en el asunto para despejar o alejar cualquier amago de prescripción. Teniendo en cuenta la preocupación del Ministerio Público, en pro de la transparencia de la Administración de Justicia, esta Colegiatura ordena vigilancia judicial administrativa de los procesos referenciados, a través de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba, con miras a garantizar la transparencia y celeridad de los mismos. De lo cual se hará saber a la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales y a la Sala encargada de su realización, en suma, conforme la facultad que le otorga el artículo 101 de la Ley 270 de 1996 de ejercer la vigilancia allí prevista y en caso dado, compulsar las copias si a ello hubiera lugar. Por lo expuesto, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en uso de sus atribuciones legales y Constitucionales, RESUELVE PRIMERO. NEGAR la petición de cambio de radicación, conforme a las razones expuestas en las anteriores motivaciones. SEGUNDO. ENVIAR las copias señaladas en el acápite de Otras consideraciones y lo pertinente a la orden de la vigilancia judicial administrativa.

TERCERO. Por la Secretaría de la Sala entérese de la decisión al funcionario solicitante y devuélvase INMEDIATAMENTE esta actuación a su sitio de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA MERCEDES LÓPEZ MORA PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO

Presidenta Vicepresidente

JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ

Magistrado Magistrada

ANGELINO LIZCANO RIVERA NÉSTOR IVÁN JAVIER OSUNA PATIÑO

Magistrado Magistrado

WILSON RUIZ OREJUELA

Magistrado

YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA

Secretaria Judicial

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