CSDJ - F11001010200020150268300ADJUNTA20160523074005-2020
Consejo Superior de la Judicatura
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Detalles
- Título
- CSDJ - F11001010200020150268300ADJUNTA20160523074005-2020
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2020
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
Bogotá D.C., diez (10) de marzo de dos mil veintiuno (2021) Magistrado Ponente: MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010102000201502683 00 Discutido y aprobado en Sala No. de la misma fecha ASUNTO A DECIDIR Ejecutoriado el auto que dispuso el cierre de la investigación disciplinaria1 adelantada contra el doctor Gabriel Guillermo Ortiz Narváez, en su calidad de Magistrado de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pasto, procede la Sala a evaluar su mérito. ACONTECER FÁCTICO La presente actuación disciplinaria tuvo origen en la queja presentada por la abogada Susan Carolina Quijano Alvarado2, en su calidad de Secretaria del Juzgado Primero de Familia de Pasto, en contra del Magistrado de Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto Gabriel Ortiz Narváez, y de la Juez Primera de Familia del mismo Circuito, por presuntos actos de maltrato, intimidación, acoso laboral y, concretamente, en lo que respecta al Magistrado Gabriel Ortiz, por agresiones verbales y presuntos actos de 1 Auto del 30 de agosto de 2018, visible a folio 171 del cuaderno original. 2 Folios 2-10, cuaderno original. 2
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Sala Jurisdiccional Disciplinaria M.P. Dr. CAMILO MONTOYA REYES Radicación N° 110010102000201502683 00
Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad “discriminación de género” aprovechando su investidura y su condición de hombre.
Indicó la quejosa que el 21 de julio de 2015, el Magistrado Gabriel Ortiz, quien es hermano de la señora Juez, apareció de forma histérica en la puerta de la Secretaría del Juzgado y comenzó a gritarla, lanzándole insultos, ultrajes, improperios, groserías y amenazas e, inclusive, que trató de agredirla físicamente, pues la desafió para que saliera a pasillos a pelear con él y, ante la negativa de la quejosa emprendió a golpes las puertas de la Secretaría tratando de ingresar. Todo esto, con el argumento que algunos abogados litigantes habían ido a quejarse ante él por las actuaciones de la Secretaria del Juzgado y que era su deber como integrante del COPASO atender las mismas. Narró la quejosa que ante la actitud de descompostura del Magistrado Ortiz, ella lo llamó a la cordura y le indicó que bajara la voz, ante lo cual, aquél le respondió que “no era ni su amante, ni su admirador romántico para hablarle al oído”. Refirió que la situación fue tan intimidante que sus compañeros de trabajo la ayudaron para mantener la puerta cerrada y, uno de ellos, de nombre Servio Tulio, intervino para llamar al Magistrado a la calma y a la compostura, pero lo que recibió fue insultos y calificativos de “sapo” de parte de aquél. A juicio de la quejosa, la actitud del doctor Ortiz fue provocada por la señora Juez Primero de Familia de Pasto, hermana del Magistrado, la
cual ha tenidos constantes y continuos actos de maltrato y acoso laboral para con la quejosa. 3
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Sala Jurisdiccional Disciplinaria M.P. Dr. CAMILO MONTOYA REYES Radicación N° 110010102000201502683 00
Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad Corresponde a esta Superioridad, en Única Instancia, pronunciarse por la investigación atinente al Magistrado GABRIEL GUILLERMO ORTÍZ
NARVÁEZ.
ACTUACIÓN PROCESAL Recibida la queja, por Auto del 15 de septiembre de 20153 se dispuso la apertura de Indagación Preliminar, decisión que fue notificada el 6 de octubre de 2015 al Ministerio Público y, personalmente al investigado el 28 de octubre de la misma anualidad4. Así mismo, se estableció la calidad de Magistrado de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Pasto del doctor GABRIEL GUILLERMO ORTIZ NARVÁEZ5; se allegaron los certificados de antecedentes disciplinarios expedidos por la Procuraduría General de la Nación y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, ambos sin anotaciones por sanción6 y, constancia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el sentido de no cursar otra investigación, por los mismos hechos7. Durante esta etapa preliminar se recibió la versión libre del funcionario investigado, quien mediante escrito del 6 de noviembre de 20158 indicó
que su visita al Juzgado fue con el fin de dialogar con la quejosa, quien se desempeñaba como Secretaria de ese despacho, motivado en las múltiples quejas recibidas en contra de ella y, agregó que puso de presente su calidad de Magistrado, pero no con la intención de amenazarla; así mismo, desmintió los señalamientos que en su contra hizo la proponente de la queja. 3 Folios 42-43, cuaderno original. 4 Folios 49 y 69, respectivamente, del cuaderno original. 5 A tal fin, la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia remitió copias del acta de nombramiento y posesión, obrantes a folios 48-51 del cuaderno original. 6 Folios 119-121 del cuaderno original. 7 Folio 122, cuaderno original. 8 Folios 84-85 del cuaderno original. 4
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Sala Jurisdiccional Disciplinaria M.P. Dr. CAMILO MONTOYA REYES Radicación N° 110010102000201502683 00
Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad Adujo que cuando increpó a la señora Susan Carolina Quijano sobre las quejas recibidas, ella contestó con voz baja para ignorar su presencia y por eso él se molestó, pero no con las dimensiones exageradas y de confrontación narradas en la queja; adicionalmente, que si alguna incomodidad le causó con sus palabras a la señora Quijano Alvarado, fue sin dolo ni intención.
Anexó a su escrito, copia de un memorial de conciliación suscrito por la
Juez Primera de Familia de Pasto con los empleados del Juzgado donde ella era titular y dirigido al Comité de Convivencia de la Rama Judicial, Seccional Nariño, en el marco de un proceso de acoso laboral. También allegó copia de un memorial dirigido a la Juez Primera de Familia de Pasto, mediante el cual se le daba traslado de una queja presentada en contra de la Secretaria Susan Carolina Quijano Alvarado por parte de una usuaria inconforme. En la fase preliminar también se escucharon los testimonios de los señores: Servio Tulio Burbano Giraldo, María del Pilar Santacruz Caicedo, Luz Adriana Valencia Torres, Clelia Constanza Benavides Cabrera, Olga Lucia Portilla Montenegro y María Daniela Gutiérrez Velasco9, sobre los cuales más delante se volverá. Recabadas las pruebas, mediante proveído del 14 de marzo de 2016 se dispuso la Apertura de la Investigación Disciplinaria10, decisión notificada al Ministerio Público el 23 de junio y al investigado el 14 de julio de 201611. El disciplinable otorgó poder al abogado Gabriel Francisco Pérez Castillo, quien asumió su defensa. En esta etapa procesal se recaudaron los testimonios de Cecilia María Perafán Zambrano, Paula Ximena Ascuntar Santacruz y Edwin Fernando Zambrano Perafán12 solicitados por el investigado, los cuáles se 9 Folios 90 a 112 del cuaderno original. 10 Folios 125-126 del cuaderno original. 11 Folios 131 y 142, respectivamente, del cuaderno original. 12 Folios 147 – 155 y, 160166 del cuaderno original.
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad analizarán en el acápite de pruebas de la providencia ─recaudo probatorio─.
El defensor del investigado promovió incidente de nulidad frente a los testimonios de los empleados del Juzgado Primero de Familia de Pasto: Servio Tulio Burbano Giraldo, María del Pilar Santacruz Caicedo, Luz Adriana Valencia Torres, Clelia Constanza Benavides Cabrera, Olga Lucia Portilla Montenegro y María Daniela Gutiérrez Velasco, los cuales fueron practicados mediante despacho comisorio. Esto, con fundamento en que presuntamente se expidieron copias de las declaraciones, a las que tuvieron acceso los testigos que esperaban el turno para rendir su versión de los hechos; con lo cual, a juicio del incidentante se violó la reserva de las diligencias y se incurrió en irregularidades sustanciales que afectaron el debido proceso13; no obstante, mediante Auto del 18 de mayo de 2016, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura negó la nulidad, al considerar que no se acreditaron las situaciones invalidantes narradas en el incidente.14 Cumplidas las diligencias, por Auto del 30 de agosto de 2018, el Magistrado Sustanciador dispuso el cierre de la investigación15, decisión notificada personalmente al Ministerio Público el 20 de septiembre de
2018 y, por estado número 165 del 2 de octubre del mismo año16, a los demás sujetos procesales. Al cierre de la investigación, se había obtenido e incorporado el siguiente recaudo probatorio, con miras a determinar la materialidad de los hechos ocurridos el 21 de julio de 2015, en las instalaciones del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto. 13 Folios 1-3 del cuaderno del incidente. 14 Folios 11-28 del cuaderno del incidente. 15 Folio 171 del cuaderno original. 6
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad - Testimonio de Tulio Burbano Fajardo17. Se desempeña como Auxiliar Judicial Grado 4º del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto.
Refirió que para el día de los hechos el Magistrado Gabriel Ortiz se presentó a las instalaciones del Juzgado, en momentos en que el testigo se encontraba atendiendo público y, desde la baranda el Magistrado increpó a la Secretaria del Juzgado con tono escandaloso, descomedido e irrespetuoso, reclamándole por la presunta mala atención a los usuarios. La Secretaria, señora Susan Carolina Quijano, se levantó de su puesto y le pidió al Magistrado que se calmara y hablara en voz baja, pero, a cambio, el doctor Gabriel respondió que no tenía por qué hacerlo, pues no era su
admirador para hablarle al oído y, la conminó a salir del Juzgado para que le respondiera como era debido. Agregó que el doctor Ortiz Narváez manifestó que actuaba como miembro del COPASO y como Magistrado, por lo que la Secretaria debía darle las explicaciones del caso frente a las quejas recibidas de ella. Indicó que, ante la gran presión y violencia del Magistrado, él tomó del brazo a Susan Carolina para evitar que fuera objeto de agresiones físicas, pues el investigado se encontraba completamente descontrolado, además, que le pidió al Magistrado que observara respeto, hecho que le valió ofensas por parte de aquél. Relató que, por miedo, Susan corrió llorando a refugiarse en la oficina contigua donde trabajaba otra compañera de nombre Olga Lucía Portilla, y allí el Magistrado intentó entrar por la puerta para continuar con la agresión, momento para el cual salió la Juez y llevó a su hermano al pasillo para calmarlo. Reiteró que el día de los hechos el Magistrado, se 17 Folios 90-94 del cuaderno original. 7
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad encontraba muy exaltado, en estado de furia y que fue humillante con la quejosa.
- Testimonio de María del Pilar Santacruz Caicedo18. Se desempeña
como Oficial Mayor del Juzgado Primero de Familia de Pasto. Para el día de los hechos, indicó que se encontraba en la Secretaría del Juzgado y presenció cuando el Magistrado Gabriel Ortiz Narváez, de forma airada y grosera, se dirigió a Susan Carolina señalando que era miembro del Comité de Convivencia y estaba cansado de las quejas de los abogados por las demoras en las admisiones de las demandas. La Secretaria preguntó por los nombres de los abogados que se habían quejado para defenderse y le pidió al doctor Ortiz que bajara la voz, a lo que él respondió que no era su admirador romántico. También escuchó cuando su compañero Servio Tulio le pidió al Magistrado respeto por el despacho, a lo cual el Magistrado respondió increpándolo y preguntándole que él quien era. Narró que tal hecho desató el nerviosismo de quienes allí estaban, que ella intentó atender a los usuarios pero se puso a temblar y no sabía cómo reaccionar; por eso, se fue a la oficina de la compañera Constanza quien también estaba supremamente nerviosa y, en ese momento, Susan se fue para la oficina del lado pero el doctor Gabriel la siguió, por lo que la compañera Olga tuvo que cerrar la puerta. Memoró que la Juez Mercedes Victoria Ortiz salió de su oficina e indagó por los acontecimientos, a lo cual Servio Tulio le dijo que cómo permitía que eso ocurriera y, por ello, la Juez abordó a su hermano, luego de lo cual el Magistrado se fue. Agregó que Olga Portilla anotó los nombres de los usuarios presentes en el despacho en esos momentos y, manifestó no conocer quejas en contra de Susan
Carolina Quijano. 18 Folios 95-98 del cuaderno original. 8
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad - Testimonio de Luz Adriana Valencia Torres19. Se desempeña como Asistente Social Grado Uno del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto. Indicó que el conocimiento que tiene de los hechos es por lo que le contaron sus compañeros, mas no porque le conste ya que ese día se encontraba de permiso.
- Testimonio de Clelia Constanza Benavides Cabrera.20
Escribiente del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto. Relató que para el día de los hechos estaba atendiendo la entrega de títulos judiciales en la oficina diagonal a la Secretaría, cuando escuchó voces fuertes, pero no entendía qué sucedía, sólo minutos después se percató que el doctor Gabriel golpeaba la puerta frente a su oficina para que lo dejaran entrar. Agregó que el Magistrado va a la oficina a visitar a la Juez quien es su hermana y que desconoce de quejas contra la Secretaria. - Testimonio de Olga Lucia Portilla Montenegro.21 Se desempeña como Escribiente del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto, efectúo una descripción de las locaciones del Juzgado; posteriormente, refirió a los hechos del 21 de julio del 2015 e indicó
que desde su lugar de trabajo escuchó que el doctor Ortiz Narváez, le llamaba la atención a Susan Carolina, distinguió la voz fuerte del Magistrado, quien alzó más la voz para manifestarle a Susan Carolina sobre unas quejas en su contra, presentadas por abogados, Susan le pidió calma al Magistrado y que no tenía por qué maltratarla. 19 Folios 99-100, cuaderno original. 20 Folios 101 – 104 , cuaderno original.. 21 Folios 105-109 del cuaderno original. 9
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad Señaló que su compañero Servio Tulio defendió a Susan y le pidió orden al Magistrado. Luego observó a Susan Carolina en la puerta contigua a su oficina, muy nerviosa, tiritando y llorando, por lo que se acercó para calmarla y le pidió a la judicante Daniela le trajera agua.
Relató que Susan llegó a una silla de su oficina y se desplomó pidiendo auxilio, en ese momento fue como un caos muy tensionante y se cerró la puerta, pero no recuerda si fue ella, o Daniela, o Servio quien la cerró. Narró que después del altercado Servio Tulio le pidió recoger los nombres de los usuarios presentes en ese momento en el despacho y que ella dejó una hoja para tal efecto, pero al recogerla sólo encontró
rayas y números tachados y luego guardó esa hoja en el bolsillo, pero cuando lavó la prenda de ropa se dañó la hoja. - Testimonio de María Daniela Gutiérrez Velasco22. Judicante del despacho donde ocurrieron los hechos investigados. Indicó que mientras desempeñaba sus funciones escuchó desde su oficina una discusión, por lo que ella y su compañero Diego, también judicante, se asomaron al umbral de la puerta y vieron cuando el Magistrado Gabriel le estaba gritando a la secretaria Susan, le increpaba que estaba cansado de recibir quejas de los abogados que decían que en ese despacho se demoraran dos o tres meses para admitir las demandas. Luego, narró que Susan le pidió al Magistrado que bajara la voz, a lo cual él le respondió que no era su amante ni su enamorado para hablarle al oído y, además, le dijo que saliera del Juzgado para que le respondiera, todo lo cual le produjo a Susan una crisis nerviosa. Describió la escena de la defensa de Susan Carolina por parte de Servio Tulio, el golpeteo desesperado del Magistrado para que le abrieran la puerta para continuar la discusión, la intervención de la Juez para calmar a su hermano y, finalmente, la testigo 22 Folios 110-112, cuaderno original. 10
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Sala Jurisdiccional Disciplinaria M.P. Dr. CAMILO MONTOYA REYES Radicación N° 110010102000201502683 00
Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad manifestó estar muy asustada por lo ocurrido, por el maltrato de un hombre hacia una mujer. - Testimonio de Cecilia María Perafán de Zambrano23. Declaración solicitada por el funcionario investigado. Abogada litigante, indicó que en el Juzgado Primero de Familia, desde la llegada de Susan Quijano como Secretaria, encontró resistencia, trato déspota, descortés, siempre hacía mala cara y no contestaba el saludo; por eso le preocupaba que una de sus demandas cayera en ese Juzgado. Relató tener conocimiento que la Secretaria desautorizaba a la Juez, que negaba certificaciones y mantenía una mala actitud. Con relación a los hechos objeto de investigación manifestó que no los presenció y la versión que aportó es solo de oídas, por comentarios de su asistente Paola Ximena Ascuntar. - Testimonio de Paula Ximena Ascuntar Santacruz24. Secretaria de una oficina de abogados, su declaración fue solicitada por el investigado.
Al ser interrogada por el trato recibido en los juzgados de familia y, de manera particular, en el Juzgado Primero de Familia, señaló que era bueno, aunque se quejó de mora en ese Juzgado frente a algunos trámites. Negó haber presenciado o conocer de maltrato dado a los abogados en ese Juzgado, pero sí supo que la Secretaria tuvo un inconveniente con los abogados Cecilia Perafán y Edwin Zambrano en torno a una certificación que no expidió. Sobre los hechos objeto de la investigación, manifestó haber estado presente en el Juzgado en ese
momento y constató que el Magistrado le reclamó a la Secretaria acerca del maltrato dado a los abogados, sobre un proceso al cual no se le había dado trámite, y sobre los inconvenientes que la Secretaria tenía con la Juez. Indicó que el Magistrado hablaba en tono fuerte, estaba muy exaltado, pero negó haber presenciado insultos o agresiones físicas en contra de la Secretaria. Presenció cuando otro de los empleados del Juzgado, de 23 Folios 147-151, cuaderno original. 24 Folios152-155, cuaderno original. 11
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad nombre Servio, le pidió al Magistrado calma y que se fuera, debido al tono fuerte, luego de lo cual la Juez, Dra. Mercedes Ortiz salió de su despacho y le pidió a Servio que se entrara y al Magistrado Gabriel que debido al conflicto era mejor que se fuera. La testigo fue enfática en señalar que la Secretaria Susan en ningún momento se exaltó, ella le pedía al doctor que se fuera y que si tenía alguna queja en su contra se dirigiera al Consejo a formularla, que ella habló lo mínimo. - Testimonio de Edwin Fernando Zambrano Perafán25. Abogado Litigante. Declaración solicitada por el disciplinable. Narró que en el año 2010 solicitó ante el Juzgado Primero de Familia una certificación de
experiencia laboral como litigante, la cual le fue expedida; posteriormente, en el año 2015 requería presentarse a un concurso y se dirigió al Juzgado para que le transcribieran de nuevo la certificación que necesitaba con premura y fue entonces cuando la Secretaria Susan se negó a expedirla aduciendo que estaba ocupada y desautorizó en su presencia a la Juez que le había ordenado hacerla, por lo que la certificación tuvo que expedirla otra funcionaria. Se quejó de recibir tratamiento indebido por parte de la Secretaria Susan Carolina Quijano, demora en los trámites de ese Juzgado, lo que ocasionó que una de sus clientas lo denunciara ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Popayán. Manifestó no ser del agrado de la Secretaria y refirió que desde que Susan Carolina dejó de ser la Secretaria de ese Juzgado, percibió una mejoría en el despacho. Sobre los hechos objeto de investigación no aportó ningún elemento, aun cuando consideró que el doctor Ortiz Narváez era incapaz de ser grosero o maltratar a alguien y expresó el afecto que le tiene al Magistrado. Con ese acontecer procesal y habiéndose agotado las diligencias pertinentes, el Magistrado Sustanciador del momento, Camilo Montoya Reyes, registró proyecto el 27 de mayo de 2019; no obstante, en Sala 35 del 29 de mayo del mismo año le fue negada la ponencia, por lo que el asunto fue reasignado al Magistrado Carlos Mario Cano Diosa26, cuya ponencia fue objeto de solicitudes de estudio y se encontraba en trámite 25 Folios 160-166, cuaderno original.
26 Folios 190 - 192 del cuaderno principal. 12
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad para cuando entró a regir la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, razón por la cual, mediante Acuerdo PCSJA21-11710, el asunto fue repartido a este despacho el pasado 4 de febrero de 2021.
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN
1. Competencia Es competente la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, para conocer del presente asunto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 257
A de la Constitución Política, que señala que esta Corporación será la encargada de examinar la conducta y sancionar las faltas de funcionarios de la Rama Judicial. Igualmente es competente en virtud de lo dispuesto en el parágrafo transitorio de la misma disposición que señala que “Una vez posesionados, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial asumirá los procesos disciplinarios de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura”. Por su parte, el Acuerdo PCSJA21-11710 del 8 de enero de 2021, “Por el cual se reglamentó el reparto de asuntos en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial” consideró “Que para garantizar la transición de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en los términos de artículo 257A, se hace necesario definir las reglas para el reparto de los asuntos a cargo de la Comisión Nacional
de Disciplina Judicial”, y en su artículo 1º estableció “Reglas de reparto de los asuntos de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial”. El reparto de los asuntos de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial se realizará de acuerdo con el inventario remitido por cada despacho de 13
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria. En aras de garantizar el equilibrio de las cargas en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, la distribución de asuntos se hará conforme a los siguientes grupos:
a. Grupo 1: Procesos que prescriben en el año 2021 ii. Subgrupo B: funcionarios (…) c. Grupo 3: Procesos de única instancia clasificados por las siguientes etapas procesales: iii. Subgrupo C: Cierre de investigación Lo anterior, en armonía con lo establecido en el artículo 112 numeral 3º de la Ley 270 de 1996 y con los artículos 193 y 194 de la Ley 734 de 2002 - Código Disciplinario Único-.
2. Individualización funcional, identificación y antecedentes disciplinarios del funcionario investigado Se trata del doctor Gabriel Guillermo Ortiz Narváez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.009.282, expedida en Ipiales, en su condición de Magistrado de la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, cargo que desempeñaba desde el 8 de
marzo de 2002 y para la época de los hechos, según quedó acreditado con la certificación expedida por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, con la respectiva acta de posesión27. Así mismo, la Secretaría Judicial de esta Sala, mediante certificado No. 465036 del 15 de septiembre de 2015, constató que el Magistrado investigado no 27 Folios 49-51 del cuaderno original. 14
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad registra antecedentes disciplinarios28 y, en similar sentido, conceptuó la
Procuraduría General de la Nación. En tal virtud, y sin observar causal alguna que pueda invalidar la actuación hasta ahora adelantada, procede la Comisión a decidir lo que en derecho corresponda, esto es, o bien formular pliego de cargos de conformidad con lo previsto en el artículo 162 de la Ley 734 de 2002, si las pruebas obrantes en el infolio así lo ameritan; o bien, disponer el archivo de las diligencias en los términos del artículo 73 ejusdem, según lo que se encuentre acreditado en el plenario.
3. Descripción y concreción de la conducta investigada De acuerdo con la queja, cuyos hechos se acreditaron con la prueba testimonial obtenida y rendida, en su mayoría, por funcionarios del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto donde se suscitaron
los hechos, es posible determinar la existencia objetiva de la conducta objeto de investigación, que reconduce a los acontecimientos del 21 de julio de 2015, cuando en horas de la mañana ─aproximadamente a las 10:00 a.m.─ el aquí investigado irrumpió en las instalaciones del Juzgado Primero de Familia del Circuito de Pasto, para reclamarle en tono airado y con palabras descomedidas a la quejosa, por las presuntas quejas que sobre ella tenían algunos abogados litigantes por la mora en tramitar los asuntos a cargo de la Secretaría. Coinciden los testigos en afirmar que el comportamiento del Magistrado investigado se tornó energúmeno, grosero y desmedido, sin apremio y respeto por la quejosa, ni por los usuarios y asistentes que en ese 28 Folios 119-121 del cuaderno original 15
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad momento se encontraban en el despacho judicial, a tal punto que la quejosa entró en un estado de crisis nerviosa, como también algunas de sus compañeras de oficina, para quienes la situación fue bastante bochornosa e impropia. También son concordantes en relatar los llamados a la calma que le hicieron al investigado, tanto la quejosa como el señor Servio Tulio, sin lograr que aquél atemperara sus ánimos y,
antes bien, el grado de ofuscamiento lo llevó a instar a la quejosa a que saliera al pasillo para “atenderla como se debía” y, a golpear la puerta de la oficina a donde aquella corrió a auscultarse por el temor de ser agredida físicamente. De lo estrepitoso del reclamo y de la actitud violenta del investigado, dan cuenta las declaraciones de Clelia Benavides y Olga Portilla Montenegro, quienes, pese a estar en sus oficinas contiguas a la Secretaría, alcanzaron a oír lo que estaba sucediendo; esto es, los improperios del Magistrado Ortiz Narváez contra la Secretaria y, luego, contra el Señor Servio Tulio por haberle pedido mesura. Mas aún, Paula Ximena Auscuntar, quien testificó a solicitud del investigado, también dio cuenta del tono airado que el Magistrado utilizó para sus reclamos a la quejosa; de ahí que, como se dijo al comienzo, objetivamente se ha podido comprobar la veracidad de los hechos acontecidos el 21 de julio de 2015.
4. Los argumentos defensivos del investigado En el escrito de versión libre, referido ad supra, el doctor Gabriel Guillermo Ortiz Narváez, admitió que el día de los hechos se acercó a la Secretaría del Juzgado Primero de Familia de Pasto, para entablar conversación con la Secretaria Susan Carolina Quijano Alvarado por
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Referencia: Funcionario Única Instancia – Deniega Nulidad unas presuntas quejas por mora en los procesos, que fueron puestas en su conocimiento por parte de los abogados litigantes Mónica Andrea Navia Álvarez y Cecilia María Perafán; no obstante, negó los hechos violentos y el tono altanero que se le achaca. Refirió que la Secretaria le habló tan bajo que le fue imposible entender su balbuceo y, por eso, en tono de broma le dijo que se acercara para hablarle al oído; negó haber perdido la compostura, haber golpeado en la puerta y, menos haber retado a una confrontación, pues dijo que no acostumbraba respuestas de semejante naturaleza porque iban en contravía de sus principios.
Manifestó que él no había imputado hechos delictivos a la Secretaria, por lo que no estaba incurso en conducta p
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