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CSDJ - F11001010200020170214300ADJUNTA20190905145902-2019

Consejo Superior de la Judicatura

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Título
CSDJ - F11001010200020170214300ADJUNTA20190905145902-2019
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2019

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá, D.C., cuatro (04) de septiembre de dos mil diecinueve (2019) Magistrada Ponente: Dra. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación 110010102000201702143 00 Aprobado según acta Nº. 62 de la fecha OBJETO DE LA DECISIÓN Entra esta Sala a pronunciarse en torno a la solicitud de pruebas propuesta por el apoderado de confianza del doctor ANTONIO MARÍA TORO RUIZ, quien su condición de Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales se encuentra vinculado a este proceso HECHOS El 11 de septiembre de 2011, la Presidenta y Vicepresidenta del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas, remitieron a esta Corporación informe en el que manifestaron que se desarrolló un plan de trabajo tendiente a auscultar las razones por las cuales el despacho No. 3 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales registró el inventario final más alto, con mayor antigüedad así como los menores egresos con relación a sus pares, lo que afectó a los usuarios del servicio por la tardanza en las decisiones judiciales.1 Una vez expuesto el trabajo adelantado, señalaron que de acuerdo con el informe, se concluyó que el Despacho No. 3 registró el índice de productividad más bajo y los inventarios más altos en relación con los otros tres despachos, así como los procesos más antiguos que datan de 2015 y 2016, situación que no ocurre con sus

pares, afectando la oportunidad y acceso a la justicia. 1 F 1-4 c.o 1

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M.P. DR. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicado N° 110010102000201702143 00

Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA Indicaron que se acogió conjuntamente con los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal, la opción de menor impacto para los usuarios, que consistió en suspender

el reparto al despacho No. 3 (tanto de procesos como de acciones de tutelas), sujeto a que el funcionario, independientemente del disfrute de permisos y de la rotación de personal, resolviera 20 procesos mensuales. Manifestaron que ese Consejo Seccional consideró pertinente, dar traslado a esta Corporación para que se examine la conducta del funcionario a la luz de las normas disciplinarias, frente a la tardanza de 32 procesos pendientes de decisión en su despacho y que le ingresaron durante el año 2015 a saber: Manifestaron que ese Consejo Seccional consideró pertinente, dar traslado a esta Corporación para que se examine la conducta del funcionario a la luz de las normas disciplinarias, frente a la tardanza de 32 procesos pendientes de decisión en su despacho y que le ingresaron durante el año 2015, a saber: Radicado Fecha de ingreso Tiempo en días desde la fecha de su ingreso. 1 17416106881201480038 14.01.2015 664 2 15572610319820128209 24.03.2015 615

3 170016008783201300011 24.04.2015 592, 4 1700116000030201200206 27.04.2015 591 5 155726103198201181426 27.04.215 591 6 170886106854201180133 11.05.2015 581 7 171746106840201181210 11.05.2015 581 8 110016100721201300630 20.05.2015 574 9 155726103198201382064 27.05.2015 569 10 2557261013672001180177, 27.05.2015 569 11 2014-00017-01, 05.06.2015 562 12 170426000040201300069, 25.06.2015. 548 13 176536106867201380292, 03.07.2015. 542 14 17001610679901183298, 10.07.2015. 537

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA 15 1700160000060201400128 14.07.2015 535 16 170016000256201102024 30.07.2015 523 17 155726103198201281131 31.07.2015. 522 18 170016106799201483103 27.08.2015 503 19 17614600042201400484, 01.09.2015. 500 20 177776109614201480277 09.09.2015 494

21 170016106799200182267 18.09.2015 487 22 1717461066840201480756 30.09.2015 479 23 170016000030201401911 02.10.2015 477 24 17001600256200900237 16.10.2015 467 25 171746106934201400290 23.10.2015 462 26 173806000051201200670 09.11.2015 451 27 176536000074201400006 12.11.2015 448 28 170016000060201400804 20.11.2015 442 29 170426100040201400292 04.12.2015 432 30 110016000090201100097 10.12.2015 428 31 17867600000020140001 16.12.2015 424 32 170016000256201101427 18.12.2015 422 De igual se allegó el listado de procesos pendientes para proferir sentencia que ingresaron en el año 2016 al Despacho a cargo del doctor Antonio Toro: RADICADO Fecha de Ingreso Fecha de Egreso 1 171746106840201580353 17.01.2016 403 2 171746000067201200094 25.01.2016 396 3 170016106799201382878 29.01.2016 392 4 171746000041200900153 09.02.2016 385 5 176146000042201300297 15.02.2016 381 6 155726100000201300007 18.02.2016 378 7 177776109614201580212 02.03.2016 369 8 170016106799201380580 07.03.2016 366 9 176656106855201480068 09.03.2016 364

10 177776109614201580162 28.03.2016 351

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA 11 176146000042201400076 07.04.2016 343 12 174336106938201580030 12.04.2016 340 13 176536106937201580083 14.04.2016 338 14 155726103198201481223 22.04.2016 332 15 176536106937201580102 29-04.2016 327 16 176536106937201580159 02.05.2016 326 17 170016106799201580517 05.05.2016 323 18 170016106799201580537 10.05.2016 320 19 170016100000020150007 11.05.2016 319 20 171746106840201082316 11.05.2016 319 21 176536106867201480101 02.06.2016 303 22 170426000040201100184 07.06.2016 300 23 255726101367201380009 12.07.2016 275 24 173886106870201280227 13.07.2016 274 25 170016000256201404836 18.07.2016 271 26 170016000030201500661 22.07.2016 267 27 170136108807201180197 22.07.2016 267 28 170016106799201581002 25.07.2016 266

29 170426000402012001045 27.07.2016 264 30 170016000030201300893 29.07.2016 262 31 170016000256201203722 16.08.2016 250 32 170016000256201003357 25.08.2016 243 33 170016000256200900340 09.09.2016 232 34 174336106938201580380 16.09.2016 227 35 170016106799201581923 03.10.2016 216 36 170426000070201400057 04.10.2016 215 37 175416106881201680051 11.10.2016 210 38 176146000042201500258 12.10.2016 209 39 174336106938201280047 19.10.2016 204 40 170016000031200504072 28.10.2016 197 41 173803109001200038952 08.11.2016 190

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA 42 155726103198200680329 09.11.2016 189 43 174336106879201580268 18.11.2016 182 44 173806106939201580638 22.11.2016 180 45 155726103198201381476 28.11.2016 176 46 170016000060201100355 01.12.2016 173 47 171746106934201381087 02.12.2016 172

48 170016000256201500508 14.12.2016 164 49 170016100000201500008 15.12.2016 163 50 171746000000201600006 16.12.2016 162 51 17001610679901580915 19.12.2016 161 También se allegó el listado de procesos pendientes para proferir sentencia que ingresaron para proferir sentencia en el año 2017 al Despacho a cargo del doctor

Antonio Toro: RADICADO Fecha de Ingreso Fecha de Egreso 1 170016000060201100806 17.01.2017 140 2 170426106851201380094 17.01.2017 140 3 170016106799201583061 30.01.2017 131 4 155726103198200981453 31.01.2017 130 5 170016000030201400092 03.02.2017 127 6 170136108807201580182 15.02.2017 119 7 170013107001201200195 22.02.2017 114 8 170016106940201580024 22.02.2017 114 9 170016106799201080032 24.02.2017 112 10 170016008783201300009 03.03.2017 107 11 171746106934201381232 15.03.2017 99

Por último, aportaron el Informe de visita a despachos de los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales con fecha del 27 de julio al 18 de agosto de

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA 2017, en donde en el anexo 1 muestra los procesos a cargo de cada magistrado pendiente de decisión y oficios remitidos al doctor Antonio Toro Ruiz.2

ACTUACIONES PROCESALES

1. Mediante auto de fecha 20 de octubre de 20173, se ordenó apertura de investigación disciplinaria contra el doctor Antonio María Toro Ruiz en su calidad de Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, por una presunta mora sistemática, y se dispuso su notificación personal, y la práctica de pruebas, recaudándose lo siguiente dentro de esta etapa procesal: -Obra en el expediente a folios 57-58 constancia de diligencia llevada a cabo el día 24 de octubre de 2017, realizada por magistrada auxiliar comisionada, en la oficina del Palacio de Justicia “Fanny González Franco”, piso 12, correspondiente al despacho del Magistrado Antonio María Toro Ruiz, con el objeto de notificar el auto de apertura formal de investigación al Magistrado y realizar inspección judicial con la finalidad de tener acceso al listado de procesos al Despacho para decisión de primera y segunda instancia, lo mismo que acciones de tutela, a partir de 2014. Fue atendida la Magistrada comisionada, por el abogado Daniel Ortega Jiménez, quien enterado del objeto de la prueba, manifestó que el Magistrado investigado no se encontraba, pues disfrutaba de una licencia, pero que estaba enterado de la existencia de las diligencias en su contra, por un correo electrónico recibido el

viernes anterior, y le había ordenado facilitar la diligencia y para el efecto, tomar las disposiciones necesarias para su consecución y por tanto entregó lo solicitado, con la colaboración de una ingeniera del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas. Para cuyo efecto se imprimieron, los listados de autos, desde el año 2012, los de sentencias, desde el año 2010, en 13 folios y 10 folios por ambas caras, respectivamente. Además, se imprimieron los listados de pendientes para decisión y pendientes para sentencia, que en cuadros aparte, son llevados en el mismo computador, a cargo del abogado quien atiende la diligencia, en 1 y 3 folios por 2 F 5-48 c.o 1 3F. 51-54 c.o 1

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA ambas caras. Se dejó constancia que los listados de tutela se llevan a mano en libros, por lo cual se imprimen las páginas correspondientes, que se allegan para que formen parte de la inspección, así: dos paquetes de tutelas de primera instancia, uno de tutelas de segunda instancia, uno de incidentes de desacato en consulta. Se entregaron copias de los libros radicadores, así: un paquete de procesos de responsabilidad penal para adolescentes y Sala Mixta, un paquete de autos de segunda instancia, un paquete de proceso de Ley 906 de sentencia, y un paquete de

Ley 600 sentencias. Obran en el expediente a folios 59 a 261 los documentos y un CD correspondientes a la referida inspección judicial. -A folios 262 a 267, se encuentra testimonio rendido por la Magistrada del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas doctora Flor Eucaris Díaz Buitrago, en el que manifestó que el doctor Antonio Toro remitió a ese Consejo Seccional, oficio No. 5835 de julio 4 de 2017, con apartes de un fallo de tutela proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitando se estudiaran las medidas pertinentes para estudiar y concretar una medida de descongestión para ese despacho ante el Consejo Superior, razón por la cual el Consejo Seccional dispuso una visita de carácter especial al Despacho del referido Magistrado para identificar las causas y razones de la problemática de la congestión. Indicó que la validación efectuada a los despachos permitió concluir que todos tuvieron un reparto equitativo de procesos, tanto cuantitativamente como cualitativamente. Señaló que llamó la atención al Consejo Seccional, que el Magistrado Toro tenía 3 procesos para auto con riesgo de excarcelación por vencimiento de términos, los cuales debían resolverse dentro del término de los 10 días hábiles, así como 7 procesos con riesgo de prescribir en 2017 y 13 en el primer semestre de 2018, para un total de 20.

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA Manifestó que el Consejo Seccional consideró prudente dar traslado del informe al Consejo Superior para los fines pertinentes y celebrar reuniones con los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, con el fin de acordar un plan de mejoramiento que permitiera agilizar la respuesta a los usuarios y preservar el derecho de acceso a la justicia.

Indicó que el doctor Antonio Toro, solicitó al Consejo Seccional se le otorgara compensatorio por el turno de habeas corpus que prestó en el periodo comprendido entre el 3 y el 10 de enero de 2015 y el 2 y el 10 de enero de 2017, que aunque fueron reconocidos, se dispuso no conceder el disfrute para los días solicitados por el funcionario del 17 a 1 de noviembre de 2017, entendiendo que ese Despacho se encontraba sometido a un plan de mejoramiento. Indicó que el doctor Toro allegó copia de la comunicación OSG No. 6191 suscrita por la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia informando que en sesión del 25 de septiembre se le concedió licencia no remunerada por el periodo comprendido entre 17 y el 31 de octubre de 2017, por lo que a la fecha del presente testimonio se encuentra disfrutando de la licencia. Por último, dijo aportar copia de la documentación a la que hizo referencia en su testimonio.4 -Obra en el expediente a folios 1 a 3 del cuaderno 2, testimonio rendido por la

doctora María Eugenia López Bedoya en su calidad de Magistrada del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas, en el que señaló que se convocó por parte del Consejo Seccional reunión el día 22 de agosto de 2017, a los señores Magistrados de la Sala Penal del Tribunal, con el fin de socializar los resultados de la visita practicada por la Corporación y que se realizó una segunda visita de campo a los 4 despachos, para levantar un diagnóstico sobre las cargas laborales de cada uno, razón por la cual se llevó a cabo una segunda reunión el 28 de agosto de 2017, en donde se acordó la suspensión del reparto al Despacho del Magistrado Toro, tanto 4 F. 268373 c.o 1

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA de procesos como de acciones constitucionales, a partir del 1 de septiembre de 2017 y hasta el 19 de diciembre de 2017.

Indicó que se acordó que las dos Magistradas compañeras de Sala, se encargarían de hacer Sala Dual con el fin que el doctor Toro se concentrara específicamente en evacuar los procesos que contaban con un atraso considerable en su Despacho. Manifestó que en nueva visita al Despacho del doctor Toro el 5 de septiembre de 2017, se concluyó que éste registraba el índice de productividad más bajo y los inventarios más altos en relación con los otros tres despachos, así como los

procesos más antiguos recibidos en los años 2015 y 2016, afectando la oportunidad y acceso a la justicia Señaló que por lo expuesto, el Consejo Seccional consideró que no era del caso presentar ante el Consejo Superior de la Judicatura, propuesta de descongestión para este Despacho, por cuanto en criterio de esa Corporación lo que hay es una mora injustificada. Explicó que la decisión de suspender el reparto al Despacho No. 3 fue la de menor impacto para los usuarios y que el referido Despacho debía dedicarse de tiempo completo a evacuar los procesos que se encontraban sin resolver, especialmente los ingresados en los años 2015 y 2016, y proferir como mínimo 20 sentencias y/o decisiones de fondo mensualmente y emprender un plan de mejoramiento al interior del Despacho. Expuso que posteriormente el funcionario en el mes de septiembre, solicitó al Consejo Seccional se le otorgara el compensatorio por los turnos de habeas corpus. Días compensatorios que el Consejo Seccional decidió reconocerle pero aplazando su disfrute, en razón de los compromisos ya adquiridos para poner al día ese Despacho. Dijo desconocer si el funcionario tiene compromisos académicos o dicta clases en alguna universidad, por cuando al Consejo Seccional nunca ha llegado información al respecto.

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA

Por último, hizo entrega en un CD de la información estadística de los 4 despachos de la Sala Penal del Tribunal Superior de Caldas, a partir del 2014. Aportó copia de la documentación a la que hizo referencia en su testimonio.5 -Obra en el expediente CD que contiene registro de ingreso y salida del doctor Toro Ruiz en el Palacio de Justicia “Fanny Gonzalez Franco”, molinete 1 entrada y piso 12 acceso1. -A folios 12 a 13 del cuaderno 2, se encuentra diligencia de inspección judicial llevada a cabo el día 24 de octubre de 2017, a través de magistrada auxiliar comisionada, en la Dirección Ejecutiva Seccional de la Rama Judicial de Manizales, siendo atendida por el doctor José Fernando Salazar Chaves como Director Ejecutivo Seccional, a quien se le enteró del objeto de la diligencia, que consistía en obtener copia de las situaciones administrativas que se hayan reportado a la pagaduría de la Dirección Ejecutiva Seccional Caldas, desde el año 2014, tales como comisiones, licencias, vacaciones, incapacidades, permisos, compensaciones y demás, del Magistrado Antonio María Toro Ruiz, para cuyo efecto, quien atendió la diligencia, aportó el oficio DESAJMAO17-3529 de la fecha, en el que informó que revisada la hoja de vida, no reposaban documentos que acreditaran tales situaciones administrativas. Que del aplicativo Kactus, se extractaron las siguientes novedades: vacaciones correspondientes a los periodos de 20 de diciembre al 10 de enero, de los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Y una licencia no remunerada de octubre 17 de

2017 al 31 de octubre del mismo año. Se recibió el original. En segundo lugar, se solicitó establecer el registro de entradas y salidas diarias del mencionado Magistrado, a la sede judicial en donde presta sus servicios, Palacio de Justica “Fanny González Franco”, respecto de lo cual, manifestó que el registro que existe, corresponde al que queda reportado por el ingreso al parqueadero y salida del mismo; como quiera que por la entrada principal, si bien es cierto, existe registro, no todos los servidores judiciales utilizan el mismo, por lo que es probable que los documentos que se aportaron tan solo reflejarán los ingresos y salidas, cuando utiliza 5 Fl 3-10 c.o 2

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA el parqueadero. Sin embargo, para el ingreso al piso 12, donde queda su oficina, necesariamente debe registrar la huella para acceso, no para la salida. Se aportaron en físico y en modo magnético, los registros de los accesos por talanquera que es parqueadero, y la talanquera salida del mismo lugar, y acceso piso 12. -Obra en el expediente a folios 14 a 18 del cuaderno 2, testimonio rendido por la doctora Gloria Ligia Castaño Duque en su calidad de Magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior de Caldas, en el que afirmó en cuanto al tiempo que tiene cada una

de las personas integrantes de la Sala, para revisar la ponencia y frente al tiempo que tienen para presentar salvamentos y aclaraciones de voto, que usualmente se observan los términos consagrados en el Acuerdo que rige el funcionamiento de los Tribunales. Sin embargo, en algunas ocasiones pueden sobrepasarse por el cúmulo de asuntos constitucionales o por la complejidad del asunto, de manera excepcional. Indicó que a partir del 1 de septiembre del año 2017, se implementó un programa de descongestión en el despacho del doctor Antonio Toro Ruiz, que tenía procesos del 2015, 2016 y 2017. El plan consistió en suspender a ese Despacho todo el reparto constitucional y de procesos ordinarios, sin compensación. Además se le sustraía de toda actividad de revisión de los procesos de los magistrados en los cuales actuaba como revisor y como medida provisional, se decidió reconformar las Salas. Explicó que los proyectos presentados en Sala por parte del Magistrado Toro Ruiz, en su mayoría son proyectos bien elaborados y no tienen muchas observaciones en Sala. Son normales, como sucede en todas la salas. Manifestó que el investigado tiene buenas relaciones con ella y cordiales con sus compañeros y señaló que finalizando septiembre de 2017 existió una diferencia de 13 actuaciones entre las reportadas por el Magistrado Toro Ruiz y la secretaria Gloria Inés Gutiérrez, disparidad que no puede asegurar a que se debe, y que para el mes de octubre no se ha reportado ningún registro por cuanto el doctor Toro Ruiz pidió un permiso de 5 días y una licencia que va hasta el 1 de noviembre. En la primera semana de octubre registró 6 proyectos.

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA Indicó que a partir del 17 de octubre de 2017, le fue concedida la licencia al doctor Antonio Toro, y fue encargada de los asuntos urgentes la doctora Dennis Marina Garzón Orduña como Presidenta de la Sala, confirmando que el despacho del Magistrado Toro Ruiz no recibía reparto de procesos ordinarios ni de tutela en ambas instancias, ni proyectos para su estudio por parte de los demás Magistrados, desde el 1 de septiembre de 2017. Señaló que su Despacho en septiembre registró 12 tutelas de primera instancia, 1 desacato de primera instancia, 9 tutelas de segunda, 7 consultas, 9 sentencias penales y 6 autos interlocutorios penales. -Mediante comunicación de fecha 24 de octubre de 2017, el Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial remitió las situaciones administrativas del Magistrado Antonio Toro Ruiz, correspondientes al periodo 2014 a la fecha e informó que revisada la hoja de vida del citado Funcionario, no reposan documentos que acrediten permisos, comisiones, licencias y/o incapacidades en el periodo 2014 a la fecha. Afirmó que del aplicativo Kactus, se extractaron las siguientes novedades: Vacaciones por los periodos 20/12/201310/01/2014, 20/12/201410/01/2015,

20/12/201510/01/2016, 20/12/201610/01/2017 y licencia no remunerada 17/10/201731/10/2017. 6 -Obra en el expediente a folios 88 a 109 del cuaderno 2, registro de diligencia llevada a cabo el día 24 de octubre de 2017, en donde la magistrada auxiliar comisionad procedió a realizar inspección judicial en la Oficina Judicial de Manizales, siendo atendida por la doctora Paula Ximena Vargas Guarín quien se desempeña como Jefa de la Oficina Judicial de Manizales, a quien se le enteró del objeto de la diligencia, que consistía en obtener el número de procesos por grupo de reparto, que le hayan sido asignados al Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, doctor Antonio María Toro Ruiz, desde el año 2014, al igual que de acciones constitucionales. Quien atendió la diligencia manifestó que al consultar el sistema de reparto institucional SARJ, se encontraron las siguientes cifras estadísticas en cuanto a acciones constitucionales: para el año 2014, 84 acciones de tutela en primera instancia, 186 acciones de tutela en segunda instancia y 8 incidentes de desacato en 6 Fl 19-87 c.o 2

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA

consulta, para un total de 278; para el año 2015, 74 acciones de tutela en primera instancia, 156 acciones de tutela en segunda instancia, y 72 incidentes de desacato en consulta, trámite especial 1, para un total de 303; para el año 2016, 81 acciones de tutela en primera instancia, 133 acciones de tutela en segunda instancia, y 57 incidentes de desacato en consulta, para un total de 271; para el año 2017, con corte a 23 de octubre de 2017, 69 acciones de tutela en primera instancia, 110 acciones de tutela en segunda instancia y 35 incidentes de desacato en consulta, para un total de 214. Se advirtió que ese despacho tenía suspendido el reparto de acciones constitucionales, a partir de 1 de septiembre de 2017, según lo acordado en reunión del 28 de agosto de 2017, Acta No. 24, suscrita por la Presidenta del Consejo Seccional y del Tribunal Superior Sala Penal, y de la Jefa de Oficina Judicial. Precisó que para generar esta estadística fue necesario consultar por varios grupos de reparto, de conformidad con los Acuerdos de la Sala Administrativa, que mencionó en el oficio SEAJMAO17-3532 de la fecha. Sobre el reparto de procesos, como el competente para hacerlo es el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Manizales, se solicitó al Coordinador del Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Manizales, la estadística correspondiente al despacho del Magistrado Antonio María Toro Ruiz, quien la suministró vía correo electrónico, y también envió el oficio CSJC17-0144, suministrando los datos, consolidados de los años 2014 a 2017, con corte a 23 de octubre, por grupos de repartos. -Obra en el expediente a folios 110 a 117 del cuaderno 2, testimonio rendido por el Magistrado Cesar Augusto Castillo Taborda de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, en el que señaló que no tiene conocimiento directo de cómo funcionan actualmente las salas de decisión de esa Corporación, porque al asumir las funciones del cargo, los acuerdos entre la sala, ya se habían realizado y el despacho del doctor Antonio Toro, tenía el reparto de ciertos asuntos suspendido y a partir de

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA ello la Sala de Decisión de la cual hace parte, no tiene por el momento ninguna relación laboral con el funcionario.

Manifestó que no tiene un punto de comparación para poder determinar el impacto que tuvieron los Acuerdos que suspendieron el reparto de procesos y acciones constitucionales. Indicó que se celebró una Sala de la Especialidad Penal en la que se trató el tema de la triangulación de la información suministrada por el doctor Antonio Toro, que según los datos reportados por él, si cumplió la meta pues él dice que había sacado 60 y eran 20 pero sin verificar, y que esto lo revisará el Consejo Seccional. Por último, indicó que ha tenido muy poca pero muy buena relación con el investigado.

-A folios 113 a 117 del cuaderno 2, se encuentra testimonio rendido por la Magistrada Dennys Marina Garzón de la Sala Penal del Tribunal Superior del Manizales, en el que señaló sobre la situación del despacho del doctor Toro Ruiz que se tuvo conocimiento por la Sala Administrativa del Consejo Seccional, a raíz de una acción de tutela instaurada contra el referido Despacho, razón por la cual fueron convocadas las magistradas a reunión en el mes de agosto, con el fin de concertar una medida que garantizara un equilibrio para la sala y cumplir el objetivo con el Despacho intervenido, decidiendo que la mejor medida era suspender el reparto de esa oficina. Indicó que cada despacho de los Magistrados contaba con un magistrado de descongestión y que posteriormente se instaló una sala de descongestión de 2 magistrados que duró hasta diciembre de 2014, lo que resultó una ayuda significativa.

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Referencia: FUNCIONARIOS ÚNICA INSTANCIA Manifestó desconocer porque se reportó nuevamente congestión y atraso en el despacho del doctor Toro Ruiz y que no tiene el dato preciso del promedio de proyectos registrados que se llevan a Sala por cada magistrado.

Señaló que se dispuso que la doctora Garzón Orduña debería asumir el manejo de los asuntos de urgencia durante el lapso del permiso del doctor Toro Ruiz, y que se

dirigió escrito al Presidente de la Sala Penal de la Corte para que reconsiderara tal delegación, ya que complicaría las circunstancias enfrentadas por cada uno de los Despachos, oficio 8639 que indicó aportar. Explicó que se solicitó al doctor Toro Ruiz una lista de los asuntos que pudieran encasillarse como urgentes, con el fin de ejercer supervisión respectiva y se obtuvo como respuesta 3 procesos que podrían catalogarse en esa especial consideración. Afirmó que ha llevado a Sala dos procesos a cargo de ese magistrado y que fueron proyectados por personal de ese mismo despacho bajo su supervisión. Por último, se recibió documental anunciada en el testimonio.7 -Obra en el expediente a folios 150 a 151 del cuaderno 2, constancia de inspección judicial llevada a cabo el día 24 de octubre de 2017, en donde la magistrada auxiliar comisionada procedió a realizar la inspección judicial en la Presidencia del Tribunal Superior de Manizales, siendo atendida por la doctora Sofy Soraya Mosquera Motoa quien se desempeña como Magistrada de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Manizales, y actualmente, Presidenta de la

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