CSDJ - F11001010200020170288200ADJUNTA20180725091016-2018
Consejo Superior de la Judicatura
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Detalles
- Título
- CSDJ - F11001010200020170288200ADJUNTA20180725091016-2018
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2018
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
Bogotá D. C., 11 de julio de 2018. Aprobado según Acta de Sala No. 61 de la misma fecha.
Magistrado Ponente: Doctor Camilo Montoya Reyes Radicado N° 110010102000201702882 00
ASUNTO A TRATAR Procede la Sala a corregir la providencia de fecha 14 de marzo de 2018, por medio de la cual se pronunció la Sala respecto del conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA y el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE BARRANQUILLA, con ocasión de la demanda ordinaria laboral instaurada por el apoderado del señor JUAN CARLOS
LONDOÑO JARAMILLO contra la UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A
DISTANCIA UNAD.
ANTECEDENTES Esta Colegiatura en Sala No. 020 de fecha 14 de marzo de 2018, decidió en la mencionada providencia: “Primero.- DIRIMIR el conflicto suscitado entre el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA y el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE BARRANQUILLA, con ocasión de la demanda ordinaria laboral instaurada por el apoderado del señor JUAN CARLOS LONDOÑO JARAMILLO contra la UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD, asignando competencia a la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
M.P. CAMILO MONTOYA REYES Radicado N° 110010102000201702882 00
Referencia: Corrección Providencia Segundo.- REMITIR el presente proceso a conocimiento del JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE BUCARAMANGA y copia de la presente providencia al JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA.” Se advierte que en la parte resolutiva de la providencia en el numeral segundo quedó consignado enviar el presente proceso a conocimiento del JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE BUCARAMANGA y no de BARRANQUILLA como corresponde.
CONSIDERACIONES Competencia. Es competente la Sala para conocer del presente asunto, conforme lo establecido por el artículo 121 del Código Disciplinario Único, norma que establece: “CORRECCIÓN, ACLARACIÓN Y ADICIÓN DE LOS FALLOS. En los casos de error aritmético, o en el nombre o identidad del investigado, de la entidad o fuerza donde labora o laboraba, o en la denominación del cargo o función que ocupa u ocupaba, o de omisión sustancial en la parte resolutiva del fallo, éste debe ser corregido, aclarado o adicionado, según el caso, de oficio o aperción de parte, por el mismo funcionario que profirió. El fallo corregido, aclarado, o adicionado, será notificado conforme a lo previsto en este código.” Teniendo en cuenta que efectivamente se incurrió en error en la parte resolutiva de la
providencia proferida por esta Sala el 14 de marzo de 2018, en el numeral segundo respecto al nombre del Juzgado a quien se le envía el proceso para que asuma competencia, procede la Sala a efectuar las correcciones que corresponden. 3
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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
M.P. CAMILO MONTOYA REYES Radicado N° 110010102000201702882 00
Referencia: Corrección Providencia RESUELVE Primero.- CORREGIR la parte resolutiva de la providencia del 14 de marzo de 2018, aprobada en Sala según acta No. 20 de la misma fecha, el numeral segundo quedará así: “Segundo.- REMITIR el presente proceso a conocimiento del JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE BARRANQUILLA y copia de la presente providencia al JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA.” Segundo.- Hecha la anterior corrección, por Secretaria Judicial dese cumplimiento a lo dispuesto por esta Sala en la providencia en mención.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO
Presidente
FIDALGO JAVIER ESTUPIÑAN CARVAJAL
Vicepresidente 4
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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
M.P. CAMILO MONTOYA REYES Radicado N° 110010102000201702882 00
Referencia: Corrección Providencia
MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ
Magistrada Magistrada
MARÍA LOURDES HERNÁNDEZ MINDIOLA CAMILO MONTOYA REYES
Magistrada Magistrado
YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA
Secretaria Judicial