CSDJ - F11001010200020180181100ADJUNTA20180726101534-2018
Consejo Superior de la Judicatura
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Detalles
- Título
- CSDJ - F11001010200020180181100ADJUNTA20180726101534-2018
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2018
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
Bogotá D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil dieciocho (2018) Magistrada Ponente Dra. JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ Radicado No. 110010102000 2018901811 00 (15583-35) Aprobado Según Acta de Sala No. 66 VVIISSTTOOSS Procede la Sala a pronunciarse sobre la confirmación del nombramiento del doctor OSCAR CARRILLO VACA, quien mediante Acuerdo No. 032 de fecha 22 de junio de 2018, proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, fue designado en el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, en remplazo de la doctora GLORIA ALCIRA ROBLES
CORREAL.
ANTECEDENTES Mediante Acuerdo No. 032 de fecha 22 de junio de 2018, esta Corporación designó en propiedad y en el régimen de carrera judicial, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, al doctor OSCAR CARRILLO VACA, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.408.145 expedida en Bogotá, para proveer la vacante dejada por la doctora GLORIA ALCIRA ROBLES CORREAL, según la lista de candidatos formulada en el Acuerdo No. PCSJ18-10973 del 9 de mayo de 2018, dictado por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la
Judicatura, por haber ocupado el primer lugar de la lista, previa aprobación del concurso de méritos convocado mediante Acuerdo No. PSAA13-9939 de 20131. Comunicada la designación por la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en oficio SJ-Magistrada Sustanciadora-23925 de fecha 4 de julio de 2018 (fl. 40 c.o.), el elegido expresó su aceptación, según comunicación del 13 de julio de 2018, visible a folios 2 a 3 de la actuación y allegó los documentos que acreditan los requisitos legales y reglamentarios establecidos para el desempeño del cargo. CONSIDERACIONES DE LA SALA 1 Acuerdo “Por medio del cual se adelanta el proceso de selección y se convoca a concurso de méritos para la provisión de los cargos de Funcionarios de la Rama Judicial.” De acuerdo con las atribuciones conferidas por los artículos 256.3 de la Constitución Política y 112.3 de la Ley 270 de 1996, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura es competente para emitir pronunciamiento en torno a la confirmación del nombramiento del doctor OSCAR CARRILLO VACA, como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño. De conformidad con lo preceptuado por el artículo 127 de la Ley 270 de 1996, para ejercer el cargo de Magistrado de Tribunal y, por ende, de Consejo Seccional de la Judicatura, se requieren las siguientes calidades y requisitos generales:
1.- Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles; 2.- Tener título de abogado expedido conforme a la Ley; 3.- No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad; Así mismo, el numeral 3º del artículo 128 ibídem consagra como requisito adicional, tener experiencia profesional por un lapso no inferior a ocho (8) años, la cual debe ser adquirida con posterioridad a la obtención del título de abogado, en actividades jurídicas ya sea de manera independiente o en cargos públicos o privados o en el ejercicio de la función judicial. En orden a acreditar el cumplimiento de los mencionados requisitos, el doctor OSCAR CARRILLO VACA, allegó los siguientes documentos: Acerca de la calidad de colombiano por nacimiento y ciudadano en ejercicio: - Fotocopia de la cédula de ciudadanía número 79.408.145 de Bogotá (fls. 4 y 5 c.o.). Sobre carencia de antecedentes penales y disciplinarios: - Certificado de inexistencia de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación con el cual certifica que el designado no registra sanciones ni inhabilidades vigentes, dado el día 6 de julio del 2018 (fl. 8 c.o.). - Certificado especial de inexistencia de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación con el cual certifica que el doctor CARRILLO no presenta inhabilidades especiales aplicables al cargo, dado el día 6 de julio de 2018 (fl. 9 c.o.). - Certificado de antecedentes disciplinarios como abogado expedido por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo
Superior de la Judicatura, en el cual consta que no aparece registrada sanción alguna en contra del doctor OSCAR CARRILLO VACA, de fecha 13 de julio de 2018 (fl. 38 c.o.). - Certificado de antecedentes disciplinarios como funcionario expedido por la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el cual consta que no aparece registrada sanción alguna en contra del doctor CARRILLO VACA, de fecha 13 de julio de 2018 (fl. 39 c.o.). - Certificación expedida por la Contraloría Delegada para investigaciones, juicios fiscales y jurisdicción coactiva en el sentido de no aparecer registrado en el boletín de Responsables Fiscales – SIBOR-, el día viernes 6 de julio de 2018 (fl. 10 c.o.). - Fotocopia del certificado judicial de fecha 08 de febrero de 2012, mediante el cual la Policía Nacional de Colombia certifica que el designado “NO TIENE ASUNTOS PENDIENTES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES”, en virtud de lo previsto en el artículo 248 de la Constitución Política de Colombia. (fl. 31 c.o.). Sobre Inhabilidades e incompatibilidades - Declaración juramentada rendida ante la Notaría Tercera del Círculo de Bucaramanga, en la cual el designado afirma que no se encuentra próximo a pensionarse en ningún régimen pensional dentro de los cinco años siguientes. (fl. 11 c.o.). - Declaración juramentada rendida ante la Notaría Tercera del Círculo de Bucaramanga, en la cual el designado afirma que no se encuentra
incurso en ninguna de las causales de incompatibilidad e inhabilidad para desempeñar el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño. (fl. 36 c.o.). - Declaración juramentada rendida ante la Notaría Tercera del Círculo de Bucaramanga, en la cual el designado informa que no tiene conocimiento de procesos alimentarios adelantados en su contra y ha cumplido las obligaciones de Familia. (fl. 37 c.o.). Con relación a la condición de Abogado: - Fotocopia del diploma que le confirió el titulo de bachiller académico (fl. 19 c.o.). - Fotocopia del diploma que le confirió el título de abogado, el 24 de septiembre de 1992, y del acta de grado emitidos por la Universidad Santo Tomás. (fl. 20 y 21 c.o.) - Fotocopia de la tarjeta profesional de abogado número 81860 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura (fl. 7 c.o.). - Fotocopia del diploma que le confirió el título de Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas emitido por la Universidad Externado de Colombia, el 26 de septiembre de 1996. (fl. 22 c.o.) - Fotocopia del diploma que le confirió el título de Especialista en Derecho Administrativo emitido por la Universidad Libre, el 20 de agosto de 1999 y acta de grado. (fl. 23 y 24 c.o.) - Fotocopia del diploma que le confirió el título de Especialista en Gestión Judicial emitido por la Universidad Autónoma de Bucaramanga, el 22 de febrero de 2008 y acta de grado. (fls. 25 y 26
c.o.) - Fotocopia del diploma que le confirió el título de Especialista en Derecho Público emitido por la Universidad Autónoma de Bucaramanga, el 16 de diciembre de 2011 y acta de grado. (fls. 27 y 28 c.o.) - Fotocopia del diploma que le confirió el título de Especialista en Derecho Comercial emitido por la Universidad Autónoma de Bucaramanga, el 24 de febrero de 2012 y acta de grado. (fls. 29 y 30 c.o.) Sobre el ejercicio de la profesión: - Certificación expedida por la Subdirección Regional de Apoyo Central de la Fiscalía General de la Nación (fls. 12 a 14 c.o.), en la cual hace constar que el doctor OSCAR CARRILLO VACA, desempeñó en la Entidad los siguientes cargos: Secretario Judicial I de la Dirección Seccional de Bogotá, desde el 16 de junio de 1994. Técnico Judicial II de la Dirección Seccional de Bogotá, desde el 26 de julio de 1994. Fiscal Local de la Dirección Seccional de Bogotá, desde el 28 de febrero de 1995. Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito de la Dirección Seccional Cundinamarca, desde el 6 de enero de 1998. Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito de la Dirección Seccional Cundinamarca, desde el 5 de agosto de 1998. Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito de la Dirección Seccional Cundinamarca, desde el 8 de enero de
1999. Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito de la Dirección Seccional Cundinamarca, desde el 27 de diciembre de 1999. Jefe de Unidad Seccional de la Dirección Seccional Cundinamarca, desde el 29 de junio de 2000. - Certificación expedida por el Jefe de la División de Gestión Humana de la Procuraduría General de la Nación, en la cual hace constar que el doctor OSCAR CARRILLO VACA, de acuerdo a la información que reposa en la correspondiente historia laboral y en el Sistema de Información Administrativo y Financiero SIAF, ingresó a la entidad el 7 de diciembre de 2000 y se retiró el 31 de mayo de 2006, siendo el último cargo PROCURADOR JUDICIAL I, en la Procuraduría 284
Judicial I Penal de Ocaña. (fl. 12 c.o.). - Certificación expedida por la Coordinadora del Área de Talento Humano de la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga (Santander), en la cual hace constar que el doctor OSCAR CARRILLO VACA, desde el 1 de junio de 2006 y hasta la fecha desempeña el cargo de Juez de Circuito grado 00 en el Juzgado Primero Administrativo Oral de Bucaramanga (fl. 16 c.o.). - Certificación expedida por el Coordinador del Área de Talento Humano de la Dirección Seccional de Administración Judicial de Antioquia, en la cual hace constar que el doctor OSCAR CARRILLO VACA, desde el 5 de septiembre de 2012 y hasta el 30 de abril de 2015, desempeñó el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional
Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia en Descongestión (fl. 17 c.o.). - Certificación expedida por el Coordinador del Área de Talento Humano de la Dirección Seccional de Administración Judicial del Valle del Cauca, en la cual hace constar que el doctor OSCAR CARRILLO VACA, desde el 4 de mayo de 2015 y hasta el 30 de junio de 2015, desempeñó el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca en Descongestión (fl. 18 c.o.).
Allegó igualmente: - Copia de declaración juramentada de bienes, rentas y actividad económica privada de los servidores judiciales (fls. 31 a 31 vto. c.o.); - Copia del formato judicial de hoja de vida, debidamente diligenciado
(fls. 33 a 35 c.o.); En consecuencia, como de los anteriores documentos se concluye que el doctor OSCAR CARRILLO VACA cumple con los requisitos constitucionales y legales para desempeñar el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, la Corporación confirmará su nombramiento. Por lo brevemente expuesto, el Consejo Superior de la Judicatura, a través de su Sala Jurisdiccional Disciplinaria, en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE CONFIRMAR el nombramiento del doctor OSCAR CARRILLO VACA para desempeñar el cargo de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño.
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PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO
Presidente
FIDALGO JAVIER ESTUPIÑAN CARVAJAL MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS
Vicepresidente Magistrada
JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ MARÍA LOURDES HERNÁNDEZ MINDIOLA
Magistrada Magistrada
CAMILO MONTOYA REYES
Magistrado
YIRA LUCIA OLARTE ÁVILA
Secretaria Judicial