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CSDJ - F11001010200020190250300ADJUNTA20200116160712-2020

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Título
CSDJ - F11001010200020190250300ADJUNTA20200116160712-2020
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D. C., 15 de enero de 2020 Aprobado según Acta Nº 01 de la fecha Magistrado Ponente: Doctor Camilo Montoya Reyes Radicación Nº 110010102000201902503 00 OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Negada la ponencia del Honorable Magistrado Dr. Fidalgo Javier Estupiñan Carvajal, en sala 92 del 05 de septiembre de 2019 le correspondería a la Sala resolver el aparente conflicto de Jurisdicciones, consecuencia de la impugnación de competencia propuesta por la defensora PAULA ANDREA RAMÍREZ ARBOLEDA, durante el desarrollo de la Audiencia de Formulación de Acusación adelantada en el JUZGADO VEINTIUNO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MEDELLÍN – ANTIOQUIA, respecto a la investigación penal Nº 050016000718201700188 seguida contra los señores IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ MEJÍA, LUÍS ALFONSO TORRES LOSADA y LUÍS FRANCISCO RODRÍGUEZ GARCÍA, por la presunta comisión de los punibles de Falsedad Ideológica en Documento Público, Peculado por Apropiación y Fraude Procesal, de no ser porque dicho conflicto no se encuentra debidamente configurado. HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL 1.- Los hechos que originaron la investigación penal, acaecieron entre el 17 de febrero y el 30 de noviembre del año 2017, resumidos en el escrito de acusación adiado el 13

de septiembre de 2019, el cual fue suscrito por el Fiscal 49 Seccional de la Unidad de Administración Publica de Medellín – Antioquia, en los términos que se expondrán a continuación. República de Colombia Rama Judicial

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M.P. DR. CAMILO MONTOYA REYES Radicación Nº 110010102000201902503 00

Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ "En el municipio de Andes, entre el 17 de febrero de 2017 al 30 de noviembre del mismo año, el servidor público LUIS ALFONSO TORRES en calidad de mayor activo del ejército nacional en el cargo de oficial de Inteligencia 5-2 adscrito al batallón de infantería Nº. 11 / Cacique Nutibara adscrito a la cuarta brigada con sede en Medellín - Antioquia, mediando acuerdo común, con división de trabajo, con los suboficiales de contrainteligencia IVAN CAMILO Y LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ en ejercicio de sus funciones como oficiales y suboficiales al extender los documentos públicos llamados ACTA DE PAGO DE INFORMACIÓN en número de 10, documentos que servían de prueba para documentar y legalizar ante el ordenar del gastos ubicado en la cuarta brigada de Medellín "séptima división" la utilización que en el batallón de Andes se le había dado al presupuesto en punto concreto a los gastos reservados o gastos de información, consignaron una falsedad porque las personas que

aparecen como "fuentes" nunca cumplieron con este rol ante el ejército, nunca se registraron en la base de datos; porque los giros que soportan el pago a las supuestas fuentes en este caso en las diez actas de pago se utilizan informantes falsos, son falsos porque contamos con la certificación del ejercito de que no están inscritos como fuentes, porque de esos siete' se entrevistó a tres 'negaron de manera rotunda haber sido informante, porque en una de las actas es IVAN CAMILO quien pone la huella sobre el nombre del informante, en relación con el pago, en este caso dentro del acta de afirmación que se realizó un giro electrónico a través de la empresa efectivo Lida Matrix Giros Y Servicios SAS, y luego de una búsqueda selectiva en base de datos, estas empresas responden que los pin o número de factura no existen, y en la empresa Efecty responde que se hacen los giros luego se anulan. Con relación a las firmas, se logra 2 República de Colombia Rama Judicial

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ corroborar que las firmas que aparecen son improcedentes que

corresponden A IVAN CAMILO RODRÍGUEZ, LUIS FRANCISCO

RODRÍGUEZ, y él TE LUIS ALFONSO TORRES LOZADA.

PREMISA FACTICA QUE SOPORTA EL DELITO DE FRAUDE

PROCESAL (...) mediando acuerdo común, con división de trabajo, con los suboficiales de contrainteligencia IVAN CAMILO Y LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ utilizando medios fraudulentos consistentes en alterar el contenido de las ACTAS DE PAGO DE INFORMACIÓN y en adjuntar soportes de giros inexistentes indujeron en error al ordenador de gastos ubicado en la séptima división del ejército cuarta brigada quien soportado en estos documentos falsos procedió a legalizar la erogación del dinero público del rubro de destinación específica "gastos reservados que se le había entregado al batallón de Andes; igualmente estos tres servidores públicos mediando acuerdo común, con división de trabajo, cada uno desde su rol su competencia inducen en error al ordenado del gasto séptima división ubicado en Medellín, utilizando medios fraudulentos consistentes en falsificar la firma del comandante del batallón de Andes cuando elevan solicitud de gastos especiales. PREMISA FACTICA QUE SOPORTA EL DELITO DE PECULADO POR APROPIACIÓN (...) mediando acuerdo común, con división de trabajo, con los suboficiales de contrainteligencia IVAN CAMILO Y LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ, se 3 República de Colombia Rama Judicial

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M.P. DR. CAMILO MONTOYA REYES Radicación Nº 110010102000201902503 00

Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ apropió de la suma total de 19. 480.000 en provecho propio y de terceros,

de bienes del Estado que dentro del presupuesto tenían una destinación específica bajo el rubro de "gastos reservados" cuya administración y custodia se le habían confiado en razón de su cargo como jefe de grupo de sección de inteligencia S-2. La apropiación del dinero se logra a través de la falsificación de las actas de pago documento necesario que se exige dentro de los protocolos ante el ordenador de gasto ubicado en la ciudad de Medellín - Antioquia. La apropiación de este dinero se efectuó por consignación que realizaba el ordenador del gasto mediante transferencia donde el emisor es el séptima división del ejército ubicada en la ciudad de Medellín – Antioquia, y con la cédula aparece los pagos efectuados a LUIS ALFONSO TORRES LOSADA" (Sic a lo transcrito). 2.- Así las cosas, la Fiscalía 49 Seccional de la Unidad de Administración Publica de Medellín – Antioquia, adelantó el proceso penal Nº 050016000718201700188, investigación adelantada contra los señores IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ MEJÍA, LUÍS ALFONSO TORRES LOSADA y LUÍS FRANCISCO RODRÍGUEZ GARCÍA, por la presunta comisión de los punibles de Falsedad Ideológica en Documento Público, Peculado por Apropiación y Fraude Procesal, con relación a unos hechos acontecidos entre el 17 de febrero de 2017 y el 30 de noviembre de la misma anualidad, quienes al momento de la ocurrencia de los hechos se encontraban en la calidad de Servicio Activo, del Ejército Nacional.

3.- Una vez fue llevada a cabo la Audiencia Preliminar, se impuso medida de aseguramiento de detención privativa de la libertad a los señores IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ MEJÍA, LUÍS ALFONSO TORRES LOSADA y LUÍS FRANCISCO RODRÍGUEZ GARCÍA, imputados, correspondiéndole el conocimiento de la 4 República de Colombia Rama Judicial

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ investigación al JUZGADO VEINTIUNO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MEDELLÍN – ANTIOQUIA, el cual, mediante auto adiado el 19 de septiembre del año 2019, fijó la respectiva fecha para la celebración de la Audiencia de Formulación de Acusación. 4.- Durante la celebración de la Audiencia de Formulación de Acusación, el Juez corrió traslado para el pronunciamiento de las partes respecto a las causales e incompetencia, impedimentos o nulidades, conforme lo establece el Código de Procedimiento Penal en su Artículo 339; a lo que la defensora PAULA ANDREA RAMÍREZ ARBOLEDA, se pronunció en el sentido de manifestar lo siguiente. (Folios 36 & 37) "(...) encuentra una causal de incompetencia, de conformidad con el factor funcional, ello atendiendo al mandato del artículo 30 del Código de Procedimiento Penal que establece las excepciones a la Jurisdicción Penal

Ordinaria la cual indica que se exceptúan los delitos cometidos por miembros de la fuerza pública en servicio activo y en relación con II mismo servicio, y los asuntos de los cuales conozca la Jurisdicción Indígena la defensora aborda el problema jurídico con el fin de solicitarle al señor Juez se declare incompetente y proceda con la remisión de esta investigación a la Justicia Penal Militar, a quién considera competente con fundamento en el artículo 1º de la ley 1407 de 2010 antes 522 donde se establece que existe un fuero penal militar. Posteriormente contextualiza sobre la respectiva investigación y considera que atendiendo a la calidad de servidor público adscrito a la sección de inteligencia al Batallón de Infantería de su representado y que el objeto tema de investigación en este asunto tiene que ver con la función que él 5 República de Colombia Rama Judicial

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ mismo realizó en la obtención de esta información que quedó plasmada en unas actas que hoy en día cuestiona la fiscalía quedaría satisfecho el requisito de ese vínculo.” 4.1.- Finalmente la defensora PAULA ANDREA RAMÍREZ ARBOLEDA, solicita que en caso que la Judicatura no considere que existe un impedimento en razón a la competencia funcional, se envié el expediente a quién corresponda para resolver la colisión de competencias.

4.2.- En el mismo sentido, los demás defensores coadyuvaron respecto lo manifestado por la doctora Paula Andrea Ramírez A, al señalar que "la Jurisdicción Penal Militar es quien debe conocer de dicha actuación, dado que si cumplen los requisitos establecidos legal y constitucionalmente exponiendo sus argumentos frente ello”. 5.- En la parte instructiva, se recopilaron varios medios probatorios, tal y como se logra vislumbrar del escrito de acusación, así:  Documentales.

1. Noticia criminal adiada el 6 de septiembre del año 2017.

2. Informe investigador de campo –FPJ-11del 1º de enero de 2017, suscrito por IT. Manuel Mauricio Bareño Carrillo, IT. Carlos Enriquye López, PT. Christian Camilo Bueno Caita, PT. Javier Hernandez Garcia y PT. Diego Armando Zea

Vahos.

3. Informe investigador de campo –FPJ-11del 21 de septiembre de 2017, suscrito por IT. Manuel Mauricio Bareño Carrillo, IT. Carlos Enriquye López,

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ PT. Christian Camilo Bueno Caita, PT. Javier Hernandez Garcia y PT. Diego Armando Zea Vahos, adscrito al grupo GRIAN – DIJIN.

4. Oficio del 15 de septiembre de 2017, dirijido al patrullero Diego Armando Zea

Vahos y suscrito por el Coronel David Orlando Pabon Anaya, Jefe de estado mayor, séptima división, Radicado bajo el Nº 20175171587031.

5. Informe investigador de campo – FPJ-11del 5 de febrero del año 2018, suscrito por el patrullero Diego Armando Zea Vahos.

6. Oficio radicado 20173132137271 del 29 de noviembre de 2017, dirigido al intendene Carlos Lopez y sucrito por el Teniente coronel Freddy Franco Montes, Oficial sección jurídica dirección de personal Ejercito Nacional.

7. Informe investigador de campo – FPJ-11del 23 de julio de 2018, suscritp por

el patrullero Diego Armando Zea Vahos.

8. Informe investigador de campo – FPJ-11del 24 de septiembre de 2018, suscrito por el IT. Carlos Enrique Lopez, PT. Javier HErnandez Garcia y el PT.

Christan camilo Bueno CAiota.

9. Informe investigador de laboratorio, laboratorio de dactiloscopoa con fecha 08/08/2018 y suscrita por el intendente perito Luis Eduardo Londoño Posada, grupo regional de Policia Cientifica y criminalística Nº 6.

10. Informe investigador de laboratorio, laboratorio de dactiloscopia con fecha 28/08/2018 y suscrita por el Intendente perito Luis Eduardo LÑondoño Posada, grupo regional de policía científica y criminalística Nº 6.

11. Informe investigador de laboratorio, laboratorio de dactiloscopia con fecha 26/8/2018 y suscrito por el Intendente perito LUIS EDUARDO LONDOÑO

POSADA, grupo regional de Policía científica y criminalística Nº 6.

12. Informe investigador de laboratorio, laboratorio de dactiloscopia con fecha 28/8/2018 y suscrito por el Intendente perito LUIS EDUARDO LONDOÑO POSADA, grupo regional de Policía científica y criminalística Nº 6.

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________

13. Informe investigador de campo FP1-11del 5/3/2019, dirigido a la doctora LUZ

ADRIANA LONDOÑO BONILLA y suscrito por TE. LINA CECILIA GUEVARA

VACA, IT. CARLOS ENRIQUE LÓPEZ, PT. JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA,

PT. WELZERT ALDIVER PEÑA PALACIO y PT. DIEGO ARMANDO ZEA

VAHOS.

14. Oficio radicado 20193080056021 del 15/1/2019, dirigido al patrullero DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, suscrito por el teniente coronel EDWIN GUSTAVO DIAZ DELGADO, donde informa la calidad de funcionarios públicos y sus anexos.

15. Acta de inspección a lugares —FPJ-09del 30/11/2018 y suscrita por MARCO

ANTONIO RIOS A, EDGAR HERNÁNDEZ SUAREZ, JUAN CARLOS LARGO

TORRES y el patrullero DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS.

16. Oficio radicado 20186042312091 del 26 de noviembre de 2018, dirigido al patrullero DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS y suscrito por el coronel AUGUSTO LEMUSOSORIO, segundo comandante y JEM Cuarta Brigada, donde anexa copia de las funciones del comandante de unidad táctica, ejecutivo y segundo comandante, oficial de inteligencia, suboficial administrativo.

17. Informe investigador de campo —FPLI-11 con fecha 30/4/2019, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por PT. WELTZER ALDIVER PEÑA PALACIO y DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, asunto solicitudes de información a entidades públicas, desplazamiento a los Municipios de Urrao y Andes — Ant y toma de entrevistas.

18. Informe investigador de laboratorio, laboratorio de documentologia forense, con fecha 2/4/2019, suscrito por el intendente perito OSCAR STIK CORREDOR DÍAZ, perito en documentología, grupo regional de Policia científica y criminalística U 6, objeto estudio grafológico.

19. Entrevista de JEINS ANDERSON VILLEGAS MONCADA del 8/4/2019.

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Radicación Nº 110010102000201902503 00 Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________

20. Entrevista de DARWIN FRANCO JIMENEZ del 8/4/2019.

21. Entrevista de FERNEY CASTRO HUERTAS del 8/4/2019.

22. Entrevista de JORGE ANDRÉS CARO CASTRO del 11/4/2019.

23. Informe investigador de campo —FM-11 del 18/3/2019, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, asunto solicitudes de información a entidades públicas, resultado inspección a lugares efectuadas en el batallón de infantería Cacique Nutibara 4 11, resultado consulta sistema Spoa de la Fiscalía General de la Nación, resultado búsqueda selectiva en base de datos de fecha 7/11/2017.

24. Informe investigador de campo —FM-11 del 26/4/2019, dirigido a la doctora

LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por Intendente CARLOS ENRIQUE LÓPEZ, Patrullero JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA, Patrullero WELTZER ALDIVER PEÑA PALACIOS y Patrullero DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, actos de verificación y portabilidad de unos abonados telefónicos.

25. Informe investigador de campo —FPI-11 del 3/5/2019, dirigido a la doctora LUZ

ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por PT. WELTZER ALDIVER PEÑA

PALACIO y PT. DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, solicitudes de información a entidades públicas y verificación páginas de internet de acceso público.

26. Respuesta radicado 20193130729361 del 17 de abril de 2019, dirigido al patrullero DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS y suscrito por el teniente coronel EDWIN GUSTAVO DÍAZ DELGADO, Oficial sección base de datos y certificaciones de vinculación y cargo.

27. Informe de contrainteligencia con fecha 5/7/2017.

28. Informe investigador de campo —FPJ-11del 28/11/2017, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por PT. DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, actos de verificación.

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________

29. Acta de inspección a lugares —FPJ-9del 23/11/2017, suscrita por PT.

DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, CR. DAVID ORLANDO PABÓN ANAYA,

TC. JAIME AGUILERA QUINTERO, SV. WILSON DE JESÚS SÁNCHEZ

SAN MARTÍN, SS. DIANA MILENA POSADA, SS. JOSÉ WILSON

TORRES SILVA, SLP. CRISTIAN HERRERA RAMÍREZ, SS. DELFIN

ROJAS QUIROGA.

30. Informe investigador de campo —FM-11del 30/11/2017, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, solicitudes a entidades públicas, consultas en base de datos públicas por medio de internet.

31. Informe investigador de campo —FPJ-11del 26/12/2017, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, actos de verificación.

32. Orden administrativa de personal # 1746 del comando del ejército nacional para el 21 de agosto de 2012.

33. Orden administrativa de personal 41745 del comando del ejército nacional para el 1 de diciembre de 2008.

34. Resolución número 2030 del 30 de noviembre de 2005 del Ministerio de defensa Nacional.

35. Oficio radicado 20173062236951 del 14 de diciembre de 2017, dirigido al patrullero DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, suscrito por RAFAEL BONILLA LIZCANO, Oficial sección atención al usuario Diper, extractos de las hojas de vida de LUIS ALFONSO TORRES LOSADA, LUIS

FRANCISCO RODRÍGUEZ GARCÍA e IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ MEJÍA.

36. Informe investigador de campo —FPJ-11del 12/3/2018, DIRIGIDO A LA DOCTORA luz Adriana Londoño Bonilla, suscrito por IT. CARLOS

ENRIQUE LÓPEZ, PT. JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA, PT. DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS y CRHISTIAN CAMILO BUENO CAITA, análisis de información obtenida a través de búsqueda selectiva en base de datos.

37. Informe investigador de campo —FP.1-11del 3/5/2018, suscrito por TE.

LINA CECILIA GUEVARA VACA, PT. JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA, PT, DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS y CHRISTIAN CAMILO BUENO CAITA, control posterior parcial respecto a CLARO S.A.

38. Respuesta oficio # S-2018-038503/ARIES-GRIAN, del 2 de mayo de 2018, radicado 1-2789433608 y suscrito por analista MR requerimientos judiciales y sus anexos.

39. Respuesta oficio # S-2018-038495/ ARIES-GRIAN, con fecha 11 de abril de 2018, suscrito por DIANA HUÉRFANO L. Coordinadora de servicio al cliente, matrix giros y servicios S.A.S. — su red.

40. Respuesta oficio DPC-2018N R-068531, con fecha 4 de abril de 2018, suscrito por GLORIA PATRICIA SILVA CARPETA, Coordinador peticiones

judiciales y su anexo un cd.

41. Informe investigador de campo —FPJ-11del 14/6/2018, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por PT. DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS y sus anexos respuesta de la empresa SU RED MATRIX Giros y servicios S.A.S del 30 de mayo de 2018, suscrito por

DIANA HUÉRFANO L.

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________

42. Informe investigador de campo —F131-11del 26/11/2018, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por DIEGO ARMANDO ZEA VAHOS, información obtenida del desarrollo de la orden a policía judicial.

43. Informe investigador de campo —FRI-11del 10/1/2018, dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por PT. DIEGO

ARMANDO ZEA VAHOS.

44. Informe investigador de campo —FPJ-1.1del 13/2/2019 dirigido a la doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por IT. CARLOS

ENRIQUE LÓPEZ, PT. JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA y PT. DIEGO

ARMANDO ZEA VAHOS, desarrollo búsqueda selectiva en base de datos, respuesta peticionario oficio # 178873 con fecha 25/1/2019, suscrito por Coronel DIEGO GENTIL VARGAS GIRALDO, Jefe de Estado Mayor.

45. Informe investigador de campo —FRI-11de fecha 2/ /2019, dirigido a la 5 doctora LUZ ADRIANA LONDOÑO BONILLA, suscrito por PT. DIEGO

ARMANDO ZEA VAHOS, ORDEN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO A

PERSONAS

46. Extracto de hoja de vida del señor LUIS ALFONSO TORRES LOSADA, con c. c # 1032368192.

47. Extracto de hoja de vida del señor LUIS FRANCISCO RODRÍGUEZ GARCÍA, con c. c # 1098606603. 48 Extracto de hoja de vida del señor IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ MEJÍA, con c. c # 1032377609.

48. Consulta web de la Registraduría nacional del estado civil de LUIS

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ ALFONSO TORRES LOSADA, con c. c # 1032368192. 49. 50.- Consulta web de la Registraduría nacional del estado civil de LUIS

FRANCISCO RODRÍGUEZ GARCÍA, con c. c # 1098606603. 50. 51. Consulta web de la Registraduría nacional del estado civil de IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ MEJÍA, con c. c # 1032377609

51. Certificación del ejército Nacional, sobre el Oficial MY: TORRES LOSAADA LUIS ALFONSO, con c. c # 1032368192, con código militar 85071035544.

52. Acta pago de información, Batallón de Infantería # 11 "CACIQUE NUTIBARA", radicado # 5, Andes, Antioquia 4 de febrero de 2017,

suscrito por RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ JHON ALEXANDER, CP,

MERCADO CASARRUBIA MARIO, CT. TORRES LOSADA LUIS

ALFONSO, MY. PIRELA CABRERA ANDRÉS y TC. MARTÍN DAZA

LIBARDO ANTONIO.

53. Comprobante BBVA net cash con fecha 13/2/2017, hora 10:03:26, referencia: TRA 13/2/2017, a nombre de JOSE JORGE COLLAZOS LA, valor 2.300.000.00, LUIS ALFONSO TORRES LO, valor 1.500.000.co,

ANDRÉS HUMBERTO CHAMOR, valor 800.000.00.

54. Acta pago de información, Batallón de Infantería # 11 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 4133, Andes, Antioquia 17 de febrero de 2017,

suscrito por SAÚL MONTOYA, CP. MERCADO CASARRUBIA MARIO,

CT. TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY. PIRELA CABRERA

ANDRÉS y TC. MARTÍN DAZA LIBARDO ANTONIO.

55. Comprobante BBVA net cash con fecha 14/3/2017, hora 11:55:50, referencia: TRA 3/2/2017, a nombre de LUIS ALFONSO TORRES LO,

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Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ valor 1.100.000.00.

56. Acta pago de información, Batallón de Infantería # 11 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 4166, Andes, Antioquia 17 de marzo de 2017,

suscrito por JORGE ANDRÉS CARO CASTRO, CF. MERCADO

CASARRUBIA MARIO, CT. TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY.

PIRELA CABRERA ANDRÉS y TC. MARTÍN DAZA LIBARDO

ANTONIO.

57. Acta pago de información, Batallón de Infantería 4 11 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 467, Andes, Antioquia 17 de marzo de 2017,

suscrito por SAÚL MONTOYA, CP. MERCADO CASARRUBIA MARIO, CT,

TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY. PIRELA CABRERA ANDRÉS y

TC. MARTÍN DAZA LIBARDO ANTONIO.

58. Comprobante BBVA net cash con fecha 13/10/2016, hora 17:03:19, referencia: TRA 13/10/2016, a nombre de LUIS ALFONSO TORRES LO, valor 3.300.000.00.

59. Acta pago de información, Batallón de Infantería 411 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 4 12, Andes, Antioquia 2016/10/27, suscrito por

LUIS FERNANDO ORTÍZ, CP. RMERCADO CASARRUBIA MARIO, CT.

TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY, PIRELA CABRERA ANDRÉS y

TC. MARTÍN DAZA LIBARDO ANTONIO.

60. Comprobante BBVA net cash con fecha 21/11/2016, hora 09:51:59, referencia: TRA 21/11/2016, a nombre de LUIS ALFONSO TORRES LO, valor 5.000.000.00.

61. Acta pago de información, Batallón de Infantería 4 11 "CACIQUE

14 República de Colombia Rama Judicial

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

M.P. DR. CAMILO MONTOYA REYES Radicación Nº 110010102000201902503 00

Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________ NUTIBARA", radicado 4 29, Andes, Antioquia 2013/05/30, suscrito por

LUIS FERNANDO ORTÍZ, CP. RUBIO ECHEVERRY CHERSIN JOSUE,

CT. TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, TC. MARTÍN DAZA LIBARDO

ANTONIO.

62. Comprobante BBVA net cash con fecha 16/11/2016, hora 11:10:16, referencia: TRA 16/11/2016, nombre D2 Séptima división.

63. Acta pago de información, Batallón de Infantería 4 11 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 4 22, Andes, Antioquia 2016/11/18, suscrito por

JEINS ANDERSON, CS. RODRÍGUEZ MEJÍA IVÁN CAMILO, CT.

TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY. MEJÍA RIVERA MAURICIO

ALEXANDER, TC. LIBARDO ANTONIO MARTÍN DAZA.

64. Comprobante BBVA net cash con fecha 5/4/2017, hora 16:09:12, referencia: TRA 05/04/2017, nombre D2 Séptima división.

65. Acta pago de información, Batallón de Infantería 4 11 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 4094, Andes, Antioquia 19/ de abril de 2017, suscrito

por DARWIN FRANCO JIMENEZ, CP. RUBIO ECHEVERRY CHERSIN,

CT. TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, PIRELA CABRERTA ANDRÉS,

TC. LIBARDO ANTONIO MARTÍN DAZA.

66. Comprobante BBVA net cash con fecha 5/6/2017, hora 11:32:42, referencia: TRA 05/06/2017, nombre D2 Séptima división.

67. Acta pago de información, Batallón de Infantería 411 "CACIQUE

NUTIBARA", radicado 4141, Andes, Antioquia 7 de junio de 2017, suscrito

por SERGIO ANDRÉS ALVAREZ ECHAVARRÍA, CP. GARZON RIVERA

JHON EDISON, CT. TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY. PIRELA

15 República de Colombia Rama Judicial

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

M.P. DR. CAMILO MONTOYA REYES Radicación Nº 110010102000201902503 00

Aparente conflicto entre Jurisdicciones Ordinaria y Penal Militar Decisión: Abstenerse de resolver ________________________________________________________________________________________________

CABRERTA ANDRÉS, TC. LIBARDO ANTONIO MARTÍN DAZA.

68. Acta pago de información, Batallón de Infantería 411 "CACIQUE NUTIBARA", radicado 4142, Andes, Antioquia 8 de junio de 2017, suscrito

por DARWIN FRANCO JIMENEZ, CP. GARZÓN RIVERA JHON EDISON,

CT. TORRES LOSADA LUIS ALFONSO, MY, PIRELA CABRERTA

ANDRÉS, TC. LIBARDO ANTONIO MARTÍN DAZA.

69. Comprobante BBVA net cash con fecha 2/11/2017, hora 14:26:09, referencia: TRA 02/11/2017, nombre D2 Séptima división.

70. Comprobante BBVA net cash con fecha 5/10/2017, hora 15:00:09, referencia: TRA 05/10/2017, nombre D2 Séptima división.

71. Certificación del ejército Nacional, sobre el Suboficial SS. RODRÍGUEZ

GARCÍA LUIS FRANCISCO, con c. 041098606603, con código militar 1098606603.

72. Comprobante BBVA net cash con fecha 12/12/2016, hora 17:21:00, referencia: TRA 12/12/2016, beneficiario: IVÁN CAMILO RODRÍGUEZ por valor de 1.000.000oo y DIEGO ARMANDO HIDALGO valor 1.700.0000o.

73. Acta de pago de información, batallón de infantería Nº 11 “Cacique Nutibara” radicado Nº 27, Andes, Antioquia 2016/12/14, suscrito por Jeins Anderson, CS.

Rodríguez Mejía Iván Camilo, SV. Castro Ferney, MY. Mejía Rivera Mauricio, TC. Libardo Antonio Martin Daza.  Testimoniales.

1. Pt. Diego Armando Zea Vahos, investigador adscrito al grupo GRIAN – DIJIN.

2. Intendente Manuel Mauricio Bareño, investigador adscrito al grupo GRIAN –

DIJIN. 16 República de Colombia Rama Judicial

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Aparente conflicto

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