CSDJ - F11001110200020130101101ADJUNTA20130722150928-2013
Consejo Superior de la Judicatura
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Detalles
- Título
- CSDJ - F11001110200020130101101ADJUNTA20130722150928-2013
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
SALVAMENTO DE VOTO
Bogotá D.C., cuatro (4) de junio de dos mil trece (2013) Magistrada Doctora JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ Magistrado Ponente Dr. ANGELINO LIZCANO RIVERA Radicado No. 110011102000201301011 01 Aprobado en Sala No. 29 del 17 de abril de 2013 Con el debido respeto me permito manifestar que SALVO VOTO en relación con la decisión tomada mayoritariamente por la Sala en el asunto de la referencia, mediante la cual se revocó el fallo de primer grado para en su lugar declarar improcedente el amparo deprecado, acción impetrada contra la Sección de Medicina Laboral de la Dirección de Sanidad Militar del Ejército Nacional. Lo anterior, por cuanto consideró que se debió confirmar la decisión impugnada a través de la cual se tuteló al accionante MARTÍN EMILIO ESTEBAN ANGARITA, los derechos fundamentales a la salud en conexidad con la vida y al debido proceso administrativo, ordenando a la entidad accionada se practicaran los exámenes faltantes para proceder a realizar la Junta Médica Laboral, la cual no se ha efectuado por causas ajenas al petente de amparo. Por consiguiente, teniendo en cuenta que la decisión del Tribunal Médico Laboral está supeditada a la práctica de unos exámenes se debió conceder la tutela de los derechos invocados como vulnerados por el actor, se itera,
porque dicha situación se ha perpetuado en el tiempo, perjudicando al mismo, pues no se ha determinado su capacidad laboral. De los Señores Magistrados, en los anteriores términos dejo planteado mi salvamento de voto. Se remiten 3 cuadernos de 54-24 y 24 folios. Atentamente,
JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ
Magistrada