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CSDJ - F11001110200020140572701ADJUNTA20200304115958-2019

Consejo Superior de la Judicatura

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Título
CSDJ - F11001110200020140572701ADJUNTA20200304115958-2019
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2019

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá, D. C., marzo cuatro de dos mil veinte Magistrado Ponente: CARLOS MARIO CANO DIOSA Radicación. No. 110011102000201405727 01 Aprobado según Acta No. 021 de la misma fecha

Referencia: Auxiliar de La Justicia en Apelación

ASUNTO A DECIDIR Procede esta Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura a desatar el recurso de apelación contra la sentencia del 18 de septiembre de 2019 proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá1, mediante la cual sancionó disciplinariamente a Obdulio Muñoz Ramos en su calidad de Auxiliar de la Justicia –Liquidadorcon MULTA DE CINCUENTA (50) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VIGENTES al momento de la comisión del

hecho, e INHABILIDAD PARA EJERCER EMPLEO PÚBLICO, FUNCIÓN

PÚBLICA, PRESTAR SERVICIOS A CARGO DEL ESTADO O

1M.P. ALBERTO VERGARA MOLANO en Sala dual con la Magistrada ELKA VENEGAS AHUMADA. CONTRATAR con este por el término de QUINCE (15) AÑOS por la presunta realización objetiva de las conductas punibles del artículo 405 de la Ley 599 de 2000 “Cohecho Propio” pues para la Ley penal son servidores públicos los particulares que ejerzan funciones públicas de manera permanente o transitoria (Artículo 20 del Código Penal) y

artículo 421 “Asesoramiento y otras actuaciones ilegales”. Actuación misma que fue contemplada como gravísima en el artículo 55 numeral 1 del CDU. SITUACIÓN FÁCTICA Y ANTECEDENTES PROCESALES Tuvo su origen en la queja formulada por el señor JAVIER ALFREDO FANDIÑO GONZÁLEZ en su condición de ex gerente y socio mayoritario de las sociedades Inversiones y Condominios La Mansión S.A. e Inversiones y Condominios La Mansión Compañía Limitada, ambas en procesos de liquidación bajo los expedientes 27663 y 73628 adelantados ante la Superintendencia de Sociedades. Señala que desde febrero de 2011, inició reuniones con el investigado a quien le comentó que tenía el proyecto de poner al día sus empresas y que requería un proceso de reorganización ante la Superintendencia de Sociedades, y el investigado para ello le solicitó los datos de sus empresas y le manifestó que le iba a averiguar qué podía hacer, en consideración a que los dos pertenecen a la Gran Logia de Colombia. Para agosto del año 2011, fue enterado por un conocido de la Logia, amigo de Obdulio, que había una empresa suya que iba para un escándalo como el de DMG, y que cuatro meses después le informaron que en la cartelera de la Superintendencia de Sociedades se encontraba el nombre de la MANSIÓN DEL PEÑON en proceso de liquidación obligatoria, por lo que acudió a la Superintendencia y se enteró del estado avanzado de ésta y que su liquidador era OBDULIO MÚÑOZ, proceso según su dicho iniciado en mayo

19 de 2011, fecha cercana a las conversaciones con Obdulio, causándole preocupación de que éste no lo hubiera enterado en su casa, oficina o en la logia. Señaló que se reunió con Obdulio Muñoz, quien le dijo que él se había podido nombrar como liquidador de su empresa, que lo estaba ayudando y que a pesar de estar avanzado el proceso podía convertirla en reorganización y montar a su favor los avalúos, que no se apareciera por la Superintendencia porque lo podían sancionar y además se comprometió a darle instrucciones de cómo debía proceder. Se citaron y en esas conversaciones el quejoso le ofreció darle parte de su patrimonio si le ayudaba a enderezar el proceso, defenderlo y poner los activos de su empresa a valor real, para lo cual el aquí investigado se comprometió a dilatar el proceso con ayuda de sus amigos de la Superintendencia, a presentarle al avaluador y colaborarle para que Mansión San Andrés, otra de sus empresas, entrara en reorganización; lo consiguió, pues se hizo nombrar liquidador. Posteriormente le dio los datos del avaluador FREDDY PIÑEROS, con quien se reunió varias veces, grabó las conversaciones y ganó su confianza, comentándole que el liquidador investigado le había señalado que avaluara en un precio bajo los bienes, pues el objetivo de éste era venderlos a unos clientes, quien le manifestó que era consciente de que valían más. Situación que lo ha afectado en su patrimonio por los manejos irregulares de sus propiedades, denuncia que presentó en junio 10 de 2014, en atención a

que creía que el aquí investigado le estaba ayudando desinteresadamente dentro de los procesos de liquidación. Con su denuncia allegó en medio magnético las grabaciones realizadas al liquidador denunciado y algunos correos electrónicos (fls 1 a 10 del cdno original). Indagación Preliminar. Mediante auto del 21 de noviembre de 2014 (fl 14 del cdno original), el Magistrado instructor de la primera instancia dispuso apertura de indagación preliminar contra el liquidador Obdulio Muñoz Ramos dentro de los procesos No. 27663 y 73628 ante la Superintendencia de Sociedades y ordenó la práctica de pruebas. En esta etapa se recaudó el siguiente material probatorio: - Testimonio de Alberto Piñeros Forero, quien señaló que es contratista avaluador del proyecto de la Mansión del Peñón. Adujo que en varias oportunidades se reunió con el quejoso, la primera de ellas en la oficina del Liquidador Obdulio, con el tema de facilitar información sobre el predio del proyecto de San Andrés Islas, porque no se sabían que lotes estaban en el proyecto. Adujo que no era cierto que el hoy investigado le dijera que tenía que hacer un avalúo de los bienes a un menor precio, porque el avalúo se hizo técnicamente y de acuerdo a la normatividad actual (fls 20 a 22 del cdno original) -Ampliación y ratificación de queja. El señor Javier Alfredo Fandiño González se ratificó en su dicho inicial e indicó que los dos procesos de liquidación siguen su curso, basadas en un peritazgo realizado entre el abogado Obdulio

Muñoz y el señor Fredy Albero Piñeros Forero, situación que está poniendo en riesgo, peligrosamente el patrimonio de sus clientes, socios, familia y el de él, en sumas superiores a cien millones de dólares, pues estos dos personajes confabulados, han sido capaces en su experiencia delincuencial convencer a la Superintendencia de Sociedades, que predios en el sector de mayor valorización en Colombia, como lo es el área del Peñón de Girardot, lotes de más de cien millones de pesos, los están haciendo valer, tramitar y próximos a rematar y adjudicar por 5 y 11 millones de pesos cada lote (fls 36 y 37 del cdno original). -La Superintendencia de Sociedades a través de oficio del 3 de febrero de 2015, remitió copia de los siguientes documentos: i)Acta 430 000001 del 2 de enero de 2012, por medio del cual se decretó la apertura del proceso de liquidación Judicial de la SOCIEDAD INVERSIONES Y CONDOMINIOS LA MANSIÓN S.A. y designó como liquidador del mismo al doctor OBDULIO MÚÑOZ RAMOS (10 folios); ii) Acta No. 415-000065 de 24 de enero de 2012 por medio del cual el doctor OBDULIO MÚÑOZ se posesionó como liquidador de la citada sociedad dentro del expediente 27663; iii) Auto 400013282 del 21 de septiembre de 2012, por medio del cual se decretó la apertura del proceso de Liquidación Judicial de la Sociedad INVERSIONES Y CONDOMINIOS LA MANSIÓN COMPAÑÍA LTDA y se designó como liquidador del mismo al doctor OBDULIO MÚÑOZ RAMOS (7 folios); iv) Acta

No. 415-001239 del 24 de septiembre de 2012, por medio del cual el doctor OBDULIO MÚÑOZ RAMOS se posesionó como liquidador de la citada sociedad dentro del expediente 73628. Finalmente remitió en medio magnético, copia de los expedientes 27663 y 73628 (fls 38 a 51del cdno original). Apertura de investigación. Con auto del 5 de marzo de 2015, el Magistrado del Seccional aperturó investigación disciplinaria contra el auxiliar de la justicialiquidador-Obdulio Muñoz Ramos, se ordenó pruebas, recaudándose las siguientes: - La Superintendencia de Sociedades mediante oficio del 8 de abril de 2015 informó que el señor OBDULIO MUÑOZ RAMOS fue designado como liquidador de las sociedades INVERSIONES Y CONDOMINIOS LA MANSIÓN S.A EN LIQUIDACIÓN e INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CONDOMINIOS LA MANCIÓN S.A. EN LIQUIDACIÓN se realizó en Comité de Selección de Especialistas y obran las actas No. 20 del 28 de diciembre de 2011 y No. 15 de agosto 31 de 2012. De otro lado, informó que para designar el perito avaluador de las mencionadas sociedades, previamente se ordenó al liquidador remitir tres propuestas de expertos en avalúos, como se verifica en los autos 430000001 de enero 2 de 2012 y 400 013282 del 21 de septiembre de 2012. En cumplimiento de lo ordenado el liquidador allegó las propuestas de los peritos avaluadores a través de los escritos 2012-01-105386 de abril 20 de

2012, 2013-01-089368 y 2013-01-130749, estos de abril 2 y 22 de 2013 y efectuado el análisis de las propuestas y hojas de vida por parte del Juez del Concurso se designó por medio de los autos 400 005006 del 28 de mayo de 2012 y 400-006038 del 25 de abril de 2013 a la firma Genus For All S.A.S. cuyo representante legal es el señor Freddy Piñeros Forero (fls 96 a 142 del cdno original) -Versión libre rendida por Obdulio Múñoz Ramos el 7 de abril de 2015, señalando que respecto a los cds que se adjuntaron con la queja, no tuvo conocimiento de su contenido, por ello deprecó copia de los mismos para escucharlos y por tal razón fue aplazada la diligencia de versión (fls 144 a 145 del cdno original). Esta diligencia continua el 22 de abril de 2015 en la cual afirmó que hasta tanto la justicia penal no se manifieste sobre si hubo o no la comisión de un delito no hay lugar a este disciplinario en su contra. Narró que en enero de 2012 la Superintendencia de Sociedades decretó el inicio del proceso de liquidación de la sociedad INVERSIONES Y CONDOMINIOS LA MANSIÓN (Mansión de Girardot) dentro del cual se le designó como liquidador. Se intentó realizar la diligencia de toma de libros y papeles de contabilidad pero fue imposible ubicar la empresa por cambio en la nomenclatura y de dirección, pero en la búsqueda conoció al abogado Rubén Darío Ceballos Mendoza, quien apoderó en algunos procesos penales al señor Fandiño y le informó que ellos pertenecían a la Gran Logia

de Colombia, organización de la cual también hacia parte él. A finales de febrero o principios de marzo de 2012, el señor Fandiño se presentó en su oficina, donde conversaron sobre el proceso llevado por la Superintendencia. A los 8 días se reunió con su abogado, Luis Enrique Ladino Romero, percatándose que ya lo conocía, lo que le generó confianza. Allí les explicó detalladamente las etapas del proceso y el señor Fandiño manifestó su interés de pagarle a los acreedores y que a pesar de no tener dinero, existían algunos inversionistas interesados en cancelar las deudas y continuar con el proyecto. Se realizaron varias reuniones de las que estuvieron enterados los acreedores, pero no se pudo concretar lo de los inversionistas. En mayo de 2013 el Juez adelantó la etapa de calificación y graduación de los créditos, corriendo traslado del inventario valorado y de los créditos para su eventual objeción, etapa de la cual tuvo conocimiento el quejoso, frente al cual no se presentaron objeciones. En la liquidación de la sociedad INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CONDOMINIOS LA MANSIÓN (Mansión de San Andrés) el señor Fandiño tampoco objetó el avalúo de los activos, pero los intentó rechazar, por lo que la Superintendencia aceptó que se realizara un nuevo avalúo a través de la Lonja de propiedad de San Andrés y por último recurso acudió a denunciarlo penalmente, con la intención de conseguir la nulidad del proceso de liquidación y evitar el pago de los acreedores. Adujo que los CDS que contienen las grabaciones no fueron presentados con la queja sino que hacen parte del proceso penal.

Señaló que el dictamen pericial del valor de los predios es superior al valor catastral de los predios en San Andrés y Girardot (fls 147 a 159 del cdno original). -Mediante oficio del 7 de mayo de 2015 se remitió por la Unidad Operativa de Catastro de Girardot los predios a nombre de Javier Fandiño González (fls 178 a 191 del cdno original) Cierre de la Investigación. Por auto del 24 de abril de 2015 el A quo ordenó el cierre de investigación, en los términos del artículo 160A de la Ley 734 de 2002, adicionado por el artículo 53 de la Ley 1474 de 2011 (Fl 160 del cdno original). Auto de Cargos Mediante auto del 1º de marzo de 2016 (fls 192 a 230 del cdno original), la primera Instancia formulò cargos disciplinarios contra el señor Obdulio Muñoz Ramos en condición de liquidador designado por la Delegatura de Procedimiento de Insolvencia de la Superintendencia de Sociedades por la presunta realización objetiva de las conductas punibles del artículo 405 “Cohecho Propio” pues para la Ley penal son servidores públicos los particulares que ejerzan funciones públicas de manera permanente o transitoria (Artículo 20 del Código Penal) y artículo 421 “Asesoramiento y otras actuaciones ilegales”. Actuación misma que fue contemplada como gravísima en el artículo 55 numeral 1 del CDU, en razón a la afectación de la justicia, los intereses de los usuarios y la desconfianza que para la comunidad generaron sus actuaciones. Conductas que son gravísimas a título de dolo. Por el presunto

asesoramiento ilegal y contubernio entre el investigado y el quejoso para defraudar a los acreedores del concurso, así como para dilatar el trámite propio del proceso y por aceptar o acordar el pacto de honorarios para ejecutar un acto ilegal y contrario a sus deberes como Liquidador. Indicó la primera instancia que de acuerdo a las grabaciones magnetofónicas allegadas por el quejoso, de las cuales el investigado tuvo acceso y oportunidad de controvertir, del cual se establecen comportamientos irregulares desplegados por el señor Obdulio Muñoz Ramos como Liquidador de las sociedades INVERSIONES Y CONDOMINIOS LA MANSIÓN S.A. E INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES LA MANSIÓN en contubernio con el quejoso, actuaciones dilatorias, es decir en detrimento del normal desarrollo del proceso de liquidación, tales como son presentar recursos, solicitudes de nulidad, objeciones a los avalúos y presentar créditos extemporáneos. Además, idearon constituir ficticiamente e incluir en el liquidatorio, acreencias imaginarias para aumentar los pasivos, ello con la finalidad de constreñir a los acreedores para llegar a un acuerdo de pagos por sumas que incluyeran únicamente capital más no intereses. Ilegal asesoría que prestó el disciplinado al quejoso y por la cual acordaron que además de los honorarios y válidamente le correspondían como Liquidador, recibiría de parte del quejoso el uno por ciento, al parecer de lo que el concursado lograra rescatar, amén que insinuó que, por la gestión desplegada presuntamente por los empleados de la Superintendencia de

Sociedades, estaba comprometido a restituirles el favor. Esta Superioridad trae las transliteraciones de las grabaciones que la primera instancia tuvo en cuenta para endilgar cargos: CD No. 1: Carpeta marcada como "Grabaciones", subcarpeta: "entregadas urv y súper": - Archivo: "1-0bdulio Ira visita of 20120426 112541.m4a" - de 26 de abril de 2012.

Minuto: 21:10 en adelante: OBDULIO MUÑOZ RAMOS (OMR): Simplemente nadie le va a coger sus lotes, ni se los va a embargar ni se los va a rematar todo es a través de la Superintendencia de Sociedades porque esto es lo que llaman un proceso concursado porque llama todo en uno entonces esa es la ventaja que usted tiene, pero la desventaja es que como es un proceso entre comillas tan pequeño en cuanto al número de acreedores, no en cuanto a activos avanza muy rápido porque si hay hartos acreedores se ponen a pelear unos con otros, que nos les cuadra la cifra con no sé qué y se demora más tiempo como esto es, a ml me preocupa es que esto avance muy rápido y el tiempo que usted tenga para eso no alcance, eso tendría que hacerlo, que le pongo a usted en 2, 3, 4 meses.

JAVIER FANDIÑO GONZALEZ (JFG): no eso es imposible, y como se puede dilatar.

OMR: no sé, tocaría ver ¿usted tiene un abogado?

JFG: no ya el doctor Ladino ya desde ayer, ya está funcionando OMR: para que yo me sentara con él y le dijera mire la sociedad es esto o

aquello otro, alguna cosa que pueda lo que llama pedir una nulidad o... MINUTO 27:53. (...) JFG: ellos se van a encontrar con unas propuestas muy técnicas, que no pueden salir con un chorro de babas y ese tema de represas.

OMR: si de acuerdo, y esa es la parte suya donde usted tiene que estar pendiente del informe, que tan pronto hagan el avalúo usted tenga que interpretarlo inmediatamente, decir eso está mal hecho porque falta esto, falta esto, falta esto falta esto.

JFG: no yo voy a estar al frente igual vamos a estar los dos en contacto OMR: si señor, no se preocupe JFG: por el lado mío tenlo por seguro de que vas a tener un o sea un apoyo OMR: si, no igual es mi trabajo...

JFG: y tu pones a otra persona, otro hermano, otra cosa de confiar puede ser Harold pa que vea si se necesita, para que cualquier documento que firmemos sea con la otra persona para que lo que yo me responsabilizo, aquí esto lo podamos manejar porque si esto se puede dar tiempo para mí seria bueno, porque yo hasta cuando no y si te digo que si obviamente que si tengo que arreglar me toca igual llegar y arreglar de alguna manera buscando un crédito.

OMR: ¿qué tiempo necesita usted?

JFG: no por lo menos año y medio porque todos estos negocios con europeos se necesita la parte fiduciaria y finalmente esto tiene que salir de aquí a una fiducia, yo como te digo esto no vuelve a pasar a una sociedad mía, ni familiar ni ese tema, porque se va a manejar es con una mesa de asociados y la organización de esa mesa de asociados que todo este pulido para pegar el primer ladrillo...

OMR: no, pero usted tiene que sacar esto antes de...

JFG: punto final, no, por eso estoy hablando de punto final OMR: para arreglar el problema de la Supero para empezar a arreglar el problema de la super ¿cuánto tiempo necesita?

JFG: un año, porque a partir de ese año es que viene el proceso para pasar esto a la fiduciaria, entonces necesitamos hacer pues es como un organigrama de cómo cuales son los pasos a seguir que nos pide la fiduciaria que haya aceptado el grupo de inversionistas que yo traigo bueno todo ese proceso, de la fiduciaria hacia tras que se necesita y cuando ya la superintendencia le traspasa a la fiduciaria OMR: porque lo que yo puedo hablar con su abogado y yo le cuadro unas ideas de cómo podemos hacer para que ese paso se demore un poquito JFG: no, además eso el abogado mío no es Mazón pero no sé si tú conoces a, o sea muchos del tribunal él es exmagistrado el doctor Luis Enrique Ladino y muchos hermanos más aun los hermanos fueron los que me presentaron a ladino...

MINUTO 32:15

OMR: que a usted lo han requerido como representante legal de la compañía en varias ocasiones.

JFG: ya lo leí si.

OMR: ... para que lo piense y lo analice con su abogado la Súper puede iniciar un trámite que se llama ehh que lo sancionan para ejercer el comercio no sé si eso sea conveniente para usted.

JFG: no terrible.

OMR: yo no sé si esto tiene contabilidad nunca le hicieron contabilidad a la compañía.

JFG: eso tuvo contabilidad hasta la fecha en que se inició el proceso penal, o sea hasta hace por ahí 13 años.

OMR: hay que analizar si es mejor que usted aparezca o que no aparezca.

OMR: analizar con calma yo lo analizo ... le digo a usted si bueno que aparezca o no aparezca qué efectos tiene o en qué momento aparecer si es necesario, ahorita por el momento no le conviene a usted aparecerse por nada, para nada.

JFG: que aparezca el apoderado.

OMR: de pronto ni siquiera, esperar.

JFG: cuando nos sentamos con él OMR: yo desafortunadamente la semana entrante estoy fuera de la ciudad.

JFG: no tranquilo yo pienso que no nos vamos a.

OMR: si quiere nos vemos el 14 de mayo creo q es un viernes aquí a las 11 de la mañana.

JFG: pero que tan riesgoso es que nos vean hablando, que nos vean en alguna parte.

OMR: no sería conveniente.

JFG: no es conveniente, a bueno tenemos que manejar eso muy bien.

OMR: ... aquí en la oficina...

JFG: es que pa mi la vaina es ir a Girardot hermano pero tenemos que buscar como unos puntos de encuentro bien hechos para que no nos vean y manejar eso muy bien.

OMR: me gustaría manejar eso con su abogado.

ARCHIVO DE AUDIO DE 4 DE MAYO DE 2012, ROTULADO "2obdulio of aboodo 20120504 102317.m4a", advirtiéndose conversación entre el investiqado, el quejoso un tercero que participa en ella. MINUTO 05:31 OBDULIO MUÑOZ RAMOS:., entonces el paso siguiente insisto yo tengo que hacer ese cuadro se llama determinación de votos y acreencias

que yo lo presentarla a más tardar el martes de la próxima semana que es plazo que se me vence y de ahí la superintendencia da traslado a todo el mundo dice mire estos son los que se presentaron, estos los que dice el liquidador que reconoce porque puede que los papeles que hayan presentado no sean legales, entonces estos el liquidador dice que reconoce, ustedes que dicen y eso da un traslado por 5 días del proyecto de determinación de votos y acreencias para ver quien lo apela, ahí ustedes podían objetar y decir mire a la señora esta no la tengan en cuenta porque ya le pague o esa no es toda la plata o pues no sé.

TERCERO: o sea, el arquitecto ya no es representante legal de la sociedad sigue siendo socio.

OMR: como socio porque es un acreedor externo perdón interno de la sociedad, toda sociedad tiene unos acreedores externos y los internos que son los socios al final del paseo puede liquidar con los socios pero él podía presentar yo digo que él podía presentar un crédito extemporáneo, como para que tuviera como mayor fuerza no importa, la ley dice que los créditos extemporáneos se tienen en cuenta al final del paseo si sobra plata les pagan y aquí. en teoría eso sobraría plata para todo el mundo porque según las cuentas eso vale mucho más de lo que lo que valen los pasivos de pronto el pasivo más grande puede ser el fiscal.

MINUTO 10:36

OMR: a... el paso siguiente es el de eso, ustedes ahí bien sea como socios de la compañía o como acreedores que es lo que pasa si se presenta como socio van a empezar a requerir para que informe a donde está la contabilidad donde están los papeles y si usted no responde por eso lo pueden sancionar por eso

yo no le aconsejarla que se presentara como socio sino como si tuviera una obligación externa.

JFG: bueno así yo no tenga una contabilidad organizada si tengo todos los documentos. OMR: pero lo van a joder por no tener una contabilidad organizada.

JFG: pero la tengo organizada hasta cuando inicio el proceso penal si hasta ahí la tengo organizada..."

MINUTO 22:20

El investigado Obdulio Muñoz Ramos, le explica al quejoso el procedimiento que se sigue ante la Superintendencia de Sociedades en procesos concursales, la prelación de créditos, y el beneficio de presentar créditos extemporáneos, con la posibilidad de evadir el pago de intereses. Y contextualizan: OMR: si, pero quedarían de ultimas como para que no pagaran intereses.

JFG: y cuando tú me das la idea de que se presente una deuda en este momento que se pueda radicar una deuda que el proyecto le debe a tal persona tanto.

OMR: la idea es que sea un tercero para insisto para que usted en el momento no se presente sino cuando sea estrictamente necesario, un acreedor cualquiera.

TERCERO: y usted conoce segunda pregunta hay algún caso en el que se haya reversado una liquidación obligatoria.

OMR: usted la puede echar para atrás y volver un acuerdo de reorganización, podría pero en ese lapso se podría presentar nuevamente gente o solo con estos.

OMR: no, no, no con estos no más, que dice la ley, ya establecido más o menos eso a quienes se debe... ya sabemos cuántos acreedores hay con el 51% usted se sienta y negocia dice vamos a hacer un acuerdo.

TERCERO: y si el 51% de los votos dice estamos en acuerdo.

OMR: entonces les dice les voy a pagar esa plata ya no se la voy a pagar hoy sino se las voy a pagar en 15 años a tasa O y cuotas no, entonces que hacen compran algunos créditos para conseguir ese 51% con esa compra de créditos un tercero por ejemplo un inversionista puede tener dinero ahí, hace el acuerdo y usted saca su empresa en liquidación y la revive y vuelve a hacer su empresa común y corriente con un acuerdo encima de cumplir un pago unas obligaciones en un tiempo ux" esa es la única forma de sacarla ..." MINUTO 23:00. "..." OMR: pero es que tiene que convencerlos a ellos es que le boten el 51, usted no los puede obligar.

JFG: Pero la idea sería buscar una fórmula para que pueda ser mayoría en ese

51.

OMR: Yo lo que digo es que la mayoría es las personas que se metieron o sea él tiene que comprar algunos...

JFG: Y no se puede meter a otros.

OMR: Es que ya los extemporáneos ya no forma parte de ese acuerdo.

TERCERO: Pero es que en esa mayoría me parece que por capital la mayoría la tiene la Dian, a la Dian le debes más de 500 millones.

JFG: No la mayoría la tiene la Dian y el municipio en impuestos.

OMR: Como se establece eso hagamos un ejemplo y para eso si se necesita la contabilidad al día, entonces depende de lo que vaya a hacer, insisto habría que hacerlo bien porque yo no creería que se vaya ahoritica correr a presentarse hasta que no lo analice bien, si vale la pena o no.

JFG: No pero esa es una de mis preguntas que formulas tenemos para dilatar

el tiempo.

OMR: Toca es peliar (sic)... Y peliar (sic) el avalúo y peliar (sic) cada cosa que salga y pellada y pellada.

OMR: Quien la pelea, yo le aconsejarla que no fuera usted directamente porque se presenta usted y empiezan a joderlo.

JFG: ¿Y quién podría peliar eso?

TERCERO: Pero es que la otra seria de la sociedad hacer sociedades, o sea es él y 5 sociedades pero la otras sociedades están más o menos.

JFG: Y yo soy el gerente de las 5

OMR: ¿Usted no llene un pasivo de la compañía para presentarse como acreedor? así sea externo ese se puede presentar y peliar.

MINUTO 35:45. (...) OMR: una de las formulas digamos ustedes como todos los abogados sabemos que uno puede presentar recursos, lo malo de la Super es que solamente el recurso de reposición no tiene apelación, pero igual hay la nulidad y la joda y el abogado y pelea y enredada y tal por eso yo digo que lo pueden demorar JFG: pero tu participación ahí en que eso se puede demorar o dilatar.

OMR: yo tengo muy poquita participación, yo les puedo es aconsejar que hacer y darles la información de en qué momento lo pueden hacer o cómo lo pueden hacer porque mi participación de que yo deje de hacer cosas no, porque yo soy un funcionado que me toca hacer cosas o me sancionan, por ejemplo, ahorita me toca hacer el avalúo, bien hecho o mal hecho pero yo confié en un señor para que haga el avalúo, lo que pasa es que

digamos al avaluador yo le digo que lo haga de tal, hágase un avalúo para que quede de tal manera, tan mal hecho que de alguna manera les de ventajas a ustedes o les de elementos de juicio para poder objetar ese avalúo.

OMR: ustedes dentro de la objeción piden pruebas, entonces una de las pruebas que pueden pedir es una inspección judicial al inmueble para que la superintendencia vea físicamente que para eso se necesita no un avalúo sencillo sino que un avalúo más complejo, que se necesita con un levantamiento topográfico.

JFG: con ingenieros para que diga que hay redes.

OMR: ahí es donde digo que ustedes no vale la pena que usted entre, porque si usted entra le van a decir que como así que usted mismo no sabe cómo están hechos los lotes, dígame usted como están para que ellos puedan objetar.

JFG: pero estructuralmente como no puedo aparecer donde.

OMR: por eso le digo a través de un tercero un acreedor que se presente.

JFG: un acreedor así sea extemporáneo.

OMR: así sea extemporáneo no importa, él puede peliar, lo que pasa es que para efectos de la votación no va a tener votación pero eso no significa que durante el curso del proceso no pueda perlar lo que él quiera peliar, porque él está defendiendo sus intereses, al contrario él debe peliar más, porque él entre más avalúo en las cosas más posibilidades tiene de pago porque esta de ultimas en la cola, él tiene una razón más lógica de hacer de que los bienes valgan más ... entre más valgan más posibilidades tiene de recuperar, si los bienes valen poquito alcanza para un poquito de la personas, no sé si me hice

entender.

TERCERO: no absolutamente, ahora tenemos la duda y es que o sea este procedimiento sirve para el tema de Rogelio me parece hay otro proceso.

OMR: ah si el de la mansión el de san Andrés (...) Yo hablaba con él que ese proyecto está más bonito para poderlo salvar TERCERO: entonces yo decía la liquidación obligatoria se puede pedir por el mismo deudor„ .

OMR: lo que posa es que si lo pide el mismo deudor ahí si tiene que tener la contabilidad muy clarita, si no tiene la contabilidad muy clarita no se la decretan OMR: y poder hablar en la super para que ellos nos dejen a otra persona conocida en la liquidación del tema.

JFG: pero cuánto tiempo se demora porque esto está a 3 o 4 meses de remate.

OMR: usted hace la solicitud mañana y en un mes ya le tienen la...

OMR: no, el acreedor.

JFG: y que tiene que presentar la promesa de compra venta OMR: que a él le deben una plata porque el dio 20 millones y no le han entregado nada, entonces técnicamente es un acreedor suyo.

TERCERO: y el certificado de cámara de comercio.

OMR: y el certificado de cámara y comercio que no aparece la sociedad, que está abandonada lo mismo y unas certificaciones de que ya tiene pleitos encima, que es la de esta señora...

MINUTO: 41:48 (...) JFG: bueno pues contigo lo que necesitamos pues obviamente es el apoyo. (...) tu colaboración y ver cómo podemos manejar, esto como podemos hacerlo, como podemos ponemos de acuerdo, tú dirás.

OMR: sí, yo hago el cuadro el martes... y si bien nos estamos hablando y dependiendo de eso insisto para poder hacer esto de los acreedores internos

tiene que tener las contabilid

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